SAT – amplía su horario por Declaración Anual 2024 de personas físicas

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado la ampliación de su horario de atención en oficinas físicas durante abril y hasta el 30 de abril de 2025. Esta medida busca apoyar a las personas físicas que deben presentar su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2024.

¿En qué consiste esta ampliación?
A partir del 21 de abril, el SAT operará con horario extendido de lunes a viernes de 8:30 a 18:00 horas. Este cambio busca descongestionar la demanda de citas presenciales, aclarar dudas y brindar asistencia personalizada para la presentación correcta de la declaración.

Características principales del nuevo horario

  • Duración del horario extendido: Del 21 al 30 de abril de 2025.
  • Atención presencial: Con o sin cita previa, dependiendo del módulo.
  • Asesoría gratuita: En temas como deducciones personales, uso del aplicativo en línea y corrección de errores.

Beneficios para el contribuyente

  • Mayor disponibilidad de atención: Ideal para quienes no pueden acudir en horarios tradicionales.
  • Asistencia personalizada: Especialmente útil para contribuyentes con dudas o inconsistencias en sus declaraciones.
  • Evita sanciones: Al facilitar la presentación oportuna, se reduce el riesgo de recargos y multas.
  • Atención sin cita en ciertos casos: Lo cual representa una ventaja para situaciones urgentes o de último momento.

Posibles desventajas

  • Alta demanda de atención: A pesar del horario extendido, puede haber largas filas o saturación.
  • Desinformación: Algunos contribuyentes podrían acudir sin documentos necesarios, provocando pérdida de tiempo.

Consecuencias de no presentar la declaración
No cumplir con la obligación de declarar puede acarrear multas, actualizaciones y recargos, además de afectar la posibilidad de recibir devoluciones automáticas de saldo a favor. En casos graves, puede derivarse en procedimientos de auditoría fiscal.

Fecha límite para presentar la Declaración Anual
La fecha límite para llevar a cabo la presentación de la declaración anual es el 30 de abril de 2025.
Es importante no dejar el trámite para el último momento, ya que los sistemas del SAT suelen saturarse los últimos días del mes.

Personas físicas obligadas a presentar la Declaración Anual
A continuación, se enlistan las personas físicas obligadas que obtuvieron ingresos por:

  • Sueldos y salarios (en ciertos casos)
  • Servicios profesionales.
  • Actividades empresariales. Incluye a las plataformas tecnológicas, la región fronteriza y el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
  • Arrendamiento de bienes inmuebles.
  • Enajenación o adquisición de bienes.
  • Intereses o dividendos.
  • Las personas que tributan en el RESICO quedan relevadas de presentar la Declaración Anual de conformidad con la regla 3.13.7 de la RMF, excepto las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20. y 3.13.21., quienes pueden optar por presentarla.

Conclusión
La ampliación del horario del SAT es una excelente oportunidad para que los contribuyentes cumplan sus obligaciones fiscales sin contratiempos. Se recomienda aprovechar este periodo para aclarar dudas, reunir documentos y realizar la declaración con tiempo. Recuerda que el cumplimiento puntual no solo evita sanciones, sino que también puede significar un beneficio económico mediante la devolución de impuestos.

Contacto
Para el caso de tener dudas o requerir de orientación la autoridad pone a disposición de los contribuyentes los siguientes medios de contacto:

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Hasta la próxima.