En esta ocasión te queremos compartir los nuevos cambios realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los catálogos utilizados en la generación de constancias de retenciones con complemento de plataformas tecnológicas, los cuales fueron publicados en el portal de la autoridad.
Derivado de lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado, encontrándose que el SAT realizó los siguientes cambios:
Tipo de servicio
El cambio realizado al catálogo de tipo de servicio se centra en la actualización de las tasas de retenciones para el ejercicio 2025, siendo el cambio el siguiente:
La versión de este catálogo queda en 7.0 la cual fue publicada el pasado 9 de enero de 2025.
Los contribuyentes que hacen uso del complemento de plataformas tecnológicas deberán de tomar en consideración esta actualización al momento de llevar a cabo el cálculo para el pago de sus impuestos.
Cabe mencionar, que la autoridad solo actualizó el catálogo en su formato de Excel, el cual se encuentra vigente y publicado en la página del SAT.
¿Qué soluciones de Facturando son afectadas por este cambio?
Siempre que la autoridad realiza cambios a cualquiera de sus estándares, en Facturando nos damos a la tarea de verificar como este afecta a cada una de nuestras soluciones, ya sea un programa, librería o web service.
Después de verificar a detalle, hemos encontrado que ninguna de nuestras soluciones se ve afectada por este cambio, ya que la actualización al catálogo solo consistió en el año del ejercicio que paso de 2024 a 2025.
Por cierto, si deseas obtener un reporte detallado con todos los datos correspondientes al complemento de plataformas tecnológicas, contamos, dentro de nuestro programa Descargar CFDI, con la opción de descargar y convertir las constancias de retenciones a Excel, en este proceso, podrás indicar que se muestren los datos del complemento.
Catálogo actualizado Para finalizar, si quieres obtener el catálogo actualizado, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace para poder descargarlo:
Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.
En esta ocasión te queremos compartir los nuevos cambios realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los catálogos utilizados en la generación del CFDI 4.0, los cuales fueron publicados en el portal de la autoridad.
Derivado de lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado de la información publicada por la autoridad en su sitio, encontrándose con los siguientes cambios:
Tasas o cuotas de impuestos
El cambio realizado para este catálogo se centra en el aumento en la cuota del impuesto correspondiente al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, mejor conocido como IEPS, siendo el cambio el siguiente:
Valor máximo de 66.506200 vigente desde el día 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, ahora cambia al nuevo valor máximo del 69.525500 vigente a partir del día 1 de enero de 2025.
Dicho cambio tiene como fecha de publicación el 31 de diciembre de 2024, con fecha de inicio de vigencia el 1 de enero de 2025, cambiando la versión del catálogo de la 2.0 a la 3.0
El impacto que tendrá este cambio en particular es en los precios de los productos grabados, como es en el alza a las gasolinas, que a su vez se verá reflejado en el incremento en el costo de la carne, huevos y leche, entre otros.
Números de pedimentos
En lo que respecta al catálogo de números de pedimentos operados por aduana y ejercicio, el cambio consiste en la adición de 3,728 números para el ejercicio 2025, con fecha de inicio de vigencia a partir del 1 de enero de 2025.
Como siempre, estaremos atentos a todos los cambios publicados por la autoridad y, en caso de que se libere más información, la estaremos publicando en este medio.
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En esta ocasión te queremos compartir los nuevos cambios realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que afectan la generación de los comprobantes fiscales en su versión 4.0.
Derivado de lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado, encontrándose con los siguientes cambios:
Anexo 20
Dentro de los cambios detectados que afectan la generación de Comprobantes tenemos los siguientes:
Objeto de impuesto
En lo que respecta al catálogo que corresponde a las claves de objeto de impuesto, se adicionan 3 nuevas claves, siendo estas las siguientes:
06 – Sí objeto del IVA, No traslado IVA.
07 – No traslado del IVA, Sí desglose IEPS.
08 – No traslado del IVA, No desglose IEPS.
Para estas 3 nuevas claves, su fecha de inicio de vigencia es a partir del 13 de diciembre de 2024.
Matriz de errores CFDI 4.0
La afectación derivada de estas nuevas claves de objeto de impuesto se ve refleja en la adición de 2 nuevas validaciones dentro de la matriz de errores, siendo estas las siguientes:
CFDI140226 – Cuando en el campo ObjetoImp se registre el valor «06» o «08», los valores «002» (IVA) y/o «003» (IEPS) en el campo «Impuesto» de los nodos hijos “Retencion” y/o «Traslado» del elemento “Retenciones” y/o «Traslados» a nivel Concepto no deben existir.
CFDI140227 – Cuando en el campo ObjetoImp se registre el valor «07», el valor «002» (IVA) en el campo «Impuesto» de los nodos hijo “Retencion” y/o «Traslado» del elemento “Retenciones” y/o «Traslados» a nivel Concepto no debe existir; debe existir el valor «003» (IEPS) en el campo “Impuesto” del nodo hijo «Traslado» del elemento «Traslados» a nivel Concepto.
Complemento recibo de pago 2.0
De igual forma, la afectación se ve refleja en la adición de 2 nuevas validaciones dentro de la matriz de errores correspondiente al complemento de recibo de pago 2.0, siendo estas las siguientes:
CRP20278 – Cuando se registre el valor «06» o «08» en el campo ObjetoImpDR, el valor del campo ImpuestoDR de los nodos hijo RetencionDR y/o TrasladoDR del nodo DoctoRelacionado debe ser distinto de los valores «002» (IVA) y/o «003» (IEPS).
CRP20279 – Cuando se registre el valor “07″ en el campo ObjetoImpDR, el valor del campo ImpuestoDR de los nodos hijo RetencionDR y/o TrasladoDR del nodo DoctoRelacionado debe ser distinto del valor «002» (IVA); debe existir al menos un nodo hijo TrasladoDR con el valor «003» (IEPS).
Complemento Carta Porte 3.1
Los cambios realizados se centran en los catálogos usados en la generación de Comprobantes fiscales Digitales con complemento Carta Porte 3.1, siendo estos los siguientes:
Transporte Aéreo
En lo que respecta al catálogo que corresponde a los códigos de transporte aéreo, se adicionan 13 nuevas claves, siendo estas las siguientes:
CA161 – Mexicanas Aerus RFD
CA162 – Mexicanas Mexicana (Aerolínea del Estado Mexicano) MXA
CA163 – Mexicanas Eurus Aviation EUS
CA164 – Mexicanas Señor Air SEN
CA165 – Mexicanas TM Aerolíneas WIN
CA166 – Ecuador Avianca Ecuador GLG
CA167 – Canadienses Jetlines CJL
CA168 – Estadounidenses Avelo Airlines VXP
CA169 – Estadounidenses Global Wings Express GWW
CA170 – Estadounidenses KaiserAir KAI
CA171 – Asiaticas Air China Cargo CAO
CA172 – Malta AirX Charter AXY
CA173 – Centro y Sudamericanas Azul Linhas Aéreas Brasileiras AZU
Todas estas nuevas claves tienen como fecha de inicio de vigencia a partir del 9 de octubre de 2024.
Número de autorización del agente naviero
Para este catálogo el cambio detectado corresponde a la adición de los siguientes 20 números de autorización:
ANC009/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 4 de abril del 2024 y como fecha final de vigencia el 5 de abril del 2029.
ANC016/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 19 de abril del 2023 y como fecha final de vigencia el 20 de abril del 2028.
ANC47/2021 – con fecha de inicio de vigencia el 30 de agosto del 2021 y como fecha final de vigencia el 31 de agosto del 2026.
ANG005/2022 – con fecha de inicio de vigencia el 24 de febrero del 2022 y como fecha final de vigencia el 25 de febrero del 2027.
ANG005/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 28 de febrero del 2023 y como fecha final de vigencia el 29 de febrero del 2028.
ANG015/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 24 de abril del 2024 y como fecha final de vigencia el 25 de abril del 2029.
ANG018/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 9 de mayo del 2024 y como fecha final de vigencia el 10 de mayo del 2029.
ANG020/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 5 de junio del 2024 y como fecha final de vigencia el 6 de junio del 2029.
ANG021/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 11 de junio del 2024 y como fecha final de vigencia el 12 de junio del 2029.
ANG023/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 21 de julio del 2024 y como fecha final de vigencia el 22 de julio del 2029.
ANG024/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 30 de julio del 2024 y como fecha final de vigencia el 31 de julio del 2029.
ANG026/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 21 de agosto del 2024 y como fecha final de vigencia el 22 de agosto del 2029.
ANG027/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 26 de agosto del 2024 y como fecha final de vigencia el 27 de agosto del 2029.
ANG028/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 23 de agosto del 2024 y como fecha final de vigencia el 24 de agosto del 2029.
ANG029/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 23 de septiembre del 2024 y como fecha final de vigencia el 24 de septiembre del 2029.
ANG030/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 7 de octubre del 2024 y como fecha final de vigencia el 8 de octubre del 2029.
ANG031/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 28 de octubre del 2024 y como fecha final de vigencia el 29 de octubre del 2029.
ANG034/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 9 de junio del 2023 y como fecha final de vigencia el 10 de junio del 2028.
ANG035/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 3 de julio del 2023 y como fecha final de vigencia el 4 de julio del 2028.
ANG041/2022 – con fecha de inicio de vigencia el 9 de noviembre del 2022 y como fecha final de vigencia el 10 de noviembre del 2027.
Soluciones afectadas
Como consecuencia de los cambios mencionados, las soluciones de Facturando que se ven afectadas son:
Electronic Document Validator (EDV) en su versión librería y web service, los cuales permiten integrar a tus proyectos la funcionalidad para la validación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos o recibidos.
Validador CFDI aplicación de escritorio para usuario final con la que podrán validarse los archivos XML de los comprobantes fiscales que emites o te emiten.
Electronic Document Printer (EDP) librería con la que podrás generar la representación impresa de los Comprobantes Digitales por Internet (CFDI).
Actualmente, nuestro equipo de desarrollo ya conoce estos cambios, por lo que, se liberarán versiones que soporte estos cambios, lo antes posible.
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Cómo sabrás, los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, están obligados a generar Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) por las actividades que desempeñan.
Por esta razón, es de suma importancia generar tus comprobantes fiscales con la clave de producto o servicio correcta y que correspondan a tu actividad.
Fundamento legal
En ese sentido, la mala generación de tus comprobantes traerá consecuencias tanto para el emisor como para el receptor, esto de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y lo definido en el Código Fiscal de la Federación (CFF) en su artículo 83, fracción VII donde se definen las multas para quienes emitan comprobantes fiscales que no cumplan con los requisitos establecidos en la ley.
Los montos de las multas varían dependiendo de la gravedad y otros factores considerados por la autoridad (SAT).
Consecuencias
A continuación, describiremos las consecuencias tanto para el emisor como para el receptor del comprobante:
Emisor
Para el caso del emisor, las consecuencias serían:
Económicas – La autoridad estable multas considerables para aquellos contribuyentes que emitan comprobantes fiscales con claves incorrectas.
Desconocimiento fiscal – la generación de comprobantes fiscales con claves incorrectas puede generar dudas acerca de la veracidad de las operaciones realizadas, trayendo como consecuencia investigaciones por parte de la autoridad (SAT).
Auditorias – Al momento de una auditoria fiscal, los comprobantes fiscales generados con claves incorrectas podrían ser motivo de ajustes, trayendo como consecuencia el recálculo y determinación de impuestos adicionales.
Receptor
En lo que respecta al receptor, las consecuencias serían:
Deducibilidad – Para el receptor de un comprobante fiscal con errores en las claves de productos o servicios incorrectos sería la perdida de la deducibilidad del gasto para efectos fiscales, impactando directamente en la declaración de sus impuestos.
Rechazo de comprobantes – Por parte de la autoridad (SAT) al encontrarse en una revisión del contribuyente, trayendo como consecuencia problemas de comprobación y en el cálculo de impuestos a pagar.
Correcciones
En el caso de incurrir en la generación de CFDIs con errores en sus claves de productos o servicios, podrás:
Cancelar y proceder a la emisión de un CFDI nuevo con las claves correctas, conservando ambos comprobantes para efectos de comprobación.
Solicitar al emisor del comprobante que realice la corrección correspondiente.
Para el caso de dudas acerca de esta situación, la recomendación sería consultar y apoyarse en un contador certificado.
Recomendaciones
Para efecto de evitar errores al momento de generar CFDIs a continuación te damos algunas recomendaciones:
Previo a la emisión del CFDI se recomienda verificar que las claves de productos o servicios sean las correctas y que correspondan.
Hacer uso de los catálogos publicados por la autoridad (SAT) con respecto a las claves de productos o servicios autorizados.
Mantener tus sistemas, tanto de contabilidad como de facturación actualizados garantizando con ello el uso de las claves correctas.
Tener capacitado al personal encargado de la emisión de los CFDIs con el fin de que conozcan la importancia del uso de las claves y su correcta utilización.
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En esta ocasión te queremos compartir los nuevos cambios realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) al complemento Carta Porte 3.1 los cuales fueron publicados en el portal de la autoridad.
Derivado de lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado, encontrándose con los siguientes cambios:
Catálogos
Los cambios realizados se centran en los catálogos usados en la generación de Comprobantes fiscales Digitales con complemento Carta Porte 3.1, siendo estos los siguientes:
Transporte Aéreo
En lo que respecta al catálogo que corresponde a los códigos de transporte aéreo, se adicionan 13 nuevas claves, siendo estas las siguientes:
CA161 Mexicanas Aerus RFD
CA162 Mexicanas Mexicana (Aerolínea del Estado Mexicano) MXA
CA163 Mexicanas Eurus Aviation EUS
CA164 Mexicanas Señor Air SEN
CA165 Mexicanas TM Aerolíneas WIN
CA166 Ecuador Avianca Ecuador GLG
CA167 Canadienses Jetlines CJL
CA168 Estadounidenses Avelo Airlines VXP
CA169 Estadounidenses Global Wings Express GWW
CA170 Estadounidenses KaiserAir KAI
CA171 Asiáticas Air China Cargo CAO
CA172 Malta AirX Charter AXY
CA173 Centro y Sudamericanas Azul Linhas Aéreas Brasileiras AZU
Todas estas nuevas claves tienen como fecha de inicio de vigencia a partir del 9 de octubre de 2024.
Número de autorización del agente naviero
Para este catálogo el cambio detectado corresponde a la adición de los siguientes 12 números de autorización:
ANG023/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 21 de julio del 2024 y como fecha final de vigencia el 22 de julio del 2029.
ANG024/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 30 de julio del 2024 y como fecha final de vigencia el 31 de julio del 2029.
ANG026/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 21 de agosto del 2024 y como fecha final de vigencia el 22 de agosto del 2029.
ANG027/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 26 de agosto del 2024 y como fecha final de vigencia el 27 de agosto del 2029.
ANG028/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 23 de agosto del 2024 y como fecha final de vigencia el 24 de agosto del 2029.
ANC47/2021 – con fecha de inicio de vigencia el 30 de agosto del 2021 y como fecha final de vigencia el 31 de agosto del 2026.
ANG005/2022 – con fecha de inicio de vigencia el 24 de febrero del 2022 y como fecha final de vigencia el 25 de febrero del 2027.
ANG041/2022 – con fecha de inicio de vigencia el 9 de noviembre del 2022 y como fecha final de vigencia el 10 de noviembre del 2027.
ANG005/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 28 de febrero del 2023 y como fecha final de vigencia el 29 de febrero del 2028.
ANC016/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 19 de abril del 2023 y como fecha final de vigencia el 20 de abril del 2028.
ANG034/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 9 de junio del 2023 y como fecha final de vigencia el 10 de junio del 2028.
ANG035/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 3 de julio del 2023 y como fecha final de vigencia el 4 de julio del 2028.
Soluciones afectadas
Como consecuencia de los cambios mencionados, las soluciones de Facturando que se ven afectadas son:
Electronic Document Validator (EDV) en su versión librería y web service, los cuales permiten integrar a tus proyectos la funcionalidad para la validación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos o recibidos.
Validador CFDI aplicación de escritorio para usuario final con la que podrán validarse los archivos XML de los comprobantes fiscales que emites o te emiten.
Electronic Document Printer (EDP) librería con la que podrás generar la representación impresa de los Comprobantes Digital por Internet (CFDI).
Actualmente, nuestro equipo de desarrollo ya cuenta con estos cambios, por lo que deberán de contactarnos para obtener la versión actualizada correspondiente.
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Como sabrás, el complemento Carta Porte es un documento fiscal que ampara el traslado en territorio nacional de bienes y/o mercancías, ya sea de forma:
Terrestre
Marítima
Aérea
Ferroviaria
En esta ocasión queremos compartir contigo que el pasado 17 de junio de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer, por medio de la publicación en su portal, la nueva versión 3.1 del complemento carta porte.
Derivado de lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado de toda la información liberada por la autoridad (SAT), encontrándose con los siguientes cambios:
Documentación En lo que respecta a la documentación técnica, se libera su nueva versión 3.1 con fecha de modificación del 17 de junio de 2024.
Estándar (pdf)
Esquema (xsd)
Secuencia de cadena original (xslt)
Matriz de errores (xls)
Esquema de los catálogos (xsd)
Vigencia Para el caso de la vigencia del complemento actual, es decir de la versión 3.0, la fecha de fin de vigencia de esta versión es el 16 de julio de 2024.
Mientras que para la nueva versión 3.1, la fecha de inicio de vigencia será el 17 de julio de 2024.
Catálogos En cuanto a los catálogos usados por el complemento Carta Porte 3.1, los cambios detectados son los siguientes:
Material peligroso En lo que respecta a este catálogo se le adicionan 55 claves, mientras que se eliminan las siguientes 3 claves:
3316 – EQUIPO QUÍMICO o BOTIQUÍN DE URGENCIA
3492 – LIQUIDO TOXICO POR INHALACION, CORROSIVO, N.E.P., con toxicidad por inhalación inferior o igual a 200 ml/m3 y con concentración saturada de vapor superior o igual a 500 CL50
3493 – LIQUIDO TOXICO POR INHALACION, CORROSIVO, INFLAMABLE, N.E.P., con toxicidad por inhalación inferior o igual a 1.000 ml/m3 y con concentración saturada de vapor superior o igual a 10 CL50
Contenedor marítimo Para este catálogo el único cambio detectado corresponde a la adición de la siguiente clave:
CM012 – que corresponde a Ferri – Turístico y vacíos
Código QR Se modifica la especificación técnica del código QR que se incorpora a la representación impresa, la cual pasa de un total de caracteres de 70 a 74, como se muestra a continuación:
Especificación actual
IdCCP (Folio complemento Carta Porte) con 32 caracteres
FechaHoraSalidaLlegada (Fecha de hora Salida Llegada) con 19 caracteres
FechaTimbrado (Fecha de hora de certificación del CFDI) con 19 caracteres
Total, de caracteres 70
Especificación nueva
IdCCP (Folio complemento Carta Porte) con 36 caracteres
FechaHoraSalidaLlegada (Fecha de hora Salida Llegada) con 19 caracteres
FechaTimbrado (Fecha de hora de certificación del CFDI) con 19 caracteres
Total, de caracteres 74, el incremento se da en el aumento de caracteres del campo IdCCP.
Adicional, y con respecto a este mismo campo, se elimina el carácter & en la definición del identificador del complemento (idCCP).
Para la versión 3.0 se definía precediendo con el texto:
&idCCP=
mientras que para la versión 3.1 se define precediendo con el texto:
idCCP=
Es decir, ya sin el carácter &.
Esquema (XSD) Para el caso de la definición del esquema que define la estructura del complemento Carta Porte 3.1 publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su portal, los cambios detectados son los siguientes:
El atributo Versión cambia de valor fijo de 3.0 a 3.1
Se elimina el atributo RegimenAduanero
Se adiciona el nodo RegimenesAduaneros:
A su vez, se adiciona el sub-nodo RegimenAduaneroCCP que va de mínimo 1 hasta máximo 10 ocurrencias.
Para este mismo sub-nodo, se adiciona el atributo RegimenAduanero quedando como requerido y que su valor debe de corresponder con alguna de las claves contenida en el catálogo de regímenes aduaneros.
El atributo FracciomArancelaria que se encuentra dentro del nodo Mercancia, cambia de requerido a opcional.
Para el nodo transporte marítimo se mueve de ubicación del sub-nodo RemolquesCCP para llevarlo dentro del sub nodo Contenedor.
Matriz de errores Finalmente, en lo que respecta a las validaciones contenidas en el archivo de la matriz de errores, para esta versión del complemento, no cambia en su cantidad, pero si se ajustan en su descripción la aplicación de los nuevos cambios.
Ejemplo de ello, tenemos:
Para la validación del atributo Version, ahora corresponde que su valor sea 3.1, mientras que el número de error que le corresponde sigue siendo el CP115.
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El día de ayer, 17 de abril de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página una actualización a los catálogos que contienen los datos requeridos para la correcta generación de los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) en su versión 4.0.
Después de realizar una revisión detallada para detectar los cambios contenidos en la actualización de los catálogos, tenemos los siguientes:
Pedimentos
Nuevamente, se detectan cambios al catálogo para los números de pedimentos operados por aduana y ejercicio, de acuerdo con la nueva actualización de este catálogo por parte de la autoridad (SAT) este pasa a la versión 58.0 con fecha de publicación del 17 de abril de 2024.
A continuación, se relacionan los 8 pedimentos adicionados con su respectiva fecha de inicio de vigencia:
Aduana Patente Ejercicio Cantidad Fecha inicio de vigencia
Cabe mencionar que la publicación de la actualización al catálogo se realiza el día de ayer 17 de abril de 2024, mientras que la fecha de inicio de vigencias de los nuevos pedimentos es a partir del día 19 de abril de 2024.
Si deseas obtener esta nueva actualización del catálogo solo bastará con dar clic a la liga que te compartimos a continuación:
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El pasado 21 de marzo de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lleva a cabo una actualización a los catálogos que contienen los datos requeridos para la correcta generación de los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) versión 4.0.
Nuestra área de sistemas se dio a la tarea de identificar cuáles fueron estos cambios, los cuales describiremos a continuación:
Pedimentos En lo que respecta al catálogo para los números de pedimentos operados por aduana y ejercicio, la autoridad (SAT) publicó una nueva actualización de este catálogo que pasa a la versión 56.0 con fecha de publicación del 21 de marzo de 2024.
Durante lo de que va del año, este catálogo a tenidos diversos cambios con la adición de las siguientes cantidades de pedimentos con su respectiva fecha de inicio de vigencia, como se muestra a continuación:
Cantidad de pedimentos – Fecha inicio de vigencia 3,588 – 01/01/2024 6 – 26/01/2024 7 – 09/02/2024 8 – 23/02/2024 11 – 08/03/2024 5 – 22/03/2024
Patentes aduanales Para el caso de este catálogo, la versión del catálogo cambio a la 14.0 con fecha de publicación de este del 07 de marzo de 2024, en donde se detectó la adición de 5 patentes, siendo estas las siguientes:
Patente 1722 1885 1886 6144 6155
Impuestos Para el tema de los impuestos, se actualizó el catálogo de tasas o cuotas, donde se detectó que el cambio realizado fue en el valor máximo correspondiente al rango de la cuota de la retención de IEPS quedando su valor en 66.506200
Objeto de impuesto Adicional cabe mencionar la adición de la clave 05 en el catálogo objeto de impuesto, la cual corresponde a:
Sí objeto del impuesto, IVA crédito PODEBI.
La cual se encuentra vigentes desde 06 de diciembre de 2023.
Catálogos Si deseas obtener esta nueva actualización de los catálogos, existen dos formas de obtenerlo, la primera es descargándolo directamente del servido del SAT, o la más sencilla, lo puedes descargar usando la liga que te compartimos a continuación, donde bastará con dar clic en la misma para obtener el último catálogo:
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Continuando el análisis a la nueva versión 3.0 del complemento Carta Porte, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado de toda la información liberada por la autoridad (SAT), encontrándose con cambios significativos para la emisión de este complemento.
A continuación, detallaremos cada uno de los cambios, desde un punto de vista técnico, realizados por la autoridad en esta nueva versión:
Esquema
Dentro de los cambios detectados en el nuevo esquema para la definición del complemento Carta Porte 3.0 tenemos:
General Para esta sección cambia la versión y se adicionan los siguientes campos:
Versión: Cambia a 3.0
IdCCP: Atributo requerido para expresar los 36 caracteres del folio del complemento Carta Porte (IdCCP) de la transacción de timbrado conforme al estándar RFC 4122, para la identificación del CFDI con complemento Carta Porte.
RegimenAduanero: Atributo condicional para expresar el tipo de régimen que se encuentra asociado con el traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera.
RegistroISTMO: Atributo opcional para registrar las regiones, sí el traslado de los bienes y/o mercancías se realiza al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec.
UbicacionPoloOrigen: Atributo condicional para registrar la región en donde inicia el traslado de los bienes y/o mercancías al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec.
UbicacionPoloDestino: Atributo condicional para registrar la región en donde termina el traslado de los bienes y/o mercancías al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec.
Sección Mercancía En esta sección se adicionan los siguientes campos:
SectorCOFEPRIS: Atributo opcional para expresar la clasificación del producto que se traslada a través de los distintos medios de transporte y que debe contar con autorización por la autoridad correspondiente.
NombreIngredienteActivo: Atributo condicional para expresar el nombre común del ingrediente activo de los precursores, químicos de uso dual, plaguicidas o fertilizantes que se trasladan a través de los distintos medios de transporte.
NomQuimico: Atributo condicional para expresar el nombre de la sustancia activa de los precursores, químicos de uso dual o sustancias tóxicas que se traslada a través de los distintos medios de transporte.
DenominacionGenericaProd: Atributo condicional para expresar el fármaco o la sustancia activa del medicamento, psicotrópico o estupefaciente que se traslada a través de los distintos medios de transporte.
DenominacionDistintivaProd: Atributo condicional para expresar la marca con la que se comercializa el producto o nombre que le asigna el laboratorio o fabricante a sus especialidades farmacéuticas con el fin de distinguirlas de otras similares del medicamento, psicotrópico o estupefaciente que se traslada a través de los distintos medios de transporte.
Fabricante: Atributo condicional para expresar el nombre o razón social del establecimiento que realiza la fabricación o manufactura del medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópico o estupefaciente que se traslada a través de los distintos medios de transporte.
FechaCaducidad: Atributo condicional para registrar la fecha de caducidad del medicamento, psicotrópico o estupefaciente; o para expresar la fecha de reanálisis del precursor o químico de uso dual que se traslada a través de los distintos medios de transporte. Se expresa en la forma AAAA-MM-DD.
LoteMedicamento: Atributo condicional para expresar la denominación que identifica y confiere trazabilidad del medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópico o estupefaciente elaborado en un ciclo de producción, bajo condiciones equivalentes de operación y durante un periodo.
FormaFarmaceutica: Atributo condicional para expresar la forma farmacéutica o mezcla del medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópico o estupefaciente que presenta ciertas características físicas para su adecuada dosificación, conservación y administración.
CondicionesEspTransp: Atributo condicional para expresar la condición en la cual es necesario mantener el medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópicos o estupefacientes durante el traslado y almacenamiento.
RegistroSanitarioFolioAutorizacion: Atributo condicional para expresar el registro sanitario o folio de autorización con el que cuenta la empresa para el traslado del medicamento, psicotrópico o estupefaciente.
PermisoImportacion: Atributo condicional para registrar el folio del permiso de importación con el que cuenta el medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópico o estupefaciente.
FolioImpoVUCEM: Atributo condicional para registrar el número de folio de importación VUCEM para la identificación del documento, para el traslado de medicamentos, precursores o químicos de uso dual, sustancias tóxicas, plaguicidas o fertizantes.
RazonSocialEmpImp: Atributo condicional para expresar el nombre o razón social de la empresa importadora de las sustancias tóxicas.
NumRegSanPlagCOFEPRIS: Atributo condicional para expresar el número de registro sanitario para plaguicidas o fertilizantes cuya importación, comercialización y uso están permitidos en México, mismo que emite la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas (CICLOPLAFEST).
DatosFabricante: Atributo condicional para registrar el país y nombre o razón social de quien produce o fabrica el ingrediente activo del plaguicida o fertilizante.
DatosFormulador: Atributo condicional para registrar el país y nombre o razón social de quien formula el ingrediente activo del plaguicida o fertilizante.
DatosMaquilador: Atributo condicional para registrar el país y nombre o razón social de quien maquila el ingrediente activo del plaguicida o fertilizante.
UsoAutorizado: Atributo condicional para registrar el uso autorizado del plaguicida o fertilizante de acuerdo a la regulación del país.
TipoMateria: Atributo condicional para expresar el estado de la materia o producto al realizar una operación de comercio exterior a través de los distintos medios de transporte.
DescripcionMateria: Atributo condicional para expresar la descripción del estado de la materia o producto al realizar una operación de comercio exterior a través de los distintos medios de transporte.
Para el caso de los campos que desaparecen o se eliminan tenemos:
Nodo pedimentos
Pedimento: Atributo requerido para expresar el número de pedimento de importación que se encuentra asociado con el traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera para acreditar la legal estancia y tenencia durante su traslado en territorio nacional.
Sección Mercancía / Documentación aduanera Se adiciona esta sección condicional junto con los siguientes campos:
TipoDocumento: Atributo requerido para expresar el tipo de documento aduanero que se encuentra asociado al traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera durante su traslado en territorio nacional.
NumPedimento: Atributo condicional para expresar el número de pedimento de importación que se encuentra asociado con el traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera para acreditar la legal estancia y tenencia durante su traslado en territorio nacional.
IdentDocAduanero: Atributo condicional para expresar el identificador o folio del documento aduanero que se encuentra asociado al traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera para acreditar la legal estancia o tenencia durante su traslado en territorio nacional.
RFCImpo: Atributo condicional para expresar el RFC del importador de los bienes y/o mercancías que fue registrado en la documentación aduanera correspondiente y este se encuentre en la lista de RFC inscritos no cancelados del SAT (l_RFC).
Sección Autotransporte / Identificación vehicular En esta sección se adiciona el campo:
PesoBrutoVehicular: Atributo requerido para indicar en toneladas el peso bruto vehicular permitido del autotransporte de acuerdo a la NOM-SCT-012-2017 que es utilizado para realizar el traslado de los bienes y/o mercancías.
Sección Transporte marítimo En esta sección se adicionan los siguientes campos:
Puntal: Atributo opcional para registrar la longitud del puntal, definida en pies, con la que cuenta la embarcación o el buque en el que se transportan los bienes y/o mercancías.
PermisoTempNavegacion: Atributo condicional para registrar el permiso temporal de navegación de la embarcación o buque que transporta los bienes y/o mercancías.
Y se elimina el campo:
NumCertITC: Atributo requerido para registrar el número del certificado emitido por la ITC para la embarcación o buque que transporta los bienes y/o mercancías.
Sección Transporte marítimo / Contenedor Esta sección se vuelve opcional y se adicionan los siguientes campos:
IdCCPRelacionado: Atributo condicional para registrar el identificador del complemento Carta Porte (IdCCP) de un CFDI previamente certificado para el traslado de bienes o mercancías mediante autotransporte, únicamente aplica para traslados mediante ferri.
PlacaVMCCP: Atributo condicional para registrar los caracteres alfanuméricos, sin guiones ni espacios de la placa vehicular del autotransporte registrado en el CFDI con complemento Carta Porte del autotransporte, únicamente aplica para traslado mediante ferri.
FechaCertificacionCCP: Atributo condicional para registrar la fecha y hora de certificación del CDFI con complemento Carta Porte del autotransporte, únicamente aplica para traslado mediante ferri.
El campo que cambian en su definición es:
MatriculaContenedor: cambia de requerido a condicional.
Sección Transporte marítimo / Remolques CCP Se adiciona esta sección condicional junto con los siguientes campos:
SubTipoRemCCP: Atributo requerido para expresar la clave del subtipo de remolque o semirremolques que se emplean con el autotransporte que realizó el traslado de los bienes y/o mercancías registrado en el CFDI con complemento Carta Porte, únicamente aplica para traslado mediante ferri.
PlacaCCP: Atributo requerido para registrar los caracteres alfanuméricos, sin guiones ni espacios de la placa vehicular del autotransporte registrado en el CFDI con complemento Carta Porte, únicamente aplica para traslado mediante ferri.
Sección Transporte aéreo El campo que cambian en su definición es:
MatriculaAeronave: se incrementa el tamaño máximo a 11 caracteres.
Sección Figura transporte En esta sección el campo que cambian en su definición es:
NombreFigura: cambia de opcional a requerido.
Nuevos catálogos
En lo que respecta a los catálogos para la emisión del complemento Carta Porte, se detectó que se adicionan siete nuevos catálogos siendo estos los siguientes:
Régimen aduanero
Clave
Descripción
ImpoExpo
IMD
Definitivo de importación.
Entrada
EXD
Definitivo de exportación.
Salida
ITR
Temporales de importación para retomar al extranjero en el mismo estado.
Entrada
ITE
Temporales de importación para elaboración, transformación o reparación para empresas con programa IMMEX.
Entrada
ETR
Temporales de exportación para retornar al país en el mismo estado.
Salida
ETE
Temporales de exportación para elaboración, transformación o reparación.
Salida
DFI
Depósito Fiscal.
Salida, Entrada
RFE
Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
Salida, Entrada
RFS
Recinto fiscalizado estratégico.
Salida, Entrada
TRA
Tránsitos.
Salida, Entrada
Para este catálogo la fecha de publicación es el 25 de septiembre de 2023, mientras que la fecha de inicio de vigencia es el 25 de octubre de 2023.
Sector COFEPRIS
Clave
Descripción
01
Medicamento
02
Precursores y químicos de uso dual
03
Psicotrópicos y estupefacientes
04
Sustancias tóxicas
05
Plaguicidas y fertilizantes
Para este catálogo solo existe fecha de publicación que es el 25 de septiembre de 2023, mientras que para la fecha de inicio de vigencia está Por definir.
Forma farmacéutica
Clave
Descripción
01
Tableta
02
Capsulas
03
Comprimidos
04
Grageas
05
Suspensión
06
Solución
07
Emulsión
08
Jarabe
09
Inyectable
10
Crema
11
Ungüento
12
Aerosol
13
Gas medicinal
14
Gel
15
Implante
16
Óvulo
17
Parche
18
Pasta
19
Polvo
20
Supositorio
Para este catálogo, de igual forma, solo existe fecha de publicación que es el 25 de septiembre de 2023, mientras que para la fecha de inicio de vigencia está Por definir.
Condiciones especiales del transporte
Clave
Descripción
01
Congelados
02
Refrigerados
03
Temperatura controlada
04
Temperatura ambiente
En lo que respecta a la fecha de publicación de este catálogo es el 25 de septiembre de 2023 y no existe una fecha de inicio de vigencia la cual está Por definir.
Tipo materia
Clave
Descripción
01
Materia prima
02
Materia procesada
03
Materia terminada (producto terminado)
04
Materia para la industria manufacturera
05
Otra
Para este catálogo la fecha de publicación es el 25 de septiembre de 2023, mientras que la fecha de inicio de vigencia es el 25 de octubre de 2023.
Documentos aduaneros
Clave
Descripción
01
Pedimento
02
Autorización de importación temporal
03
Autorización de importación temporal de embarcaciones
04
Autorización de importación temporal de mercancías, destinadas al mantenimiento y reparación de las mercancías importadas temporalmente
05
Autorización para la importación de vehículos especialmente construidos o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos para cumplir con contrato derivado de licitación pública
06
Aviso de exportación temporal
07
Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX, RFE u Operador Económico Autorizado
08
Aviso para el traslado de autopartes ubicadas en la franja o región fronteriza a la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte en el resto del territorio nacional
09
Constancia de importación temporal, retorno o transferencia de contenedores
10
Constancia de transferencia de mercancías
11
Autorización de donación de mercancías al Fisco Federal que se encuentren en el extranjero
12
Cuaderno ATA
13
Listas de intercambio
14
Permiso de Importación Temporal
15
Permiso de importación temporal de casa rodante
16
Permiso de importación temporal de embarcaciones
17
Solicitud de donación de mercancías en casos de emergencias o desastres naturales
18
Aviso de consolidado
19
Aviso de cruce de mercancías
20
Otro
En este catálogo la fecha de publicación es el 25 de septiembre de 2023, mientras que la fecha de inicio de vigencia es el 25 de octubre de 2023.
Ubicaciones polos ISTMO
Clave
Descripción
01
Coatzacoalcos I
02
Coatzacoalcos II
03
Texistepec
04
San Juan Evangelista
05
Salina Cruz
06
San Blas Atempa
Finalmente, para este séptimo catálogo la fecha de publicación es el 25 de septiembre de 2023, mientras que la fecha de inicio de vigencia es el 25 de octubre de 2023.
Matriz de errores
La matriz de errores es un archivo de Microsoft Excel que contiene todas las reglas que deben cumplirse para poder timbrar un CFDI con el complemento Carta Porte 3.0; a continuación, describiremos los cambios realizados en este archivo.
La cantidad de registros totales se incrementó de 83 que correspondía a la versión 2.0 a 105 para la nueva versión 3.0.
Total de errores: 105 Errores eliminados: 2 Nuevos errores: 24
Cabe mencionar, que, con este incremento de registros, el orden de estos cambia, por lo que, por ejemplo, el error CP116 no es el mismo entre las versiones, como se muestra a continuación:
Error CP116 en versión 2.0
EntradaSalidaMerc: Cuando el atributo “CartaPorte:TranspInternac” contenga el valor “Sí”, se debe capturar información en este atributo.
Error CP116 en versión 3.0
RegimenAduanero: Cuando el atributo «CartaPorte:TranspInternac» contenga el valor «Sí» este atributo debe existir y contener un valor del catálogo catCartaPorte:c_RegimenAduanero, en caso contrario no debe de existir.
Por lo que deberá de ponerse mucha atención a estos cambios.
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En esta ocasión queremos compartir contigo la publicación que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó el pasado 25 de septiembre de 2023 y la cual afecta a la emisión de comprobantes con el complemento Carta Porte; en esta oportunidad la autoridad liberó una nueva versión de dicho complemento, la cual se enumera como versión 3.0.
Cabe mencionar, que actualmente está en uso y en periodo de transición la versión 2.0, este periodo de transición va del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, durante el mismo se pueden emitir comprobantes con Carta porte 2.0 con errores, sin que haya aplicación de multas ni sanciones, por lo que, resulta extraño que la autoridad haya liberado una nueva versión.
Después de realizar un análisis detallado a la documentación publicada por la autoridad (SAT), se detectaron los siguientes cambios para esta nueva versión, los cuales explicaremos a continuación:
Cambios realizados Analizando los documentos publicados, encontramos que son considerables los cambios realizados por la autoridad:
Se agregaron 39 nuevos datos (atributos)
Se eliminaron 3 datos (1 nodo y 2 atributos)
Cambió la matriz de errores: Se agregaron 24 nuevas reglas de validación
Pronto esteremos publicando un artículo en donde mostraremos a detalle cada uno de los cambios efectuados.
Nuevos catálogos Para esta versión, el SAT ha publicado 7 nuevos catálogos que podrán ser usados para la generación de este complemento:
Régimen aduanero
Sector COFEPRIS
Forma farmacéutica
Condiciones especiales del transporte
Tipo materia
Documentos aduaneros
Ubicaciones polos ISTMO
En otro artículo, estaremos detallando cada uno de estos.
Vigencia Carta Porte 3.0 En cuanto a la vigencia, se verificó la documentación liberada por la autoridad (SAT) y no se menciona una fecha obligatoria para la utilización de esta nueva versión.
Lo que pudimos indagar y que si encontramos, es que, en los catálogos, se menciona una fecha de inicio de vigencia de estos: 25 de octubre de 2023. Es importante mencionar que esto no quiere decir que sea la fecha de inicio de vigencia de esta nueva versión.
Conclusiones Basándonos en el análisis realizado a la documentación publicada por la autoridad para el complemento Carta Porte en su versión 3.0 queremos dar nuestras conclusiones, siendo estas las siguientes:
No existe fecha de inicio u obligatoriedad para el uso de esta nueva versión.
Continúa el proceso de transición en la utilización de la versión 2.0 del complemento.
Los cambios realizados son considerables, esto justifica que el SAT haya llamado a esta versión 3.0 y no 2.1
Existe imprecisión en cuanto al uso y vigencia de algunos de los nuevos catálogos, como son: Sector COFEPRIS, Forma farmacéutica y Condiciones especiales del transporte, donde las fechas de inicio de vigencia están Por definir.
Debido a las imprecisiones mencionadas con anterioridad, estaremos atentos a cualquier actualización que realice la autoridad (SAT) y los mantendremos informados al respecto, por lo que les pedimos estar al pendiente de cualquier cambio de este Blog.
Soluciones de Facturando En lo que respecta a las diferentes soluciones que ofrece Facturando y que se ven afectadas por la nueva versión 3.0 del complemento Carta Porte tenemos:
Actualmente, ya nos encontramos trabajando en cada una de estas, para poder liberar, a la brevedad posible, una nueva versión que soporte los cambios propuestos por la autoridad.
Soporte por parte del PAC Hemos hablado con cada uno de los proveedores con los que trabajamos y esto es lo que nos han comentado:
Ellos ya tienen toda la información al respecto
Actualmente, se encuentran analizando las implicaciones que tiene el implementar esta nueva versión
Aún no saben cuándo entrará en vigor la versión 3.0 del complemento
No tiene información de hasta cuándo se podrá timbrar la versión 2.0
Sabemos que existen muchas dudas con respecto a esta nueva versión, pero aun así, quisimos publicar esta serie de artículos, cuyo objetivo es el de compartir contigo la información que hasta el momento se tiene y nuestras impresiones del mismo.
Documentación Hemos preparado el siguiente enlace, con el cual podrás descargar toda la información que se ha publicado hasta el momento sobre esta nueva versión:
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