Si eres persona física y durante el ejercicio anterior (2023) tributaste en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te invita a cumplir con tus obligaciones fiscales para que continúes disfrutando de los beneficios que este régimen brinda.
Beneficios
Dentro de los beneficios que ofrece este régimen tenemos:
- Tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1 a 2.5 por ciento.
- Cálculo automático de impuestos.
- Simplificación de precarga de información en las declaraciones.
- Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.
- El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.
- Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.
Requisito y obligaciones
Para tributar o permanecer en este régimen, las personas físicas, deberán de:
- Estar activos en el RFC.
- Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.
- No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación.
- Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.
- Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.
- Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.
Residentes en el extranjero
Para el caso de aquellas personas físicas que además de residir en el extranjero, tengan:
- Uno o varios establecimientos permanentes en el país
- Cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes
- Perciban ingresos a que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR
- Sean socios o accionistas de personas morales
- Que incumplan con los requisitos y obligaciones arriba mencionados
No podrán tributar en los términos de este régimen.
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Hasta la próxima.