Cómo sabrás, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el encargado de vigilar que todos los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias y para esto la autoridad ha puesto a disposición de todos una herramienta de suma importancia, de la cual hablaremos a continuación.
Buzón tributario
En ese sentido, la autoridad ha puesto a disposición de los contribuyentes, el buzón tributario, el cual es el canal oficial de comunicación entre la autoridad (SAT) y los contribuyentes.
Esta herramienta tecnológica tiene como objetivo simplificar las notificaciones de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura; así también, a través del buzón, los contribuyentes presentan promociones, avisos o dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT.
Beneficios
Dentro de los beneficios que tiene el uso del buzón tributario, tenemos:
- Recibir información sobre beneficios y facilidades fiscales
- Portal privado y personalizado del contribuyente
- Reducción de tiempos en trámites
- Certeza jurídica a los actos y resoluciones
Requisito
Recientemente, esta herramienta se volvió requisito, esto de acuerdo con el artículo 86-C del Código Fiscal de la Federación (CFF) donde se especifica:
“Se considera infracción en la que pueden incurrir los contribuyentes conforme lo previsto en el artículo 17-K de este Código, el no habilitar el buzón tributario, no registrar o no mantener actualizados los medios de contacto conforme lo previsto en el mismo.”
De acuerdo con lo anterior, el contribuyente podrá hacerse acreedor a una multa que puede ir de los $ 3,420 pesos hasta más allá de los $ 10,000 pesos.
Recomendación
Para evitar este tipo de situaciones y no incurrir en la multa mencionada con anterioridad, la recomendación es:
- Habilitado tu buzón tributario
- Tener actualizados tus medios de contacto, que son el correo electrónico, del cual pueden ser hasta cinco y un número telefónico celular
La autoridad (SAT) recalca que en caso de que te falte registrar alguno de los dos mecanismos, lo hagas a la brevedad, esto con la finalidad de evitar sanciones y multas.
Habilitar esta herramienta
Los requisitos para habilitar el buzón tributario son los siguientes:
- Contar con e.firma o firma electrónica (personas morales).
- Contar con e.firma, e.firma portable o Contraseña (personas físicas).
- Contar por lo menos con un correo electrónico y un número de teléfono celular
Por cierto, se pueden registrar hasta cinco correos electrónicos.
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Hasta la próxima.