Finalizando con los cambios que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) estaría realizando a la emisión del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) bajo el nuevo estándar para este 2016, a continuación, comentaremos los cambios que contempla el nuevo CFDI en su versión 3.3:
Uno de los cambios de mayor importancia es en el algoritmo utilizado en la generación del sello digital del comprobante, actualmente se usa el SHA-1 que produce una salida de 160 bits (20bytes) para la versión 3.2, el cual cambiará a SHA-2, para esta nueva versión 3.3, que produce una salida compleja de 256 bits (32 bytes).
Incorporación de nuevos campos
En lo que respecta a los nuevos campos, sean atributos o nodos, tenemos:
- Orden de compra, atributo para incorporar el identificador de la orden de compra que da origen al comprobante.
- Cfdi relacionado, donde se deberá de registrar el UUID del CFDI relacionado con el comprobante. Este atributo aplica cuando haya una sustitución a una factura cancelada o cuando se trate de un pago en parcialidades, siendo el CFDI relacionado la factura original que se está pagando.
- Curp, se adiciona el atributo dentro de los datos requeridos tanto para el emisor como el receptor del comprobante, el cual aplica para aquellos contribuyentes que sean personas físicas.
- Régimen fiscal, atributo que se adiciona a nivel del receptor y que sirve para incorporar el régimen en que tributa el contribuyente.
- País de residencia y número de registro de identidad fiscal del receptor, datos requeridos cuando el receptor sea residente en el extranjero.
- Domicilio de recepción, se adiciona el nodo que contendrá los datos del domicilio donde el emisor hará entrega de los bienes o servicios.
- Tipo y datos del tercero, estos datos son opcionales y es para identificar al tercero relacionado con el receptor del comprobante.
- Impuestos, trasladados y retenidos, se adiciona una nueva sección, dentro del nodo correspondiente a los conceptos, para capturar los impuestos aplicables a cada concepto.
- Tipo de factor, dentro de la definición de impuestos, se adiciona el atributo que sirve para señalar el tipo de factor que se aplica a la base del impuesto.
Mejoramiento en la definición de campos
En esta nueva versión de CFDI se realizan cambios a la definición de aquellos atributos de tipo string (cadena de caracteres) donde se les define una longitud máxima específica, cuando anteriormente no había límite o en su caso, el incremento de la misma, ejemplos de ello tenemos:
- Folio, de 20 aumenta a 40 caracteres.
- Condiciones de pago, descripción en los conceptos, descripción de la parte, se define una longitud máxima de 1,000 caracteres cuando anteriormente no había límite.
- Nombre, tanto del emisor como del receptor, pasan de no tener una longitud máxima a una longitud de 300 caracteres, entre otros.
Eliminación de campos
Para el caso de los campos que en esta nueva versión de CFDI se eliminan tenemos los siguientes:
- Número, serie, fecha y monto del folio fiscal original, estos atributos se eliminan y se utilizaban cuando el comprobante era emitido para reflejar el pago en parcialidades.
- Régimen fiscal del emisor, se elimina como un nodo y pasa a ser solo un atributo.
Cambios en la forma de validar la información del CFDI
Dentro de los cambios en la forma de validar la información contenida en el CFDI podemos mencionar los siguientes:
- Para el caso de que el RFC del receptor corresponda al RFC genérico de extranjero, se deberá de registrar los datos del domicilio de recepción o en su caso la residencia fiscal y el número de registro de identidad del receptor.
- Clave del país, si el RFC del receptor es un RFC genérico extranjero, la clave deberá ser distinta de MEX.
- El tipo de factor en la definición de impuestos, solo podrá tener dos posibles valores, Tasa o Cuota.
- Entre otros.
Los cambios anteriormente mencionados, son solo algunos de los ejemplos más relevantes, hemos documentado más de 50 cambios, algunos muy básicos y otros mucho más complejos; cabe mencionar que estos cambios no son definitivos y podrían cambiar, mientras no sean publicados de forma oficial en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
A todos nuestros clientes les estaremos enviando, a su cuenta de correo, un archivo con el detalle de todos estos cambios, con el fin de que los tengan presentes y puedan ir contemplando los cambios que deberán realizar a sus aplicaciones; cambios que en Facturando estaremos trabajando para poder ofrecerles nuestras distintas soluciones actualizadas y que estarán listas para soportarlos de acuerdo a los requisitos dictados por la autoridad, actualizaciones que, por ser nuestro cliente, ¡No tendrán costo alguno!
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Hasta la próxima.
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Me podrían dar una mejor explicación, lo que pasa que no le entiendo , me podrían dar una mejor explicación sobre esto.