Prórroga del SAT a la DIOT 2025

Como ya sabrás, el Servicio de Administración tributaria (SAT) dio a conocer, a inicio del mes de febrero del 2025, su nueva plataforma para la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

En aquel momento publicamos una serie de artículos en donde comentábamos acerca de:

Y no solamente esto, también publicamos un artículo donde mostrábamos una alternativa para presentar la DIOT de periodos anteriores (2024), usando el programa DEM y el archivo DEC.

Después de esto, en Facturando continuamos investigando sobre la DIOT 2025 para que nuestro programa Descargar CFDI pudiera generarla; durante este proceso, hemos encontrado más problemas con la nueva plataforma; lo bueno fue que encontramos alternativas para saltar dichas situaciones.

LA NUEVA PLATAFORMA DEJA DE FUNCIONAR

En los últimos días, muchos usuarios (contribuyentes, contadores, desarrolladores de software, etc.) han estado reportando ciertos problemas que les impide presentar la declaración; hemos preparado un nuevo artículo donde hablamos a detalle sobre estos.

PRÓRROGA PARA LA DIOT 2025

Ante los problemas presentados, la autoridad decidió habilitar la opción anterior, de tal forma, que podrás presentar la DIOT de enero y febrero del 2025 como lo venías haciendo en el 2024; para esto deberás:

PREGUNTAS Y RESPUESTA

Es posible que en este momento tengas muchas dudas acerca de esta solución propuesta por la autoridad y hemos querido compartir contigo la información que tenemos hasta el momento:

¿Existe una prórroga para la DIOT?
Una prórroga como tal no, ya que sigue vigente, lo que hizo la autoridad fue habilitar el método anterior para que los contribuyentes puedan presentar sus declaraciones del 2025; de tal forma que van a convivir las dos formas: El método “viejo” y la nueva plataforma; tú como usuario, decides cuál usar.

¿Dónde público el SAT el comunicado sobre esta opción?
Estuvimos buscando el comunicado al respecto y no encontramos nada; al parecer, el SAT solo habilitó esta opción y no le avisó a nadie; nosotros nos enteramos porque una persona de nuestro equipo detectó el cambio en el portal del SAT.

Lo que sí encontramos fue un comunicado del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCC) en donde solicitaba a la autoridad una prórroga para el uso de la nueva plataforma; puedes verlo aquí.

¿Por cuánto tiempo va a estar disponible este método?
No lo sabemos, pero suponemos que solo va a ser un par de meses mientras sus ingenieros logran estabilizar la nueva plataforma.

¿Esta opción es segura?
Si, y lo afirmamos por dos motivos:

  • Está publicado en el propio portal del SAT
  • En su momento usamos esta opción para presentar la DIOT

¿El SAT va a quitar el método anterior?
Sí, y:

  • Creemos que esta solución va a ser algo temporal, mientras logran mejorar y estabilizar la nueva plataforma.
  • La autoridad requiere los nuevos campos (54) que se solicitan en la DIOT 2025 para mejorar sus procesos.

¿Existe una nueva versión del programa DEM?
Hicimos algunas pruebas y no detectamos algún cambio al programa de “Documento Electrónicos Múltiples”; además, la versión sigue siendo la misma: 1.2.1.

¿Cómo puedo generar el archivo TXT para DIOT?
Nuestro programa Descargar CFDI tiene un módulo que te permite generar el archivo TXT para la carga batch usando los archivos XML. Puedes descargarlo y probarlo por 30 días dando clic aquí.

Además, el programa tiene dos reportes que te pueden servir como base para tu DIOT:

En estos, se muestran todos los impuestos desglosados por tipo y tasa: IVA, IEPS e ISR.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo. 

Hasta la próxima.

DIOT 2025: No funciona la nueva plataforma

El día 7 de febrero, el Servicio de Administración tributaria (SAT) dio a conocer su nueva plataforma para presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

Desde entonces, muchos usuarios han estado probando / trabajando con la misma con el objetivo de familiarizarse con la misma y poder cumplir con sus obligaciones.

Durante este tiempo, se han detectado y reportado diversos problemas, como los que comentamos en este artículo; algunos de estos los hemos podido saltar usando diferentes opciones (“trucos”), esto mientras la autoridad logra estabilizar esta nueva plataforma.

La nueva plataforma deja de funcionar

En los últimos días, muchos usuarios (contribuyentes, contadores, desarrolladores de software, etc.) han estado reportando ciertos problemas que les impide presentar la declaración:

No funciona la carga bacth
Al momento de cargar el archivo TXT, la plataforma se queda validándolo y nunca termina; no importa el tiempo que esperes, el proceso nunca finaliza; en este caso, se muestra el siguiente mensaje:

Error al cargar el archivo TXT

No se permite la captura manual
Podrías pensar que la solución en este caso es no cargar el archivo TXT y hacer la declaración de forma manual; el problema es que tampoco es posible, ya no se pueden capturar los datos porque aparece este mensaje:

El SAT desactivó la captura manual

Como puedes observar en las imágenes mostradas, en este momento es imposible usar esta nueva plataforma, pero no todo está perdido; para esto te invitamos a continuar leyendo este artículo.

Prórroga para la DIOT 2025

Debido a que la nueva plataforma ha dejado de funcionar, la autoridad está ofreciendo a todos los contribuyentes un método alternativo para poder presentar su declaración

Si quieres conocer esta alternativa, te invitamos a leer este artículo que hemos preparado y en donde hablamos a detalle sobre la misma; además de que intentamos responder las preguntas más importantes sobre este tema

Información relacionada 

A continuación, encontrarás publicado una serie de artículos que hemos preparado acerca de los cambios realizados por el SAT a la presentación de la DIOT. 

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo. 

Hasta la próxima.

Reflexiones sobre la nueva plataforma para la DIOT 2025 

En artículos anteriores hemos comentado acerca de la nueva plataforma del SAT para presentar la DIOT del 2025, los problemas que hemos encontrado en esta y cómo presentar la DIOT de años anteriores; en este artículo queremos hacer algunas reflexiones sobre esta nueva plataforma. 

Antes de empezar, nos gustaría aclarar que la idea propuesta por el SAT nos parece acertada, ya que moderniza el proceso para presentar la DIOT y que lo que expresamos a continuación no es una crítica a la misma, solamente es el resultado de un proceso de reflexión que va mucho más allá de lo técnico; con esto en mente, empecemos. 

Una liberación tan apresurada 

Nos llama la atención, cómo el SAT liberó esta nueva plataforma de forma tan apresurada, sin haberla presentado, sin avisar; solamente la liberó y listo, ahora todos debemos usarla; nos preguntamos: ¿qué llevó a la autoridad a hacer así? y generar tanto ruido e incertidumbre al respecto. 

Tiempo de convivencia 

Hubiera estado muy bien que el SAT permitiera, por algún tiempo, la convivencia de los dos métodos y diera un periodo para que los contribuyentes nos acostumbráramos a esta nueva plataforma; tal vez un periodo de 3 meses. 

Seguramente pensarás que muchas personas dejan todo para el final y no hubiera usado dicha plataforma, y aunque puede ser cierto para algunos casos, también es cierto que existe un grupo de contribuyente que sí lo hubieran empezado a usar. 

Una liberación sin documentación 

Este es otro aspecto de esta nueva plataforma; el SAT la liberó sin documentación, sin un manual, sin una sección de preguntas y respuestas, en esencia sin nada. 

Al parecer, la autoridad asume que su plataforma es tan sencilla que no requiere de documentación o entrenamiento, y cuando la empiezas a usar parece que así es, que es muy fácil, pero a medida que avanzas comienzan a salir dudas y no sabes qué datos debes capturar, lo cual te puede llevar a indicar información errónea. 

Tratando de dar solución a este tema, algunas empresas o contadores están ofreciendo cursos y en Facturando hemos tenido la oportunidad participar en varios de estos, pero nos hemos encontrado que en algunos puntos se contradicen entre ellos o no saben que contestar; creemos que esto se debe no a un problema del expositor, sino a la casi nula información por parte de la autoridad sobre su plataforma. 

Retroalimentación 

Tal vez te preguntes: ¿cuál hubiera sido la forma más adecuada para que el SAT diera a conocer esta nueva plataforma?, y creemos que debió: 

  • Presentarla como algo opcional durante un periodo de tiempo y luego hacerla obligatoria
  • Liberar a todos los desarrolladores la documentación sobre el nuevo TXT 

Al no ser obligatorio, nos les hubiera dado tiempo: 

  • A los contribuyentes, para familiarizarse con esta nueva plataforma e ir haciendo la transición poco a poco.
  • A los desarrolladores de software, para a adaptar sus programas a estos nuevos requerimientos
  • Al SAT, para dar cursos, crear manuales, resolver dudas, dar ejemplos prácticos, etc. 

Esto hubiera sido un ganar – ganar para todos y no se hubiera generado tanto ruido en el ambiente, hubiéramos tenido una transición mucho más “suave”, mucho más tranquila; lastimosamente, ahora todos estamos corriendo: 

  • Los contadores y contribuyentes para conocer y entender esta nueva plataforma
  • Los desarrolladores de software para ofrecer una solución para la carga batch. 

Adicionalmente, esto hubiera permitido que los contribuyentes, contadores y desarrolladores de software le pudiéramos dar retroalimentación para que hiciera las mejoras respectivas antes de hacerla obligatoria. 

Muchas personas dirán: “El hubiera no existe”, y aunque es cierto, en Facturando nos gusta reflexionar sobre sucesos pasados y aprender de los mismos. 

Información relacionada 

A continuación, encontrarás publicado una serie de artículos que hemos preparado acerca de los cambios realizados por el SAT a la presentación de la DIOT. 

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo. 

Hasta la próxima.

Envío de la DIOT de ejercicios anteriores al 2025 

Envío de la DIOT de ejercicios anteriores al 2025 

Como sabrás, en su portal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberó, para todos los contribuyentes, un nuevo aplicativo para presentar la DIOT, el cual solicita mucha más información, por lo tanto, es incompatible con el TXT que se generaba en años anteriores para la carga batch. 

Situación actual 

En la nueva aplicación se puede seleccionar el ejercicio para la presentación de la DIOT de años anteriores, es decir, declaraciones de 2024 hacia atrás, y puedes presentarlas de dos formas: 

  • Captura manual, esto es, capturar dato por dato.
  • Carga batch, es decir, una carga masiva de datos. 

Carga batch 

Para este caso se trabaja con un archivo TXT; el cual debe cumplir con la estructura (layout) definida por la autoridad y es ahí donde se presenta el problema, ya que, a partir del 2025, el SAT realizo cambios importantes a dicho TXT, pasando de 24 a 54 datos, haciendo que el archivo que se generaba anteriormente sea incompatible y no se pueda usar. 

Seguramente te estarás preguntando: ¿Me quedo sin presentar mis declaraciones de 2024?, por no tener el nuevo TXT y la respuesta es NO, ya que hemos encontrado una alternativa para este caso. 

Alternativa 

La alternativa que hemos encontrado es seguir los mismos pasos que ya se venían haciendo y, al momento de cargarla al portal del SAT, usar una liga que les compartiremos más adelante. 

Por cierto, nosotros usamos esta solución para presentar nuestra DIOT de diciembre del 2024 y pudimos comprobar que el proceso funciona correctamente. 

A continuación, describiremos los pasos que debes seguir: 

  • Generar el archivo de carga batch con la estructura del 2024, es decir, cómo se venía haciendo hasta antes del cambio a la nueva aplicación del SAT
  • Ingresar al programa Documentos Electrónicos Múltiples (DEM) del SAT y realizar la importación de datos por medio de la carga batch (TXT)
  • Realizar el envío correspondiente, mediante la generación del archivo .dec
  • Ingresar a la aplicación de Acceso a los Servicios Electrónicos del SAT, por medio de la contraseña, dando clic en la siguiente liga: 

ASESAT 

  • Una vez dentro de la aplicación, deberá de seleccionarse el archivo .dec para la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) de 2024
  • Obtener los acuses de envío y de aceptación correspondientes 

De esta forma, podrás presentar tus declaraciones de DIOT de 2024 o años anteriores sin problema alguno. 

Información relacionada 

continuación, encontrarás publicado una serie de artículos que hemos preparado acerca de los cambios realizados por el SAT a la presentación de la DIOT. 

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo. 

Hasta la próxima.

Problemas con la nueva plataforma del SAT para la DIOT 2025

En un artículo anterior comentamos, de forma detallada, acerca del nuevo portal que el SAT liberó para presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) y hoy queremos compartir contigo los problemas que hemos podido detectar en las diferentes pruebas que hemos realizado hasta el momento. 

Antes de iniciar, nos gustaría aclarar que la idea propuesta por el SAT nos parece acertada, ya que moderniza el proceso para presentar la DIOT y que lo que expresamos a continuación no es una crítica a la misma, solamente hemos querido compartir contigo lo que hemos vivido en las pruebas realizadas hasta el momento. 

Acceso a la plataforma

La nueva plataforma se encuentra publicada en el sitio del SAT y en ocasiones, al tratar de entrar a esta, se tarda mucho en responder y en algunos casos se muestra un error, por lo que es necesario de intentarlo varias veces. 

Aunque no es justificación, creemos que esto se debe a que es algo nuevo y es posible que el SAT aún se encuentre realizando ajustes, esperamos que a futuro esto ya no se presente. 

Captura de información 

En cuanto a la información solicitada para la DIOT, aunque creemos que está más ordenada, su captura es más lenta, debido a que tienes que estar moviéndote entre varias pestañas; de igual forma, se vuelve más lenta debido al incremento en la cantidad de campos a capturar. 

Adicional a lo ya comentado, no se permite el copiado y pegado de datos, por lo que la captura es cien por ciento manual. 

Este último punto consideramos es muy importante, ya que muchas personas no digitan la información, sino que, la copian y la pegan; la realidad es que no encontramos justificación alguna para que se hubiera deshabilitado esta opción. 

Cálculo erróneo 

Hemos detectado un caso en el cual no es correcto el importe que arroja, el cual explicaremos a continuación: 

Para el caso en cuestión, tenemos los siguientes datos para la declaración: 

  • Ejercicio: 2025
  • Periodicidad: Mensual
  • Periodo: Enero
  • Ingresos grabados al 16%: 187,325 

Dentro de la aplicación se procedió a la captura del importe gravado en el campo correspondiente a los Actos o actividades pagados a la tasa del 16% de IVA. 

Una vez capturado el importe, al pasar a otro campo, la aplicación arrojó en automático un cálculo, el cual mostró en los campos: 

  • $ 29,971 de IVA exclusivamente de actividades gravadas en Actos o actividades pagados a la tasa del 16% de IVA
  • $ 11,631 de IVA acreditable en Actos o actividades pagados a la tasa del 16% de IVA
  • $ 11,631 como Total del IVA sin incluir importaciones 

Para el caso del IVA exclusivamente de actividades gravadas es correcto los 29,971, pero lo correspondiente al importe de 11,631 se desconoce del porqué de este cálculo como se muestra en la siguiente imagen: 

No estamos seguros, pero es posible que en este caso sea tal cual un error de la plataforma y el SAT lo corrija a futuro; de nuestra parte seguiremos investigando más al respecto con el objetivo de determinar por qué se presenta este caso. 

Información relacionada 

continuación, encontrarás publicado una serie de artículos que hemos preparado acerca de los cambios realizados por el SAT a la presentación de la DIOT. 

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo. 

Hasta la próxima. 

Nueva plataforma del SAT para presentar la DIOT del 2025

En esta ocasión te queremos compartir la nueva aplicación que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberó a todos los contribuyentes, para llevar a cabo la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros, mejor conocida por sus siglas como DIOT. 

Antecedentes

Como recordarás, la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros se venía haciendo de la siguiente manera:

  1. Por medio de la captura directa dentro del programa Documentos Electrónicos Múltiples (DEM) del SAT 
  1. Por medio de la importación de los datos mediante la carga batch (archivo TXT) 

Una vez con la información dentro de la aplicación, ya sea mediante la captura directa o por medio de la importación (carga batch), se procedía a: 

  • Realizar el envío correspondiente, mediante la generación del archivo .dec
  • Obtención del acuse de envío del archivo de la declaración
  • Y finalmente, la obtención del acuse de aceptación correspondiente a la declaración enviada 

Nueva aplicación

Pero este procedimiento de generación y envío de la DIOT quedo atrás, ya que la autoridad (SAT), por medio de su comunicado del pasado 7 de febrero de 2025, dio a conocer el lanzamiento de su nueva plataforma para la presentación de la DIOT y pagos provisionales o definitivos. 

Comunicado donde se informa que, a partir del 3 de febrero, el SAT pone a disposición de las personas físicas y morales una nueva plataforma para aquellas que estén obligadas a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), en la que se reporta sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores. 

Beneficios

De acuerdo con la autoridad, esta plataforma facilitará a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, trayéndole los siguientes beneficios: 

  • Carga batch por medio de un archivo en formato .txt
  • Carga manual para los contribuyentes que realizan una menor cantidad de operaciones
  • El envío de más de 40 mil registros sin la necesidad de acudir a una oficina administrativa
  • Obtener el acuse de recibo como constancia de su presentación 

Inconvenientes

Con esta nueva plataforma, la autoridad ha querido modernizar el proceso para presentar la DIOT, el problema radica en la forma en que lo ha hecho. 

En Facturando hemos realizado un análisis detallado a la misma y hemos detectado los siguientes inconvenientes: 

  • La autoridad liberó la nueva aplicación sin previo aviso, ya que el cambio se liberó el día 3 de febrero, mientras el comunicado lo emite hasta el día 7 de febrero
  • Liberación en la que no existe un documento de reglas, alguna guía de llenado o video con respecto a la nueva aplicación
  • Existen cambios importantes que involucran la inversión de mayor tiempo para llevarlos a cabo, como son:
    • El aumento en los campos de la estructura del archivo TXT para la carga batch del 2025 que va de 24 a 54
    • La división de información de la zona fronteriza, ahora debemos indicar si es zona norte o sur
    • La determinación de la proporción de acreditamiento para las actividades mixtas 
    • El reporte de IVA pagado por proporción de acreditamiento 
  • No hubo un tiempo de transición, en el cual convivieran los dos procedimientos de presentación de la DIOT
  • No existe algún curso o capacitación por parte de la autoridad
  • El formato del archivo TXT para los años anteriores a 2025 cambió. 

Problemas generados

Derivado de la forma en que se liberó la nueva plataforma, los contribuyentes nos hemos encontrado con algunos problemas: 

  • La información con respecto a la plataforma es escasa
  • Muchos de los conceptos no son claros o no se entiende su uso
  • Existen diferentes opiniones al respecto de la nueva plataforma, como son:
    • Cuando se presenta, hasta el día 17 o durante todo el mes posterior al mes a declarar
    • El manejo del cálculo de la proporción de acreditamiento
    • Si lo correspondiente al IVA no acreditable lo deben presentar solo las personas morales o físicas 

Acciones de Facturando

Parte de nuestra labor como empresa es estar al pendiente de las publicaciones realizadas por el SAT, analizar el impacto que las mismas tienen y ofrecer soluciones o alternativas alrededor de estas. 

Debido a que este es un cambio importante, queremos compartir contigo las acciones que desde del día 7 de febrero hemos estado llevando a cabo: 

  • Se está realizando la investigación correspondiente para determinar los requerimientos de la nueva plataforma
  • Se realizan una serie de pruebas para efecto de validar y cumplir con los nuevos requerimientos.
  • Todos nuestros colaboradores están participando en diversos cursos para tener un panorama más completo de la nueva plataforma.
  • Contratamos una serie de expertos en la materia para que nos ayuden a resolver las dudas que van surgiendo durante el proceso. 

Descargar CFDI

Cómo sabrás, dentro de nuestro programa Descargar CFDI existe un módulo para generar la DIOT usando los CFDI – XML, por lo que el cambio realizado por el SAT impacta el uso de este, por eso queremos compartir contigo las acciones que estamos tomando: 

  • Se liberará una nueva versión para que soporte tanto la presentación de las declaraciones correspondientes a 2025 como al ejercicio anterior a esta, es decir, a 2024.
  • Antes de cualquier nueva liberación, se realizan pruebas exhaustivas
  • Actualmente, ya nos encontramos trabajando en esta versión y esperamos liberarla lo antes posible; una vez esté disponible, el programa se actualizará automáticamente. 

Información relacionada

continuación, encontrarás publicado una serie de artículos que hemos preparado acerca de los cambios realizados por el SAT a la presentación de la DIOT. 

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube), donde estaremos publicando más contenido de este estilo. 

Hasta la próxima.

Descargar CFDI: Nuevos formas de descargar XML

Hoy hemos liberado una versión de nuestro producto estrella Descargar CFDI y hemos realizado mejores importantes, por lo que te invitamos a leer hasta el final este artículo.

A continuación, describiremos los cambios más relevantes:

Consultar los CFDI cancelados en un periodo

Este es un nuevo módulo que fue desarrollado con el objetivo de resolver la pregunta:

“Quiero conocer los comprobantes (UUID) que fueron cancelados en un periodo, no importando cuando fueron emitidos”

Hemos creado un artículo especial adicional donde hablamos a detalle de este, sus características, funcionamiento, etc.; por lo que te invitamos dar clic aquí para que puedas conocer cómo sacar el máximo provecho al mismo.

Descargar los XML usando el UUID

Algunos de nuestros usuarios nos contactaron para saber cómo podían descargar sus XML usando los UUID respectivos; de inicio, el programa no soportaba dicha funcionalidad y lo que hicimos fue crear un módulo dentro del programa para que cualquier usuario pueda realizar esta tarea.

Para conocer todo al respecto de este, te invitamos a dar clic aquí.

Filtrar por la fecha de pago

Como recordarás, el programa contiene dos reportes para extraer la información de los recibos de pago:

Analizando el funcionamiento de estos, detectamos que, al momento de generarlos, siempre se filtraban por la fecha de emisión de los CFDI y nunca por la fecha de pago.

Lo que hicimos fue agregar dicha opción, de esta forma, tú como usuario, podrás indicar cómo quisieres que se filtren: Por la fecha de pago o por la fecha del documento.

Una vez implementado este cambio, nos dimos cuenta de que, este es un cambio importante, ya que ahora no importa cuándo fue emitido el recibo de pago, si no cuándo fue realizado el pago.

Para comprender mejor la importancia del cambio realizado, vamos a hacer un ejemplo:

  • Fecha de emisión del CFDI: 20 de marzo del 2024
  • Fecha en que fue realizado el pago: 10 de febrero del 2024

Si genero el reporte de enero (01/01/2024 – 31/01/2024) usando la fecha de emisión, este recibo de pago no se muestra en el reporte, pero si lo hago filtrando por la fecha del pago, este CFDI sí aparece; cómo puedes observar, cambia la información que se muestra en pantalla.

DIOT

Para finalizar, queremos comentar una corrección que se hizo en el módulo para generar la DIOT y este tiene que ver con los recibos de pago que mezclan varias monedas; en esos casos, el recibo de pago no se estaba convirtiendo a pesos mexicanos.

A partir de esta versión, todos los recibos de pago se convierten a pesos, no importando en qué moneda fueron generados.

En este caso recomendamos a todos nuestros usuarios generar sus DIOT y verificar que este cambio no los haya afectado.

Palabras finales

Como comentamos al inicio de este artículo, solo hemos querido comentar los cambios más importantes; si deseas conocer todos los cambios realizados, te invitamos a leer el historial de cambios dando clic aquí

Como siempre, invitamos a todos nuestros usuarios a descargar y actualizarse a esta nueva versión dando clic:

Descargar el instalador del programa

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SAT – Cartas invitación por diferencias en la DIOT

Como sabrás, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) obliga a algunos contribuyentes a presentar su Declaración de Operaciones con Terceros (DIOT), la cual consiste en:

  • Presentar las operaciones con proveedores relacionadas con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • Consistente en informar sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones realizadas con sus proveedores.
  • Esta se presenta a más tardar el mes inmediato posterior al que corresponda el periodo.

Carta invitación
Cuando la autoridad detecta algún problema con la misma, esta les envía una carta invitación, en la cual señala que detectó diferencias entre el importe de actos o actividades gravados por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que declararon y la cantidad reportada por sus clientes en la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

En estas cartas, la autoridad fiscal (SAT) comenta los periodos en los que se detectaron las inconsistencias, así como los montos de los actos o actividades gravados que se asentaron en la declaración, lo que permite a los contribuyentes identificar el rubro, concepto o renglón de la determinación del impuesto que deben revisar.

En teoría, con esta información, los contribuyentes se encuentran en posibilidad de subsanar o aclarar las inconsistencias detectadas de forma inmediata; pero en la práctica no es posible, ya que se desconoce el monto reportado por cada uno de nuestros proveedores.

Para el caso de que los contribuyentes desconozcan quiénes son los terceros que lo reportaron en la DIOT como sus proveedores, podrán obtener de dicha información a través del trámite de aclaración de comunicados por inconsistencias en el marco de vigilancia profunda, para ello deberán realizar lo siguiente:

  1. Ingresar a sat.gob.mx al apartado de Empresas o Personas
  2. Elegir Otros trámites y servicios
  3. Dar clic en Ver más ..
  4. Ir al apartado de Aclaración, asistencia y orientación electrónica
  5. Seleccionar la opción Presenta tu aclaración como contribuyente
  6. Dar clic en el botón EJECUTAR EN LÍNEA
  7. Ingresar el RFC y Contraseña
  8. Localizar la opción Servicios por Internet / Aclaraciones / Solicitud / Mensajes vigilancia Profunda.
  9. Complementar el formato electrónico del servicio de aclaraciones
  10. Enviar la solicitud y obtener el acuse de recepción

Una vez realizados los pasos anteriores, podrás obtener como respuesta el listado de los terceros que te reportaron como su proveedor en la DIOT.

Es importante mencionar, que los contribuyentes obligados a la presentación de la DIOT y que no cumplan con este requisito, la autoridad (SAT) podrá imponerles una multa de 20,000 pesos, aplicar recargos por la demora en el pago de impuestos e incluso rechazar la deducción de los gastos no debidamente justificados.

Por ello, es de suma importancia estar al tanto del calendario fiscal para cumplir con los plazos establecidos.

¿Cómo saber si tengo multas en el SAT?

Para saber si tienes alguna multa en el SAT, los contribuyentes podrán ingresar al sitio del SAT, realizando los siguientes pasos:

  1. Accede a Mi Portal utilizando tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y contraseña.
  2. Elige la opción Servicios por Internet y luego Créditos fiscales.
  3. Revisa los créditos fiscales notificados.
  4. Verifica el saldo y genera el formato de pago de contribuciones federales para los créditos que desees.

Para finalizar, nos gustaría compartir contigo este documento publicado por la PRODECON donde se comenta acerca de este tema:

PRODECON – DIOT CARTA DE INVITACION

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Hasta la próxima.

Descargar CFDI: DIOT

Hoy traemos una nueva versión de nuestro programa Descargar CFDI, que como ya sabes, permite la descarga masiva de XML del SAT y la generación de reportes usando los XML previamente descargados.

En esta versión hemos realizado mejoras importantes, por lo que a continuación, describiremos los cambios más relevantes.

DIOT – Operaciones con terceros
En este caso hemos agregado una opción con la que podrás generar el archivo necesario para cargar la información al aplicativo del SAT para poder generar y enviar la DIOT.

Esta opción permite, entre otras cosas:

  • Saber de cada uno de los proveedores y el total del IVA pagado.
  • Conocer el detalle de cada CFDI considerado dentro de la DIOT.
  • Ver los comprobantes que no se pueden incluir para la DIOT.

Hemos preparado una serie de artículos en donde hablamos en profundidad sobre este tema.

Percepciones, deducciones y otros pagos
Hemos realizado una mejora importante a este reporte y es que, a partir de esta versión, podrás tener el mismo reporte de forma vertical, esto significa que el reporte ya no crecerá de forma horizontal como una sábana, sino de forma vertical.

Es fundamental mencionar, que hemos mantenido la forma anterior, de tal forma que tú, como usuario del programa, podrás decidir cómo visualizar la información, de forma horizontal o de forma vertical.

En estos artículos hablamos más acerca de este tema:

Importación de RFCs para la descarga masiva
Esta mejora nace de la necesidad expresada por algunos usuarios y es que ellos, no requieren descargar todos los XML, lo que buscan es descargar los CFDI de determinados receptores.

Para ese caso, el usuario debe capturar cada RFC en la ventana de los parámetros y está bien cuando son pocos RFC, pero cuando se desean capturar muchos, por ejemplo más de 20, para esos casos aplica esta modificación.

A partir de esta versión, se podrán importar los RFCs desde un archivo de Excel, TXT o CVS; de esta forma, el usuario no tendrá que capturarlos uno a uno.

Para conocer más al respecto te invitamos a leer este artículo.

Otros cambios
A continuación, encontraros cambios menores que hemos realizado y que ayudan a mejorar la experiencia de uso de este:

  • Se mejoró el funcionamiento del sistema cuando se exporta a EXCEL una gran cantidad de información.
  • En todos los reportes se agregaron dos columnas para mostrar el nombre del archivo y el directorio donde está el XML.
  • Se optimizó el proceso de descarga y consulta de recibos de nómina.

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Descargar CFDI: ¿Cómo generar la DIOT de forma automática?

Como sabrás, Descargar CFDI es el programa con el que podrás descargar de forma automática los archivos XML emitidos y recibidos de un contribuyente, ya sea persona física o moral, además podrás convertir dichos archivos a Excel y generar diversos reportes con la información contenida en los mismos.

Hemos modificado el programa y le hemos agregado una opción con la que podrás generar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

A continuación, describiremos a detalle los pasos a seguir para que puedas llevar a cabo la generación de la DIOT:

La opción para la generación de esta declaración se encuentra dentro de la pestaña SAT.

Al dar clic en la opción “DIOT” se desplegará la ventana para indicar los parámetros a considerar para su generación:

Dentro de los parámetros que deberán de indicarse tenemos:

  • RFC del contribuyente
  • Efecto de los comprobantes a incluir: Ingreso, Egreso, Pago
  • Ejercicio: mes y año que se va a reportar
  • RFC de proveedores, por si quieres que aparezcan solo algunos proveedores.
  • Directorio donde se encuentran físicamente los XMLs a considerar.

Adicional, podrás configurar el proceso y el desplegado de las columnas:

  • Si se incluyen los UUIDs que sustituyen a otros de periodos posteriores
  • Mostrar la sección de estadísticas de cada proveedor.
  • Mostrar todas las columnas.
  • Mostrar la descripción de los catálogos.
  • Mostrar los CFDIs relacionados.
  • Mostrar los datos de la cancelación.
  • Mostrar siempre el emisor y el receptor del comprobante.
  • Mostrar los datos del PAC.

Una vez definidos los parámetros y configuración se deberá dar clic al botón “Aceptar” para que inicie el proceso de generación de la declaración DIOT.

Al término del proceso, se desplegará la venta del resumen de este, donde podrás ver:

  • La cantidad de comprobantes encontrados, tanto vigentes como cancelados.
  • La cantidad de UUIDs que no serán incluidos en el acumulado por encontrarse dentro de alguno de los siguientes motivos:
    • Por estar cancelados
    • Por sustitución de otros periodos
    • Por el uso del CFDI indicado
    • Y por el tipo de relación

Al dar “Aceptar” se desplegará el resultado de la generación de la DIOT, como se muestra en la siguiente imagen:

La información que se muestra está dividida de la siguiente manera:

Pestaña DIOT

Dentro de esta pestaña se muestra la siguiente información:

  1. Acumulado por contribuyente de los importes que integran a cada rubro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a informar dentro de la DIOT
  2. Sección de estadística donde se muestran las cantidades de CFDIs (Ingresos, Egresos, Pagos) del contribuyente junto con su estatus (Vigentes, Cancelados)
  3. Detalle de los XMLs que integran al acumulado de cada contribuyente

Pestaña UUID no incluido en la DIOT
La información que se muestra en esta pestaña corresponde a todos aquellos CFDIs que están dentro del periodo de la declaración indicado, pero que por algún motivo no son considerados para incluirse en el acumulado del contribuyente a reportar ante la autoridad (SAT).

  1. Relación detallada de los XML que no son considerados en el acumulado del contribuyente junto con el motivo por el cual forma parte de esta pestaña.
  2. Control de cantidades que integran a cada motivo por el cual no se incluye en la DIOT.

Archivo para el SAT
Finalmente, podrás generar el archivo para llevar a cabo la carga de la información a la aplicación del SAT.

Para ello deberás de seguir los siguientes pasos:

  1. Posicionarte en algún contribuyente del acumulado en la pestaña DIOT
  2. Dar clic al botón derecho del ratón
  3. Seleccionar la opción “Generar archivo para el SAT
  4. Indicar la carpeta donde se guardará el archivo para el SAT

Una vez realizados los pasos anteriores, tendrás en la carpeta indicada el archivo en formato de texto (TXT) el cual podrás usar para llevar a cabo la importación de la declaración en la aplicación del SAT.

Recomendaciones
Para finalizar, queremos compartir estos puntos que consideramos para el correcto funcionamiento de este módulo

  • Antes de generar este reporte, consideramos necesario que actualices el estado de tus UUIDs, esto con la finalidad de que no se incluyan en el reporte los documentos cancelados; para más información te invitamos a ver este vídeo.
  • Te recomendamos comparar los importes que se muestran dentro del módulo con los capturados en tu declaración mensual.
  • Deberás revisar a detalle cada uno de los proveedores y comprobantes incluidos en el reporte.

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Hasta la próxima.