Como recordarás el 30 de abril de 2018 es la fecha límite para que los contribuyentes obligados, tratándose de personas físicas, presenten su declaración anual.
Debido a lo tormentoso que ha sido la presentación de la misma y derivado de las inconsistencias encontradas en el llenado de los comprobantes de nómina, el SAT concedió prórroga a las personas físicas, por medio del comunicado 29/2018 de fecha 25 de abril de 2018, para llevar a cabo la presentación de su declaración anual correspondiente al ejercicio 2017, hasta el 15 de mayo de 2018.
Es importante recordar que las personas físicas que percibieron ingresos por salarios de un solo patrón, no están obligadas a presentar declaración anual, pero si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier momento del año.
El sustento a esta medida será publicado en los próximos días, de forma anticipada en el portal del SAT y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
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Hasta la próxima.