Cambios realizados a la subcontratación de personal

En esta ocasión, queremos comentar contigo, los cambios derivados de la aprobación a la reforma correspondiente a la subcontratación, comúnmente llamada OutSourcing, publicada el pasado 23 de abril en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde:

  • Se prohíbe la subcontratación de personal, entendiéndose esta cuando una persona física o moral proporcione o ponga a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
  • Las agencias de empleo o intermediarios que intervienen en el proceso de contratación del personal, podrán participar en el reclutamiento, selección, entrenamiento y capacitación, entre otros, sin que se considere a éstas como patrones, ya que este carácter lo tiene quién se beneficia de los servicios.
  • Se permite la subcontratación, solo en el caso de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de los beneficiarios de estos.
  • Las personas físicas o morales que proporcionen servicios de subcontratación deberán de estar inscritos ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, acreditando estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
  • Para el caso de los patrones que no permitan la inspección y vigilancia de las autoridades que ordenen en su establecimiento, se harán acreedores a una multa de 250 a 5,000 veces la unidad de medida y actualización.
  • Se harán acreedores a una multa de 2,000 a 50,000 veces la unidad de medida y actualización, a aquellos que realicen la subcontratación, así como a las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación, cuando éstas últimas no cuenten con el registro correspondiente.

Cabe mencionar, que derivado de estos cambios y antes de ser publicados, al rededor de 300 mil empleados pasaron a formar parte directa de las empresas, dejando a trás el esquema de la subcontratación.

Adicional a ello, las empresas han realizado liquidaciones de razones sociales, fusiones y ajustes a sus objetos sociales orillados por la reforma al outsourcing.

De a cuerdo a la reforma, se prevee un plazo de 90 días a partir de la puesta en marcha del registro nacional de subcontratistas para que las empresas regularicen al personal que tenian contratado por medio del outsourcing.

Si deseas sabes más acerca de estas y otras modificaciones realizadas, te invitamos a dar clic a la siguiente liga para obtener la publicación en el DOF correspondiente.

DOF – Reforma a la subcontratación

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Hasta la próxima.

Te hiciste acreedor a una fiscalización, verifica su autenticidad

Si por algún motivo, te hiciste acreedor de una fiscalización por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) te recomendamos que lleves a cabo una verificación de la misma, pero comencemos por saber:

¿Qué es una orden de fiscalización?
Es el documento oficial que indica al contribuyente, que existe una orden de revisión de visita domiciliaria específica, y que debe permitir la visita en los términos que indica el documento.

Verificación de la orden
Para ello, la autoridad (SAT) pone a disposición de los contribuyentes una herramienta con la que podrás verificar tus datos generales, el período que abarcará la auditoría y en su caso, la posibilidad de registrar comentarios acerca de cualquier dato irregular que pudieras identificar en el documento recibido.

Podrás consultar las órdenes de auditoria emitidas por el SAT para tener la certeza de su autenticidad, además de que, podrás confirmar si el personal que te visita está autorizado para ejecutar el acto y acudir a tu domicilio.

Para tener acceso a la herramienta denominada “Consulta para Validación de Órdenes de Fiscalización”, que se encuentra disponible en la página del SAT, podrás dar clic en la siguiente liga:

Autenticidad de la orden de fiscalización

Para hacer uso de la herramienta, se deberán de seguir los siguientes pasos:

1) Ingresar tu RFC y número de orden
2) Capturar el dígito verificador que contiene la última página de la orden
3) Registrar el número consecutivo o últimos dígitos del número de oficio
4) Digita la fecha inicial del período a revisar
5) Ingresar la cantidad de auditores y al menos un nombre completo de los auditores relacionados en la orden

Adicional, en esta herramienta, se aprecia una nota que a la letra dice:

LA PRESENTE INFORMACIÓN SE TRANSMITE SIN PREJUZGAR SOBRE LA EVIDENCIA DE SU CONTENIDO, NO CREANDO DERECHOS NI OBLIGACIONES DIVERSAS A LAS COMPRENDIDAS EN LAS DISPOSICIONES FISCALES EN VIGOR

Si deseas conocer más a detalle lo que ofrece esta herramienta, te invitamos a leer la ayuda que se encuentra disponible.

Manual de ayuda

¿Qué hacer si no fue emitida por la autoridad?

Para el caso de que al obtener el resultado de la consulta ésta indique que la orden no fue emitida por la autoridad o que el personal visitado no aparezca autorizado, se deberá de acercarse al titular de la oficina del SAT que tiene a cargo la auditoria y en su caso, denunciar a través de cualquiera de los siguientes canales:

  • Acudiendo a la administración local de asistencia al contribuyente más cercana
  • Denunciando al correo denuncias@sat.gob.mx
  • Comunicarse a Info SAT (01 800 46 36 728)

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Hasta la próxima.

Cuidado el SAT tiene en la mira el despido de empleados en diciembre

Como es bien sabido, existen empresas y personas físicas que manejan nóminas y que realizan en este mes de diciembre el despido de empleados para posteriormente volverlos a contratar, siendo ésta una práctica irregular, por lo que la autoridad (SAT) exhorta a no incurrir en ella y cumplir con sus obligaciones fiscales.

El origen de dicha práctica suele darse con el propósito del despido masivo de trabajadores para no pagarles las prestaciones de ley, como son el aguinaldo y el reparto de utilidades.

A continuación, te presentamos el comunicado del SAT tal cual como fue publicado el pasado 15 de diciembre, con respecto a este tema:

SAT exhorta a 37 mil empresas y personas físicas que manejan nóminas a no incurrir en prácticas irregulares y cumplir con sus obligaciones

A partir de la facturación de nómina de 2019 y 2020, se determinó el número de empleadas y empleados que las empresas y personas físicas con actividad empresarial reportan cada mes ante el Servicio de Administración Tributaria.

En 2019 se observó que diversos empleadores redujeron su nómina en más de un 80% para posteriormente incrementarla en magnitudes similares durante los primeros meses del año, o bien, transferir a sus trabajadoras y trabajadores a una nueva empresa.

Estas disminuciones atípicas del empleo son un foco rojo para la autoridad respecto a las prácticas ilegales de subcontratación laboral, y se observan mayormente en nóminas del sector de la construcción, manufacturas, tecnología y diversos servicios, tales como despachos, cadenas de restaurantes, agencias de personal o de publicidad, entre otros.

Entre noviembre y diciembre de 2019, las empresas que redujeron su nómina a por lo menos 100 personas representaron una pérdida, tan solo en diciembre, de 237 mil 108 empleos.

El SAT exhorta a 37 mil empresas y personas físicas que cuentan con al menos 100 empleados en su nómina para que eviten incurrir en prácticas irregulares y cumplan con sus obligaciones fiscales en el marco del acuerdo tripartita entre el sector empresarial, el sector obrero y el Gobierno de México.

Podrás consultar la publicación de dicho comunicado dando clic en el siguiente enlace:

Comunicado SAT – 2020/12/15

En Facturando reiteramos nuestro compromiso de mantenerte informado acerca de temas de interés, por lo que te recomendamos estar al pendiente de nuestras publicaciones realizadas en nuestro blog.

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