SAT: Cambios en la cancelación de un CFDI

Derivado de la publicación de la Cuarta Versión Anticipada a la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y sus Anexos 1 y 1-A, se contempla un cambio importante al proceso de cancelación de un CFDI, el cual consiste en lo siguiente:

Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
Los cambios realizados a la regla 2.7.1.39. de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2021, son:

  • Se disminuye el monto total que ampara un CFDI de hasta $ 1,000.00 (mil pesos 00/100 M.N.) para poder realizar su cancelación sin aceptación del receptor.
  • De igual forma, en cuanto al tiempo para poder realizar la cancelación, éste se disminuye y deberá de realizarse dentro del día hábil siguiente a su expedición.

Esto significa, que si el emisor de una factura quiere realizar la cancelación de una factura sin aceptación del receptor, no deberá de rebasar el monto de $ 1,000.00 pesos, de lo contrario tendrá que ser aprobada por el receptor, quien podrá rechazar o aceptar dicha solicitud como más le convenga.

¿Cuándo entran en vigor los cambios?
Dichos cambios entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Cancelación actual
Cabe mencionar, que la cancelación actual de un CFDI sin aceptación del receptor puede realizarse siempre y cuando no se exceda de $ 5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.) y se tiene un plazo de tres días siguientes a su expedición para llevar a cabo su cancelación.

Si deseas conocer el documento en el cual se especifican los cambios anteriormente descritos, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

3ª RMRMF 2021, 4ª versión anticipada

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Cambios en la descarga masiva de XML del SAT

Como sabrás, las soluciones de Facturando se encuentran en constantes cambios, por lo que en está ocasión te presentamos las mejoras realizadas a nuestra solución especializada en la descarga masiva y administración de los archivos XML: Descargar CFDI.

A continuación, te describiremos los cambios más importantes realizados:

Descarga masiva de XML
Para el caso de la descarga masiva de los CFDIS, a partir de esta versión ya es posible realizar la descarga de documentos que fueron emitidos a partir de 2010.

Este cambio es importante para nuestros usuarios, ya que en algunos casos la autoridad, esto es, el SAT, les solicitaba los comprobantes emitidos a partir del año 2010.

Otro punto que queremos resaltar es que este cambio aplica para cualquier tipo de XML, no importa si es emitido o recibido ni la versión de este, ya que como recordarás, en aquella época se manejaba el CFDI 3.0

Convertir los XML a Excel
El módulo de convertir los XML a Excel es uno de los más usados por nuestros usuarios y en este caso hemos aprovechado para hacer 2 mejoras al mismo:

  • Se agregó soporte para aquellos CFDIs que manejen hasta 4 impuestos locales en el XML.
  • De igual forma, se agregó soporte al IVA del 0.16 contenido en los CFDI en su versión 3.2.

Estas dos mejoras, también aplican para el reporte “Desglose de impuestos”, que como recordarás sirve para obtener el detalle de los impuestos y sus tasas.

Análisis y conciliación de pagos
Con el módulo de análisis y conciliación de pagos, el usuario puede verificar si los comprobantes emitidos con método de pago PPD y los pagos realizas no contienen errores; en este módulo hemos realizado dos mejoras:

  • Ahora es posible incluir dentro del análisis, los CFDIs que contengan como método de pago la clave PUE.
  • Se agregó soporte a los casos cuando más de 2 recibos de pago afectan a un mismo documento, teniendo la misma fecha y hora de pago.

Versión Demo
Este es el cambio más importante de esta liberación y es que ahora todos los usuarios que deseen probar el programa podrán descargarlo y usarlo, con esto podrán conocer todas las características y beneficios de este, y así tener mayor certeza sobre lo que van a adquirir.

A continuación, describiremos las características de esta versión DEMO:

  • Podrás usar, sin restricción alguna, todas las funciones y módulos que ofrece el programa.
  • El tiempo en que podrás hacer uso del programa es de 15 días naturales.
  • Solo podrás registrar una persona física o moral y con ella podrás probar todo el programa.

Una vez concluido el periodo de prueba, podrás contratar el uso del programa dando clic en el botón Comprar.

Para finalizar, te queremos invitar a descargar o actualizarte a esta nueva versión del programa y con esto tener acceso a las mejoras comentadas anteriormente.

Instalar Descargar CFDI

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Hasta la próxima.

SAT: Oficializa la entrada en vigor de la Carta Porte

El pasado 21 de septiembre, la autoridad (SAT) oficializó la prórroga dada a la entrada en vigor de la carta porte, la cual queda establecida en la regla 2.7.1.8 y 2.7.1.9., con el fin de extender la obligatoriedad de este complemento como a continuación se menciona:

Para los efectos de las reglas 2.7.1.8., y 2.7.1.9., así como el artículo Trigésimo Sexto Transitorio de la RMF 2021, el uso del complemento Carta Porte, será obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2021.

Se entiende que cumplen con lo dispuesto en el párrafo anterior, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI al que se incorpore el complemento Carta Porte antes del 1 de enero de 2022 y este no cumpla con los requisitos del “Estándar del complemento Carta Porte” y el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el Complemento Carta Porte”.

Esto significa, que la generación de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) que requieren la incorporación del complemento Carta Porte será obligatorio a partir del 01 de diciembre de este año.

Y tendrás hasta el 01 de enero de 2022 para cumplir la correcta generación del complemento de acuerdo con el estándar e instructivo definidos por la autoridad.

Puedes descargar la TERCERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2021 PRIMERA VERSIÓN ANTICIPADA dando clic aquí.

Descargar Resolución

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Hasta la próxima.

SAT: nuevo aplicativo para solicitud de citas

Con el motivo de mejorar sus servicios de atención gratuita a los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), puso a disposición de los contribuyentes, el pasado 6 de septiembre, el nuevo aplicativo denominado CitaSAT.

Con este aplicativo de solicitud de citas, los usuarios podrán reservar, consultar y cancelar citas para los diferentes servicios de todos los Módulos y Administraciones Desconcentradas de la dependencia de una manera segura, eficaz y sin intermediarios.

A continuación, describimos las fases implementadas previas a la liberación del aplicativo, siendo estas las siguientes:

Primera fase
Durante la primera fase de desarrollo se implementó un código de confirmación vía correo electrónico, el cual debe de ser capturado por el contribuyente para evitar o restringir la posibilidad de que “robots” aparten citas masivas.

Siguientes fases
Se contará con nuevas facilidades para atender la demanda de trámites de manera eficiente y ordenada, brindando con ello una atención de alta calidad.

Ejemplo de ello es la Fila Virtual, la cual dará la alternativa de recibir una cita automáticamente en el momento en que exista disponibilidad conforme al turno que se tenga asignado.

La autoridad promete que con este nuevo sistema y las mejoras que se irán haciendo continuamente, se podrá obtener una cita de manera fácil, segura y rápida.

Seguridad
Cabe mencionar que desde que el aplicativo fue liberado ha sido objeto de ataques cibernéticos que intentan replicar el robo masivo de citas que existía anteriormente pero que hasta el momento han fracasado rotundamente debido a la robustez en la seguridad del programa.

Esta intensa red de ataques cibernéticos provocó en su primer día que el sistema funcionará un poco más lento de lo que se tenia previsto pero su equipo ya esta fortaleciendo la tecnología de apoyo para que esto quedé superado a la brevedad.

Para un correcto desempeño, se recomienda utilizar el aplicativo con las últimas versiones de los navegadores Google Chrome, Microsoft Edge, Mozilla Firefox y Safari.

Para conocer el nuevo aplicativo te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Citas SAT

Esperamos que esta información les sea de utilidad, si tienen alguna duda al respecto, puedes contactar directamente al SAT dando clic aquí

Hasta la próxima.

Complemento Carta Porte: prórroga hasta 2022

Derivado de las reuniones con la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los distintos representantes:

  • Del Consejo Coordinador Empresarial (CCE)
  • La Confederación de Cámaras Industriales (Concamin)
  • Cámara de la Industria de Transformación de Nuevo León (Caintra)
  • La Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar)
  • De la Asociación Nacional del Transporte Privado (ANTP)

Dónde se discutieron, los cambios sobre el complemento Carta Porte, y trayendo como resultado, por parte de la autoridad, la decisión de prorrogar la entrada en vigor de los nuevos requisitos a la generación de comprobantes fiscales digitales con complemento Carta Porte hasta el 1 de enero del 2022.

Antes de la prórroga, estos cambios entrarían en vigor el próximo 30 de septiembre de 2021.

Sin embargo, los cambios podrían generar problemas de logística, flexibilidad y seguridad para los transportistas, ya que todos los días surgen situaciones que deben de solucionarse rápidamente, y estas podrían verse afectadas por el complemento.

Con respecto al tema de seguridad, recordemos que el complemento contiene más de 185 datos como son: la ruta, el valor de la mercancía, fracción arancelaria, etc., información que puede hacer que aumenten las extorciones y robos.

Adicional, se pactaron los siguientes puntos:

  • Se publicarán los cambios al CFDI antes del 15 de septiembre.
  • Oficialmente, la prórroga es hasta el 30 de noviembre para después, dar inicio a un periodo de prueba comprendido del 1 al 31 de diciembre. Periodo durante el cual se llevarán a cabo mesas de trabajo para discutir temas jurídicos y de seguridad.
  • La autoridad (SAT) deberá de desarrollar una App para facilitar el trámite a las pequeñas empresas transportistas.

Continuarán las mesas de trabajo en los siguientes días, donde uno de los temas pendientes es la reducción de la información y requisitos para los transportes de una misma ciudad.

Con información del El Universal y Revista Automotores.

https://www.eluniversal.com.mx/cartera/aplaza-sat-hasta-2022-carta-porte-de-transportistas

ww.automotores-rev.com/aplazan-al-1-de-enero-2022-complemento-carta-porte/

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Hasta la próxima.

Cambios al emitir un CFDI con Complemento Carta Porte

Continuando con el tema de la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) con el complemento Carta Porte no olvides que el próximo 30 de septiembre del 2021 se vuelve obligatorio.

Dicho comprobante, deberá de contener toda la información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente a los medios por el que se transportan, ya sean por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso, la incorporación de la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

Cambios
Pero el tema principal de este blog es darte a conocer los cambios detectados que deberás de considerar al momento de llevar a cabo la generación de un CFDI que contenga el complemento Carta Porte.
Dentro de los cambios detectados a la documentación que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pone a disposición de los contribuyentes en su página, con respecto a este complemento tenemos los siguientes:

Preguntas Frecuentes
Para el caso del archivo que contiene las preguntas y respuestas correspondientes al complemento, se detectó que de la relación publicada en julio contra el mes de agosto son:

Preguntas Generales
Las diferencias para esta sección, no es la cantidad de preguntas que en total son 9, sino en el contenido de ellas, ya que 4 continuan en la lista, aunque su ubicación en la misma si cambio; 1 de ellas se separó convirtiéndose en 2 preguntas; 4 de ellas desaparecieron del listado, mientras que 3 preguntas son nuevas.

Autotransporte Federal
Para esta sección de preguntas y respuestas, la cantidad total se incrementó en una, pasando de 17 a 18, de estas solo 1 conserva su lugar original en ambas listas, 11 siguen apareciendo tanto en una lista como en la otra, aunque no conservan su número en el orden de aparición; 3 de ellas ya no aparecen en la lista de agosto, mientras que en la lista de agosto aparecen 4 nuevas preguntas.
En lo que respecta a las otras secciones, correspondientes al Autotransporte Marítimo, Aéreo y Ferroviario, la cantidad de preguntas totales para casa sección son las mismas, no cambio.

Redacción
En lo que respecta a la redacción de las preguntas, para el listado de agosto, en su mayoría, por no decir que, en casi todas, cambio ligeramente su redacción sin perder el sentido de estas.

Schema
Para el caso de la estructura del XML, el cambio corresponde al atributo Matricula del nodo Transporte Marítimo, siendo el cambio l siguiente:

Antes:
Longitud mínima: 6
Longitud máxima: 7

Actual:
Longitud mínima: 7
Longitud máxima: 30

Este cambio es de suma importancia tomarlo en cuenta al momento generar el XML con el fin de no incurrir con errores de validación contra el schema.

Si deseas obtener las versiones más recientes de la documentación publicada por el SAT para este complemento, puedes dar clic en el siguiente enlace para descargarla.

Documentación Carta Porte

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Hasta la próxima.

Complemento Carta Porte: Todo lo que debes saber

Como recordarás, está por vencer, el próximo 29 de septiembre de 2021, la generación de Comprobantes Ficales Digitales a través de Internet (CFDI) con complemento Carta Porte de forma opcional, para pasar a su generación de forma obligatoria a partir del 30 de septiembre de 2021, por lo que tenemos el agrado de invitarte al curso gratuito en el que se hablará sobre:

  • Complemento Carta Porte: todo lo que debes saber

Este se llevará a cabo el próximo 8 de septiembre de 2021 en un horario de las 17:30 a 19:00 horas, horario de la Ciudad de México.

Es importante aclarar que este curso o platica es totalmente gratuito y abierto, por lo que cualquier persona puede asistir, solo deberás suscribirte al mismo.

A continuación, encontrarás el detalle de este:

Día 8 de septiembre

Para este curso, el objetivo es generar un espacio de encuentro y diálogo para dar a conocer los pormenores del Complemento Carta Porte, fortaleciendo con ello, la cultura contributiva.

A continuación, te compartimos el enlace correspondiente:

Suscríbete para el curso día 8 de septiembre

Queremos aprovechar esta oportunidad para darte a conocer nuestras soluciones que ya manejan el Complemento Carta Porte, tanto en la generación como en la validación de CFDIs.

Generación

Validación

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Hasta la próxima.

Conoce el catálogo de empresas con registro en el REPSE

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con base en lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, ha puesto a disposición de los contribuyentes, el catálogo de aquellas empresas que han cumplido con la condición para poder prestar los servicios especializados, consistente en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).

Dicho catálogo está disponible para su consulta en la página de la Secretaría, por lo que la autoridad recomienda que si se van a contratar servicios especializados es importante verificar que cuenten con el registro en el REPSE.

A continuación, te decimos cómo consultar el catálogo, para ello deberás de dar clic en la siguiente liga:

Catálogo REPSE

Una vez que se esta en la página principal, deberás de dar clic en la opción “CONSULTA EL CATÁLOGO” donde se desplegará la siguiente información:

“En cumplimiento a lo establecido en el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, que establece la obligación de publicar en un portal de internet el padrón de personas físicas o morales que obtengan el registro para proporcionar servicios especializados o la ejecución de obras especializadas mediante subcontratación, se pone a disposición de cualquier interesado la versión pública del Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas.
Lo anterior con apoyo en lo dispuesto por los artículos 2, fracción XVII, 5 y 22, fracción VIII de la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados; 120, segundo párrafo, fracción I de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 117, segundo párrafo, fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.”

Podrás acceder al catálogo, dando clic al botón “Consultar” acción que desplegará una relación de empresas con la siguiente información:

  • Razón social
  • Número de registro
  • Botón “Seleccionar”

Al dar clic al botón “Seleccionar” se desplegarán los siguientes datos:

  • Folio
  • Nombre o Razón Social
  • Entidad y Municipio
  • Número y Fecha del aviso de registro
  • Relación de las actividades o servicios ofrecidos

Para mayor comodidad, la aplicación permite realizar búsquedas por medio del nombre o razón social.

Al día de hoy, el catálogo se encuentra integrado por 25,283 registros (empresas).

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Hasta la próxima.

Conoce las sanciones por contratar empresas sin registro REPSE

Como sabrás, derivado de los cambios realizados a la reforma correspondiente a la subcontratación (outsourcing) existe un punto muy importante que debes de tener en cuenta, por lo que te explicamos en que consiste.

Las empresas que brindan servicios especializados tienen la obligación de estar inscritos ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), por lo que la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 15 establece que tanto las personas físicas como morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deberán de contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

En consecuencia, las empresas prestadoras de estos servicios, que no realicen o no cuenten con este registro y trabajen en la ilegalidad, y de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), se harán acreedores a la siguiente multa:

  • Se impondrá una multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), esto es, teniendo en cuenta que la UMA para 2021 es de $ 89.62 pesos, la multa va desde $ 179,240 hasta los $ 4,481,000 pesos.

Pero eso no es todo, ya que esta multa podrá ser aplicable no solo para la empresa prestadora del servicio sino también para la contratante de los mismos, es decir, la que se beneficie de la subcontratación.

Por lo que es de suma importancia que antes de contratar un servicio especializado, te cerciores de que la empresa prestadora del servicio cuente con el registro correspondiente.

Si deseas saber cómo y dónde consultar las empresas que ya cuentan con este registro, te invitamos a dar clic a la siguiente liga que lleva al blog que hemos preparado para ti con respecto a este tema.

Consulta catálogo REPSE

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Hasta la próxima.

EDV: Mejoras al proceso de validación de XML

Hoy, hemos liberado una nueva versión (2021.06.11) de nuestra librería (DLL) para validación de comprobantes fiscales digitales CFDI – XML: Electronic Document Validator.

Esta es una liberación de mantenimiento, esto significa que no trae cambios importantes solo correcciones y mejoras menores, aun así, te invitamos a leer este articulo en su totalidad, ya que al final de éste comentamos un anuncio importante que haremos para la siguiente versión.

Soporte a nuevos certificados
Hemos agregado soporte a los nuevos certificados de los siguientes PACs:

  • Soluciones Digitales Avanzados, S.A. de C.V. (00001000000506207848)
  • Servicios Tecnológicos Avanzados, S.A. de C.V. (00001000000506204896)
  • Ekomercio Electrónico, S.A. de C.V. (00001000000506194045)
  • 4G FACTOR, S.A. DE C.V. (00001000000506442863)
  • CPA Control de Comprobantes, S. de R.L. de C.V. (00001000000506403528)
  • Dot Net Desarrollo de Sistemas, S.A. de C.V. (00001000000506884772)
  • Desarrollo Corporativo de Negocios, S.A. de C.V. (00001000000507135328)
  • Carvajal Tecnología y Servicios, S.A. de C.V. (00001000000506248998)
  • Freight Ideas, S.A. de C.V. (00001000000506236653)
  • Masteredi, S. A. de C.V. (00001000000506315610)
  • Certus Aplicaciones Digitales, S.A. de C.V. (00001000000507247013)
  • EDIFACTMX, S.A. de C.V. (00001000000506267356)
  • Servicio y Soporte en Tecnología, S.A. de C.V. (00001000000506202789)
  • SeguriData Privada, S.A. de C.V. (00001000000507469141)

Manejo de decimales
Como ya sabes, una de las verificaciones que hace la librería son los totales (impuestos, descuentos, subtotal, etc.) y para esto existen dos formas hacerlo:

  • Estricta: En donde no se toman en cuenta los decimales y 94.00 es diferente a 93.750
  • Decimales: En donde se toman en cuenta los decimales y se redondean los importes, por lo tanto, 94.00 es igual a 93.750

En versiones anteriores, la forma de comparar por defecto era Estricta, pero detectamos que la mayoría de nuestros usuarios la cambiaban a decimales, es por esto por lo que a partir de esta versión Decimales será la opción por defecto.

Si deseas cambiarlo y retornar a como estaba antes, deberás agregar esta línea de código:

report.Manage.CompareMethod = CompareMethodType.Strict;

Correcciones
Cuando se validaba un CFDI que en el atributo descuento tuviera más de dos decimales, algunas veces lo mostraba como un error cuando realmente no aplicaba el mismo.

Cambios al .Net Framework requerido
Aunque este no es un cambio como tal para esta versión, si queremos hacer del conocimiento de todos nuestros usuarios lo que se tiene planeado para la siguiente versión.

Actualmente para poder hacer uso de la librería se requiere .Net Framework 2.0; a partir de la siguiente liberación será necesario el uso de la versión 4.5.2 o superior.

Es importante mencionar que cuando liberemos la nueva versión no será necesario que te cambies a la misma, solo ten en cuenta que todas las mejoras se realizarán sobre la nueva versión y si quieres aprovechar dichas mejoras, será necesario que te actualices.

Si tienes algún inconveniente con el cambio que estamos planeando, por favor, ponte en contacto de forma telefónica para conocer tu caso a detalle.

Para finalizar te recomendamos leer el historial de cambios para conocer el detalle de los cambios realizados.

Si deseas actualizarte a la última versión puedes dar clic en la siguiente liga:

DESCARGAR LA ÚLTIMA VERSIÓN

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Hasta la próxima.