Complemento de pago 1.0 – Guía de llenado

Continuando con el tema del complemento para la recepción de pagos que deberá de adicionarse al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) cuando las contraprestaciones no se paguen en una sola exhibición, es decir cuando el pago se realice en parcialidades, se deberá de:

  1. Emitir un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice.
  2. Posteriormente, se emitirá un CFDI por cada uno de los pagos que se realicen, donde deberá de señalar:
    • En el campo Total como cero.
    • En lo correspondiente al método de pago y forma de pago, no se deberá registrar dato alguno.
    • Detallar la cantidad que se paga e identificar la factura cuyo saldo liquida, esto mediante la incorporación del complemento para recepción de pagos.
    • El monto del pago se aplicará proporcionalmente a los conceptos integrados en el comprobante emitido por el valor total de la operación.

Para el caso en que se reciba el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero ésta no sea cubierta en el momento de la expedición del CFDI, o cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen en fecha posterior a la emisión del CFDI, se deberá de llevar a cabo el mismo procedimiento descrito en el punto 2, para efecto de reflejar el pago con el cual se liquide el importe de la operación.

Adicional, deberán de tenerse las siguientes consideraciones:

  • Un CFDI que contenga el complemento para recepción de pago, podrá emitirse a más tardar al décimo día del mes siguiente en el que se realizó el pago.
  • No podrá ser cancelado el CFDI que fue emitido por el total de la operación, siempre y cuando, se cuente con al menos un CFDI con complemento para recepción de pagos, que acredite que la contraprestación haya sido total o parcialmente pagada.
  • Con relación al punto anterior, las correcciones podrán realizarse mediante la emisión de CFDI de egresos por devoluciones, descuentos y bonificaciones.
  • Cuando existan errores en un CFDI que contenga el complemento para recepción de pagos, éste podrá ser cancelado siempre que sea sustituido por otro con los datos correctos, siempre y cuando se realice a más tardar el último día del ejercicio en que fue emitido el CFDI.

A continuación, se describe como debe ser el llenado de los datos de un CFDI versión 3.3 y su complemento, cuando éste es emitido para llevar a cabo el pago en parcialidades:

Comprobante versión 3.3

Nodo Comprobante:

  • Version – debe contener el valor “3.3”.
  • Serie – número de serie que utiliza el contribuyente para control interno.
  • Folio – folio de control interno que asigna el contribuyente al CFDI.
  • Fecha – fecha y hora de expedición del CFDI.
  • Sello – sello digital del CFDI generado con el CSD del contribuyente emisor del mismo.
  • FormaPago – no debe existir.
  • NoCertificado – número que identifica al CSD del emisor del CFDI.
  • Certificado – contiene el CSD del emisor del CFDI.
  • CondicionesDePago – no debe existir.
  • SubTotal – se registra el valor de cero “0”.
  • Descuento – no debe existir.
  • Moneda – se registra el valor “XXX”.
  • TipoCambio – no debe existir.
  • Total – se registra el valor de cero “0”.
  • TipoDeComprobante – se registra la clave “P” (Pago).
  • MetodoPago – no debe existir.
  • LugarExpedicion – se registra el código postal del lugar de expedición del CFDI.
  • Confirmación – clave de confirmación única e irrepetible que entrega el PAC cuando el valor equivalente en MXN del campo Monto excede el límite publicado por el SAT.

Nodo CfdiRelacionados:

  • UUID – folio fiscal de un CFDI con complemento para recepción de pagos relacionado que se sustituye con el presente comprobante.

Nodo Emisor:

  • Rfc – clave del RFC del emisor del CFDI.
  • Nombre – nombre, denominación o razón social del emisor del CFDI.
  • RegimenFiscal – clave del régimen fiscal del contribuyente bajo el cual se está emitiendo el CFDI. Persona Moral: 601 – General de Ley Personas Morales, 603 – Personas Morales con Fines no Lucrativos. Persona Física: 605 – Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios.

Nodo Receptor:

  • Rfc – clave del RFC receptor del CFDI.
  • Nombre – nombre, denominación o razón social del contribuyente receptor del CFDI.
  • ResidenciaFiscal – clave del país de residencia, cuando el receptor del CFDI sea un extranjero, para efectos fiscales.
  • NumRegidTrib – número de registro de identidad fiscal del receptor del CFDI, cuando este sea residente en el extranjero.
  • UsoCFDI – clave que corresponda al uso que le dará al CFDI el receptor. Persona Moral y Física: G01 – Adquisición de mercancías, I01 – Construcciones. Solo Persona Física: D01 – Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.

Nodo Conceptos / Concepto:

  • ClaveProdServ – se registrar el valor “84111506”.
  • NoIdentificacion – no debe existir.
  • Cantidad – se registra el valor “1”.
  • ClaveUnidad – se registra el valor “ACT”.
  • Unidad – no debe de existir.
  • Descripcion – se registra el valor “Pago”.
  • ValorUnitario – se registra el valor “0”.
  • Importe – se registra el valor “0”.
  • Descuento – no debe existir.

Subnodo Impuestos, InformacionAduanera, CuentaPredial, ComplementoConcepto y Parte:

  • No deben existir.

Nodo Impuestos:

  • No debe existir.

Nodo Complemento:

  • Nodo para incluir los complementos determinados por el SAT, el complemento Timbre Fiscal Digital se incluye de forma obligatoria. Para el caso de los complementos del CFDI que ampara retenciones e información de pagos, éstos no se permiten.

Nodo Addenda:

  • Nodo para expresar las extensiones al presente formato que sean de utilidad al contribuyente.

Complemento para recepción de pagos

Nodo Pagos:

  • Version – debe contener el valor “1.0”.

Nodo Pago:

  • FechaPago – fecha y hora en la que el beneficiario recibe el pago, la fecha debe ser menor o igual al campo Fecha del CFDI. Si la FechaPago es menor, el valor año-mes debe ser igual al valor de año-mes de CFDI:Fecha.
  • FormaDePagoP – clave de la forma en que se realiza el pago, distinta a la clave 99 – Por definir. Claves: 01 – Efectivo, 02 Cheque nominativo, 03 – Transferencia electrónica de fondos.
  • MonedaP – clave de la moneda con la que se realizó el pago, los siguientes campos deben ser registrados junto con el tipo de moneda seleccionada: Pagos/Pago/Monto, Impuestos/Total de impuestos retenidos, Impuestos/Total de impuestos trasladados, Impuestos/Trasladados/Traslado/Importe e Impuestos/Retenciones/Retención/Importe.
  • TipoCambioP – tipo de cambio de la moneda a la fecha en que se realizó el pago, cuando sea diferente a MXN.
  • Monto – importe del pago, debe ser mayor a cero “0”, este campo debe ser igual o menor a la suma de los valores registrados en el nodo DoctoRelacionado.
  • NumOperacion – número de cheque, número de autorización, número de referencia, clave de rastreo en caso de ser SPEI, línea de captura o algún número de referencia análogo que identifique la operación correspondiente del pago efectuado.
  • RfcEmisorCtaOrd – RFC de la entidad emisora de la cuenta de origen, si es extranjera se debe registrar el RFC genérico extranjero (XEXX010101000), para el caso de que no lo sea, se debe registrar el RFC a 12 posiciones.
  • NomBancoOrdExt – nombre del banco ordenante, es requerido en caso de ser extranjero, va de 1 hasta 300 caracteres.
    CtaOrdenante – número de cuenta con la que se hizo el pago, va de 10 a 50 caracteres.
  • RfcEmisorCtaBen – clave del RFC de la entidad operadora de la cuenta destino.
  • CtaBeneficiario – número de cuenta en donde se recibió el pago, va de 10 hasta 50 caracteres.
  • TipoCadPago – clave del tipo de cadena de pago que genera la entidad receptora del pago (01 – SPEI), si existe este campo, deben de existir también, CertificadoPago, CadenaPago y SelloPago.
  • CertPago – certificado que corresponde al pago, como una cadena de texto en formato base 64. Requerido si TipoCadPago contiene información.
  • CadenaPago – cadena original del comprobante de pago generado por la entidad emisora de la cuenta beneficiaria. Requerido si TipoCadPago contiene información.
  • SelloPago – sello digital que se asocie al pago. Requerido si TipoCadPago contiene información.

Nodo DoctoRelacionado:

  • IdDocumento – identificador relacionado con el pago, puede ser un folio fiscal o el número de operación de un documento digital, puede conformarse de 16 hasta 36 caracteres.
  • Serie – serie del comprobante, va de 1 a 25 caracteres.
  • Folio – folio del comprobante, va de 1 a 40 caracteres.
  • MonedaDR – clave de la moneda utilizada en los importes del documento relacionado, debe ser diferente a la clave “XXX”, los importes registrados en los campos ImpSaldoAnt, ImpPago e ImpSaldoInsoluto de esta sección, deben corresponder a esta moneda. Si el valor de este campo es diferente del campo MonedaP, se debe de registrar el campo TipoCambioDR, en caso contrario, de ser iguales a “MXN”, no se debe registrar TipoCambioDR. Si el valor de este campo es “MXN” y diferente al campo MonedaP, se debe de registrar el campo TipoCambioDR con valor de “1”.
  • TipoCambioDR – tipo de cambio correspondiente a la moneda registrada en el documento relacionado. El SAT publica el porcentaje de variación para el valor máximo de este campo, cuando el campo rebase el porcentaje de variación, se deberá obtener del PAC, la clave de confirmación para ratificar que el valor es correcto.
  • MetodoDePagoDR – clave del método de pago “PPD” (Pago en parcialidades o diferido), se deben de registrar los atributos NumParcialidad, ImpSaldoAnt e ImpSaldoInsoluto.
  • NumParcialidad – número de parcialidad que corresponde al pago. Requerido si MetodoDePagoDR contiene el valor “PPD”.
  • ImpSaldoAnt – monto del saldo insoluto de la parcialidad anterior. Requerido si MetodoDePagoDR contiene el valor “PPD”. Si es la primera parcialidad deberá contener el importe total del documento relacionado.
  • ImpPagado – importe pagado que corresponde al documento relacionado. Requerido si existe más de un documento relacionado o cuando existe un documento y el campo TipoCambioDR tiene valor. El importe debe corresponder al tipo de moneda registrado en MonedaDR.
  • ImpSaldoInsoluto – diferencia entre el importe del saldo anterior y el monto del pago. Requerido si MetodoDePagoDR contiene “PPD”. El importe debe corresponder al tipo de moneda registrado en MonedaDR.

Nodo impuesto, TotalImpuestosRetenidos y TotalImpuestosTrasladados:

  • No deben existir.

Nodo Retenciones y Retención, Impuesto e Importe:

  • No deben existir.

 Nodo Traslados y Traslado, Impuesto, TipoFactor, TasaOCuota e Importe:

  • No deben existir.

Si deseas tener la información técnica de este complemento la puedes descargar de aquí:

Descargar Información

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Hasta la próxima.

Descargar XML: Cambios en el sitio del SAT

Como recordaras hace algunas semanas, tres exactamente, el SAT hizo cambios en su sitio web para descargar los XML, en ese momento, agregó una medida de seguridad adicional (captcha) que impedía que, soluciones como la nuestra pudiera hacer la descarga de los XML de forma automática.

En ese momento nuestra área de desarrollo estuvo trabajando y finalmente liberamos una nueva versión de nuestros productos que podrían saltar el captcha puesto por el SAT.

Pues bien, la semana pasada, exactamente el día viernes (3/Marzo/2017) el SAT volvió a hacer cambios a su sitio web de descargar de los XML y nuevamente nuestros productos dejaron de funcionar, una vez que se detectó esto, nuestro grupo de ingenieros comenzó a investigar que procesos había hecho el SAT y detecto que fueron 2 los cambios realizados, luego se inició el proceso para adaptar nuestras soluciones a los mismos.

Después de muchas horas de investigación, desarrollo y pruebas, hemos logrado superar estos obstáculos y con esto liberar una nueva versión de todos los productos, que se conectan al SAT, exactamente:

Mejoras en el proceso de descarga
En versiones anteriores era común que se mostrará el error 1001, el cual indicaba que el SAT había hecho cambios en su sitio y por lo tanto no se podía realizar la descarga; en esta nueva versión se ha trabajado para que dicho error no aparezca, sino que el proceso se adapte a la página del SAT.

Descarga de altos volúmenes de XML
Algunos usuarios habían reportado que en algunos casos cuando querían descargar muchos XMLs (+500), algunas veces no se descargaban todos, a partir de esta versión se corrige este problema y es posible descargar cualquier cantidad de XML, hemos realizado pruebas hasta con 2,096 archivos y todos se han descargado correctamente; este mismo proceso daba problemas en versiones anteriores.

SERVICIO DE CONSULTA
Queremos aprovechar la oportunidad y darles a conocer nuestro nuevo servicio (web service y librería) que se conecta al SAT y con el cual podrás consultar:

RFC

  • Proporcionando un RFC te dirá si se encuentra registrado en el SAT y en caso de estarlo te dará el nombre o razón social del mismo.
  • Te puede ser de utilidad en tus sistemas para cuando un usuario capture un RFC, podrías verificar si existe el mismo y proponer el nombre del mismo, evitando la captura de este.

Número de certificado

  • Proporcionando el número de certificado, podrás saber si existe en el SAT, saber su tipo (SELLO o de FIEL) y conocer su status (Vigente, Caduco o Revocado) en el SAT y en la LCO.
  • Con esto podrás saber si el certificado cargado en tu sistema existe, es válido y se encuentra vigente y en caso de que no cumpla estos requisitos notificarle al usuario.

CURP

  • Proporcionando la CURP, podrás saber si es válido y si encuentra registrado en la RENAPO, además podrás obtener el nombre, apellidos, fecha de nacimiento y numero de IMSS de la persona.
  • Puedes usarla para verificar una CURP y si el usuario está capturando un empleado proponer el resto de los datos.

IMSS

  • Podrás conocer si el número de seguro social es válido y realmente existe.

Si crees que esta funcionalidad te es de utilidad y deseas usarla, ponte en contacto con nosotros y con gusto te la proporcionaremos, es importante mencionar que se estará ofreciendo sin costo alguno.

Como punto final queremos invitarte a descargar las nuevas versiones de nuestros productos.

LIBRERIA DE DESCARGA

VALIDADOR CFDI

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Hasta la próxima.

Conoce las nuevas características y mejoras de EDA

Te invitamos a que conozcas las mejoras que encontrarás en la nueva versión 2017.02.28 de Electronic Document Addendum (EDA):

Actualización de EDA
En lo que respecta a la forma de cómo se lleva a cabo la actualización del EDA, se mejoró la forma en que el sistema verifica si existe una nueva versión de EDA que esté disponible para su aplicación.

De existir una nueva actualización, ésta se aplicará de forma automática, es decir, sin intervención del usuario.

Vencimiento de EDA
Ahora, para tu beneficio, se adicionó una nueva funcionalidad, en la que el sistema estará verificando la vigencia de EDA, con el fin de notificar cuando ésta este por vencer.

Cargar un XML
Se llevó a cabo la corrección al error que se presentaba al momento de seleccionar el archivo XML para adicionarle la addenda.

Para conocer estos y otros cambios realizados al facturador te invitamos a leer el historial de cambios.

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

Facturador CFDI: Mejoras al manejo del método de pago

Como parte del mejoramiento de nuestras soluciones, en esta ocasión queremos compartir contigo la adición de nueva funcionalidad al Facturador CFDI en su versión 2017.02.23, funcionalidad que explicaremos a continuación:

Método de pago
Hemos agregado soporte a la versión más reciente del catálogo de métodos de pago, que fue publicado por el SAT, dentro del facturador, se actualizó la validación que se hace al momento de capturar el valor correspondiente al método de pago, los valores permitidos, de acuerdo a la actualización son:

  • 01 Efectivo
  • 02 Cheque
  • 03 Transferencia
  • 04 Tarjetas de crédito
  • 05 Monederos electrónicos
  • 06 Dinero electrónico
  • 07 Tarjetas digitales
  • 08 Vales de despensa
  • 09 Bienes
  • 10 Servicio
  • 11 Por cuenta de tercero
  • 12 Donación en pago
  • 13 Pago por subrogación
  • 14 Pago por consignación
  • 15 Condonación
  • 16 Cancelación
  • 17 Compensación
  • 98 “NA”
  • 99 Otros

Filtrado y agrupación
Adicional, se implementó la funcionalidad que permite llevar a cabo el filtrado y/o el agrupamiento de los CFDIs generados, la forma de poder aplicar esta nueva funcionalidad es dando clic derecho al ratón estando posicionado en el campo de la columna por la que se quiere aplicar ya sea el filtrado o el agrupamiento.

Fecha y hora del PAC
Se implementó la funcionalidad que permite verificar si existe diferencia entre la fecha y hora del PAC contra la fecha y hora de la PC donde está instalado el Facturador CFDI, esta validación se realiza al iniciar el programa; de existir alguna diferencia, se mostrará un mensaje notificando dicha situación, esto para que el usuario proceda a realizar el ajuste correspondiente.

Manejo de licencias
En lo que respecta a la carga del archivo de la licencia para el funcionamiento del sistema, se reforzó la validación que se hace del mismo.

Recibos de nómina
Con respecto a la generación de recibos de nómina mediante el uso del Facturador CFDI, queremos comentar que a partir de esta versión esta funcionalidad queda deshabilitada.

Para conocer estos y otros cambios realizados al facturador te invitamos a leer el historial de cambios.

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

Proceso de cancelación de un CFDI para 2017

Para este 2017, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cambiará la forma de cómo llevar a cabo la cancelación de un CFDI, proceso que a continuación describiremos:

Proceso de cancelación
La solicitud cancelación de un CFDI deberá de realizarse por medio del uso del Buzón Tributario.

Para ello, ahora deberá de haber una aceptación del receptor para poder cancelar un CFDI, es decir, cuando el emisor de un CFDI requiera o se vea en la necesidad de cancelarlo, deberá de enviar al receptor del comprobante, una solicitud de cancelación, esto a través del buzón tributario.

Una vez recibida la solicitud de cancelación, el receptor del CFDI tendrá 72 horas para autorizar o no la cancelación, esto a través del mismo medio (Buzón Tributario), si el receptor no responde transcurrido este tiempo, la autoridad fiscal dará por aceptada la solicitud, procediendo el emisor del CFDI a la cancelación del mismo.

Excepciones en la cancelación
Por otra parte, también se podrá llevar a cabo la cancelación de un CFDI sin la aceptación del receptor del mismo, siempre y cuando se tengan las siguientes consideraciones:

  • Que el comprobante ampare ingresos por un monto de hasta $5,000.00
  • Por concepto de nómina
  • Por concepto de egresos
  • Por concepto de traslado
  • Por ingresos expedidos a contribuyentes del RIF
  • Emitidos a través de “Mis cuentas” en el aplicativo “Factura fácil”
  • Que amparen retenciones e información de pagos
  • Expedidos en operaciones realizadas con el público en general (regla 2.7.1.24)
  • Emitidos a residentes en el extranjero (regla 2.7.1.26)
  • Cuando la cancelación se realice dentro de las 72 horas inmediatas siguientes a su expedición

Todo esto, de acuerdo a lo estipulado en la regla 2.7.1.39.

Entrada en vigor
De acuerdo a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, la aplicación de lo anteriormente descrito, entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2017.

En la practica
Te invitamos a leer este articulo donde publicamos nuestras dudas o reflexiones sobre este tema.

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Librería para descarga de CFDIs con complemento Nómina 1.2 e INE

En esta ocasión queremos compartir contigo la liberación de Electronic Document Download (EDD) con número de control 2017.02.21 para sus distintas versiones (Dot Net, Delphi, DLL y Línea de comandos) donde fueron realizados los siguientes cambios:

Descarga de XMLs
Como es bien sabido, en días pasados, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) realizó cambios a su servicio web de descarga, al adicionar como parte de la autenticación, el uso de un Captcha, cambio que tuvo como consecuencia que nuestras distintas soluciones de descarga dejaran de funcionar temporalmente.

En base a lo anterior, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de darle solución lo antes posible para solventar dicho cambio, por lo que nos es grato el poder informarte que dicha situación fue superada, logrando con ello que nuestras soluciones vuelvan a trabajar como lo venían haciendo, es decir, de forma transparente para el usuario.

Complementos
Dentro de la librería de descarga de CFDIs, se agregó soporte para poder llevar a cabo la descarga de aquellos comprobantes que contengan los complementos que a continuación se mencionan, por medio del filtrado de los mismos:

  • Nómina 1.2
  • INE 1.1

Tiempo de espera
En lo que respecta al tiempo de espera en cada operación (time out), este fue modificando, quedando establecido en 20 segundos, dicha reducción se debe a la optimización realizada en el proceso de descarga.

Proveedores Autorizados de Certificación (PACs)
Para efecto de tener actualizada toda la información de los proveedores actualizados (PAC) se actualizó la información correspondiente, incluyendo el siguiente PAC:

  • Denominación o razón social: IT & SW Development Solutions de México, S. de R.L. de C.V.
  • Nombre comercial: Timbox
  • RFC: IAD121214B34
  • Fecha de publicación: 2016-09-02 12:00:00
  • Número de autorización SAT: 0184
  • CSD para timbrado: 00001000000403442064

Para conocer los cambios realizados a la librería te invitamos a leer el historial de cambios correspondiente a cada versión.

No olvides actualizar la versión de tu librería, para que continúes disfrutando de toda la funcionalidad que la misma te ofrece, dando clic a la siguiente liga:

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Proveedores Autorizado de Certificación que no renovaron autorización

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado en su página a dos de los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) cuya autorización no fue renovada y estuvo vigente hasta el pasado 31 de diciembre de 2016, por lo tanto, esto quiere decir que dichas empresas no podrán timbrar más facturas a partir de día 1° de enero de 2017.

Es una verdadera lástima que se disminuya el número de empresas disponibles para ofrecer este servicio, ya que, se disminuye la oferta y se concentra el servicio en tan solo algunos jugadores del mercado; recordemos que en el 2016 solamente se certificaron 3 nuevos PACs, siendo uno de ellos el IMSS; esperemos que esto no se vuelva una tendencia.

Algo que llama fuertemente la atención de estas empresas, es que no son nuevas en este tema de la factura electrónica, una de ellas llevaba más de 4 años de ser PAC.

A continuación, podrás conocer las empresas que dejaron de prestar el servicio voluntariamente:

  • Denominación o razón social: CFDSOFT México, S.A. de C.V.
  • Nombre comercial: Azurian
  • Clave del RFC: CME100302B97
  • Fecha y hora de publicación de la autorización: 2011-11-16 09:00:00
  • Autorización del SAT: 58351
  • Denominación o razón social: Real Virtual, S.A. de C.V.
  • Nombre comercial: Comprobante Digital
  • Clave del RFC: REA1008099E2
  • Fecha y hora de publicación de la autorización: 2013-07-10 18:00:00
  • Autorización del SAT: 11751

En seguida, hablaremos de cómo están actualmente distribuidos los PACs:

  • Total de PACs – al día de hoy existe un total de 77 proveedores de certificación vigentes
  • Revocados – en cuanto a los revocados solo existe 1
  • Sin autorización renovada son 7, es decir, que ya no están vigentes
  • Para el caso de los que adicionalmente son proveedores de certificación y expedición de CFDI a través del adquiriente de bienes o servicios, tenemos un total de 14.

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Hasta la próxima.

Catálogos para el complemento de pagos 1.0

Continuando con el tema referente al complemento para la recepción de pagos en su versión 1.0, a continuación, se relacionan los catálogos requeridos por el complemento agrupados por el nodo que los requiere:

Nodo Pago

  • Forma de pago – clave que identifican la forma en que se realiza el pago.
  • Moneda – clave de la moneda utilizada para realizar el pago.
  • Tipo de cadena de pago – clave que identifica el tipo de cadena de pago que genera la entidad receptora del pago.

Nodo Pago / Documento relacionado

  • Moneda DR – clave que identifican la moneda utilizada en los importes del documento relacionado.
  • Método de pago DR – clave que expresa el método de pago que se registró en el documento relacionado.

Nodo Pago / Impuestos / Retenciones / Retencion

  • Impuesto – clave que señala el tipo de impuesto retenido.

Nodo Pago / Impuestos / Traslados / Traslado

  • Impuesto – clave que señala el tipo de impuesto trasladado.
  • Tipo de factor – clave que señala el tipo de factor que se aplica a la base del impuesto.
  • Tasa o cuota – clave que señala la tasa o cuota del impuesto que se traslada.

Si deseas conocer el archivo que contiene el detalle de cada una de las claves contenidas en cada catálogo, te invitamos a descargarlo dando clic en el siguiente enlace:

Catálogos del complemento para pagos v1.0

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Complemento para recepción de pagos

El pasado 5 de diciembre de 2016, el Sistema de Administración Tributaria SAT hizo pública la, tan esperada, información del comprobante de pagos, que en realidad no es un nuevo tipo de documento (archivo), sino que es un complemento para el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), así es, un complemento como lo es nómina, impuestos locales o cualquiera de los otros.

Con lo anterior, podemos asegurar que ya no se va a generar un nuevo tipo de archivo XML, sino que se va a generar un CFDI 3.3 con datos básicos y a este se le va a agregar el complemento recibo de pago, el cual contendrá toda la información del pago que se ha realizado; en su forma de funcionar es similar al recibo de nómina 1.2

Este complemento se emitirá en su versión 1.0, debiéndose incorporar a aquellos CFDI’s que se expidan por los siguientes conceptos:

  • La recepción de pagos en parcialidades
  • En los casos en que se reciba el pago de la contraprestación en una sola exhibición, teniéndose en consideración los siguientes casos:
    1. Cuando la contraprestación no sea cubierta al momento en que se expide el CFDI
    2. Cuando se trate de operaciones a crédito con fecha de pago posterior a la emisión del CFDI

Es importante mencionar que este complemento entrará en vigor hasta el día primero de julio de 2017, que es el mismo día que entrará en vigor el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) versión 3.3

A continuación, podrás descargar toda la información técnica que hace parte de dicho complemento y que nos permite conocer, a detalle, de que información está compuesto y como se arma el mismo:

  • El schema del complemento
  • Catálogos para el complemento
  • Secuencia para la cadena original
  • Reglas de validaciones adicionales

Descargar Información

Nuestro equipo de desarrollo, estará analizando los cambios y trabajarán en cada una de nuestras soluciones, para que soporten este nuevo complemento.

Los productos que se verán afectados son:

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Hasta la próxima.

Nuevo timbre fiscal digital para el CFDI versión 3.3

Otro de los cambios propuestos por el SAT para el CFDI versión 3.3, además del ya comentado código de barras bidimensional (CBB), es el del nodo timbre fiscal digital, el cual trae algunas mejoras que a continuación comentaremos:

Atributos
A continuación, describimos los cambios realizados al estándar del Timbre Fiscal Digital quedando de la siguiente manera:

  • Versión – Atributo requerido para la expresión de la versión del estándar del Timbre Fiscal Digital, cambia su valor prefijado a 1.1
  • UUID – Atributo requerido para expresar los 36 caracteres del folio fiscal (UUID) de la transacción de timbrado.
  • Fecha de timbrado (FechaTimbrado) – Atributo requerido para expresar la fecha y hora, de la generación del timbre por la certificación digital del SAT. La fecha debe corresponder con la hora de la Zona Centro del Sistema de Horario en México.
  • Rfc del proveedor que certifica (RfcProvCertif) – Atributo requerido para expresar el RFC del proveedor de certificación de comprobantes fiscales digitales que genera el timbre fiscal digital.
  • Leyenda – Atributo opcional para registrar información que el SAT comunique a los usuarios del CFDI.
  • Sello del CFD (SelloCFD) – Atributo requerido para contener el sello digital del comprobante fiscal o del comprobante de retenciones, que se ha timbrado.
  • Número de certificado del SAT (NoCertificadoSAT) – Atributo requerido para expresar el número de serie del certificado del SAT usado para generar el sello digital del Timbre Fiscal Digital.
  • Sello del SAT (SelloSAT) – Atributo requerido para contener el sello digital del Timbre Fiscal Digital, al que hacen referencia las reglas de la Resolución Miscelánea vigente.

Cadena original
En lo que respecta a la secuencia de formación parar generar la cadena original del complemento obligatorio timbre fiscal digital del SAT, se deberá de respetar el orden como se expresa a continuación:

  1. Version
  2. UUID
  3. FechaTimbrado
  4. RfcProvCertif
  5. Leyenda
  6. SelloCFD
  7. NoCertificadoSAT

Nota importante: El atributo selloCFD es el sello previo del Comprobante Fiscal Digital por Internet o del comprobante de retenciones, el sello del timbre es guardado dentro del atributo SelloSAT. Esta cadena original es sellada utilizando el algoritmo de digestión SHA-2 256.

Como podrás observar, a diferencia del código de barras donde si hubieron cambios importantes, en el caso del timbre, los cambios son mejoras menores, ya que solo se incluyeron dos atributos nuevos: RFC del PAC y la leyenda, siendo esta última opcional.

Si deseas obtener la actualización a la especificación técnica del timbre fiscal digital, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

Especificación técnica del timbre fiscal digital

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Hasta la próxima.