Generación de la DIOT: Consideraciones especiales

Como sabrás, el programa Descargar CFDI tiene la funcionalidad de poder generar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

Esta opción te permite generar la información acumulada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al Sistema de Administración Tributaria (SAT) correspondiente a las operaciones con tus proveedores, si quieres aprender como generar este reporte, te invitamos a leer este artículo donde detallamos cada uno de los pasos a seguir.

Durante el proceso de generación, la información se toma de los archivos XMLs teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

Cancelados
En lo que respecta a los XMLs con estatus de cancelado, estos no se consideran para el acumulado del proveedor, pero sí se relacionan llevándolos a la pestaña de UUIDs no incluidos en la DIOT.

Esto, con el fin, de que el usuario tenga en consideración lo que se integra o no al acumulado de la declaración.

Sustitución
Para los CFDIs que sustituyen a otro se toman en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Caso ideal: Si el CFDI que sustituye está vigente y apunta a un CFDI que está cancelado, el CFDI que sustituye se considera para el acumulado, mientras que el CFDI cancelado se relaciona a la pestaña de UUIDs no incluidos en la DIOT.
  • Los dos están vigentes: Si los CFDIs, tanto el que sustituye como al que apunta, están vigentes, ambos CFDIs serán considerados para el acumulado.
  • Los dos están cancelados: Cuando los dos CFDIs, el que sustituye como al que apunta, están cancelados, ambos CFDIs no se consideran para el acumulado y se relacionan en la pestaña de UUIDs no incluidos en la DIOT.

Uso de CFDI
Para el caso de los CFDIs que tienen como uso del CFDI uno de los siguientes:

  • D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.
  • D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
  • D03 Gastos funerales.
  • D04 Donativos.
  • D05 Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación).
  • D06 Aportaciones voluntarias al SAR.
  • D07 Primas por seguros de gastos médicos.
  • D08 Gastos de transportación escolar obligatoria.
  • D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones.
  • D10 Pagos por servicios educativos (colegiaturas).

Estos no son considerados para el acumulado de los proveedores y de igual forma estos quedarán registrados en la pestaña de UUIDs no incluidos en la DIOT.

Tipo de relación
En los casos en que los XMLs que tiene CFDIs relacionados que no son considerados para el reporte, serán aquellos que tengan como clave de tipo de relación las siguientes:

  • 05 – Traslados de mercancías facturados previamente
  • 06 – Factura generada por los traslados previos

Mientras que los archivos que, si serán enviados a la pestaña de UUIDs no incluidos en la DIOT, son aquellos que tengan como clave de tipo de relación 04 – Sustitución de los CFDI previos.

Como podrás observar, y de acuerdo con lo anteriormente comentado, deberán de tenerse en cuenta estas consideraciones al momento de ejecutar la opción para generar la DIOT.

Pagos en efectivo
Podrán ser considerados o no aquellos XMLs que fueron pagados en efectivo y que en su total excedan los $ 2,000.00.

Para ello se podrá activar, dentro de la pestaña de Configuración de los parámetros, si se incluyen o no este tipo de comprobantes.

El valor por defecto es que si se incluyan, si se desactiva su inclusión, los XMLs que excedan de los $ 2,000.00 y que hayan sido pagados en efectivo, se relacionaran dentro de la pestaña de UUID no incluidos en la DIOT.

Recomendaciones
Para finalizar, queremos compartir estos puntos que consideramos para el correcto funcionamiento de este módulo

  • Antes de generar este reporte, consideramos necesario que actualices el estado de tus UUIDs, esto con la finalidad de que no se incluyan en el reporte los documentos cancelados; para más información te invitamos a ver este vídeo.
  • Te recomendamos comparar los importes que se muestran dentro del módulo con los capturados en tu declaración mensual.
  • Deberás revisar a detalle cada uno de los proveedores y comprobantes incluidos en el reporte.

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Hasta la próxima.

¿Cómo emitir notas de crédito con régimen sin obligaciones?

Continuando con la actualización a los catálogos para la generación del CFDI 4.0 por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), queremos compartir contigo el cambio realizado a los usos de los comprobantes, siendo el cambio el siguiente:

Usos del comprobante

Como recordarás, el SAT publica en su portal un archivo de Excel que contiene los catálogos a usar para la emisión del CFDI 4.0, así como, las condiciones para el uso de cada uno; en lo que respecta al catálogo llamado “Uso de CFDI”, en éste, además del uso del CFDI, podrás encontrar si el mismo aplica para una persona física o moral, así como también a que régimen fiscal aplica cada uso.

En esta ocasión la autoridad (SAT) ha realizado una modificación a dicho catálogo adicionando la clave G02 del uso del CFDI correspondiente a “Devoluciones, descuentos o bonificaciones” del receptor, el régimen fiscal 616 que corresponde a “Sin obligaciones fiscales”.

Con este cambio ahora ya es posible llevar a cabo la generación de un Comprobante fiscal Digital por Internet (CFDI) del tipo de egresos para el régimen de “Sin obligaciones fiscales”, el cual corresponde a las comúnmente conocidas como notas de crédito, las cuales se usan para disminuir los ingresos que fueron registrados en facturas previamente generadas.

Hasta antes del 22 de abril, el uso del CFDI con clave G02 sólo podía emitirse a regímenes fiscales con alguna actividad, es decir, no se podía emitir al público en general.

Anteriormente, sin este cambio, si un contribuyente tenía la necesidad de registrar un descuento, devolución o bonificación a una operación por la que el receptor o consumidor no solicitó factura y esta se facturó a público en general, se veía imposibilitado a emitir la nota de crédito correspondiente también a público en general, esto debido a que anteriormente en el uso G02 no contemplaba el régimen 616 (Sin obligaciones fiscales) que es el que se usa en la emisión para este tipo de documentos.

¿A quién afecta este cambio?
Esta facilidad dada por el SAT no afecta directamente al proceso de generación del comprobante (XML) ya que éste se sigue generando de la misma forma en que se venia haciendo, el cambio solo afecta al proceso de timbrado, por lo que deberá ser el PAC quien deberá realizar las adecuaciones a sus servidores para dar soporte a esta facilidad.

Este cambio, ¿afecta al proceso de descarga masiva de XML?
Nuestro programa para la descarga masiva de XML no se ve afectado por este cambio, ya que en los diferentes reportes que genera el programa ya se ofrece soporte a todos los regímenes y usos de CFDI.

Con respecto a nuestra librería (DLL) para la descarga de los XML, tampoco se ve afectada de ninguna manera.

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Hasta la próxima.