Durante el proceso de integración del proceso de facturación electrónica es muy común oír hablar del Proveedor Autorizado de Certificación, pero quién es y cuáles son sus obligaciones, entre otros aspectos, en este tema aclararemos estas interrogantes.
PROVEEDOR AUTORIZADO DE CERTIFICACIÓN (PAC)
Un Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), es aquella persona moral que cuenta con autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para validar los CFDI generados por los contribuyentes, asignarles el folio e incorporarles el sello digital del Servicio de Administración Tributaria. Asimismo, tienen como obligación, enviar al SAT copia de los CFDI que validen de sus clientes.
OBLIGACIONES DE UN PAC
Los proveedores autorizados de certificación de CFDI deberán cumplir las siguientes obligaciones:
- Guardar absoluta reserva de la información de los CFDI que certifiquen a los contribuyentes, en términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
- Devolver al contribuyente el CFDI previamente validado, con folio asignado y con el sello digital del SAT.
- Enviar al SAT de manera inmediata copia de los CFDI una vez que hayan sido certificados. El envío se realizará bajo las especificaciones técnicas que defina el SAT.
- Tener en todo momento a disposición del SAT la posibilidad de realizar el acceso remoto o local a las bases de datos en donde se resguarde la información y copias de los CFDI que hayan certificado.
- Cumplir con los estándares de los niveles de servicio que el SAT le exigió al momento de obtener la autorización.
- Proporcionar al contribuyente emisor una herramienta para consulta del detalle de sus CFDI certificados
- Conservar los CFDI certificados, por un término de tres meses, en un medio electrónico, óptico o de cualquier tecnología, aún cuando no subsista la relación jurídica al amparo de la cual se certificaron los CFDI.
- Administrar, controlar y resguardar a través de su sistema certificador de CFDI, los CSD que el SAT le proporcione para realizar su función.
- Comunicar por escrito o vía correo electrónico a sus clientes en caso de que suspendan temporalmente sus servicios, con al menos treinta días hábiles de anticipación.
- Presentar en el mes de enero de cada año, la actualización de la garantía a que se refiere la regla II.2.5.2.2. de la RMF 2013, conforme a la ficha 117/CFF contenida en el Anexo 1-A de la RMF vigente.
- Al certificar un CFDI se deberán realizar las validaciones que establecen las disposiciones fiscales vigentes.
El primer PAC fue Edicom (Edicomunicaciones México, S.A. de C.V. el cual recibió su autorización el 16 de diciembre de 2010. Actualmente se cuentan con un total de 70 PAC’s.
En Facturando hemos creado una alianza muy estrecha con varios Proveedores Autorizado de Certificación, la cual nos permite ofrecer el servicio de Timbrado de factura electrónicas, si deseas conocer más al respecto te invitamos a leer aquí.
En nuestra próxima publicación veremos la relación de los PAC’s autorizados.
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