Actualización a los catálogos para la generación del CFDI 4.0

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha realizado una actualización a los catálogos que contienen los datos requeridos para la correcta generación de los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI), siendo esta la siguiente:

Nuevas monedas
En lo que respecta al catálogo de monedas, el pasado 29 de mayo, la autoridad (SAT) publicó una nueva actualización, donde se adicionan cinco nuevas monedas, las cuales describiremos a continuación:

Clave / Descripción / Decimales / % variación / Fecha de inicio

CNH / Yuan extracontinental (China) / 2 / 500% / 29/05/2023
ESD / Dólar de Ecuador / 2 / 500% / 29/05/2023
NIC / Córdoba (Nicaragua) / 2 / 500% / 29/05/2023
UYP / Uruguay (Peso) / 2 / 500% / 29/05/2023
VES / Bolívar digital (Venezuela) / 2 / 500% / 29/05/2023

Cabe mencionar que la versión del catálogo sigue siendo la misma, 1.0, mientras que la revisión cambia a la 1.

Algo curioso de este cambio y que nos llama mucho la atención, es la tardanza con la que la autoridad (SAT) realiza la publicación de esta actualización, ya que dentro del catálogo aparece como fecha de inicio a partir del 29 de mayo de 2023 mientras que en su página la fecha de publicación corresponde al 01 de junio de 2023.

Adicional, el único país que no aparecía con anterioridad en el catálogo es Ecuador, el cual se incorpora con su moneda dólar, mientras que el resto de los cuatro países ya existían, pero con otras monedas, las cuales son:

País / Clave Moneda
China / CNY Yuan Renminbi
Nicaragua / NIO Córdoba Oro
Uruguay / UYI Peso Uruguay en Unidades Indexadas (URUIURUI)
Venezuela / VEF Bolivar

¿CFDI 3.3 o 4.0?
Tal vez te preguntes a cuáles versiones del CFDI afecta estos cambios (recuerda que aún es posible emitir CFDI en versión 3.3); te queremos aclarar que los cambios comentados en este articulo afecta única y exclusivamente a la generación y timbrado de la versión 4.0 del CFDI.

¿Dónde descargarlo?
Si deseas tener acceso a estos nuevos catálogos, existen dos formas, uno es descargar el nuevo catálogo directamente del servido del SAT, o puedes descargarlo usando la liga que te compartimos a continuación, donde bastará con dar clic en la misma para descargarlos:

Nuevos Catálogos del SAT

Esperamos que esta artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a éste blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

¿Se puede emitir un CFDI versión 3.3 en abril del 2023?

Como ya sabrás, aquellos contribuyentes que por ley estén obligados a emitir Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) en su versión 3.3 tenían hasta el día 31 de marzo para seguir emitiendo este tipo de comprobantes con esa versión, ya que a partir del 1 de abril deberían de hacerlo bajo la versión 4.0 para el CFDI, esto de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

De acuerdo con los artículos décimo noveno y vigésimo quinto transitorio, estos han traído confusión, ya que únicamente se modificó la fecha del mismo al 30 de junio (prórroga del SAT para emitir recibos de nómina), el beneficio es para poder expedir el CFDI a través del aplicativo “Mis cuentas”.

Lo anterior nos sirve como fundamento para compartirles el siguiente caso que recibimos esta semana: Hace algunos días, atendimos el caso de un cliente que quería validar un XML versión 3.3 y cuya fecha de emisión era abril del 2023; esto nos sorprendió, ya que en teoría no se podía emitir esta versión del comprobante después del 31 de marzo del 2023.

Analizando el XML, que amablemente nos compartió el cliente, nos encontramos que éste fue certificado directamente por el SAT, lo cual supone que la emisión, fue, de igual forma, directamente por el uso del propio aplicativo de la autoridad (Mis cuentas).

Al ser un XML recibido, nuestra cliente no sabía cómo éste había sido emitido, pero investigando con el cliente de nuestro cliente, pudimos confirmar que efectivamente fue emitido en el portal del SAT, a través del aplicativo “Mis cuentas”.

Como ya sabrás, para expedir los CFDIs a través del SAT “Mis cuentas”, solo se requiere contar con la clave CIEC, ya que estos XML se sellan directamente con el sello digital del SAT, no se usa el sello del contribuyente emisor; es necesario aclarar, que esto no los hace inválidos, todo lo contrario, estos CFDIs son totalmente válidos para llevar a cabo la deducibilidad y acreditamiento correspondiente.

No sabemos hasta cuando los contribuyentes podrán seguir emitiendo CFDI 3.3 de ingresos dentro del aplicativo del SAT, ya que el SAT no ha emitido algún comunicado o comentario al respecto, esperamos que lo haga en algunos días o en otro caso, tendremos que esperar hasta el 1 de julio del presente año para ver que sucede.

Hemos querido exponer este caso para que no te pase lo que nos pasó a nosotros; no te sorprendas cuando recibas una comprobante versión 3.3; recuerda que aún pueden ser emitidos usando el portal del SAT.

Por cierto, ya hemos actualizado todas nuestras soluciones de validación de comprobantes para dar soporte a este caso:

Hasta la próxima.

Prórroga al recibo de nómina 1.2 con CFDI 3.3

Como ya sabrás, hasta el día 31 de marzo la autoridad, en este caso el SAT, había dado como fecha límite para poder emitir cualquier tipo de comprobante usando la versión anterior del CFDI, esto es, la versión 3.3

Lo anterior significaba que, a partir del 1 de abril del 2023, era necesario que todos usáramos la última versión del CFDI, que es la 4.0.

Pues bien, de último momento el Sistema de Administración Tributaria (SAT), saco un comunicado, exactamente el 011/ 2023, en donde se da una prórroga para la emisión de comprobantes usando la versión 3.3.

Sabemos que este comunicado genera varias dudas y queremos responder todas aquí:

¿Esta prórroga cuando fue publicada?
Fue realizada, hoy 31 de marzo de 2023.

¿Exactamente que dice el comunicado?
Entre otras cosas, dice que se pueden seguir emitiendo recibos de nómina electrónicos con la versión 3.3 del CFDI.

¿Sólo aplica para los recibos de nómina? o ¿También puede ser aplicada a otro tipo de documentos?
El comunicado solo se hace mención al recibo de nómina electrónico.

¿Y qué sucede con las facturas, recibos de pago, etc.?
Para esos documentos, deberás usar obligatoriamente la versión 4.0 con todas las implicaciones que esto tiene.

¿Si trato de timbrar una factura con la versión 3.3 que va a pasar?
El PAC va a rechazar el XML y no lo va a timbrar.

Con esta prórroga, ¿hasta cuándo se podrá continuar emitiendo los recibos de nómina 1.2 usando el CFDI 3.3?
El comunicado indica que esto será posible hasta el día 30 de junio del 2023.

¿De cuanto tiempo es la prórroga?
De acuerdo con lo publicado por el SAT, es de 3 meses, esto quiere decir que, con respecto a los recibos de nómina, podrás continuar emitiéndolos de la forma en que venias haciéndolo durante los sigueintes 3 meses que corresponden a abril, mayo y junio del 2023.

¿Y qué pasará después del 30 de junio del 2023?
Si el SAT no saca otra prórroga, deberás usar la nueva versión del CFDI para emitir tus recibos de nómina, esto es, usar la versión 4.0

¿Por qué el SAT hizo este cambio a último momento y no lo público antes?
Desconocemos el motivo exacto, pero creemos que fue para presionar a que más gente se cambie a la nueva versión del CFDI.

Durante este periodo de prórroga, ¿puedo emitir recibos de nómina con el CFDI 3.3 y 4.0 al mismo tiempo?
Si sin problema lo puedes hacer, es más, algunas empresas lo hacen durante un tiempo, esto porque hacen pruebas para ver que todo funciona correctamente, antes de pasarse definitivamente a la versión 4.0

¿Dónde puedo encontrar el comunicado que saco el SAT sobre este tema?
Lo puedes ver dando clic en el siguiente enlace o entrando directamente a la página del SAT

Comunicado 011/2023

¿Qué otra información contiene el comunicado?
Habla sobre las personas que están en el RESICO y la obligación que tienen estas:

  • Contar con eFirma
  • Contar con el buzón tributario
  • Tener sus datos actualizados

Esperamos que con estos hayan sido resultas tus dudas y como siempre, te invitamos a inscribirte en nuestras redes sociales donde estaremos publicando más información al respecto:

Hasta la próxima.

SAT: Nueva prórroga al CFDI 4.0

Como recordarás, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) viene dando una serie de prórrogas a la emisión del CFDI 4.0 y esta no sería la excepción.

En su comunicado publicado el pasado 28 de noviembre de 2022, vuelve a informar acerca de una nueva prórroga a la generación del CFDI 4.0.

Esta prórroga tiene la finalidad de que las personas contribuyentes, físicas y morales, puedan contar con los datos relativos al nombre, razón o denominación social, el código postal del domicilio fiscal y el uso del comprobante que exigen las disposiciones fiscales para la emisión de los CFDI en su versión 4.0.

Por lo que aquellos contribuyentes que estén obligados a generar este tipo de comprobantes podrán ajustarse a esta nueva prórroga, en la cual se extiende la facilidad para emitirlos en su versión 3.3 hasta el 31 de marzo de 2023.

Por la anterior, podemos concluir que el periodo de convivencia con la versión 3.3 del CFDI se amplía, el cual comprende del 01 de enero de 2022 al 31 de marzo de 2023, por lo que, a partir del 1 de abril del 2023 la única versión válida será la 4.0.

Adicional, y de igual forma, se extiende la entrada en vigor de la versión 2.0 del complemento de recepción de pagos, la cual es compatible con la versión 4.0 del CFDI, siendo obligatorio su uso a partir del 2 de abril del 2023.

Finalmente, tambien te invitamos a ver la prórroga dada por la autoridad a otros tipos de CFDIs, por lo que hemos publicado otro Blog al respecto.

Nueva prórroga a la Carta Porte

Hasta la próxima.

Prórroga a la cancelación de CFDIs de ejercicios anteriores

Cómo recordarás, la cancelación de CFDIs de ejercicios fiscales anteriores al ejercicio fiscal del 2021 estaba sujeto a que solo podría efectuarse hasta el 30 de septiembre de 2022, esto de acuerdo con lo indicado en la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 Anticipada.

Nuevo plazo para cancelación
Ahora el Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplía el plazo hasta el 31 de diciembre de 2022 para llevar a cabo la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de años anteriores.

Plazo en el cual, los contribuyentes podrán corregir las facturas electrónicas o recibos de nómina emitidos en ejercicios anteriores con errores y así poder validarlos para efectos fiscales con los datos correctos.

Esto de acuerdo con lo publicado en la Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 Segunda versión anticipada:

Lo dispuesto en el primer párrafo del presente transitorio estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.”

Adicional, se contempla la cancelación de facturas electrónicas de algún dato erróneo de periodos anteriores a 2022.

En resumen, de acuerdo con las disposiciones vigentes, los CFDIs solo podrían ser cancelados en el ejercicio en el cual fueron emitidos, pero mediante una regla transitoria previa, el SAT permitió la cancelación de facturas de ejercicios anteriores al 2021, y ahora con una nueva facilidad también permite la cancelación de ejercicios anteriores al 2022.

Hasta la próxima.

Prórroga a la emisión del CFDI 3.3

Derivado de la entrada en vigor en la emisión de la nueva versión 4.0 de los comprobantes ficales digitales y la dificultad que el cambio a esta versión a implicado, no solo para los usuarios finales sino también para los desarrolladores, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha decidido ampliar el tiempo de convivencia entre las versiones existentes.

Periodo de transición
Como sabrás, el SAT marco un periodo de transición para continuar emitiendo el CFDI 3.3, siendo este:

El comprendido del 1 de enero al 30 de abril del 2022.

Nuevo periodo de transición
Ahora, el SAT dio a conocer mediante la publicación el pasado 18 de febrero de la versión anticipada a la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su anexo 1-A, donde se destaca:

“Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.”

De acuerdo con lo anterior se amplía el plazo en dos meses más, para seguir emitiendo el CFDI 3.3 hasta el 30 de junio de 2022.

En consecuencia, se asume que la entrada en vigor del uso obligatorio en la emisión del CFDI 4.0 se estaría moviendo en la misma proporción, es decir, dos meses después, de no ser así, no tendría razón de ser el cambio publicado por el SAT.

Si deseas obtener el documento emitido por el SAT, lo podrás obtener dando clic en la siguiente liga;

2aRMRMF2022-primera_versión_anticipada

Hasta la próxima.

Enero 2022: Problemas con la descarga de XML

2022-01-07 11:00 a.m. SOLUCIONADO

Hemos liberado una una actualización, que deberás realizar de forma manual de acuerdo con lo que se indica en el documento que podrán descargar dando clic en la siguiente liga:

Pasos para la actualización

Una vez realizado el procedimiento como se indica en el documento, podrás continuar descargando los XML como lo venias haciendo.

2022-01-07 09:00 a.m.

El servicio de consulta y/o descarga de XMLs del SAT continua respondiendo de forma inestable.

Verificando con algunos usuarios comentan:

  • Que han podido descargar, en una sola ocasión, hasta 2,000 XML, para posteriormente ya no poder realizar descarga alguna.
  • Que obtienen invariablemente los mensajes: “servicio no disponible” y el “error de conexión a internet”, este último significa que existe un error de respuesta por parte del servidor del SAT y no que se trate de un error del internet de la Pc del usuario.

2022-01-06 10:00 a.m.

Se continua monitoriando, por parte de nuestra área de desarrollo, el servicio de consulta y/o descarga de XMLs del SAT el cual continua respondiendo de forma inestable.

Algunos de los usuarios nos han comentado que han podido realizar alguna descargar de XML de forma aleatoria, es decir, después de varios intentos.

Derivado de este incidente, continuamos en espera de que el SAT restablezca el servicio correctamente, por lo que les estaremos informando cualquier cambio al respecto.

2022-01-04 09:00 a.m.

Esté articulo tiene como finalidad informarte todo acerca del problema que se está presentando al momento de descargar los archivos XML, por lo que te invitamos a leerlo en su totalidad, para poder conocer las causas y el estado actual de este tema.

¿Cambios en el SAT?
Como ya será de tu conocimiento, durante el fin e inicio de año, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) estuvo realizando cambios en sus servicios y servidores para dar soporte a:

  • CFDI 4.0
  • Recibo de pago 2.0
  • Proceso de cancelación
  • Constancia de retenciones 2.0

¿Cuándo sucedieron?
Para poder llevar a cabo este proceso de actualización, el SAT, detuvo todos sus servicios relacionados con la factura electrónica el día 31 de diciembre a las 10 pm y los volvió a activar el día 1 de enero a las 2 pm.

Afectaciones
Debido a los cambios realizados, todos nuestros productos no pueden llevar a cabo el proceso de descarga masiva:

  • Electronic Document Download
  • Descargar CFDI
  • Nómina Total

Es importante aclarar que los productos si funcionan, se pueden generar reportes, hacer conciliaciones, etc.; pero al momento que se intentan usar para descargar los XML del servidor del SAT, se genera un error de conexión, este mensaje se presenta cuando el programa ya está dentro del servidor del SAT.

Algunos usuarios nos comentan que no ha habido cambios en el SAT, y aunque visualmente, pareciera que no, la realidad es que si los hay y que esto está afectando el uso de los productos.

Solución
En este momento nuestro equipo de desarrollo se encuentra investigando todo el aspecto técnico del cambio realizado por el SAT, para con esto poder plantear una solución a todos nuestros usuarios.

Por lo anterior, invitamos a todos los usuarios a revisar de forma periódica este artículo, ya que por medio de éste estaremos publicando los avances de este caso hasta la solución final.

SAT: Complemento Carta Porte 2.0

Te damos a conocer, la publicación que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo en su portal, con respecto a la nueva versión del complemento Carta Porte, de donde se desprende la siguiente información:

Publicación del complemento
La publicación del complemento Carta Porte en su nueva versión 2.0 en el portal del SAT fue realizada el día 26 de octubre del 2021.

Vigencia
Esta nueva versión del dicho complemento comienza a ser vigente a partir del día 1 de diciembre del 2021.

Tendrá un periodo de aceptación comprendido entre el 1 al 31 de diciembre de 2021, periodo en el cual:

  • Deberán de emitirse los respectivos comprobantes
  • Se dará por cumplida dicha obligación, aunque estos contengan datos incorrectos con respecto a los requerimientos, ya sea por lo indicado en el estándar del complemento o por la guía de llenado correspondiente.

Documentación
Por lo anterior, te invitamos a que conozcas la nueva versión, dando clic en el siguiente enlace, donde podrás descargar, tanto los documentos técnicos (estándar, catálogos), como los diferentes instructivos de llenado y las preguntas frecuentes.

Documentación para el Complemento Carta Porte v2.0

Nota:
Cabe mencionar que no existe una actualización o versión nueva del archivo que contiene la Matriz de errores.

Versión 1.0
Todo parece indicar que, con esta publicación, la autoridad deja sin efecto la versión 1.0; aún no existe algún pronunciamiento por parte del SAT al respecto, pero creemos que sería el camino más lógico.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Prórroga otorgada al Outsourcing

En la pasada sesión plenaria de la cámara de diputados, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión discutió y aprobó distintos asuntos, entre ellos el tema presentado el 22 de julio referente a reformar los artículos transitorios primero, tercero, cuarto, quinto sexto y séptimo del decreto en materia de subcontratación laboral, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 23 de abril de 2021.

Nueva vigencia
Con lo anterior, se autoriza ampliar los plazos al 1 de septiembre de 2021, para que las empresas que proporcionan servicios de subcontratación cumplan con:

  • La obligación del registro en el REPSE por parte de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS).
  • La entrada en vigor de los aspectos fiscales (deducciones, acreditamientos, etc.).
  • Las empresas que operan bajo un régimen de subcontratación laboral tendrán hasta el 1 de septiembre para traspasar a sus trabajadores al nuevo régimen de subcontratación de servicios u obras especializados.
  • La obtención de los registros patronales por clase, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 75 de la ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se amplia al 1 de septiembre de 2021, donde se podrán dar de baja los registros patronales y de proceder solicitar al instituto se otorgue un nuevo registro patronal.

Con ello, se busca un trato justo a los empleadores sin dar cabida a que continúen las practicas abusivas o simuladas del Outsourcing.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Electronic Document Validator: Carta Porte

En esta ocasión hemos liberado una nueva versión de nuestra librería (DLL) para la validación de comprobantes fiscales digitales: Electronic Document Validador.

No hemos realizado muchos cambios, solo ha sido uno, pero de gran importancia y es el soporte al complemento que el SAT libero para el control del transporte de mercancías: Carta Porte, si aún no tienes información al respecto, te invitamos a leer los diferentes artículos que hemos publicado y que explican a detalle que implicaciones tiene el mismo y como afectan los diferentes productos que manejamos:

Validación del complemento Carta Porte
Como comentábamos líneas arriba, en esta liberación hemos modificado la librería de validación para dar soporte a dicho complemento, esto quiere decir, que al momento de validar un XML y si éste contiene dicho complemento, la librería lo podrá leer y realizará las validaciones respectivas, mostrándote los posibles errores encontrados.

Las validaciones que hemos implementado son:

  • Estructura, en este caso se valida que cada nodo y atributo cumpla con la definición dada por el SAT.
  • Sello, aquí se verifica que el CFDI este correctamente sellado y que no haya sido modificado una vez que fue generado.
  • Timbre, para esta sección se verifica que el XML haya sido correctamente timbrado por el PAC.
  • Certificado, para esta sección se verifica que el documento fue sellado con un certificado generado por el SAT y que pertenece al emisor del documento.
  • Total, aquí verificados que los importes de los documentos estén correctos y las sumas u operaciones de estos correspondan con las fórmulas dadas por el SAT.
  • Schema, en este caso se valida contra los schemas publicados por la autoridad.
  • SAT, también verificamos si el XML (UUID) se encuentra registrado en el SAT y si el emisor de éste se encuentra en las listas negras del SAT (art. 69 y 69 B).

Como podrás observar hemos implementado casi todas las reglas que ofrece el sistema y decimos casi porque lo único que no implementamos en esta versión es la matriz de errores publicada por el SAT, esto quiere decir, que al momento de leer un XML, no se aplican estas reglas, con esto puede darse el caso que un XML puede no ser válido porque no cumple con la matriz de errores y aun así el sistema no muestre error alguno, aunque la teoría nos dice, que si el XML fue certificado, significa que el XML cumplió con la validación hecha por el PAC incluyendo la matriz de errores.

A continuación, encontrarás la liga donde podrás descarga la nueva versión.

DESCARGAR ACTUALIZACIÓN

Como punto final y como ya es costumbre, queremos invitarlos a leer el historial de cambios para que conozcan todas las modificaciones y mejoras realizadas en esta liberación.

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.