En esta ocasión te queremos compartir los nuevos cambios realizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que afectan la generación de los comprobantes fiscales en su versión 4.0.
Derivado de lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado, encontrándose con los siguientes cambios:
Anexo 20
Dentro de los cambios detectados que afectan la generación de Comprobantes tenemos los siguientes:
Objeto de impuesto
En lo que respecta al catálogo que corresponde a las claves de objeto de impuesto, se adicionan 3 nuevas claves, siendo estas las siguientes:
- 06 – Sí objeto del IVA, No traslado IVA.
- 07 – No traslado del IVA, Sí desglose IEPS.
- 08 – No traslado del IVA, No desglose IEPS.
Para estas 3 nuevas claves, su fecha de inicio de vigencia es a partir del 13 de diciembre de 2024.
Matriz de errores CFDI 4.0
La afectación derivada de estas nuevas claves de objeto de impuesto se ve refleja en la adición de 2 nuevas validaciones dentro de la matriz de errores, siendo estas las siguientes:
- CFDI140226 – Cuando en el campo ObjetoImp se registre el valor “06” o “08”, los valores “002” (IVA) y/o “003” (IEPS) en el campo “Impuesto” de los nodos hijos “Retencion” y/o “Traslado” del elemento “Retenciones” y/o “Traslados” a nivel Concepto no deben existir.
- CFDI140227 – Cuando en el campo ObjetoImp se registre el valor “07”, el valor “002” (IVA) en el campo “Impuesto” de los nodos hijo “Retencion” y/o “Traslado” del elemento “Retenciones” y/o “Traslados” a nivel Concepto no debe existir; debe existir el valor “003” (IEPS) en el campo “Impuesto” del nodo hijo “Traslado” del elemento “Traslados” a nivel Concepto.
Complemento recibo de pago 2.0
De igual forma, la afectación se ve refleja en la adición de 2 nuevas validaciones dentro de la matriz de errores correspondiente al complemento de recibo de pago 2.0, siendo estas las siguientes:
- CRP20278 – Cuando se registre el valor “06” o “08” en el campo ObjetoImpDR, el valor del campo ImpuestoDR de los nodos hijo RetencionDR y/o TrasladoDR del nodo DoctoRelacionado debe ser distinto de los valores “002” (IVA) y/o “003” (IEPS).
- CRP20279 – Cuando se registre el valor “07″ en el campo ObjetoImpDR, el valor del campo ImpuestoDR de los nodos hijo RetencionDR y/o TrasladoDR del nodo DoctoRelacionado debe ser distinto del valor “002” (IVA); debe existir al menos un nodo hijo TrasladoDR con el valor “003” (IEPS).
Complemento Carta Porte 3.1
Los cambios realizados se centran en los catálogos usados en la generación de Comprobantes fiscales Digitales con complemento Carta Porte 3.1, siendo estos los siguientes:
Transporte Aéreo
En lo que respecta al catálogo que corresponde a los códigos de transporte aéreo, se adicionan 13 nuevas claves, siendo estas las siguientes:
- CA161 – Mexicanas Aerus RFD
- CA162 – Mexicanas Mexicana (Aerolínea del Estado Mexicano) MXA
- CA163 – Mexicanas Eurus Aviation EUS
- CA164 – Mexicanas Señor Air SEN
- CA165 – Mexicanas TM Aerolíneas WIN
- CA166 – Ecuador Avianca Ecuador GLG
- CA167 – Canadienses Jetlines CJL
- CA168 – Estadounidenses Avelo Airlines VXP
- CA169 – Estadounidenses Global Wings Express GWW
- CA170 – Estadounidenses KaiserAir KAI
- CA171 – Asiaticas Air China Cargo CAO
- CA172 – Malta AirX Charter AXY
- CA173 – Centro y Sudamericanas Azul Linhas Aéreas Brasileiras AZU
Todas estas nuevas claves tienen como fecha de inicio de vigencia a partir del 9 de octubre de 2024.
Número de autorización del agente naviero
Para este catálogo el cambio detectado corresponde a la adición de los siguientes 20 números de autorización:
- ANC009/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 4 de abril del 2024 y como fecha final de vigencia el 5 de abril del 2029.
- ANC016/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 19 de abril del 2023 y como fecha final de vigencia el 20 de abril del 2028.
- ANC47/2021 – con fecha de inicio de vigencia el 30 de agosto del 2021 y como fecha final de vigencia el 31 de agosto del 2026.
- ANG005/2022 – con fecha de inicio de vigencia el 24 de febrero del 2022 y como fecha final de vigencia el 25 de febrero del 2027.
- ANG005/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 28 de febrero del 2023 y como fecha final de vigencia el 29 de febrero del 2028.
- ANG015/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 24 de abril del 2024 y como fecha final de vigencia el 25 de abril del 2029.
- ANG018/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 9 de mayo del 2024 y como fecha final de vigencia el 10 de mayo del 2029.
- ANG020/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 5 de junio del 2024 y como fecha final de vigencia el 6 de junio del 2029.
- ANG021/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 11 de junio del 2024 y como fecha final de vigencia el 12 de junio del 2029.
- ANG023/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 21 de julio del 2024 y como fecha final de vigencia el 22 de julio del 2029.
- ANG024/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 30 de julio del 2024 y como fecha final de vigencia el 31 de julio del 2029.
- ANG026/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 21 de agosto del 2024 y como fecha final de vigencia el 22 de agosto del 2029.
- ANG027/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 26 de agosto del 2024 y como fecha final de vigencia el 27 de agosto del 2029.
- ANG028/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 23 de agosto del 2024 y como fecha final de vigencia el 24 de agosto del 2029.
- ANG029/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 23 de septiembre del 2024 y como fecha final de vigencia el 24 de septiembre del 2029.
- ANG030/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 7 de octubre del 2024 y como fecha final de vigencia el 8 de octubre del 2029.
- ANG031/2024 – con fecha de inicio de vigencia el 28 de octubre del 2024 y como fecha final de vigencia el 29 de octubre del 2029.
- ANG034/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 9 de junio del 2023 y como fecha final de vigencia el 10 de junio del 2028.
- ANG035/2023 – con fecha de inicio de vigencia el 3 de julio del 2023 y como fecha final de vigencia el 4 de julio del 2028.
- ANG041/2022 – con fecha de inicio de vigencia el 9 de noviembre del 2022 y como fecha final de vigencia el 10 de noviembre del 2027.
Soluciones afectadas
Como consecuencia de los cambios mencionados, las soluciones de Facturando que se ven afectadas son:
- Electronic Document Validator (EDV) en su versión librería y web service, los cuales permiten integrar a tus proyectos la funcionalidad para la validación de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos o recibidos.
- Validador CFDI aplicación de escritorio para usuario final con la que podrán validarse los archivos XML de los comprobantes fiscales que emites o te emiten.
- Electronic Document Library (EDL) DLL con la que podrás generar y leer cualquier tipo de Comprobante Digital por Internet (CFDI).
- Electronic Document Printer (EDP) librería con la que podrás generar la representación impresa de los Comprobantes Digitales por Internet (CFDI).
Actualmente, nuestro equipo de desarrollo ya conoce estos cambios, por lo que, se liberarán versiones que soporte estos cambios, lo antes posible.
Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.
Hasta la próxima.