IMSS lanza su buzón electrónico

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer los lineamientos para la operación del Buzón IMSS, mediante su publicación del pasado 5 de agosto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se especifica:

¿A quiénes aplica?

El Buzón IMSS va dirigido a los patrones, para los que constituirá un canal adicional para realizar trámites ante el instituto, ya que estos se podrán seguir gestionando de manera presencial en las 133 Subdelegaciones del IMSS.

Lineamientos

Durante su primera etapa de implementación, los usuarios podrán realizar de manera digital trámites y notificaciones en materia de:

  • Incorporación
  • Recaudación
  • Fiscalización

De igual forma, el instituto, por medio del buzón IMSS, realizará la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que emita en documentos digitales e informará sobre aspectos de interés para los usuarios.

Vigencia

De acuerdo con los lineamientos que entraron en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, los sujetos implicados, según un proceso seguro que les conferirá certeza, deberán de habilitar su Buzón IMSS en un plazo máximo de 180 días, periodo que vence el próximo 1º de febrero de 2025.

Activación

Para tener acceso a la aplicación es necesario realizar la activación de este, para ello se deberá de ingresar a la siguiente liga:

Buzón IMSS

El acceso será mediante la e.firma del Servicio de Administración Tributaria (SAT) vigente, donde se indicará:

  • RFC
  • Certificado
  • Llave privada
  • Contraseña de la llave privada

Todos los datos anteriores son obligatorios.

Después se deberán de registrar y validar los medios de contacto, consistentes en indicar por lo menos 1 correo electrónico de 5 posibles como máximo, y 1 número celular.

En seguida, se deberán de firmar los términos y condiciones para el uso del mismo. Dicha firma se realiza con la misma FIEL.

Finalmente, quedará activado tu Buzón IMSS.

Contacto

El instituto (IMSS) habilitó el centro de contacto telefónico, para atender cualquier duda con el entorno antes señalado, siendo este el siguiente:

Teléfono: 800 623 2323
Opción: 5 y, nuevamente 5

El servicio estará disponible en un horario de lunes a viernes de 9 a 18 horas, tiempo del centro de México.

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Hasta la próxima.

¿Cómo hace el SAT el prellenado del pago provisional de ISR?

Como sabrás, las personas morales obligadas a presentar su declaración de pagos provisionales son aquellas que tributan en el régimen general en términos del Título II de la Ley del impuesto sobre la renta (ISR) como son:

  • Sociedades mercantiles
  • Maquiladoras
  • Asociaciones civiles
  • Asociación en participación
  • Sociedades cooperativas
  • Sistema financiero
  • Fideicomiso con actividad empresarial
  • Contratistas y asignatarios de hidrocarburos
  • Contribuyentes que aplican el estímulo de región fronteriza
  • Fusión y Escisión
  • Liquidación

La autoridad ha diseñado una herramienta para llevar a cabo la presentación de la declaración de los pagos provisionales del ISR.

Dicha herramienta, utiliza la información que los propios contribuyentes han manifestado en sus declaraciones anuales y provisionales de ISR, así como la información contenida en los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI).

Este prellenado tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, mejorando con ello, la precisión en la presentación en la declaración de impuestos.

Algunos usuarios nos han manifestado sus dudas e inquietudes acerca de cómo el SAT realiza este proceso, por lo que, nos hemos dado a la tarea de investigar acerca de este tema y queremos compartir contigo lo que hemos podido encontrar.

Para el prellenado de la declaración, la autoridad considera como fuentes de información las siguientes:

  • Visor de facturas emitidas
  • Visor de nómina del patrón
  • Declaración anual
  • Declaraciones de pagos provisionales

ISR del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas morales

Para el prellenado se considera:

  • La información de los CFDIs de tipo Ingreso y Pago, emitidos por el contribuyente con método de pago “PUE – Pago en una sola exhibición”
  • Vigentes emitidos en el periodo al que corresponde el pago
  • Que la fecha de emisión corresponda al periodo que declara

ISR del Régimen General de personas morales

Para el prellenado se considera:

  • La información de los CFDIs de tipo Ingreso, emitidos por el contribuyente con método de pago “PUE – Pago en una sola exhibición” y “PPD – Pago en parcialidades o diferido”
  • Vigentes emitidos en el periodo al que corresponde el pago
  • Que la fecha de emisión corresponda al periodo que declara

ISR de las sociedades y asociaciones civiles

Para el prellenado se considera:

  • La información de los CFDIs de tipo Ingreso, emitidos por el contribuyente con método de pago “PUE – Pago en una sola exhibición”
  • Vigentes emitidos en el periodo al que corresponde el pago
  • Que la fecha de emisión corresponda al periodo que declara

Adicionalmente, se podrá permitir el disminuir o adicionar ingresos.

Creemos que la información presentada anteriormente, da mucha claridad de lo que el SAT utiliza para poder realizar el prellenado de la declaración de ISR.

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Hasta la próxima.

¿Qué significa un CFDI no cancelable?

Recordemos que el nuevo proceso de cancelación entró en vigor en enero del 2022, donde se establece que, al momento de realizar la cancelación de los Comprobantes Digitales a través de Internet (CFDI) se debe de indicar el “motivo” de la cancelación.

Bajo este nuevo proceso, se ha detectado que, al momento de intentar realizar una cancelación, se puede obtener el error de que el documento no puede ser cancelado, y esto es derivado de que el estatus de cancelación del CFDI es “No cancelable”.

¿Pero en qué caso un CFDI es No cancelable?

De acuerdo con la autoridad (SAT), cuando se detecta, al momento de verificar el estatus del comprobante, que esté se encuentra como “No cancelable”, significa que el comprobante tiene al menos un documento relacionado vigente.

¿Cómo saber?

Existen tres formas de saber qué documentos relacionados tiene un comprobante fiscal con estatus “No cancelable”:

Manual

Esta forma es a través del ingreso al portal del SAT, siendo esta la forma más lenta y tediosa, ya que deberás de hacerlo comprobante por comprobante (uno por uno).

La forma de poder verificar la relación que lo convierte en No cancelable es realizando la consulta del comprobante en cuestión, ya sea por el UUID o por un rango de fecha.

Una vez ubicado el comprobante, se deberá de ir a la columna de Estatus de cancelación para dar clic en No cancelable, como se muestra en la siguiente imagen:

Al dar clic, se descargará en PDF el acuse de documentos relacionados, documento donde el contribuyente podrá dar seguimiento a la(s) factura(s) que se tienen relacionadas.

Por medio de Descargar CFDI

Esta forma es por medio del uso de nuestro programa Descargar CFDI con el que podrás saber de forma automática los documentos relacionados, la cual no tiene límite.

Para saber los pasos a seguir para esta forma de consulta, deberás de contactarnos a través del chat que se encuentra en nuestra página de Facturando y con gusto te apoyaremos.

Por medio de una librería (DLL)

Si en tu caso eres desarrollador de software, podrás hacerlo de forma automática por medio de nuestra librería Electronic Document Download (EDD), con esta podrá crear un robot, que automáticamente verifique los comprobantes con esta característica y poder conocer el motivo.

¿Cuándo se presenta esta situación?

Como ejemplos de esta situación tenemos:

  • Cuando se requiere cancelar una factura que esté relacionada con una nota de crédito.
  • Cuando se requiera cancelar la factura de una operación realizada en parcialidades (PPD) que tenga un Recibo Electrónico de Pago (REP) generado.

La sugerencia es que, una vez cancelado el documento relacionado, se verifique que la factura a cancelar haya cambiado de estatus a “Cancelable con aceptación” o “Cancelable sin aceptación” según corresponda y proceder a su cancelación.

¿Qué dice la autoridad al respecto?

Con respecto a este tema, la COPARMEX solicitó a la autoridad (SAT) el que se pudiera tener una columna o espacio, en donde se especifique por qué la factura es no cancelable, a lo cual contestó que los CFDIs pueden contener el estatus de “No cancelables” cuando cuenten con al menos con un documento relacionado vigente.

Por lo que el SAT considera, y estando de acuerdo con ella, es innecesario incluir una columna adicional que muestre dicha información.

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Hasta la próxima.

Descargar CFDI: Plantillas para guardar tu configuración

En esta ocasión queremos compartir contigo la nueva funcionalidad integrada a nuestro programa Descargar CFDI.

Pero empecemos por saber:

Antecedente

Algunos de nuestros usuarios, al llevar a cabo la generación de cualquiera de los reportes disponibles, comentaron que llegan a realizar cambios al formato en que se presenta por defecto la información, cambios que consisten en:

  • Quitar alguna columna que no les es de utilidad
  • Adicionar columnas disponibles
  • Mover columnas de posición para una mayor compresión de la información
  • Aplicación de algún ordenamiento o filtrado de los datos

Una vez personalizado el reporte, por alguna de las razones comentadas con anterioridad, llevan a cabo la exportación de este a Excel

Pero ese no es el detalle en cuanto al manejo de las columnas, el tema se centra que, al momento de volver a generar el reporte para otra empresa o contribuyente, el programa reinicia mostrando la información en el formato por defecto, por lo que todos los cambios realizados se perdían.

Nueva funcionalidad

Derivado de lo comentado con anterioridad, ahora es posible guardar la configuración que los usuarios realizan a los diferentes reportes.

Funcionalidad que se presenta dentro de la sección denominada Plantillas, donde podrás:

  • Seleccionar – de entre dos plantillas “Por defecto” o “Todas las columnas” y las generadas por el usuario
  • Guardar – podrás guardar la configuración del reporte actual
  • Eliminar – podrás eliminar cualquiera de las plantillas previamente guardadas, con excepción de las plantillas “Por defecto” o “Todas las columnas
  • Columnas – lista de columnas disponibles para adicionar el reporte

Ventajas

Dentro de las ventajas que encontrarás al hacer uso de las plantillas tenemos:

  • No existe límite para la creación de plantillas, ya que podrás guardar las que quieras.
  • Las podrás eliminar en el momento en el que desees o que ya no sean de tu utilidad.
  • Las plantillas se generan por reporte, por lo que no tendrás problema en cuanto a su uso en cada reporte en cuestión.
  • Podrás indicar cuál será la plantilla activa para cuando el reporte se genere tome la configuración guardada en ella.

Casos especiales

Existen reportes que por su composición contienen además de las plantillas por defecto:

  • Por defecto
  • Todas las columnas

Tendrán disponibles las siguientes:

  • Ocultar impuestos vacíos, esta plantilla solamente aplica para los reportes: Convertir los XML a Excel, Desglose de impuestos, Impuestos del pago, Convertir constancias a Excel.
  • Ocultar complementos vacíos, solo se usa en el módulo Convertir constancias a Excel.

Adicional, existe un reporte con características especiales y se trata del de “Percepciones y deducciones”, el cual se puede generar de dos formas, en formato Horizontal o Vertical.

En cuanto al formato Horizontal, este solo tendrá disponible las plantillas “Por defecto” y “Todas las columnas”, sin poder generar plantillas personalizadas por el usuario, mientras que, en el formato Vertical, además de las plantillas por defecto, se tendrá acceso a la demás funcionalidad que es la generación y borrado de plantillas.

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Hasta la próxima.

Convierte tus constancias de plataformas tecnológicas a Excel

Si eres un contribuyente que tributa en el régimen de plataformas tecnológicas y no sabes cómo obtener toda la información de este complemento, te queremos compartir una excelente noticia.

Ahora, nuestra solución para la descarga masiva de CFDIs (Descargar CFDI), además de permitirte descargar cualquier tipo de Comprobante Fiscal Digital, te permite extraer toda la información contenida en las constancias de retenciones correspondientes a plataformas tecnológicas.

Dentro de la información que podrás obtener con este reporte tenemos:

Periodos
Se mostrará el periodo que cubre esta constancia, ya sea diario, semanal, quincenal o mensual.

Servicios
Se muestra de forma detallada cada uno de los servicios realizados en el periodo; no existe ningún límite en este caso, todos se van a mostrar.

Impuestos
Podrás ver el desglose detallado de los impuestos aplicables, ya sea IVA trasladado o retenido, ISR retenido. Además, podrás ver la base del impuesto, la tasa aplicada y el importe de este.

Comisión del servicio
Se muestra el detalle de la información de la comisión pagada por el uso de plataformas tecnológicas por cada servicio relacionado.

Otros datos
El listado anterior, solamente son los datos más importantes, pero la realidad, es que se muestra toda la información, por ejemplo:

  • El total de los servicios sin IVA
  • El total del IVA trasladado
  • La contribución gubernamental
  • Etc.

Exportando el reporte a Excel
Como cualquier otro reporte del programa, este también puede ser exportado a Microsoft Excel y se va a visualizar exactamente como se ve dentro del programa: Columnas, bandas, etc.

Si quieres probar esta y otras características de nuestra solución te invitamos a descargar el programa dando clic aquí

DESCARGAR EL PROGRAMA

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Hasta la próxima.

Complemento carta porte 3.1 – Documentación técnica

Continuando con el análisis a la nueva versión 3.1 del complemento Carta Porte, a continuación, se tiene la siguiente documentación:

  • Instructivos
  • Preguntas frecuentes

Instructivos
Para llevar a cabo el correcto llenado del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) al que se le incorpore el complemento carta porte, la autoridad (SAT) pone a disposición de todos los contribuyentes una serie de cuatro documentos o instructivos, cada uno relacionado con el medio por el que se transportan los bienes y/o mercancías:

  • Autotransporte
  • Transporte aéreo
  • Transporte ferroviario
  • Transporte marítimo

Dichos instructivos permiten tener en cuenta las definiciones del estándar técnico correspondiente, así como las disposiciones jurídicas vigentes aplicables.

Para ello, se hace uso de ejemplos que ilustran con mayor claridad el registro de los datos, no obstante, es importante señalar que los datos usados en los ejemplos son ficticios y solo tienen efectos didácticos, a fin de explicar de manera fácil cómo se llena un CFDI con complemento Carta Porte.

Estos documentos pueden ser descargados directamente del portal del SAT, pero para mayor comodidad hemos creado un ZIP con los mismos, el cual podrás encontrar la final de este artículo.

Preguntas frecuentes
Adicional, a los instructivos, el contribuyente podrá apoyarse consultando el documento que contiene una serie de preguntas junto con sus respectivas respuestas, y no solo con eso, también se hace referencia al fundamento legal correspondiente.

Este documento fue generado y publicado por la autoridad y tiene como objetivo dar respuestas a las preguntas más frecuentes relacionadas con este tema, es importante mencionar, que este es un documento vivo, esto significa que la autoridad lo va alimentando o actualizando a medida que encuentra información que le pueda ser de utilidad al contribuyente.

Donde descargar la documentación técnica
Como mencionábamos en un párrafo anterior de este artículo, toda la documentación puede ser descargada directamente del servidor del SAT, pero para comodidad de todos nuestros clientes y usuarios hemos puesto la misma en un archivo ZIP, el cual está disponible a través de nuestros servidores.

Este archivo contiene, no solamente, los instructivos y las preguntas frecuentes, sino que también tiene toda la documentación técnica de este complemento:

  • Estándar
  • Archivo XSD
  • Matriz de errores
  • Catálogos
  • Etc.

Si deseas tener esta documentación, podrás hacerlo con solo dar clic en la siguiente liga:

Carta porte 3.1 documentación

Tema relacionado:

Nueva versión del complemento Carta Porte 3.1

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Hasta la próxima.

Nueva versión del complemento carta porte 3.1

Como sabrás, el complemento Carta Porte es un documento fiscal que ampara el traslado en territorio nacional de bienes y/o mercancías, ya sea de forma:

  • Terrestre
  • Marítima
  • Aérea
  • Ferroviaria

En esta ocasión queremos compartir contigo que el pasado 17 de junio de 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer, por medio de la publicación en su portal, la nueva versión 3.1 del complemento carta porte.

Derivado de lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado de toda la información liberada por la autoridad (SAT), encontrándose con los siguientes cambios:

Documentación
En lo que respecta a la documentación técnica, se libera su nueva versión 3.1 con fecha de modificación del 17 de junio de 2024.

  • Estándar (pdf)
  • Esquema (xsd)
  • Secuencia de cadena original (xslt)
  • Matriz de errores (xls)
  • Esquema de los catálogos (xsd)

Vigencia
Para el caso de la vigencia del complemento actual, es decir de la versión 3.0, la fecha de fin de vigencia de esta versión es el 16 de julio de 2024.

Mientras que para la nueva versión 3.1, la fecha de inicio de vigencia será el 17 de julio de 2024.

Catálogos
En cuanto a los catálogos usados por el complemento Carta Porte 3.1, los cambios detectados son los siguientes:

Material peligroso
En lo que respecta a este catálogo se le adicionan 55 claves, mientras que se eliminan las siguientes 3 claves:

  • 3316 – EQUIPO QUÍMICO o BOTIQUÍN DE URGENCIA
  • 3492 – LIQUIDO TOXICO POR INHALACION, CORROSIVO, N.E.P., con toxicidad por inhalación inferior o igual a 200 ml/m3 y con concentración saturada de vapor superior o igual a 500 CL50
  • 3493 – LIQUIDO TOXICO POR INHALACION, CORROSIVO, INFLAMABLE, N.E.P., con toxicidad por inhalación inferior o igual a 1.000 ml/m3 y con concentración saturada de vapor superior o igual a 10 CL50

Contenedor marítimo
Para este catálogo el único cambio detectado corresponde a la adición de la siguiente clave:

  • CM012 – que corresponde a Ferri – Turístico y vacíos

Código QR
Se modifica la especificación técnica del código QR que se incorpora a la representación impresa, la cual pasa de un total de caracteres de 70 a 74, como se muestra a continuación:

Especificación actual

  • IdCCP (Folio complemento Carta Porte) con 32 caracteres
  • FechaHoraSalidaLlegada (Fecha de hora Salida Llegada) con 19 caracteres
  • FechaTimbrado (Fecha de hora de certificación del CFDI) con 19 caracteres

Total, de caracteres 70

Especificación nueva

  • IdCCP (Folio complemento Carta Porte) con 36 caracteres
  • FechaHoraSalidaLlegada (Fecha de hora Salida Llegada) con 19 caracteres
  • FechaTimbrado (Fecha de hora de certificación del CFDI) con 19 caracteres

Total, de caracteres 74, el incremento se da en el aumento de caracteres del campo IdCCP.

Adicional, y con respecto a este mismo campo, se elimina el carácter & en la definición del identificador del complemento (idCCP).

Para la versión 3.0 se definía precediendo con el texto:

&idCCP=

mientras que para la versión 3.1 se define precediendo con el texto:

idCCP=

Es decir, ya sin el carácter &.

Esquema (XSD)
Para el caso de la definición del esquema que define la estructura del complemento Carta Porte 3.1 publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su portal, los cambios detectados son los siguientes:

  • El atributo Versión cambia de valor fijo de 3.0 a 3.1
  • Se elimina el atributo RegimenAduanero
  • Se adiciona el nodo RegimenesAduaneros:
    • A su vez, se adiciona el sub-nodo RegimenAduaneroCCP que va de mínimo 1 hasta máximo 10 ocurrencias.
    • Para este mismo sub-nodo, se adiciona el atributo RegimenAduanero quedando como requerido y que su valor debe de corresponder con alguna de las claves contenida en el catálogo de regímenes aduaneros.
    • El atributo FracciomArancelaria que se encuentra dentro del nodo Mercancia, cambia de requerido a opcional.
  • Para el nodo transporte marítimo se mueve de ubicación del sub-nodo RemolquesCCP para llevarlo dentro del sub nodo Contenedor.

Matriz de errores
Finalmente, en lo que respecta a las validaciones contenidas en el archivo de la matriz de errores, para esta versión del complemento, no cambia en su cantidad, pero si se ajustan en su descripción la aplicación de los nuevos cambios.

Ejemplo de ello, tenemos:

Para la validación del atributo Version, ahora corresponde que su valor sea 3.1, mientras que el número de error que le corresponde sigue siendo el CP115.

Tema relacionado:

Carta Porte 3.1 Documentación técnica

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Descargar CFDI: ¿Cómo generar la DIOT de forma automática?

Como sabrás, Descargar CFDI es el programa con el que podrás descargar de forma automática los archivos XML emitidos y recibidos de un contribuyente, ya sea persona física o moral, además podrás convertir dichos archivos a Excel y generar diversos reportes con la información contenida en los mismos.

Hemos modificado el programa y le hemos agregado una opción con la que podrás generar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).

A continuación, describiremos a detalle los pasos a seguir para que puedas llevar a cabo la generación de la DIOT:

La opción para la generación de esta declaración se encuentra dentro de la pestaña SAT.

Al dar clic en la opción “DIOT” se desplegará la ventana para indicar los parámetros a considerar para su generación:

Dentro de los parámetros que deberán de indicarse tenemos:

  • RFC del contribuyente
  • Efecto de los comprobantes a incluir: Ingreso, Egreso, Pago
  • Ejercicio: mes y año que se va a reportar
  • RFC de proveedores, por si quieres que aparezcan solo algunos proveedores.
  • Directorio donde se encuentran físicamente los XMLs a considerar.

Adicional, podrás configurar el proceso y el desplegado de las columnas:

  • Si se incluyen los UUIDs que sustituyen a otros de periodos posteriores
  • Mostrar la sección de estadísticas de cada proveedor.
  • Mostrar todas las columnas.
  • Mostrar la descripción de los catálogos.
  • Mostrar los CFDIs relacionados.
  • Mostrar los datos de la cancelación.
  • Mostrar siempre el emisor y el receptor del comprobante.
  • Mostrar los datos del PAC.

Una vez definidos los parámetros y configuración se deberá dar clic al botón “Aceptar” para que inicie el proceso de generación de la declaración DIOT.

Al término del proceso, se desplegará la venta del resumen de este, donde podrás ver:

  • La cantidad de comprobantes encontrados, tanto vigentes como cancelados.
  • La cantidad de UUIDs que no serán incluidos en el acumulado por encontrarse dentro de alguno de los siguientes motivos:
    • Por estar cancelados
    • Por sustitución de otros periodos
    • Por el uso del CFDI indicado
    • Y por el tipo de relación

Al dar “Aceptar” se desplegará el resultado de la generación de la DIOT, como se muestra en la siguiente imagen:

La información que se muestra está dividida de la siguiente manera:

Pestaña DIOT

Dentro de esta pestaña se muestra la siguiente información:

  1. Acumulado por contribuyente de los importes que integran a cada rubro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a informar dentro de la DIOT
  2. Sección de estadística donde se muestran las cantidades de CFDIs (Ingresos, Egresos, Pagos) del contribuyente junto con su estatus (Vigentes, Cancelados)
  3. Detalle de los XMLs que integran al acumulado de cada contribuyente

Pestaña UUID no incluido en la DIOT
La información que se muestra en esta pestaña corresponde a todos aquellos CFDIs que están dentro del periodo de la declaración indicado, pero que por algún motivo no son considerados para incluirse en el acumulado del contribuyente a reportar ante la autoridad (SAT).

  1. Relación detallada de los XML que no son considerados en el acumulado del contribuyente junto con el motivo por el cual forma parte de esta pestaña.
  2. Control de cantidades que integran a cada motivo por el cual no se incluye en la DIOT.

Archivo para el SAT
Finalmente, podrás generar el archivo para llevar a cabo la carga de la información a la aplicación del SAT.

Para ello deberás de seguir los siguientes pasos:

  1. Posicionarte en algún contribuyente del acumulado en la pestaña DIOT
  2. Dar clic al botón derecho del ratón
  3. Seleccionar la opción “Generar archivo para el SAT
  4. Indicar la carpeta donde se guardará el archivo para el SAT

Una vez realizados los pasos anteriores, tendrás en la carpeta indicada el archivo en formato de texto (TXT) el cual podrás usar para llevar a cabo la importación de la declaración en la aplicación del SAT.

Recomendaciones
Para finalizar, queremos compartir estos puntos que consideramos para el correcto funcionamiento de este módulo

  • Antes de generar este reporte, consideramos necesario que actualices el estado de tus UUIDs, esto con la finalidad de que no se incluyan en el reporte los documentos cancelados; para más información te invitamos a ver este vídeo.
  • Te recomendamos comparar los importes que se muestran dentro del módulo con los capturados en tu declaración mensual.
  • Deberás revisar a detalle cada uno de los proveedores y comprobantes incluidos en el reporte.

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