SAT: Ya puedes pedir tu factura por amarres y limpias

Ahora, cuando vayas a hacerte una limpia o solicites que te haga un amarre, podrás exigir la factura por este tipo de servicio recibido, ya que estos establecimientos tienen que estar registrados ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para emitir facturas.
Así es, los servicios de curanderos ya se pueden facturar, así como todo lo que tenga que ver con hierbas, cura con la naturaleza y demás, incluida en la medicina alternativa.

Los conceptos para este tipo de servicios se encuentran incluidos en el catálogo de productos y servicios en el grupo de medicina alternativa, el cual incluye todo lo relacionado con Curanderos con servicios como:

  • Servicios de hechiceros o vudús
  • Servicios de curanderos
  • Chamanes
  • Trabajo con la energía

La realidad

Aunque la ley ya contempla este tipo de actividades y tú puedes solicitar tu factura electrónica para este tipo de servicios, consideramos que en el día con día tiene muy poca aplicación, ya que:

  • Consideramos que es poco probable que un curandero, chaman, etc.; este dado de alta en el SAT.
  • Te entreguen un comprobante fiscal (XML) cada vez que solicites este tipo de servicios.
  • Comúnmente en este tipo de servicios, el pago se realiza en efectivo, por lo que no existe trazabilidad de la operación realizada.
  • Vemos muy difícil, que las personas que solicitan los servicios de hechicería, amarre, brujería, etc.; van a querer tener un documento fiscal en donde se demuestre que solicitaron dicho servicio.

Y con todo esto nos surge la siguiente duda: ¿En qué casos se podría realizar la deducción fiscal del gasto realizado en este tipo de servicios?

Déjanos tus comentarios, nos gustaría saber qué opinas al respecto.

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

Cambios al catálogo para la generación del CFDI 4.0

El pasado 10 de agosto de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó una actualización al catálogo que contienen los datos requeridos para la correcta generación de los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI).

A continuación, describiremos los cambios realizados en esta oportunidad:

Pedimentos
En lo que respecta al catálogo para los números de pedimentos, la autoridad (SAT) publicó una nueva actualización de este catálogo que pasa de la versión 39.0 a la 40.0, en donde se adicionan once nuevas claves de pedimentos, las cuales describiremos a continuación:

Aduana Patente Ejercicio Cantidad Fecha

81 3990 2023 999999 11/08/2023
85 1619 2023 999999 11/08/2023
85 1829 2023 999999 11/08/2023
85 1863 2023 999999 11/08/2023
85 3172 2023 999999 11/08/2023
85 3425 2023 999999 11/08/2023
85 3487 2023 999999 11/08/2023
85 3659 2023 999999 11/08/2023
85 3695 2023 999999 11/08/2023
85 3922 2023 999999 11/08/2023
85 3941 2023 999999 11/08/2023

Para estas nuevas claves la fecha de inicio de vigencia es a partir del 11 de agosto de 2023.

¿Dónde descargarlo?
Si deseas tener acceso a esta nueva actualización del catálogo, existen dos formas de obtenerlo, la primera es descargar el nuevo catálogo directamente del servido del SAT, o la más sencilla, lo puedes descargar usando la liga que te compartimos a continuación, donde bastará con dar clic en la misma para obtener el último catalogo:

Catálogo del SAT para el CFDI 4.0 v10082023

Documentación técnica (XSD)
Si te preguntas: ¿Se realizaron cambios a la documentación técnica usada en la generación del CFDI 4.0?, y con la documentación técnica nos referimos a los archivos XSD, específicamente el archivo catCFDI.xsd; queremos informarte que este no fue actualizado y esto se debe a que este archivo no contiene una sección relacionada con los cambios realizados (pedimentos).

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

Actualización a los catálogos para la generación del CFDI 4.0

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha realizado una actualización a los catálogos que contienen los datos requeridos para la correcta generación de los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI), siendo esta la siguiente:

Nuevas monedas
En lo que respecta al catálogo de monedas, el pasado 29 de mayo, la autoridad (SAT) publicó una nueva actualización, donde se adicionan cinco nuevas monedas, las cuales describiremos a continuación:

Clave / Descripción / Decimales / % variación / Fecha de inicio

CNH / Yuan extracontinental (China) / 2 / 500% / 29/05/2023
ESD / Dólar de Ecuador / 2 / 500% / 29/05/2023
NIC / Córdoba (Nicaragua) / 2 / 500% / 29/05/2023
UYP / Uruguay (Peso) / 2 / 500% / 29/05/2023
VES / Bolívar digital (Venezuela) / 2 / 500% / 29/05/2023

Cabe mencionar que la versión del catálogo sigue siendo la misma, 1.0, mientras que la revisión cambia a la 1.

Algo curioso de este cambio y que nos llama mucho la atención, es la tardanza con la que la autoridad (SAT) realiza la publicación de esta actualización, ya que dentro del catálogo aparece como fecha de inicio a partir del 29 de mayo de 2023 mientras que en su página la fecha de publicación corresponde al 01 de junio de 2023.

Adicional, el único país que no aparecía con anterioridad en el catálogo es Ecuador, el cual se incorpora con su moneda dólar, mientras que el resto de los cuatro países ya existían, pero con otras monedas, las cuales son:

País / Clave Moneda
China / CNY Yuan Renminbi
Nicaragua / NIO Córdoba Oro
Uruguay / UYI Peso Uruguay en Unidades Indexadas (URUIURUI)
Venezuela / VEF Bolivar

¿CFDI 3.3 o 4.0?
Tal vez te preguntes a cuáles versiones del CFDI afecta estos cambios (recuerda que aún es posible emitir CFDI en versión 3.3); te queremos aclarar que los cambios comentados en este articulo afecta única y exclusivamente a la generación y timbrado de la versión 4.0 del CFDI.

¿Dónde descargarlo?
Si deseas tener acceso a estos nuevos catálogos, existen dos formas, uno es descargar el nuevo catálogo directamente del servido del SAT, o puedes descargarlo usando la liga que te compartimos a continuación, donde bastará con dar clic en la misma para descargarlos:

Nuevos Catálogos del SAT

Esperamos que esta artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a éste blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

Conoce el catálogo de empresas con registro en el REPSE

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con base en lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, ha puesto a disposición de los contribuyentes, el catálogo de aquellas empresas que han cumplido con la condición para poder prestar los servicios especializados, consistente en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).

Dicho catálogo está disponible para su consulta en la página de la Secretaría, por lo que la autoridad recomienda que si se van a contratar servicios especializados es importante verificar que cuenten con el registro en el REPSE.

A continuación, te decimos cómo consultar el catálogo, para ello deberás de dar clic en la siguiente liga:

Catálogo REPSE

Una vez que se esta en la página principal, deberás de dar clic en la opción “CONSULTA EL CATÁLOGO” donde se desplegará la siguiente información:

“En cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, que establece la obligación de publicar en un portal de internet el padrón de personas físicas o morales que obtengan el registro para proporcionar servicios especializados o la ejecución de obras especializadas mediante subcontratación, se pone a disposición de cualquier interesado la versión pública del Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas.
Lo anterior con apoyo en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVII, 5 y 22, fracción VIII de la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados; 120, segundo párrafo, fracción I de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 117, segundo párrafo, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.”

Podrás acceder al catálogo, dando clic al botón “Consultar” acción que desplegará una relación de empresas con la siguiente información:

  • Razón social
  • Número de registro
  • Botón “Seleccionar”

Al dar clic al botón “Seleccionar” se desplegarán los siguientes datos:

  • Folio
  • Nombre o Razón Social
  • Entidad y Municipio
  • Número y Fecha del aviso de registro
  • Relación de las actividades o servicios ofrecidos

Para mayor comodidad, la aplicación permite realizar búsquedas por medio del nombre o razón social.

Al día de hoy, el catálogo se encuentra integrado por 25,283 registros (empresas).

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Conoce los cambios a la generación del CFDI para 2021

Continuando con los cambios a la reforma fiscal para 2021 aprobada recientemente y que fue publicada el pasado día 8 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), queremos comentar lo correspondiente acerca del cambio a la fracción V del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) el cual tendrá afectación en la generación del CFDI y que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2021, para ello comencemos por recordar que nos dice este artículo:

Artículo 29

“Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo.”

Articulo 29-A

Adicional, a los requisitos que se establecen a los comprobantes a que se refiere el artículo 29 de este Código, se deberán de reunir una serie de requisitos de entre ellos se encuentra lo indicado en la fracción V que en las disposiciones para 2020 dice:

V.- La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso que amparen.

El cambio aprobado a la fracción V para las disposiciones de 2021 es el siguiente:

V.– La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso que amparen, estos datos se asentarán en los comprobantes fiscales digitales por internet usando los catálogos incluidos en las especificaciones tecnológicas a que se refiere la fracción VI del artículo 29 de este Código.

Esto significaría y de cuerdo a nuestra interpretación, que en la descripción del producto y/o servicio, uso o goce temporal de bienes, se deben de asentar de acuerdo con los catálogos que publique el SAT en su página, si un CFDI se emite en 2021 y no contiene la descripción detallada del servicio, no debería de haber problema con su deducción, más sin en cambio, el caso contrario sería, si no se utiliza la clave correcta, la autoridad podría determinar que el CFDI no corresponde en el campo de descripción con las claves del catálogo, pudiendo rechazar la deducción y acreditamiento por no cumplir con los requisitos de forma del CFDI.

En este sentido, la recomendación sería verificar las claves de productos y/o servicios que tengan definidas en sus sistemas de facturación y adaptarlas a los cambios propuestos para el 2021.

Si tienes alguna duda con respecto a este blog, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Actualización a los catálogos de nómina

El pasado 5 de diciembre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) liberó una actualización a los catálogos utilizados en la emisión de los comprobantes correspondientes a los recibos de nómina que le emites a tus empleados.
A continuación, describiremos los cambios realizados por la autoridad, siendo éstos los siguientes:

Catálogo régimen fiscal
En lo que respecta al catálogo de régimen fiscal, las claves que se adicionaron fueron las siguientes:

Persona moral

  • 628 – Hidrocarburos

Persona física

  • 629 – De los Regímenes Fiscales Preferentes y de las Empresas Multinacionales
  • 630 – Enajenación de acciones en bolsa de valores

Catálogo tipo de deducción
Para el catálogo de tipo de deducción solo se adicionó una clave:

  • 107 – Ajuste al Subsidio Causado

Catálogo tipo de incapacidad
Para este catálogo se creó un nuevo tipo de incapacidad que aplicará para aquellos padres que soliciten licencia por tener hijos diagnosticados con cancer:

  • 04 – Licencia por cuidados médicos de hijos diagnosticados con cáncer.

La intención de este nuevo tipo de incapacidad es la de igualar (homologar) con los tipos de incapacidades que maneja el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Catálogo otro tipo de pago
En este catálogo se adicionaron tres nuevos tipos de pago:

  • 006 – Alimentos en bienes (Servicios de comedor y comida) Art 94 último párrafo LISR
  • 007 – ISR ajustado por subsidio
  • 008 – Subsidio efectivamente entregado que no correspondía (Aplica sólo cuando haya ajuste al cierre de mes en relación con el Apéndice 7 de la guía de llenado de nómina)

Para todas estas claves que se adicionaron a los diferentes catálogos la fecha de inicio de vigencia aplica a partir del 1 de enero de 2020, teniendo como fecha límite para su adopción un periodo de gracia de 3 meses posteriores a la vigencia de estas.

Cambios en Facturando
Estos cambios impactan a las diferentes soluciones de Facturando, por lo que se esta trabajando en ello, para poder liberar las nuevas versiones que soporten estos cambios, por lo que les pedimos estar atentos a nuestro Blog que es donde publicamos las liberaciones de nuestras distintas soluciones.
Dentro de las soluciones afectadas tenemos:

De igual forma, hemos consultado con nuestro PAC principal, E-Codex, y nos comenta que se encuentran realizando los cambios correspondientes para estar listo lo antes posible, estos cambios serán aplicados en sus 3 ambientes: Producción, Nómina y testing.

Si deseas obtener el catálogo actualizado que contiene estas nuevas claves te invitamos a dar clic en la siguiente liga:


Catálogo de nómina

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
Hasta la próxima.