En esta ocasión Facturando quiere compartir una inquietud que algunos usuarios han comentando acerca de la aplicación del impuesto en los recibos de nómina, a lo cual les comentamos:
Impuesto en Recibo de Nómina
La aplicación del impuesto en el recibo de nómina debe reflejarse como Impuesto Retenido y NO COMO TRASLADADO, como comentan algunos usuarios, el impuesto retenido deberá tomarse del nodo de deducciones del complemento nómina, identificado como Tipo de Deducción:
002 – ISR (de acuerdo al catálogo de complemento de nómina publicado por el SAT).
Catálogos para recibos de nómina electrónicos
El impuesto reflejado en el complemento para el recibo de nómina deberá de reflejarse como:
Impuestos.
- Total de impuestos retenidos: El ISR retenido (se obtiene del nodo deducciones del complemento nómina).
Retenciones.
- Impuesto: Tipo de impuesto que fue retenido (ISR).
- Importe: Monto del impuesto retenido. Se obtiene del nodo deducciones del complemento nómina.
Es recomendable que consulte la Guía para Elaborar un Recibo de Nómina como CFDI, en ella podrá consultar los aspectos a considerar para llevar a cabo la emisión de sus recibos de nómina electrónicos.
Guía para la elaboración del recibo de nómina
Recuerda que si tienes dudas acerca del tema, puedes contactarnos a través del chat que se encuentra en nuestro sitio web – www.facturando.mx – y con gusto uno de nuestros asesores te apoyará.
Hasta la próxima.
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Una pregunta el concepto de seguro social como deducccion, lo puedo poner como impuesto retenido?