El Sistema de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página la nueva versión 1.1 del complemento INE, el cual tendrá obligatoriedad a partir del 1 de septiembre de 2016.
Pero recordemos para quién aplica el uso del complemento:
El complemento INE deberá de ser usado por todos aquellos contribuyentes que vendan, enajenen, arrenden o proporcionen bienes o servicios de manera onerosa a los partidos políticos y asociaciones civiles.
Dentro de los cambios realizados al complemento tenemos:
- Cambio a la versión del complemento de 1.0 a 1.1
- Para el tipo de comité se adiciona a la lista de posibles valores, un nuevo valor llamado “Directivo Estatal”, al hacer uso de este valor, deberá de validarse que puede existir el atributo ine:IdContabilidad y que además debe de existir al menos un elemento ine:Entidad y en cada entidad que se registre no debe existir el atributo ine:Entidad:Ambito.
Si deseas conocer toda la definición técnica, estructura y estándar del complemento, la secuencia de la cadena original, así como las distintas claves requeridas por este complemento, te invitamos a descargar la información:
Para efecto de que puedas cumplir en la generación de la nueva versión de este complemento, han sido modificadas nuestras soluciones de generación de CFDIs (Electronic Document Library y Electronic Document Server), así como nuestras soluciones de validación (Electronic Document Validator y Validador CFDI).
Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
Hasta la próxima.