SAT – Diferencias detectadas en entrevista de vigilancia profunda

Continuando con el tema de las entrevistas de vigilancia profunda, a continuación, detallamos como se desarrolla dicha entrevista. 

Confirmación
Previo a llevarse a cabo la entrevista, el contribuyente deberá de confirmar su asistencia, así como proporcionar: 

  • Poder notarial del representante legal 
  • Identificaciones oficiales de los asistentes 

Desarrollo
La entrevista, por lo general, se desarrolla de la siguiente manera: 

  • Presentación del personal del SAT – a cargo de dicha entrevista, mencionando su nombre, cargo y medio de contacto. 
  • Presentación en formato PDF del informe – donde se determinan las diferencias detectadas y un estimado del impuesto omitido, así como la mecánica en la determinación de este. 
  • Aclaración de dudas por parte del contribuyente – con respecto a la fuente de la información, los cálculos presentados o cualquier otra duda que pudiera tener. 
  • Envío de la presentación – confirmación de los medios de contacto y el correo o correos electrónicos a donde la presentación será enviada al contribuyente. 
  • Conclusión – de manera respetuosa y sin ningún tipo de amenaza por parte de la autoridad (SAT). 

Contenido del informe
En cuanto al informe que presenta la autoridad, este se compone de la siguiente información: 

  • Información del contribuyente – denominación o razón social, RFC, domicilio fiscal, actividad económica preponderante, estatus del buzón tributario y certificado de sello digital. 
  • Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales – señalando las obligaciones omitidas, así como créditos fiscales. 
  • Diferencias detectadas – pudiendo ser ingresos vs CFDIs emitidos, detallando el ejercicio, los ingresos facturados, los ingresos declarados en la declaración anual y las diferencias encontradas. 
  • Detalle de las diferencias – agrupadas por mes y ejercicio. 
  • Resumen de los impuestos tentativamente omitidos – indicando el concepto y moto correspondiente. 
  • Acuerdos – donde por parte de la autoridad da sugerencias para corregir la situación fiscal del contribuyente. 

Respuesta a la autoridad
Para efecto de dar respuesta a la autoridad se tienen 10 días hábiles donde el contribuyente podrá realizar una previa revisión interna. 

En ocasiones, estos 10 días hábiles resultan insuficientes, por lo que la autoridad tiene la flexibilidad que durante los primeros 10 días se le entregue un adelanto de la información y posteriormente ir entregando la información restante. 

Aportación de la documentación
El contribuyente, posterior a la entrevista, deberá de realizar lo siguiente: 

  • Proporcionar escrito libre – el cual deberá de contener los datos del contribuyente (nombre o razón social, RFC), referencia al oficio de invitación y estar debidamente firmado por el representante legal, para posteriormente ser enviado al correo proporcionado durante la entrevista. 
  • Aclaración con CFDIs – si la aclaración involucra Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), deberá adjuntarse adicional a los archivos XMLs, una relación de los folios fiscales (UIDs) correspondientes. 
  • Papeles de trabajo – para el caso de adjuntar papeles de trabajo digitalizados (Word, Excel, PDF u otros), los cuales deberán de ser comprimidos en uno o varios archivos ZIP.  

Es recomendable atender siempre una entrevista de vigilancia profunda, ya que es el medio por el cual se podrán saber las diferencias detectadas por la autoridad y así poder determinar qué respuesta se le dará. 

Para el caso de que la autoridad esté en lo correcto, el contribuyente deberá de realizar los pagos correspondientes a los impuestos omitidos. 

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Hasta la próxima.