Preguntas frecuentes de la APP Factura SAT Móvil

Continuando con la revisión a la APP Factura SAT Móvil, queremos compartir las diferentes preguntas que hemos recibió acerca de la misma y sus posibles respuestas, y decimos posible, porque al ser algo tan nuevo, no se tiene certeza en algunos casos.

¿Solo sirve para generar facturas de Ingresos?
Es correcto, solo podrán generarse comprobantes de ingresos.

Soy transportista, ¿Puedo generar el comprobante con complemento carta porte?
No, solo permite emitir comprobantes de ingresos sin complementos ni adendas.

¿Se pueden consultar facturas emitidas y recibidas?
Así es, podrás consultar tanto las facturas que emites y como las que recibes.

¿Qué se requiere para ingresar a la aplicación?
Cuando ingresas a la APP, se te va a solicitar el RFC y contraseña, esta contraseña es la clave CIEC.

Con esta aplicación, ¿Puedo facturar usando la e.Firma?
No, para la generación de los comprobantes se requieren de los Certificados de Sello Digital (CSD).

¿Cuánto cobran por el uso de la aplicación?
Al ser una solución propuesta por el SAT, no tiene ningún costo asociado, la puedes descargar de la tienda de iOS o Android y usar sin problema, ya que es totalmente gratuita.

Si cuanto con dos regímenes fiscales ¿Puedo hacer uso de la aplicación?
No existe ninguna restricción en este caso, ya que, al momento de generar el comprobante fiscal, deberás indicar tu régimen fiscal.

¿Qué información contiene el QR generado por la APP?
Contiene toda la información de tu empresa y la cual es requerida para la generación de un CFDI; es de gran utilidad cuando te solicitan tus datos fiscales:

  • RFC
  • Nombre o razón social
  • Tipo de persona
  • Código postal
  • Régimen fiscal

La APP ¿Puede ser usada tanto para personas físicas como morales?
Sí, podrán hacer uso de la aplicación todos los contribuyentes inscritos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

¿Tiene algún costo cada timbre por factura generada?
No existe ningún costo asociado al uso de la APP ni al timbrado de los comprobantes fiscales.

Dentro de la aplicación ¿Se puede usar para varios contribuyentes emisores?
No, la aplicación es para uso personal, por lo que no existe una opción para múltiples emisores.

¿Qué tipo de comprobantes se pueden generar con la aplicación?
Dentro de los comprobantes de ingresos que se pueden generar con la aplicación tenemos:

  • Facturas
  • Factura global
  • Honorarios

¿Es posible generar un recibo de pago electrónico (REP) correspondiente?
Esto es algo curioso, la APP permite generar facturas cuyo método de pago sea PPD (Pago en Parcialidades o Diferidos), más, sin embargo, no es posible generar sus respectivos recibos de pago.

Esperamos que, en una actualización, la autoridad incluya esta característica, que es muy importante para los contribuyentes que venden a plazo.

Para más información de la aplicación ¿Dónde puedo llamar?
Podrás contactarlos a través de MarcaSAT 55 627 22 728, o en Chat Uno a Uno, en un horario de lunes a viernes de 8:00 a 18:30.

Con respecto a la consulta de facturas ¿Se pueden consultar facturas emitidas o recibidas?
Sí, podrán consultarse tanto emitidas y recibidas, ya sea por el folio fiscal o por un rango de fechas de emisión.

Al consultar, ¿Puedo obtener el XML y PDF del comprobante?
Si, podrá descargarse o compartir el XML y PDF del comprobante consultado.

A continuación, formulamos algunas preguntas de las cuales aún no contamos con una respuesta concreta, pero que creemos, es importante comentarlas

Si al cambiar un contribuyente de número telefónico, ¿Debe de volver a descargar la aplicación?
Esto es algo de lo que no tenemos respuesta y que solo se podrá conocer con el paso del tiempo, pero creemos que sí.

La aplicación Factura SAT Móvil, ¿Se puede tener instalada en dos dispositivos?
No se sabe.

¿Qué versiones de Android y de IOS se requiere para la instalación de la aplicación?
Para el caso de Android, se solicita la versión 5.0 o superior y para el caso de iOS se requiere la versión 12 o superior.

¿Se manejan todos los impuestos: retenidos y trasladados (IVA / ISR / IEPS)?
No se sabe con exactitud, ya que no es posible generar una factura que incluya impuestos locales.

¿Existe algún límite (2,000) en la cantidad de XML a descargar?
Como recordarás, al momento descargar los archivos XML del portal del SAT, existe una limitante de 2,000 XML al día: creemos que con esta APP existe el mismo límite, pero aún no lo hemos podido verificar.

Por cierto, si requieres descargar tus XML del SAT, te invitamos a probar, sin costo alguno, nuestra solución Descargar CFDI, con este programa podrás descargar hasta 33,000 al día por RFC emisor.

Descarga masiva de XML

Temas relacionados
A continuación, te compartimos las ligas a los temas relacionados con la aplicación Factura SAT Móvil y que complementan el conocimiento acerca de la misma.

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Hasta la próxima.

Manuales de uso para la aplicación Factura SAT Móvil

Como ya es de tu conocimiento, el SAT liberó una aplicación llamada Factura SAT Móvil con el objetivo de ayudar a los contribuyentes, ya sean personas morales o físicas, en el proceso de la generación y envió de comprobantes fiscales (CFDI).

En otros artículos hemos hablado y mostrado los diferentes aspectos de esta APP y hoy queremos compartir una serie de documentos que te ayudara a saber cómo usarla; es importante mencionar que todo este material fue producido por la autoridad (SAT) y en estos se muestran los diferentes aspectos de esta solución.

A continuación, encontrarás una breve explicación de los mismos y un enlace donde podrás descargarlos.

Manual del usuario
En este caso, se trata de un archivo PDF que contiene 24 páginas en donde se muestra, a través de capturas de pantalla, las diferentes opciones que componen esta aplicación.

Recomendamos descargar y leer a detalle este documento, ya que la información que se muestra en el mismo es concisa y precisa, además de que nos sirve para darnos una buena idea acerca de cómo funciona esta aplicación.

Puedes descargar este archivo PDF dando clic aquí.

Funcionalidad
Esta es una presentación, en formato PDF, que contiene 2 diapositivas y en donde se muestra de forma resumida y concreta la funcionalidad que ofrece la aplicación.

Puedes descargar la presentación dando clic aquí.

Consulta y descarga tus comprobantes
Presentación en donde se muestra, una de las características más interesantes de la aplicación, y es la capacidad de consultar y descargar los archivos XML y PDF de los comprobantes emitidos y recibidos.

Puedes descargar la presentación dando clic aquí.

Preguntas frecuentes
Este es un archivo clásico del SAT y se trata de un documento en donde se resuelven las preguntas más frecuentes que realizan los contribuyentes, aunque en este caso, creemos que se ha quedado corto, ya que las dudas que se resuelven en el mismo son muy básicas; aun así, quisimos publicarlo por si a algún usuario le es de utilidad.

Puedes descargar este documento dando clic aquí.

Queremos compartir contigo, que nos hemos dado a la tarea de publicar un artículo, en donde planteamos y damos respuesta a toda una serie de dudas que han surgido desde que fue anunciada esta aplicación. Te invitamos a leerlo dando clic aquí

Para finalizar, queremos invitarlos a estar atento este artículo, ya que lo estaremos actualizando cada vez que el SAT libere más información o en su caso, actualice los documentos existentes.

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Hasta la próxima.

¿Cómo se carga el certificado de sello a Factura SAT móvil?

En un artículo anterior comentábamos acerca de una serie de tutoriales sobre cómo usar las diferentes opciones que tiene la aplicación móvil del SAT, pero en este artículo queremos enfocarnos en un tema muy importante y es como cargar el certificado de sello digital para poder facturar a través de esta APP.

A continuación, te mostraremos, de forma detallada, las tres formas que existen para cargar el CSD a la aplicación:

Transferir el CSD a tu móvil
Existen varias formas de llevar o transferir tus archivos .key y .cer de tu Certificado de Sello Digital (CSD) al dispositivo, siendo estas las siguientes:

Vía correo electrónico
Para transferir tus archivos .key y .cer de tu Certificado de Sello Digital (CSD) al dispositivo móvil mediante el uso del correo electrónico deberás de realizar lo siguiente:

Lo primero que deberás de hacer es entrar en tu computadora a tu cuenta de correo electrónico donde deberás de crear un nuevo correo electrónico y adjuntar al mismo los archivos correspondientes a tu certificado de sello digital y realizar el envío de este.

El paso siguiente es, ir al dispositivo donde tienes instalada la aplicación Factura SAT Móvil y abrir tu cuenta de correo para descargar los archivos adjuntos del correo enviado en el paso anterior en tu dispositivo.

Vía bluetooth
Para hacer la transferencia de los archivos del Certificado de Sello Digital por esta vía, es necesario que tanto en el equipo de cómputo como en el teléfono se encuentre activo la opción de Bluetooth, esto con la finalidad de poder vincularlos.

Una vez vinculados, en el equipo de cómputo deberás seleccionar los archivos y dar clic derecho del ratón para seleccionar la opción de “Enviar a” para posteriormente seleccionar la opción Dispositivo Bluetooth.

En seguida aparecerá una venta con los dispositivos sincronizados, por lo que deberás de seleccionar el correspondiente a tu dispositivo móvil, donde recibirás la notificación de transferencia de archivos, la cual deberás de Aceptar para que sean transferidos a la carpeta de descargas que es donde quedarán almacenados.

Vía cable USB
La siguiente vía con la que podrás realizar la transferencia de los archivos del Certificado de Sello Digital a tu dispositivo móvil es por medio de cable USB, para ello deberás de:

  1. Conectar el cable USB al equipo de cómputo y al dispositivo móvil
  2. Seleccionar en tu equipo de cómputo los archivos del CSD a transferir
  3. Copiarlos en la unidad que corresponde al dispositivo móvil
  4. Expulsar el dispositivo móvil una vez que haya terminado la transferencia de los archivos
  5. Desconectar el cable del USB de ambos dispositivos

Se recomienda crear una carpeta en tu dispositivo móvil con el fin de identificar de forma fácil los archivos.

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Hasta la próxima.

Características de la APP Factura SAT Móvil

En un artículo anterior, comentamos acerca de la nueva APP del SAT para la generación de factura, si no has tenido oportunidad de leerlo, te invitamos a dar clic aquí antes de continuar con este nuevo artículo.

En esta ocasión nos enfocaremos en los usos que tiene la aplicación Factura SAT Móvil, lo que puedes hacer y lo que no con esta aplicación.

Configuración de favoritos
Para hacer uso de esta aplicación, es conveniente llevar a cabo la configuración de los favoritos en donde podrán configurarse los siguientes datos:

  • Regímenes – seleccionar los regímenes que tengas registrados ante el SAT, los cuales podrán utilizarse al momento de facturar.
  • Productos y servicios – podrás agregar hasta 15 productos o servicios que uses de manera más frecuente, los podrás agregar mediante los buscadores que ofrece la aplicación (División, Grupo y Clase).
  • Moneda – de igual forma, podrás agregar las monedas que más uses.
  • Forma de pago – seleccionar las formas de pago más usadas.
  • Método de pago – los métodos de pago a utilizar al momento de facturar.
  • Código postal – indicar los códigos postales que tengas registrados ante el SAT.
  • Cuenta predial – esta opción solo se visualizará para personas físicas que tengan los regímenes RESICO (626) o Arrendamiento (606) o para personas morales en cualquier régimen.

Es de suma importancia realizar la configuración de los favoritos antes de facturar, ya que, de no hacerlo, las opciones de facturar y plantillas no estarán visibles.

Clientes frecuentes
Podrás agregar un nuevo cliente al catálogo mediante la captura de:

  • RFC
  • Nombre o Razón Social
  • Código postal
  • Correo electrónico
  • Régimen fiscal
  • Uso de la factura

Este catálogo permite registrar hasta 18 clientes frecuentes.

Plantillas
En cuanto al manejo de plantillas, podrán crearse hasta 20, las cuales te servirán para hacer el prellenado de datos al momento de facturar.

Los campos y mensajes de una plantilla son los mismos que aparecen al generar una factura, la diferencia es que para guardarla como plantilla no es necesario capturar todos los campos requeridos.

Estas plantillas son de gran utilidad cuando generas siempre el mismo tipo de comprobante, de esta forma solamente deberás seleccionar la plantilla y ya tendrás precargada toda la información requerida.

Facturación
Uno de los temas más importantes es saber acerca de la generación de las facturas.

Algunos contribuyentes piensan que, con esta nueva aplicación del SAT, la cual permite generar, enviar y consultar facturas 4.0 mediante el uso de un dispositivo móvil, podrán generar cualquier tipo de CFDI y la respuesta es no, ya que al hacer uso de esta aplicación solo podrán generar facturas de ingresos, quedando fuera la generación de los siguientes CFDIs:

  • No podrán generarse facturas de egresos, ni traslados, ni nómina.
  • Queda fuera la generación de comprobantes fiscales digitales que incluyan complementos.
  • De igual forma, no podrán generarse facturas que incluyan adendas.
  • En cuanto al manejo de impuestos, no podrán generarse facturas que incluyan impuestos locales.

Adicional, a lo que sí se puede hacer con esta aplicación es la generación del QR con la siguiente información:

  • RFC
  • Nombre o Razón social
  • Tipo de persona
  • Código postal del domicilio fiscal
  • Régimen fiscal

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Hasta la próxima.

Nueva aplicación móvil del SAT para facturar

En días pasados, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una nueva herramienta para aquellos contribuyentes, sean personas físicas o morales, que estén obligados a expedir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), mejor conocidas como facturas electrónicas.

A continuación, te explicamos en que consiste y cuál es su alcance:

¿Para qué sirve?
Esta herramienta se trata en realidad de una APP llamada Factura SAT Móvil, la cual sirve para generar y enviar de forma gratuita facturas de ingreso en su versión 4.0, adicionalmente podrás consultar tus facturas emitidas o recibidas, así como compartir tus datos fiscales a través de un código QR para que te facturen.

Características
Dentro de las características de esta aplicación tenemos:

  • Se trata de una aplicación móvil
  • Es una aplicación gratuita
  • Podrá ejecutarse en dispositivos que cuenten con sistema operativo Android o iOS
  • Permite la generación y envío de facturas

Alcance
Los contribuyentes que se encuentren inscritos al Registro Federal de Contribuyente (RFC) podrán hacer uso de esta nueva aplicación con la finalidad de poder:

  • Generar facturas de ingresos en su versión 4.0
  • Descarga de los archivos XML y PDF (representación impresa)
  • Compartir (enviar) las facturas generadas por los medios que se tengan habilitados en tu dispositivo (correo electrónico, WhatsApp, Messenger, etc.)
  • Consultar tus CFDI en cualquier momento
  • Generación del código QR con tus datos fiscales

Requerimientos mínimos
En cuanto a los requerimientos mínimos para poder instalar y hacer uso de esta aplicación, tenemos los siguientes:

  • Dispositivo que cuente con sistema operativo Android o iOS
  • Acceso a internet para el correcto funcionamiento de la aplicación
  • Estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyente (RFC)
  • Contar con contraseña activa y Certificado de sello Digital (CSD) vigente

Cumpliendo con estos requerimientos, el contribuyente podrá hacer uso de la APP Factura SAT Móvil, la cual cumple con los estándares tecnológicos del Anexo 20 y las disposiciones jurídicas vigentes.

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Cambios al catálogo para la generación del CFDI 4.0

El pasado 10 de agosto de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó una actualización al catálogo que contienen los datos requeridos para la correcta generación de los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI).

A continuación, describiremos los cambios realizados en esta oportunidad:

Pedimentos
En lo que respecta al catálogo para los números de pedimentos, la autoridad (SAT) publicó una nueva actualización de este catálogo que pasa de la versión 39.0 a la 40.0, en donde se adicionan once nuevas claves de pedimentos, las cuales describiremos a continuación:

Aduana Patente Ejercicio Cantidad Fecha

81 3990 2023 999999 11/08/2023
85 1619 2023 999999 11/08/2023
85 1829 2023 999999 11/08/2023
85 1863 2023 999999 11/08/2023
85 3172 2023 999999 11/08/2023
85 3425 2023 999999 11/08/2023
85 3487 2023 999999 11/08/2023
85 3659 2023 999999 11/08/2023
85 3695 2023 999999 11/08/2023
85 3922 2023 999999 11/08/2023
85 3941 2023 999999 11/08/2023

Para estas nuevas claves la fecha de inicio de vigencia es a partir del 11 de agosto de 2023.

¿Dónde descargarlo?
Si deseas tener acceso a esta nueva actualización del catálogo, existen dos formas de obtenerlo, la primera es descargar el nuevo catálogo directamente del servido del SAT, o la más sencilla, lo puedes descargar usando la liga que te compartimos a continuación, donde bastará con dar clic en la misma para obtener el último catalogo:

Catálogo del SAT para el CFDI 4.0 v10082023

Documentación técnica (XSD)
Si te preguntas: ¿Se realizaron cambios a la documentación técnica usada en la generación del CFDI 4.0?, y con la documentación técnica nos referimos a los archivos XSD, específicamente el archivo catCFDI.xsd; queremos informarte que este no fue actualizado y esto se debe a que este archivo no contiene una sección relacionada con los cambios realizados (pedimentos).

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¿Eres RESICO persona física?, regulariza tu situación fiscal

Las personas físicas que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tenían hasta el pasado 30 de junio de 2023, para hacer uso de la facilidad, la cual se encuentra definida en el artículo transitorio vigésimo quinto de la RMF, donde se establece que los contribuyentes que se encuentren tributando bajo este régimen, podrán emitir sus CFDI a través de las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina”, de “Mis cuentas”, las cuales hacen uso de la facilidad de sellar el CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un CSD.

Prórroga a contribuyentes del RESICO

Ahora, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha informado, mediante la publicación de su comunicado del 30 de junio de 2023, que, a fin de que los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, ampliando el plazo para ello hasta el 2 de octubre de 2023 para:

  • Contar con e.firma activa.
  • Tener activo el Buzón Tributario.
  • Emitir facturas electrónicas con las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”.

Recordemos que este régimen es para contribuyentes con ingresos hasta de 3.5 millones de pesos, la tasa del impuesto sobre la renta (ISR) va del 1% hasta 2.5 %.

¿Quiénes puede acceder a este régimen?

Pueden acceder a dicho beneficio los contribuyentes que realizan las siguientes actividades:

  • Actividades empresariales y profesionales (talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúper, escuelas, guarderías, ferreterías y refaccionarias; así como abogados, contadores, médicos, odontólogos, entre otros servicios profesionales).
  • Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales).
  • Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (AGAPES).

Adicional, podrán obtener ingresos por salarios e intereses, siempre y cuando que, la totalidad de los ingresos no rebase el monto de los 3.5 millones de pesos anuales.

La recomendación es que, si eres uno de estos contribuyentes beneficiados con esta nueva prórroga, aproveches para regularizar tu situación fiscal, tramitando lo antes posible la obtención de tu propio Certificado de Sello Digital (CSD), evitando con ello correr el riesgo de no poder emitir tus propios CFDI.

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SAT amplia plazo para el CFDI con carta porte

Como sabrás, estaba por terminar la prórroga al CFDI de carta porte con errores, en la cual se permite a los contribuyentes el que puedan emitir CFDIs que incluyen el complemento Carta Porte con errores sin que esto trajera consecuencias.

Recordemos que el complemento carta porte es usado para operaciones de traslado o por servicios de transporte de bienes o mercancías dentro del territorio nacional.

Nueva prórroga

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, a fin de apoyar a que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, se amplía el plazo al 31 de diciembre de 2023, para:

  • No aplicar sanciones a aquellos contribuyentes que expidan el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento Carta Porte, sin la totalidad de los requisitos previstos en los instructivos publicados en el Portal del SAT, así como para que la transmisión del mismo al Sistema Electrónico Aduanero sea exigible a partir del 1 de enero de 2024.
  • El cumplimiento de las obligaciones relativas a controles volumétricos, se prorroga la presentación de un solo certificado de la correcta operación y funcionamiento de los programas informáticos para 2022 y 2023.

Con esta prórroga, los contribuyentes podrán evadir el hacerse acreedores a la posibilidad de la aplicación de multas por parte de la autoridad (SAT), que van de los 17 mil a los 90 mil pesos por omisión o de 400 a 600 pesos por mal llenado de la factura electrónica con su complemento.

Cabe mencionar que la prórroga fue publicada en la “SEXTA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2023 PRIMERA VERSIÓN ANTICIPA”, así como en el portal del SAT mediante el comunicado del pasado 16 de julio de 2023.

Si deseas obtener el documento publicado, solo deberás dar clic en el siguiente enlace que hemos creado especialmente para ti:

6a_RMRMF2023_primera_version_anticipada

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¿Has facturado conceptos distintos a tu actividad preponderante?

Como recordarás, en el momento en que se realiza la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), ya sea de una persona física o moral, el contribuyente deberá señalar cual será su actividad económica preponderante, por la cual se generarán sus ingresos.

Además, si para la realización de la activad económica del contribuyente se requiere de personal, este deberá de inscribirse también ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), donde de igual manera deberá de informar también la actividad económica a realizar.

Actividad preponderante

Pero definamos ¿qué es la actividad preponderante?

Es aquella actividad económica por la que, en el ejercicio de que se trate, el contribuyente obtenga el ingreso superior respecto de cualquiera de sus otras actividades.

Cabe recalcar, que tanto el catálogo de actividades del SAT, así como el catálogo de actividades del IMSS no son suficientes como para contemplar la totalidad de las actividades que se pueden realizar por los contribuyentes.

Actualización de la actividad económica

Si eres de los contribuyentes que por algún motivo ha llevado a cabo la facturación de conceptos distintos a los que corresponden a tu actividad económica, deberás de tener en cuenta lo siguiente:

Cuando exista alguna discrepancia entre la descripción de los bienes o servicios registrados en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) y la actividad económica registrada por el contribuyente, la autoridad (SAT) actualizará las actividades económicas y obligaciones del contribuyente en cuestión al régimen fiscal que le corresponda.

Inconformidad

Para el caso de que el contribuyente estuviera inconforme con dicha actualización, podrá llevar a cabo el proceso de aclaración que la autoridad (SAT) determine mediante reglas de carácter general.

Conclusión

La conclusión sería, que debes de tener cuidado al momento de emitir tus facturas, ya que las consecuencias por facturar conceptos distintos a la actividad preponderante es que la autoridad (SAT) puede actualizar las actividades económicas y obligaciones de los contribuyentes que caigan en dichos supuestos.


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¿Se debe generar la factura a público en general o la factura global?

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), todos los contribuyentes deberán de generar un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) por aquellas operaciones en donde no se cuenta con el RFC del receptor.

Dentro de los requisitos que marca el artículo 29-A, fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF), es la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de la persona a favor de quien se expida el CFDI.

Factura público en general

En los casos, en que se desconozca el RFC, ya sea porque no se solicitó el CFDI o porque el receptor no lo proporcionó o no cuenta con él, la indicación es que se señalará la clave del RFC genérica, siendo esta: XAXX01010100, con esto se considera que la operación fue celebrada con el público en general.

CFDI global

Ahora bien, para el caso de la factura global y de acuerdo con la regla 2.7.1.21 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, el contribuyente podrá elaborar un CFDI global, teniendo las siguientes consideraciones:

  • En este deberán de constar los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda
  • Se podrá generar un CFDI global diario, semanal o mensual
  • Se deberá de incluir el número de folio de la operación de los CFDIs que se hubiesen emitido al público en general
  • El CFDI global deberá expedirse a más tardar a las 24 horas siguientes al cierre de las operaciones que lo integran

Por tratarse de un CFDI distinto a una factura, adicional, deberán de tenerse en cuenta, en el llenado del CFDI global, los siguientes datos:

Datos del Receptor

  • RFC: XAXX010101000 clave genérica
  • Nombre: se debe de registrar el valor “PUBLICO EN GENERAL”
  • Domicilio fiscal: el mismo código postal del que lo expide
  • Régimen fiscal: la clave 616 “Sin obligaciones fiscales”
  • Uso del CFDI: S01 “Sin obligaciones fiscales”

Información global

  • Periodicidad: Diario, Semanal, Quincenal, Mensual, Bimestral

Datos del concepto

  • Clave del producto o servicio: 01010101
  • Número de identificación: número de folio o de operación de los comprobantes de operación con el público en general
  • Cantidad: 1
  • Clave de unidad: ACT
  • Descripción: Venta

En resumen, podemos decir:

La factura a público en general se realiza cuando el contribuyente que adquirió el producto o contrato el servicio no solicito el comprobante por dicha operación o no proporciono su RFC.

La factura global es un resumen de todas las facturas a público en general que se generaron en un periodo de tiempo.

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