Ya es oficial la versión 4.0 del CFDI

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) hace oficial la entrada en vigor de esta versión 4.0 del CFDI, a partir del 1 de enero del 2022 como lo indica en su página oficial.

El fundamento legal que indica el SAT es el siguiente:

  • Código Fiscal de la Federación, artículo 29 y 29-A.
  • Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.7.1.2 y anexo 20.
  • Regla 2.7.1.7 de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021.

Estos son los cambios que tendrá la factura electrónica a partir del 1 de enero de 2022 de acuerdo con lo publicado en su página:

Se crea la versión 4.0, en esta nueva versión es obligatorio consignar, en el CFDI el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.

Se incluyen campos para la identificación de operaciones de exportaciones de mercancías.

Dentro de los conceptos del comprobante fiscal se podrá identificar si objeto de impuestos indirectos.

En esta versión, habrá nuevos apartados para reportar operaciones con público en general, además de operaciones con terceros.

Retenciones e información de pagos
Para el caso de las retenciones la versión será la 2.0., los campos referentes al nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor son obligatorios y se podrá relacionar otros CFDI en el mismo documento.

Complemento para recepción de pagos
La versión será 2.0. Se modifica para incluir nuevos campos e identificar sí los pagos son objeto de impuestos que estén contenidos dentro del comprobante.

Habrá un nuevo apartado con el que se indicará el resumen de los importes totales en moneda nacional, además de los impuestos que se trasladan.

En la página también se indica la información relativa a:

  • Estándar de CFDI versión 4.0
  • Esquema CFDI versión 4.0
  • Catálogo de datos de CFDI versión 4.0
  • Secuencia de cadena original de CFDI versión 4.0
  • Matriz de errores de CFDI versión 4.0
  • Estándar del CFDI que ampara retenciones e información de pagos versión 2.0
  • Esquema Retenciones e información de pagos versión 2.0
  • Catálogo de datos de Retenciones e información de pagos versión 2.0
  • Secuencia de cadena original de Retenciones e información de pagos versión 2.0
  • Matriz de errores de Retenciones e información de pagos versión 2.0
  • Estándar de Recepción de Pagos versión 2.0
  • Esquema de Recepción de Pagos versión 2.0
  • Secuencia de Recepción de Pagos versión 2.0
  • Matriz de errores de Recepción de Pagos versión 2.0

Te invitamos al curso de CFDI 4.0 cambios oficiales, que se realizará el viernes 10 de diciembre de 2021, en un horario de 5 a 6 de la tarde. ¡Te esperamos! puedes registrarte en la siguiente liga:

CFDI 4.0 – Cambios oficiales

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Cambios a las preguntas frecuentes del complemento Carta Porte

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó este 26 de noviembre de 2021, la séptima versión de preguntas frecuentes del tema de Complemento Carta Porte para el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Modificaciones a las preguntas frecuentes del Complemento Carta Porte

Cabe mencionar que el SAT modificó, en el caso de la pregunta 3, el plazo de entrada en vigor al 01 de enero del 2022.

También se modificó el término que se refiere a: “carreteras federales” por “tramos de jurisdicción federal”, en las preguntas 11 y 14 respectivamente, como se reproduce a continuación:

Sección general

Pregunta 3.
Si contrato los servicios de transporte para trasladar bienes y/o mercancías y el CFDI (factura) que me expide el transportista no contiene el complemento Carta Porte, ¿puedo hacer deducible el servicio de transporte contratado?

Respuesta:
A partir del 1 de enero de 2022 no podrán deducirse los servicios de transporte de bienes y/o mercancías con un CFDI (factura) de tipo ingreso sin complemento Carta Porte, por no cumplir con los requisitos de las deducciones fiscales. Lo anterior no resulta aplicable a los servicios realizados por transportistas que se ubiquen en el supuesto a que se refiere la regla 2.7.1.52., primer párrafo de la RMF vigente.

Pregunta 11.
Presto el servicio de traslado de bienes y/o mercancías y la ruta que seguiré solo es de tránsito local, ¿estoy obligado a emitir el CFDI (factura) de ingreso con complemento Carta Porte?

Respuesta:
No, los transportistas que presten servicios de traslado de bienes y/o mercancías y tengan plena seguridad que no transitarán por tramos de jurisdicción federal, podrán emitir un CFDI (factura) de ingreso sin complemento Carta Porte, en el que registren la clave de producto y servicio, contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.

Sección de autotransporte

Pregunta 14.
Si me dedico al traslado de bienes y/o mercancías de manera local, es decir, no tránsito por tramos de jurisdicción federal, ¿debo emitir el CFDI (factura) con complemento Carta Porte?

Respuesta:
No, los contribuyentes que presten el servicio de autotransporte de carga general y especializada, sin que el traslado implique transitar por algún tramo de jurisdicción federal, podrán emitir un CFDI (factura) de tipo ingreso sin complemento Carta Porte, que contenga los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, en el que registre la clave de producto y servicio definida en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”, que al efecto publique el SAT en su Portal.

Si deseas conocer todas las preguntas frecuentes con respecto a este complemento Carta Porte en su versión 2.0, te invitamos a dar clic a la siguiente liga:

Preguntas frecuentes Carta Porte v2.0

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Complemento Carta Porte: Nueva prórroga

Mediante la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da una prórroga para la expedición del complemento Carta Porte.

“Para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de enero de 2022”.

Anteriormente el SAT ya había dado una prórroga para la obligatoriedad del uso del complemento Carta Porte, siendo esta al 30 de noviembre y así otorgar un periodo de prueba, que sería por el mes de diciembre para que el contribuyente pudiera hacer los cambios necesarios en sus sistemas.

El complemento Carta Porte ahora deberá expedirse por los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDIs) del tipo ingreso o traslado, por aquellos movimientos de traslado de mercancías, en cualquier tipo de transporte dentro del territorio nacional, independientemente de quien se encargue de hacer el traslado, ya sea el propietario de la mercancía o el transportista asignado.

Esto ha causado controversia en los diferentes ámbitos empresariales por la falta de claridad al respecto, pero la autoridad fiscal ha intentado aclarar el tema.

En el complemento Carta Porte se deben consignar más de 180 datos, en su mayoría corresponden al contribuyente dueño de la mercancía.

La finalidad que se busca es que las pequeñas y medianas empresas hagan uso de las herramientas y la tecnología en su operación diaria, ya que son estas, las que presentan más incumplimientos por falta del uso de herramientas digitales.

Por lo que, no cumplir con estas disposiciones fiscales en materia de CFDI, les representará una afectación en la prestación de bienes o servicios y en escalada también habrá repercusiones en el sector económico donde operan.

Adicional, hemos preparado un artículo donde se explican los cambios que la autoridad (SAT) a realizado a las preguntas frecuentes con respecto a este complemento, por lo que te invitamos a dar clic en el siguiente enlace para saber más al respecto.

Preguntas frecuentes Carta Porte v 2.0

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

DLL para generar el CFDI 4.0

El SAT esta a punto de liberar una serie de cambios que afectan la generación de los comprobantes fiscales digitales, si aún no los conoces te invitamos a dar clic en cada uno de ellos para que los conozcas a detalle:

En Facturando siempre nos hemos distinguido por dar soporte a los últimos cambios realizados por la autoridad, es por eso, por lo que, hoy traemos una nueva versión de nuestra librería (DLL) para la generación y lectura del CFDI.

A continuación, describiremos los cambios más importantes de esta nueva versión (2021.11.24) y al final haremos algunos comentarios importantes para el uso de las nuevas versiones.

Generación del CFDI 4.0
Esta nueva versión soporta la generación de un CFDI 4.0, esto significa que con esta DLL ya puedes generar el XML cumpliendo con el estándar el SAT.

Para este caso, hemos agregado un ejemplo llamado “CFDI 4.0” donde mostramos como llenar cada uno de las propiedades y clases que se pueden llegar a usar en el nuevo estándar, es importante aclarar que este ejemplo tiene como finalidad mostrar el uso de la librería en su totalidad, esto quiere decir que el XML generado es válido, pero no puede ser timbrado porque no cumple con la matriz de errores del SAT.

Recibo de pago 2.0
También hemos agregado soporte al recibo de pago 2.0, esto es, con esta versión de la librería vas a poder generar un recibo de pago que cumpla con el nuevo estándar definido por la autoridad.

También hemos agregado un ejemplo cuyo objetivo es mostrar el uso de todas las propiedades y clases que intervienen en la generación del recibo de pago 2.0

Sabemos que este es un cambio transcendental y son muchas las dudas que existen al respecto y hemos querido adelantarnos respondiendo a algunas de ellas:

¿Dónde está publicado la especificación técnica de estos cambios?
El SAT aún no ha hecho pública la especificación técnica de estos cambios.

¿Ya se pueden timbrar CFDI 40 y recibos de pago 2.0?
Con respecto al timbrado, en este momento no es posible timbrar el XML, ya que esto depende del PAC y ninguno de nuestros PACs asociados tiene activa esta parte, ellos se encuentran trabajando sobre el tema, esto es, se encuentran conociendo y asimilando todas las implicaciones de estos cambios.

Si aún no existe la especificación técnica, ¿para que liberar una nueva versión de la librería?

Lo hemos hecho por varios motivos:

  1. Queremos que nuestro clientes y usuarios puedan conocer los cambios que viene y las implicaciones que tendrán dentro de sus procesos.
  2. Los clientes ya podrían empezar a hacer de las pruebas con el nuevo estándar y comenzar a adecuar sus programas.
  3. Nuestro compromiso es siempre ofrecer y cumplir todo lo que el SAT proponga con respecto al CFDI.

¿Cuándo entra en vigor esta nueva versión del CFDI 4.0?
Esta nueva versión entrará en vigor a partir del 01 de enero de 2022.

¿Pueden existir más cambios para el CFDI 4.0?
Existe la posibilidad de que la autoridad realice cambios al estándar antes de hacerlo público, aunque si esto pasará, creemos que sería cambios menores.

Nosotros estaremos al pendiente del tema y en caso de que esto suceda, estaremos liberando una nueva versión de la librería que soporte los cambios.

¿Dónde puedo encontrar información sobre este tema?
Te invitamos a suscribirte a este seminario web, donde hablaremos a detalle de cada tema:

Suscríbete al curso de CFDI 4.0

¿Se va a poder leer un CFDI 4.0 y un recibo de pago 2.0 con esta nueva versión?
Sí, no solo podrás generar, sino que, también podrás leer un CFD 4.0 y RP 2.0 y podrás extraer toda la información contenidos en los mismo, de forma rápida y sencilla.

Si quieres ver como lo puedes hacer, te invitamos a revisar el ejemplo llamado “Validacion

¿Esta liberación a que tipos de la librería soporta?
Por el momento solo está disponible para Dot Net (C# y VB.Net) pero en próximos días estaremos liberando el soporte para DLL, Delphi y PHP.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT: Cambios al proceso de cancelación

Para el caso a lo correspondiente al proceso de cancelación de un comprobante fiscal digital (CFDI) también se contemplan cambios al mismo, adicionales a los cambios ya realizados a la regla 2.7.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2021, donde:

  • Se contempló la disminución del monto total que ampara un CFDI hasta $ 1,000.00 para su cancelación sin aceptación del receptor
  • Así como, la disminución del tiempo para poder realizar la cancelación de un CFDI, el cual consiste en que deberá de realizarse la cancelación dentro del día hábil siguiente a su expedición

Ahora los cambios adicionales contemplados por la autoridad fiscal (SAT) para este 2022 son:

  • La modificación al esquema, donde se deberá de justificar la cancelación e incluirse el motivo de cancelación con claves de un nuevo catálogo
  • La inclusión del folio fiscal (UUID) que sustituye al comprobante cancelado
  • Se limita la cancelación solamente al ejercicio en que se haya emitido el CFDI
  • Considerar las facturas que se emitan por el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

Curso gratuito CFDI 4.0
Sabemos que tienes muchas dudas al respecto, es por esto, que en próximos días estaremos impartiendo una plática, sin costo alguno, en donde daremos a conocer el detalle de los cambios propuestos por la autoridad y como estos afectan el proceso de generación, timbrado y cancelación del CFDI, si deseas que te avisemos cuando esté listo, te invitamos a registrarte aquí, no olvides llenar todos los datos solicitados.

Temas relacionados

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT – Nueva versión 2.0 del CFDI de retenciones e información de pagos

En lo que respecta a la emisión de comprobantes fiscales digitales (CFDIs) que amparan retenciones e información de pagos, recordemos los complementos asociados a este tipo de comprobantes los cuales son:

  • Arrendamiento en fideicomiso
  • Dividendos
  • Enajenación de acciones
  • Fideicomiso no empresarial
  • Intereses
  • Intereses hipotecarios
  • Operaciones con derivados
  • Pagos a extranjeros
  • Planes de retiro
  • Premios
  • Sector financiero
  • Servicios de plataformas tecnológicas

Más información
Para el estándar de este tipo de comprobantes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dentro de las reformas para el 2022 tiene contemplado el requerir mayor información como son:

  • El Folio fiscal del CFDI relacionado que se esté sustituyendo
  • Código postal del domicilio fiscal del receptor

Nuevas reglas de validación
Con los cambios contemplados por el SAT, se obliga a llevar a cabo la actualización de la matriz de errores, surgiendo nuevas reglas de validación que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) deberán de considerar dentro del proceso de timbrado de los comprobantes.

Nuevos catálogos
Algunos de los datos requeridos por el nuevo estándar van a estar sujetos a valores predefinidos por la autoridad, razón por la cual se deberán de actualizar los catálogos para el CFDI.

Cambio de versión
Derivado de la importancia de los cambios propuestos por la autoridad y sus implicaciones, ha decido cambiar de versión, pasando del CFDI 1.0 al CFDI 2.0

Documentación técnica
Es importante mencionar que el SAT aún no ha hecho pública toda la documentación técnica acerca de este cambio, por lo que no está disponible en ningún sitio para su consulta.

Curso gratuito CFDI 4.0
Sabemos que tienes muchas dudas al respecto, es por esto, que en próximos días estaremos impartiendo una plática, sin costo alguno, en donde daremos a conocer el detalle de los cambios propuestos por la autoridad y como estos afectan el proceso de generación, timbrado y cancelación del CFDI, si deseas que te avisemos cuando esté listo, te invitamos a registrarte aquí, no olvides llenar todos los datos solicitados.

Temas relacionados

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Nueva versión del CFDI 2.0 para la recepción de pagos

Como ya sabrás, el SAT ha propuesto una serie de cambios para la emisión de los comprobantes digitales, que es lo que se conoce como el CFDI 4.0, pero no conforme con esto, también ha preparado modificación a la emisión de recibos de pago.

Como recordarás, actualmente contamos con la versión 1.0 del complemento de recibos de pago, pues bien, la autoridad esta proponiendo la evolución de este a: Recibos de pago 2.0

Hemos tenido acceso a la propuesta realizada por la autoridad y queremos compartir contigo algunos de los cambios que se avecinan.

Más información
Para esta nueva versión, la autoridad propone que agregamos mayor detalle a la operación, esto significa que cuando generemos un recibo de pago, deberás incluir ciertos datos que actualmente no se maneja, un ejemplo de esto es:

  • Impuestos, deberás indicar los impuestos retenidos o trasladados que se desprenden de los pagos registrados en el documento.
  • Objeto de impuestos, sirve para indicar si el pago es objeto de impuestos o no.

Aunque son mucho más los datos solicitados, hemos tomado estos dos para ejemplificar lo que la autoridad esta solicitando.

Nuevas reglas de validación
Debido a que se agregan nuevos datos, la autoridad actualizará la matriz de errores, esto significa que aparecen nuevas reglas de validación que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) deberán incluir en su proceso de timbrado.

Cambio de versión
El SAT ha decidido que, para este complemento, el cambio pasará de la versión actual que es la 1.0 a la 2.0

Documentación técnica
Es importante mencionar que el SAT aún no ha hecho pública toda la documentación técnica acerca de este cambio, por lo que no está disponible en ningún sitio para su consulta.

Curso gratuito CFDI 4.0
Sabemos que tienes muchas dudas al respecto, es por esto, que en próximos días estaremos impartiendo una plática, sin costo alguno, en donde daremos a conocer el detalle de los cambios propuestos por la autoridad y como estos afectan el proceso de generación, timbrado y cancelación del CFDI, si deseas que te avisemos cuando esté listo, te invitamos a registrarte aquí, no olvides llenar todos los datos solicitados.

Temas relacionados

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

CFDI 4.0: Conoce todos los cambios

Derivado de los cambios presentados en la reforma fiscal 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) está preparando una nueva versión del estándar para la emisión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), a continuación, detallaremos los cambios más relevantes al respecto.

Más información
En nuevo estándar requerirá de información adicional que no es requerida en la versión actual, algunos de estos son:

  • Objeto de impuesto, con el cual se prenden definir si el producto o servicio ofrecido es objeto de impuestos.
  • Régimen fiscal del emisor, que como su nombre lo describe, sirve para indicar el régimen en que tributa el receptor del documento.
  • Código postal del domicilio fiscal del emisor.

La autoridad no solo está pidiendo más información, sino que alguno de los datos que antes era opcionales, ahora se convierten en obligatorios, un ejemplo de esto son el nombre o razón social del emisor y del receptor.

Factura global
La emisión de comprobantes que cubran las operaciones a público en general también sufrirá cambios, ya que se deberá incluir información adicional como por ejemplo el periodo que cubre el comprobante.

Nuevas reglas de validación
Todo lo anterior conlleva a que el SAT actualice la matriz de errores, esto significa que aparecen nuevas reglas de validación que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) deberán de considerar al momento de llevar a cabo la certificación de los comprobantes.

Nuevos catálogos
Algunos de los datos requeridos por el nuevo estándar van a estar sujetos a valores predefinidos por la autoridad, esto conlleva a que se tengan que actualizar los catálogos para el CFDI.

Cambio de versión
Como puedes observar los cambios propuestos por la autoridad son varios y algunos tienen implicaciones importantes, por lo que el SAT ha decido cambiar de versión, pasando del CFDI 3.3 al CFDI 4.0

Documentación técnica
Es importante mencionar que el SAT aún no ha hecho pública toda la documentación técnica acerca de este cambio, por lo que no está disponible en ningún sitio para su consulta.

Curso gratuito CFDI 4.0
Sabemos que tienes muchas dudas al respecto, es por esto, que te invitamos a registrarte al curso gratuito que hemos preparado y donde estaremos explicando cando uno de estos temas a profundidad.

Suscribete

Temas relacionados

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

DLL para generar el complemento Carta porte v2.0

Ahora dentro de la versión 2021.11.06 de Electronic Document Library (EDL) podrás encontrar las siguientes modificaciones, las cuales se describen a continuación:

Complemento carta porte v2.0

En lo que respecta a este complemento, dentro de la librería tendrás disponible toda la funcionalidad que te permite generar los comprobantes fiscales digitales (CFDIs) con la nueva versión 2.0 del complemento carta porte, para ello se modificó el ejemplo correspondiente.

Adicional, con esta nueva DLL podrás llevar a cabo la lectura y validación de este tipo de comprobantes.

Si deseas saber más a detalle acerca de la implementación de este complemento, te invitamos a leer los siguientes artículos que hemos publicado al respecto:

Para un mayor detalle de los cambios realizados a la librería, te invitamos a revisar el historial de cambios.

Para tener disponibles todos los cambios ofrecidos en esta versión, deberás de llevar a cabo la actualización de la librería, dando clic en la siguiente liga:

DLL – .NET

DLL – Delphi

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Análisis realizado al complemento Carta Porte v2.0

Continuando con el tema de la nueva versión 2.0 del complemento Carta Porte publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), Facturando se dio a la tarea de analizar esta nueva versión 2.0 contra la versión anterior 1.0, obteniéndose lo siguientes resultados:

Nodos / atributos eliminados
Con respecto a los nodos y/o atributos que se eliminaron fueron 96, los cuales formaban parte de la versión 1.0.

Nuevos atributos
En lo que respecta a la nueva versión 2.0 se adicionaron 41 nuevos atributos, entre ellos tenemos:

  • PaisOrigenDestino
  • AseguraRespCivil
  • PolizaRespCivil
  • AseguraMedAmbiente
  • PolizaMedAmbiente
  • AseguraCarga
  • PolizaCarga
  • TipoDeTrafico
  • TipoFigura
  • RFCFigura
  • NombreFigura
  • NumRegIdTribFigura
  • ResidenciaFiscalFigura
  • ParteTransporte
  • Entre otros …….

Nuevos nodos
Para el caso de los nodos, en esta versión se adicionaron 7:

  • Pedimentos
  • GuiasIdentificacion
  • Autotransporte
  • Seguros
  • TiposFigura
  • PartesTransporte
  • Domicilio

Cambios
Dentro de los cambios detectados a los diferentes atributos, ademas del de la versión de 1.0 a 2.0, tenemos 15 de ellos, pudiendo ser:

  • Cambio en el uso, de opcional a requerido o viceversa
  • Cambio en el tipo, de un catálogo a una cadena de caracteres con mínimo y máximo a considerar
  • Cambio en el patron utilizado

Nuevo namespace
Para la definición del namespce usado en la generación del complemento, éste también se vió modificado, en la versión 1.0 se usaba “cartaporte:”, mientras que para ésta nueva versión 2.0, ahora se debe de usar “cartaporte20:”

Matriz de errores
Con respecto a al archivo de la matriz de errores, podrás ver los cambios realizados a esta dando clic en la siguiente liga:

Matriz de errores

Si deseas obtener la documentación completa de esta nueva versión 2.0 del complemento Carta Porte, podrás hacerlo dando clic en la siguiente liga:

Complemento Carta Porte v2.0

NOTA:
Cabe mencionar, que, con lo repentino de la publicación de esta nueva versión del complemento, por parte del SAT, las fechas para su uso obligatorio (01 de diciembre 2021) en su periodo de adaptación y para su uso obligatorio final (01 enero 2022), no ha habido cambio alguno, que a nuestro parecer, son muy próximas y deja poco tiempo para que los contribuyentes puedan modificar y aplicar todos los cambios contenidos en la nueva versión 2.0 del complemento.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.