Da el SAT prórroga en la emisión de un CFDI 3.3

Como parte de nuestro compromiso de mantenerte informado, en Facturando en esta ocasión queremos compartir contigo la prórroga que ha dado el SAT en cuanto a la emisión del CFDI 3.3.

El día de hoy el SAT, por medio del comunicado 2017_125, ha anunciado facilidades para la implementación de la nueva factura electrónica, es decir en la emisión del CFDI 3.3, en donde:

Emisión del CFDI 3.3
Se amplía el periodo de convivencia opcional de la nueva factura (CFDI 3.3) hasta el 31 de diciembre de 2017, es decir se amplia el plazo un mes más, para ser obligatorio a partir del 1 de enero de 2018.

Complemento recepción de pagos
Para el caso de la emisión de comprobantes fiscales digitales con complemento para recepción de pagos, su emisión será opcional hasta el 31 de marzo de 2018, es decir entra en vigor su emisión como estaba estipulado el 1 de diciembre, quedando de forma opcional durante el periodo antes citado.

Cancelación de facturas
En cuanto al nuevo proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas éste entrará en vigor hasta el 1 de julio de 2018.

Errores en la emisión de un CFDI 3.3
En caso de existir posibles errores en la emisión de un CFDI 3.3, en cuanto al uso de las claves de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, está no será considerada como una infracción, esto hasta el 30 de junio de 2018, a partir de esa fecha el uso de las claves deberá de hacerse de forma correcta.

En conclusión
Derivado de la cercanía y diálogo con el sector privado, y atendiendo a los avances en las acciones realizadas por los contribuyentes en los últimos meses en cuanto en la adopción integral de las mejoras en sus procesos de facturaión, el Servicio de Administración Tributaria informa lo siguiente:

  • A partir del 1 de julio del 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1 de enero del 2018, la única versión válida será 3.3.
  • La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.
  • El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio del 2018.
  • Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.

En los próximos días, la autoridad, estará publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.

Esperamos que esta publicación te haya sido de utilidad, reiteramos nuestro compromiso de mantenerte informado.

Si deseas conocer el comunicado publicado por el SAT, solo bastará con dar clic en el siguiente enlace.

Comunicado Oficial

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Validador CFDI – Estas listo para validar el nuevo recibo de pago

Como sabrás el próximo 1 de diciembre entrar en vigor la emisión del nuevo recibo de pago en su versión 1.0 o también conocido como “Recibo Electrónico de Pago” la pregunta es ¿Si estás preparado no solo para la emisión, sino para la correcta validación del mismo?, esta funcionalidad de validación la encontrarás en la nueva liberación del Validador CFDI en su versión 2017.11.13 la cual detallaremos a continuación:

Validación de XML
En esta nueva versión encontrarás la nueva funcionalidad que te permite llevar a cabo la validación de Comprobantes Digitales Fiscales a través de Internet (CFDI) que contengan los siguientes complementos:

  • Recibo de nómina en su versión 1.2
  • El nuevo recibo de pago versión 1.0

Como ya es costumbre, hemos agregado diferentes tipos de validaciones que podemos resumir así:

  • La estructura del XML
  • Este correctamente sellado
  • Que el timbre sea válido
  • Certificado
  • Los totales
  • Contra los schemas dados por el SAT
  • Que el CFDI exista en el SAT

En una siguiente versión, estaremos implementando las validaciones adicionales especificadas por el SAT.

Descarga del SAT de los XMLs
También, mejoramos el proceso de consulta o descarga de los comprobantes recibidos, el cambio en este caso consiste en la descarga total de archivos XML dentro de un periodo en el cual exista algún día intermedio que no contenga archivos XML para descargar, anteriormente el proceso se detenía al detectar esta condición.

Contabilidad electrónica 1.3
Adicionalmente, hemos agregado soporte a la validación de los archivos que conforman la contabilidad electrónica (catálogo de cuentas, balanza de comprobación, pólizas contables y auxiliares de cuentas y folios) para su nueva versión 1.3; este, aunque pareciera un cambio menor y sin mucha transcendencia, la realidad es que ha sido solicitado por varios usuarios, por lo que quisimos agregarlo en esta liberación

Configuración regional
A partir de esta versión se verifica la configuración regional de la PC donde se encuentra instalado el Validador CFDI, esta verificación garantiza el buen funcionamiento del programa, al detectarse que la configuración corresponde a ESPAÑOL – MÉXICO, de lo contrario se mostrará un mensaje de error indicando que la configuración regional no es la correcta y son deshabilitadas algunas opciones, entre ellas, la validación de XML.

Validar un certificado
Al momento de leer y validar un certificado, ahora el sistema verifica si el mismo se encuentra registrado en la LCO y si se encuentra vigente, esto es de gran ayuda para cuando no puedes llevar a cabo el timbrado de facturas.

Esos son solo algunos de los cambios realizados, si deseas conocer a cerca de todo lo que incluye esta versión, podrás consultar el historial de cambios.

Para que tener acceso a las mejoras ofrecidas en esta versión, deberás de llevar a cabo la actualización de la misma dando clic en la siguiente liga:

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

DLL para validar el recibo de pago

Hoy traemos una nueva versión de nuestra librería para validar el CFDI: Electronic Document Validator y en esta ocasión hemos realizado varios cambios, uno de ellos, es el más solicitado por todos nuestros usuarios (DLL, Validador y WebService).

A continuación, encontrarás una descripción de los cambios más importantes:

Recibo de pago
Como sabrás, muy pronto será obligatorio el uso del CFDI 3.3 y con este viene el recibo de pago, es por esto, que decidimos agregar soporte al mismo en esta liberación, por lo que, a partir de esta versión podrás validar todos los recibos de pago emitidos y recibidos.

Como ya es costumbre, hemos agregado diferentes tipos de validaciones que podemos resumir así:

  • La estructura del XML
  • Este correctamente sellado
  • Que el timbre sea válido
  • Certificado
  • Los totales
  • Contra los schemas dados por el SAT
  • Que el CFDI exista en el SAT

En una siguiente versión, estaremos implementando las validaciones adicionales especificadas por el SAT.

Recibo de nómina
Este era la solicitud más realiza por nuestros clientes, y es la capacidad de validar los recibos de nómina versión 1.2, y decimos que era, porque con esta versión ya podrás validar este tipo de comprobantes.

Al igual que el recibo de pago, se han implementado las mismas secciones y también estaremos agregando las validaciones adicionales especificadas por el SAT en una siguiente versión.

Contabilidad electrónica 1.3
Este, aunque pareciera un cambio menor y sin mucha transcendencia, la realidad es que ha sido solicitado por varios usuarios, por lo que quisimos agregarlo en esta liberación, ahora podrás validar la nueva versión de la contabilidad electrónica.

Cambios menores
Hemos aprovechado esta liberación para realizar dos cambios menores:

  • Dar soporte a los cambios realizados a los catálogos del CFDI 3.3, si deseas conocer más al respecto puedes dar clic aquí.
  • Se mejoró el algoritmo que valida la CURP, ahora se valida el digito verificador.

Representación impresa
Como recordaras, EDV tiene la capacidad de generar la representación impresa (PDF) de un CFDI; esta funcionalidad ha sido marcada como obsoleta y será elimina en la siguiente versión.

Si requieres esta función, te invitamos a hacer uso de nuestra librería para generar el PDF de un CFDI (Factura, recibo de nómina, recibo de pago): Electronic Document Printer.

Si deseas conocer a detalle los cambios realizados, te invitamos a leer el historial de cambios.

Como podrás observar, han sido varios e importantes los cambios realizados, por lo que te invitamos  a actualizarte.

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Hasta la próxima.

Electronic Document Server versión 2017.11.11

Hoy hemos liberado una nueva versión de nuestra solución para generar Comprobantes Fiscales 3.3 a través de archivos de texto: Electronic Document Server.

Esta liberación es lo que se conoce como una versión de mantenimiento, ya que no incluye mejoras importantes, solo mejoras menores y una corrección.

CFDI Relacionados
Este es el cambio más importante de esta liberación, en este caso se trata de una corrección que está relacionada con la generación del CFDI 3.3 por lo que recomendamos a todos los usuarios actualizarse a esta version (2017.11.11) antes de iniciar en producción con el CFDI 3.3

El problema se presenta con el nodo CFDI Relacionados, ya que, aunque la información si existía en el TXT, el sistema (EDS) no leía la misma y por lo tanto se generaba el CFDI sin dicho nodo.

Soporte a los catálogos del SAT
Como te habrás enterado, hace un par de semanas el SAT liberó nuevos cambios a los catálogos relacionados con el CFDI, si no conoces del tema, te invitamos a dar clic aquí.

Lo que hemos hecho en esta nueva versión es ofrecer compatibilidad con los mismos, por lo que ya no tendrías problema si deseas usar las nuevas claves.

Como podrás observar, solamente han sido 2 los cambios en esta versión, pero creemos que son muy importantes, por lo que, nuevamente recomendamos a todos los usuarios a actualizarse a esta versión antes de iniciar con el CFDI 3.3

Para un mayor detalle de los cambios, te invitamos a revisar el historial de cambios.

Para tener disponibles todos los cambios ofrecidos en esta nueva versión, deberás de llevar a cabo la actualización de la aplicación, dando clic en la siguiente liga:

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

 

¿Es necesario cambiar el Certificado de Sello Digital para CFDI 3.3?

En esta ocasión nos da gusto saludarte y poder informarte acerca del tema en la emisión de un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) en su versión 3.3.

En las últimas semanas varios de nuestros clientes nos han contactado para resolver dudas con respecto a la generación del CFDI y el certificado del sello digital, esto se debe a que, en algunos sitios de internet, están apareciendo artículos donde dicen que es necesario cambiar o actualizar el certificado de sello para poder emitir el CFDI 3.3, siempre y cuando el certificado haya sido firmado con el algoritmo SHA1.

Queremos informarte que esto no es correcto y la confusión nace del cambio que hizo el SAT al firmar el CFDI (SAH1 -> SHA256); aunque el SAT si realizó este cambio, este solamente aplica para para el momento en que se genera el CFDI y no tiene nada que ver con el certificado.

Aunque estábamos seguros lo anteriormente comentado, aun así, nos dimos a la tarea de consultar a la autoridad (SAT) y también a algunos de nuestros PACs asociados y todos ellos nos confirmaron que no es necesario realizar el cambio de certificado, para emitir el CFDI 3.3 solo se requiere que tu certificado sello este vigente y activo.

Con lo anterior queda confirmado que no es necesario cambiar el certificado de sello para emitir el CFDI 3.3, pero si aun con todo esto, deseas realizarlo, puedes hacerlo, no hay problema, solo recuerda que no es necesario.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

SAT: CFDI 3.3 Recepción de pagos

En Facturando siempre queremos mantenerte informado, por lo que ponemos a tu disposición la siguiente publicación correspondiente a la factura de recepción de pagos o también conocido como “Recibo Electrónico de Pago” en donde se detalla todo lo relacionado en la emisión de este tipo de comprobante.

¿Qué es?
El recibo electrónico de pago es un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) en el cual se incorpora información específica sobre los pagos recibidos, ya sea por la recepción de pagos en parcialidades o pago diferido.

¿Quién lo emite?
El CFDI con “Complemento para recepción de pagos” es emitido por el contribuyente que reciba el pago de una contraprestación, esto es, el emisor del comprobante inicial.

Vigencia
La emisión del recibo electrónico de pago entró en vigor de forma opcional el pasado 1 de julio de 2017, para convertirse en obligatorio a partir del 1 de diciembre de 2017.

Consideraciones
Para llevar a cabo la correcta emisión del recibo electrónico de pago, se deberán de tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

  • La emisión de este recibo solo podrá generarse con la versión 3.3 del CFDI.
  • El plazo máximo para su emisión es al décimo día natural del mes siguiente en el que fue recibido el pago.
  • No se podrá emitir un CFDI con complemento de recepción de pagos con una fecha de pago futuro.
  • Debe de expedirse solo para los siguientes casos:
    • Por la recepción de pagos en parcialidades.
    • En los casos en que se reciba el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero que ésta no sea cubierta al momento de la expedición de la factura.
    • Cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión de la factura correspondiente
  • Se podrá emitir un solo recibo de pago por todos los pagos recibidos en un periodo de un mes, siempre y cuando estos correspondan a un mismo receptor del comprobante
  • Si no existe indicación del pagador en cuanto a el o los CFDIs a los que se aplicará el pago, el receptor del pago lo aplicará al o los CFDIs pendientes de pago más antiguos.

Cancelaciones
Para el caso de cancelaciones, las consideraciones a tomar en cuenta son las siguientes:

  • Cuando exista un CFDI con complemento de recepción de pago que acredite que la contraprestación ha sido total o parcialmente pagada, el CFDI por el total de la operación no podrá ser cancelado.
  • Podrá cancelarse un recibo electrónico de pago con errores, siempre y cuando exista uno nuevo que lo sustituya.
  • Si existe un CFDI para recepción de pagos que no debió de haberse emitido por que la contraprestación ya se había pagado totalmente, al cancelarse el mismo deberá sustituirse por otro con un importe de un peso.

Llenado del comprobante

Deberá de ponerse extremada atención al llenado de este tipo de comprobantes debido a que tiene características muy específicas.

A continuación, se describen los únicos datos y su valor que deberán de existir en un CFDI con complemento de recepción de pagos, siendo estos los siguientes:

  • Version = 3.3
  • Serie = número de serie para control interno, conformado de 1 hasta 25 caracteres alfanuméricos
  • Folio = folio de control interno, acepta de 1 hasta 40 caracteres alfanuméricos
  • Fecha = fecha y hora de expedición del comprobante, expresado en el formato AAAA-MM-DDThh:mm:ss
  • Sello = sello digital del comprobante generado con el certificado de sello digital del contribuyente utilizado en la emisión del comprobante
  • NoCertificado = número que identifica al certificado de sello digital del emisor
  • Certificado = contiene el certificado de sello digital del emisor
  • SubTotal = deberá de registrarse el valor de cero “0”
  • Moneda = se registra como valor “XXX”
  • Total = se debe de registrar como valor cero “0”
  • TipoDeComprobante = deberá registrarse la clave “P” (Pago)
  • Lugar de expedición = registrar el código postal del lugar de expedición del comprobante, este debe de corresponder con alguna clave de código postal del catálogo del SAT
  • Confirmacion (opcional) = se deberá de registrar, cuando se requiera, la clave de confirmación cuando se expida el comprobante con importes o tipo de cambio fuera del rango permitido
  • CfdiRelacionados (opcional) / TipoRelación = registrar la clave “04” (Sustitución de los CFDIs previos), cuando se trate de la sustitución de un recibo electrónico de pagos por corrección de errores
  • CfdiRelacionado (opcional) / UUID = registrar el folio fiscal (UUID) del comprobante relacionado
  • Emisor / Rfc = registrar la clave en el registro federal de contribuyentes del emisor del comprobante (Longitud: persona física 13 posiciones, persona moral 12 posiciones)
  • Emisor / Nombre = registrar el nombre, denominación o razón social del emisor del comprobante fiscal
  • Emisor / RegimenFiscal = registrar la clave del régimen fiscal del contribuyente emisor bajo el cual se está emitiendo el comprobante (ver catálogo c_RegimenFiscal)
  • Receptor / Rfc = se debe registrar la clave en el registro federal de contribuyentes del receptor del comprobante (Longitud: persona física 13 posiciones, persona moral 12 posiciones)
  • Receptor / Nombre = registrar el nombre, denominación o razón social del receptor del comprobante fiscal
  • Emisor / ResidenciaFiscal (opcional) = cuando el receptor del comprobante sea un residente en el extranjero, se debe registrar la clave del país de residencia para efectos fiscales del receptor del comprobante
  • Emisor / NumRegIdTrib (opcional) = captura el número de registro de identidad fiscal del receptor del comprobante fiscal cuando éste sea residente en el extranjero
  • Emisor / UsoCFDI = se debe registrar la clave “P01” (Por definir)
  • Conceptos / Concepto / ClaveProdServ = se debe registrar el valor “84111506”
  • Conceptos / Concepto / Cantidad = registrar el valor “1”
  • Conceptos / Concepto / ClaveUnidad = se debe registrar el valor “ACT”
  • Conceptos / Concepto / Descripcion = registrar el valor “Pago”
  • Conceptos / Concepto / ValorUnitario = se debe registrar como valor “0”
  • Conceptos / Concepto / Importe = se debe registrar el valor “0”

Llenado del complemento recepción de pagos
Para el caso del llenado del complemento de recepción de pagos, deberán de existir y contener los siguientes valores:

  • Version = 1.0
  • FechaPago = Se debe registrar la fecha y hora en la que el beneficiario recibe el pago, bajo el formato AAAA-MM-DDThh:mm:ss
  • FormaDePAgoP = Se debe registrar la clave correspondiente a la forma en que se recibió el pago, de acuerdo con el catálogo c_FormaPago, la cual debe ser siempre distinta a la clave 99 (Por definir)
  • MonedaP = Se registra la clave correspondiente a la moneda con la que se recibió el pago, hasta con la cantidad de decimales que soporte, si el valor es diferente de la clave “MXN”, deberá de existir el campo TipoCambioP, su valor nunca podrá ser igual a “XXX”
  • TipoCAmbioP (condicional) = Se debe registrar el tipo de cambio de la moneda a la fecha en que se recibió el pago, cuando MonedaP sea diferente de “MXN”
  • Monto = Deberá de registrarse el importe del pago, este debe ser mayor a cero “0” y menor o igual al campo ImpPagado
  • NumOperacion (condicional) = Se puede registrar el número de cheque, número de autorización, número de referencia, clave de rastreo en caso de ser SPEI, línea de captura o algún número de referencia o identificación análogo que permita identificar la operación correspondiente al pago efectuado, podrá ser de 1 hasta 100 caracteres
  • RfcEmisorCtaOrd (condicional) = registrar la clave del RFC de la entidad emisora de la cuenta origen (operadora, banco o institución financiera, etc.), si se trata de un residente en el extranjero se deberá registrar la clave del RFC genérico XEXX010101000
  • NomBancoOrdExt (condicional) = se debe expresar el nombre del banco ordenante, es requerido en caso de ser extranjero
  • CtaOrdenante (condicional) = registrar el número de la cuenta con la que se realizó el pago, podrá ser de 10 hasta 50 caracteres
  • RfcEmisorCtaBen (condicional) = registrar la clave del RFC de la entidad emisora de la cuenta destino (operadora, banco o institución financiera, etc.)
  • CtaBeneficiario (condicional) = incorporar el número de cuenta en donde se recibió el pago
  • TipoCadPago (condicional) = Se puede registrar la clave del tipo de cadena de pago que genera la entidad receptora del pago. Por el momento la única calve permitida es 01 – SPEI, si existe este campo es obligatorio registrar los campos CertPago, CadPago y SelloPago
  • CertPago (condicional) = Es el certificado que corresponde al pago, como una cadena de texto en formato base 64
  • CadPago (condicional) = Es la cadena original del comprobante de pago generado por la entidad emisora de la cuenta beneficiaria
  • SelloPago (condicional) = Es el sello digital que se asocie al pago, debe ser expresado como una cadena de texto en formato base 64

Relación de documentos que ampara el pago
En cuanto a los documentos que amparan al recibo de pago tenemos:

  • IdDocumento = Se debe registrar el identificador del documento relacionado con el pago. Este dato debe ser un folio fiscal (UUID) de la Factura Electrónica
  • Serie (opcional) = Se puede registrar la serie del comprobante para control interno del contribuyente, acepta una cadena de caracteres desde 1 hasta 25
  • Folio (opcional) = Se puede registrar el folio del comprobante para control interno del contribuyente, acepta una cadena de caracteres desde 1 hasta 40
  • MonedaDR = Se debe registrar la clave de la moneda utilizada en los importes del documento relacionado, se deberá considerar lo siguiente:
    • Cuando se usa moneda nacional o el documento relacionado no especifica la moneda se registra MXN (Peso Mexicano)
    • Los importes registrados en los campos ImpSaldoAnt, ImpPagado e ImpSaldoInsoluto de esta sección, deben corresponder a esta moneda
    • Este campo no debe contener la clave “XXX”
    • Si este campo y el campo MonedaP son MXN, no debe existir TipoCambioDR
    • Si este campo es MXN y diferente de MonedaP, TipoCambioDR debe ser “1”
  • TipoCambioDR (condicional) = Es el tipo de cambio correspondiente a la moneda registrada en el documento relacionado
  • MetodoDePagoDR = Se debe registrar la clave PPD (Pago en parcialidades o diferido) que se registró en el campo MetodoPago del documento relacionado
  • NumParcialidad = Es el número de parcialidad que corresponde al pago. Es requerido cuando MetodoDePagoDR contiene Pago en parcialidades o diferido). En el caso de que el pago sea diferido, se debe registrar el valor “1”
  • ImpSaldoAnt (condicional) = Es el monto del saldo insoluto de la parcialidad anterior. Es requerido cuando MetodoDePagoDR contiene Pago en parcialidades o diferido). En el caso de que sea la primera parcialidad este campo debe contener el importe total del documento relacionado. En el caso de que se reciba el pago diferido, se debe registrar el monto total de la operación del documento relacionado. Este dato debe ser mayor a 0
  • ImPagado (condicional) = Es el importe pagado que corresponde al documento relacionado. Este dato es obligatorio cuando exista más de un documento relacionado o cuando existe un documento relacionado y el campo TipoCambioDR tiene un valor. El importe debe ser mayor a 0
  • ImpSaldoInsoluto (condicional) = Es la diferencia entre el importe del saldo anterior y el monto del pago. Debe ser mayor o igual a 0 y debe calcularse de los campos: ImpSaldoAnt menos el ImpPagado
  • Impuestos = Este nodo no debe existir

Beneficios
Dentro de los beneficios que trae consigo la emisión de la factura de recepción de pagos tenemos:

  • Evita la cancelación indebida de facturas
  • Evita la falsa duplicidad de ingresos en la facturación de parcialidades
  • Se podrá identificar si una factura ha sido o no pagada

Soluciones para el recibo de pago
Si deseas emitir un recibo electrónico de pago, queremos comentarte que ya todas nuestras soluciones ofrecen soporte al mismo:

  • EDL, librería (DLL) para generar los recibos.
  • EDS, software con el que, usando archivos de texto, podrás generar tus recibos electrónicos de pago.

Con respecto a la descarga de los mismos del SAT, queremos comentarte que nuestras soluciones ya están preparadas para este:

  • El Validador CFDI ya soporta la descarga de los recibos electrónicos del servidor del SAT
  • EDD, Librería que ofrece la posibilidad de descargar estos documentos del SAT.

Si estas interesado en la validación de los recibos electrónicos, actualmente nos encontramos trabajando para ofrecer soporte a los mismo en la librería de validación (EDV) y en el software para validar los XML (Validador CFDI).

Recursos adicionales
Hemos recopilado una serie de documentos y videos donde se ofrecer más información acerca de este tema y los cuales te recomendamos leer:

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Librería para imprimir CFDI 3.3 – Recibo de pago

Hoy hemos liberado una nueva version de nuestra librería para generar el PDF de un CFDI: Electronic Document Printer.

Recibo de pago
En esta ocasión, el cambio más importante en esta ocasión es el que se pueda imprimir un recibo de pago 1.0. En versiones anteriores se podía realizar esto, pero el formato no estaba adaptado para mostrar los datos del mismo, por lo que nuestro equipo de desarrollo se dio a la tarea de modificar el formato actual (Cfdi33.repx) y adaptarlo con los nuevos datos.

Este enfoque es muy importante, ya que con el mismo formato que trae el sistema por defecto, se puede imprimir una factura o un recibo de pago, evitando con esto un mayor proceso de mantenimiento de los formatos.

Con lo anterior, ya no tendrás que preocuparte por manejar diferentes formatos: Uno para la factura y otros para el recibo de pago, ya que la librería detectará que tipo de documento e internamente hará los cambios necesarios, ocultando campos y mostrando otros.

SI deseas ver un ejemplo de cómo quedaría el recibo de pago, puedes dar cli aquí.

EJEMPLO – RECIBO DE PAGO

Cambios menores
En este caso queremos destacar dos cambios menores que hicimos en esta nueva versión:

  • Base de datos de catálogos, como habrás notado la librería usa una B.D. para obtener la descripción de los catálogos datos por el SAT, pues bien, a partir de esta version es posible definir la ruta de la misma, haciendo con esto, compatible la librería para ambientes WEB.
  • Ejemplo de recibo de pago, hemos incluido un XML de ejemplo para cuando quieras probar como se genera el PDF de un recibo de pago.

Para un mayor detalle de los cambios, te invitamos a revisar el historial de cambios.

Para tener disponibles todos los cambios ofrecidos en esta nueva versión, deberás de llevar a cabo la actualización a esta nueva versión:

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

EDS – Cómo generar el CFDI 3.3 y el recibo de pagos 1.0

Conoce la funcionalidad para generar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en su versión 3.3, la Recepción de Pagos versión 1.0 y la Contabilidad Electrónica 1.3, estos de acuerdo con los últimos cambios publicados por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), funcionalidad que está disponible en la nueva versión 2017.10.16 de Electronic Document Server (EDS) la cual explicamos a continuación:

CFDI 3.3
Ahora dentro de la nueva funcionalidad de EDS podrás generar un CFDI en su versión 3.3, para lo cual deberás de llevar a cabo los siguientes cambios a la configuración de la aplicación:

  • Asignar los formatos requeridos en la generación de la representación impresa (PDF) para:
    • Formato de factura: CFDI v 3.3 (Formato_Cfdi33.repx)
    • Formato de nómina: Nómina 1.2 con CFDI 3.3 (Formato_Nomina12_Cfdi33.repx)
  • Configurar dentro de la sección de integración, la versión con la cual estará trabajando EDS, los valores a seleccionar son:
    • CFDI 3.2
    • CFDI 3.3

Es muy importante tener en cuenta la configuración realizada, ya que el sistema realizará las validaciones y la generación del PDF del CFDI en base a la versión seleccionada.

Con el fin de identificar, de forma inmediata, la configuración seleccionada, ésta aparecerá en todo momento en la barra de estado.

Recepción de pagos 1.0
Para el caso de facturas con complemento de recepción de pagos, ahora ya es posible llevar a cabo el timbrado de las mismas, es importante recordarte que éste complemento sólo aplica con la versión 3.3 del CFDI y que su uso obligatorio será a partir del 1 de diciembre de 2017, aunque entró de forma opcional a partir del 1 de julio de 2017.

Contabilidad Electrónica 1.3
En lo que respecta a la generación de los diferentes archivos (Catálogo de cuentas, Balanza de comprobación, Pólizas contables, Auxiliar de cuentas y Auxiliar de folios) que integran la contabilidad electrónica, en esta versión de EDS podrás generarla bajo la última versión requerida por la autoridad, siendo ésta la versión 1.3

Adendas
En lo que respecta a la generación de adendas, se implementó la funcionalidad con la que podrás generar las siguientes:

  • Adenda para Continental Tire
  • Compatibilidad para llevar a cabo la generación de la adenda 3M
  • Generación de la adenda para Ferro

Nómina 1.2
Adicional, podrás generar un recibo de nómina 1.2 con CFDI 3.3.

Para un mayor detalle de los cambios, te invitamos a revisar el historial de cambios.

Para tener disponibles todos los cambios ofrecidos en esta nueva versión, deberás de llevar a cabo la actualización de la aplicación, dando clic en la siguiente liga:

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Qué sucede al realizar la cancelación de un CFDI?

Con esta publicación queremos aclarar muchas de las dudas que podrías tener con respecto al proceso actual de cómo se lleva a cabo la cancelación de un CFDI, para ello detallaremos y explicaremos dicho proceso.

Proceso de cancelación
La cancelación de un comprobante fiscal digital consiste en el envío de una petición de cancelación al Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), es muy importante aclarar que la cancelación no es en línea, ya que la petición es recibida por el PAC, el cual, tiempo después de recibida, esto puede tardar unos minutos o más, valida que los datos de la petición recibida sean correctos para proceder al armado del archivo XML para solicitar a su vez al SAT la cancelación, archivo que requiere de ser firmado haciendo uso de los Certificados de Sello Digital (CSD) del emisor del comprobante, certificados que previamente debieron de ser cargados al PAC por el emisor del CFDI, sin la existencia de estos certificados en el PAC, el proceso de cancelación no podrá realizarse.

Carga de certificados de sello
En el caso de Facturando, todos los clientes al momento de haber contratado el servicio de generación de CFDIs, por alguna de nuestras distintas soluciones de facturación, debieron de haber cargado su certificado de sello al PAC ECODEX, de no haber sido así, el emisor deberá de hacerlo, para esto deberá ingresar a este sitio y usando su RFC generar la liga, esta liga tiene una vigencia de 72 horas, por lo que se recomienda que la carga, que se realiza una sola vez, se realice de forma inmediata, de lo contrario, si se quiere realizar la carga transcurrido este tiempo, no podrá realizarla, ya que la liga venció y deberá de volverla a generar.

Otro motivo por el cual, deberán de cagarse los certificados al PAC es cuando los emisores tengan nuevos certificados, ya sea por actualización o vencimiento de los mismos.

Acuse de cancelación
Una vez que el PAC lleva a cabo el firmado del archivo XML para la cancelación, realiza el envío del mismo al SAT, quien en línea lo valida y acepta para proceder a la cancelación, acto que quedará registrado en el acuse de cancelación correspondiente, el cual es enviado al PAC como respuesta de la cancelación realizada y que estará disponible en todo momento para el emisor del comprobante cancelado.

¿Quién realiza la cancelación?
La única persona autorizada para realizar la cancelación de facturas en México es el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el PAC es solo el medio de solicitud de cancelación de facturas, siendo este último el único medio autorizado para conectarse al SAT.

Cancelación masiva de comprobantes
En la cancelación de comprobantes fiscales digitales, además de poder realizarla de uno en uno, la podrás realizar de forma masiva, es decir, podrás llevar a cabo la cancelación de más de un comprobante en una misma petición, dentro de una petición podrás solicitar la cancelación de hasta un máximo de 400 CFDIs.

Costo de la cancelación de comprobantes
Te traemos una excelente noticia, si eres usuario de alguna de nuestras soluciones de generación de facturas, como son:

  • Facturador CFDI – programa diseñado para las pequeñas y medianas empresas que requieran generar y administrar, de forma rápida y sencilla, sus facturas electrónicas (CFDI)
  • Electronic Document Server (EDS) – aplicación de escritorio que permite integrar la factura electrónica a tu sistema actual, incluyendo la emisión de recibos de nómina
  • Electronic Document Library (EDL) – librería que contiene toda la funcionalidad necesaria para integrar a tus desarrollos la generación y validación de facturas, constancias de retenciones y la contabilidad electrónica

Para el caso de ECODEX, la cancelación no tiene costo para ti y la podrás realizar de forma ilimitada, en caso contrario, si el CFDI no fue generado por alguna de nuestras soluciones, pero requieres de la cancelación del mismo, la podrás realizar, solo que ésta causaría el costo de un timbre por cada cancelación que lleves a cabo.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Servicio para monitorear los servidores del SAT

Como recordaras, hace algunos días el SAT estaba presentando lentitud en sus servicios, llegando en algunos casos el impedir el acceso a sus servidores, esto traía como consecuencia, que, en algunos casos, nuestros clientes no pudieran descargar los XML y aunque el problema no era directamente de nuestros productos, si terminaba afectándonos debido a que la sensación del usuario era que no estaban funcionando (EDD y Validador CFDI).

Por lo anterior, nos dimos a la tarea de desarrollar un servicio que estuviera monitoreando constantemente los servidores del SAT y en caso de existir algún problema nos notificará, además de que sirviera como consulta a los usuarios.

Servicio
Este servicio fue desarrollado con dos objetivos en mente:

  • Saber si es posible conectarse al servidor del SAT para hacer la descarga de los XML
  • Conocer el tiempo de respuesta de los servidores

Con esto en mente, nuestro equipo de desarrollo web se dedicó a crear un servicio que cada 5 minutos se conecta al servidor SAT y guarda este resultado en una base de datos, en caso de existir algún problema genera una serie de notificaciones a los involucrados en el proyecto de descarga.

Este servicio guarda, principalmente, 3 datos:

  • Status: Si se pudo o no hacer la conexión.
  • Tiempo: Tiempo total que tomo hacer todo el proceso.
  • Si el SAT realizó algún cambio en sus servicios.

Aplicación WEB
La información recolectada por el servicio nos es de gran ayuda, pero no quisimos quedarnos ahí, queríamos que cualquier persona, sea cliente nuestro o no, pudiera tener acceso a la misma, sin ninguna restricción, por lo que, decimos desarrollar una solución web donde:

  • Se pueda ver el resultado de las últimas 24 horas.
  • De forma gráfica se muestren los errores o advertencias que se han generado durante el proceso de verificación.
  • Sea interactiva, esto es, puedas ver por rangos de hora, como ha respondido el SAT.
  • Ver a detalle los errores generados durante el proceso de verificación.

El resultado de esto lo puedes ver aquí:

http://servicios.facturando.mx/

En este sitio podrás ver, de forma rápida y sencilla, si el servidor del SAT:

  • Está funcionando
  • Ha tenido algún cambio
  • Qué tiempo está tardando en responder.

Tiempo
Como podrás observar se muestra el tiempo, en milisegundos, que ha tomado en ejecutar la verificación, pero no solo eso, ya que también se muestra el menor y mayor tiempo invertido en la verificación, así como el promedio, considerando solo aquellos eventos en los que no haya habido error.

Si el proceso toma un tiempo mayor a 5 segundos, este tiempo se muestra en color rojo y en negrita, esto para que fácilmente detectes si el SAT está tardando en responder.

Mensajes de error
Este es otro punto que queremos destacar y es que el servicio no solo muestra cuando hubo un error, sino que también se muestra el motivo del mismo:

  • No se pudo iniciar sesión
  • El SAT ha realizado cambios
  • Error no esperado
  • Se terminó el tiempo de espera (TIMEOUT)

Podría seguir escribiendo sobre las diferentes características con las que cuenta esta solución, pero es mejor que tú las descubras, por lo que te invitamos a conocer y probar esta solución.

Monitor del SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.