Aclaraciones del SAT al método de pago para la factura electrónica

Continuando con el tan debatido tema del uso del método de pago, queremos compartirte que el Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página de internet, una serie de preguntas y respuestas relacionadas con el tema, donde se mencionan varias situaciones que veremos a continuación:

Uso del catálogo de métodos de pago
Cuando el contribuyente este obligado y conozca cual fue el método de pago al momento de la emisión de un CFDI, deberá de hacer uso del catálogo, esto a partir del pasado 15 de julio de 2016.

Adicional, se hará uso del catálogo en las operaciones a que se refiere la regla 3.3.1.37., de la RMF vigente, así como cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición en el momento en que se expida el CFDI o haya sido pagada antes de la expedición del mismo.

¿Qué valor deberá de contener el campo método de pago?
El campo de método de pago deberá de contener siempre la clave numérica a dos posiciones, de acuerdo al catálogo publicado por la autoridad.

No obstante, el contribuyente también podrá incorporar adicionalmente en dicho campo, tanto la clave, como la descripción de la misma, según corresponda.

Ejemplo de ello tenemos:
01Efectivo

Aquí viene la incongruencia, mientras que el SAT obliga al uso de la clave, dentro de los sistemas de generación de comprobantes fiscales digitales de los contribuyentes, la generación de facturas electrónicas a través de la aplicación de “Mis Cuentas”, aplicación propia del SAT, no llevarán dicha clave, esto es, los XML generados a través de este medio tendrán solamente el texto, por ejemplo: Efectivo.

Tipos de comprobantes a los que aplica el uso del catálogo
Cuando se haga uso del catálogo, éste aplicará solo para los CFDIs correspondientes a ingresos y egresos, quedando fuera los CFDIs de traslado y retenciones.

Diferencia entre aplicar la clave 08 o 05
En lo que respecta a la prestación de vales de despensa, deberá de utilizarse la calve 08 cuando se trate de vales entregados en papel, mientras que cuando la prestación se otorgue a través de una tarjeta electrónica, se deberá de hacer uso de la clave 05.

Si deseas saber más acerca de estas y otras situaciones, en cuanto al manejo del uso del método de pago, te invitamos a dar clic en la siguiente liga.

Preguntas y respuestas del método de pago

O bien, podrás descargar el archivo de preguntas y respuesta publicado por el SAT:

SAT: Método de pago

Todo lo anterior complica, aún más, el proceso de validación de un CFDI; ya que ahora existen una serie de casos especiales que deben ser contemplados, haciendo más difícil que el contribuyente detecte cuando un CFDI es válido o no válido.

De nuestra parte, estaremos actualizando nuestro software Validador CFDI, para que contemple todas las opciones anteriormente comentadas y con esto evitar que el contribuyente tenga que verificarlo de forma manual.

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

2 comentarios en «Aclaraciones del SAT al método de pago para la factura electrónica»

  1. COMO SE DIFERENCIA
    LA PRESTACION DE DESPENSA EN DEPOSITO
    DE BONOS EN MONEDERO ELECTRÓNICO
    EN LA PRIMERO SOLO SE USA EN DESPENSA Y LA SEGUNADA EN CUALQUIER ARTÍCULO AMBAS SON DEPOSITOS (NO HAY PAPEL) QUE CLAVE DEVERAN TENER ?

  2. cuando facturo mas de un producto del mismo tipo no da opcion en poner cantidad es decir 2 piezas como demuestro que son mas 1 pieza

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