Como recordarás el 1 de julio del 2018 entró en vigor la nueva forma de cancelación de Comprobantes Digitales a través de Internet (CFDI).
Debido a que al día de hoy no es posible llevar a cabo esta nueva forma de cancelación con autorización del receptor, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se ha visto obligado en otorgar una prórroga para que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales.
Por lo que la autoridad, en su comunicado 2018_037 publicado del día de hoy, amplia al 1 de septiembre el plazo para dar inicio a la operación del servicio de aceptación o rechazo de la cancelación de facturas.
Dicho servicio tiene la finalidad de proteger a los contribuyentes receptores contra la cancelación indebida o con dolo de facturas que amparan operaciones que realmente se realizaron e incluso que fueron pagadas.
Si deseas conocer el comunicado del SAT, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:
Cabe mencionar, que la regla que dará sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos días, en primera instancia y de manera anticipada, en el portal del SAT, para posteriormente ser publicada de forma oficial en el Diario Oficial de la Federación; una vez que sea publicada estaremos realizando un análisis a la misma y publicaremos el resultado del mismo en este blog, por lo que te invitamos a estar pendiente de este blog.
Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
Hasta la próxima.