Inconsistencias en las Constancias de Situación Fiscal

Como recordarás, es requisito para la emisión del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) en su versión 4.0 verificar y cumplir con los datos requeridos para el receptor de este, como son:

  • Nombre
  • Domicilio fiscal (código postal)
  • Régimen

La importancia de estos datos radica en que éstos deben ser capturados exactamente como están registrados en las bases de datos del SAT, sin importar si estos tienen inconsistencias o caracteres extraños, ya que, si no se hace, no se podrá emitir el CFDI.

Un ejemplo de lo comentado anteriormente es que, en el caso de algunas personas morales es necesario colocar acentos o comillas dobles en la razón social del receptor, por ejemplo:

“ARRASTRES AMBIENTALES”

Lo más común, es que los datos del receptor sean obtenidos de la Constancia de Situación Fiscal (CSF) proporcionadas por los mismos (cliente, empleado. etc.).

En esta ocasión, queremos darte a conocer dos casos en los que hemos encontrado inconsistencias con respecto a la información contenida en las Constancias de Situación Fiscal, siendo estos los siguientes:

Caso 1: Letra minúscula en apellido

Para este primer caso, la inconsistencia se detectó en el segundo apellido, es decir, en el apellido materno, en el cual y de acuerdo con el archivo de la Constancia de Situación Fiscal, aparece como NIQO.

Por lo que se procedió a generar el comprobante fiscal, con los datos que aparecen en la constancia del receptor y que en teoría no tendría que haber problema alguno, ya que esta constancia es emitida por la autoridad (SAT), pero cual fue nuestra sorpresa, que, al enviar a timbrar el comprobante, se obtuvo el error de que el nombre no correspondía con el RFC asociado.

En primera instancia pensamos, que el nombre del receptor se había tomado de forma errónea, por lo que se volvió a verificar directo con su Constancia de Situación Fiscal, siendo este idéntico al indicado en el comprobante fiscal.

Haciendo uso de nuestro web service Validar RFC, procedimos a consultar y obtener los datos de este receptor, y nos encontramos con la sorpresa, de que, en los registros del SAT, el segundo apellido, aparecía como NIqO, es decir con la letra Q pero en minúscula; con esta información se procedió a realizar el cambio y enviar nuevamente a timbrar el comprobante fiscal, el cual se timbró sin problema alguno.

Caso 2: Estatus como suspendido

En lo que respecta a este segundo caso, la inconsistencia detectada corresponde a que, en el archivo de la Constancia de Situación Fiscal del receptor, no vienen especificados datos para las secciones correspondientes a las Actividades Económicas y los Regímenes del contribuyente.

En base a lo anterior, nos dimos nuevamente a la tarea de consultar los registros del SAT y nos encontramos con que el estatus de este contribuyente se encontraba como Suspendido, por lo que, bajo este estatus, no es posible generarle comprobante fiscal alguno.

Conclusión

Con lo expuesto anteriormente, podemos concluir que a pesar de obtener los datos de un receptor directamente de su Constancias de Situación Fiscal (CSF), existen casos en que ni con este documento oficial, se garantiza el poder emitir el comprobante fiscal digital correspondiente sin tener tropiezo alguno.

Web service de validar RFC

El uso de este servicio se está convirtiendo en una herramienta básica para la emisión de comprobantes.

Recuerda que, si eres cliente de Facturando, puedes hacer uso de éste sin ningún costo adicional; ponte en contacto con nosotros para que conozcas todas las condiciones de uso del mismo.

Si quieres probarlo, puedes descargar los demos (PHP, C#, VB.Net, etc.) de aquí

DEMO VALIDAR RFC

Hasta la próxima.

Prórroga a la emisión del CFDI 3.3

Derivado de la entrada en vigor en la emisión de la nueva versión 4.0 de los comprobantes ficales digitales y la dificultad que el cambio a esta versión a implicado, no solo para los usuarios finales sino también para los desarrolladores, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha decidido ampliar el tiempo de convivencia entre las versiones existentes.

Periodo de transición
Como sabrás, el SAT marco un periodo de transición para continuar emitiendo el CFDI 3.3, siendo este:

El comprendido del 1 de enero al 30 de abril del 2022.

Nuevo periodo de transición
Ahora, el SAT dio a conocer mediante la publicación el pasado 18 de febrero de la versión anticipada a la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022 y su anexo 1-A, donde se destaca:

“Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes obligados a expedir CFDI podrán optar por emitirlos en su versión 3.3 y para el CFDI que ampara retenciones e información de pagos podrán optar por emitirlos en su versión 1.0, conforme al Anexo 20, publicado en el DOF el 28 de julio de 2017, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2022. Lo anterior también será aplicable a los complementos y complementos concepto, compatibles con dichas versiones.”

De acuerdo con lo anterior se amplía el plazo en dos meses más, para seguir emitiendo el CFDI 3.3 hasta el 30 de junio de 2022.

En consecuencia, se asume que la entrada en vigor del uso obligatorio en la emisión del CFDI 4.0 se estaría moviendo en la misma proporción, es decir, dos meses después, de no ser así, no tendría razón de ser el cambio publicado por el SAT.

Si deseas obtener el documento emitido por el SAT, lo podrás obtener dando clic en la siguiente liga;

2aRMRMF2022-primera_versión_anticipada

Hasta la próxima.

PACs cuya autorización no fue renovada

En esta ocasión queremos darte a conocer que dos proveedores de certificación (PACs) lo han dejado de ser, por lo que a partir del 31 de diciembre del 2020 dejaron de prestar sus servicios de certificación, esto de acuerdo con la publicación realizada por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) en su página Proveedores de Certificación de Factura cuya autorización no fue renovada, siendo estos los siguientes:

PAC – FEL.mx ®

A continuación, te presentamos sus datos:

  • Denominación o razón social: Facturar En Línea, S.de R.L. de C.V.
  • Nombre comercial: FEL.mx ®
  • Clave del RFC: FLI081010EK2
  • Fecha de autorización vigente hasta el: 31/12/2020
  • Autorización SAT: 55029

PAC – Folios Digitales

A continuación, te presentamos sus datos:

  • Denominación o razón social: Folios Mexicanos Digitales, S.A. de C.V.
  • Nombre comercial: Folios Digitales
  • Clave del RFC: FMD100203JS7
  • Fecha de autorización vigente hasta el: 31/12/2020
  • Autorización SAT: 55710

Esta publicación la realiza la autoridad con fundamento en lo dispuesto por el último párrafo de la regla 2.7.2.4. en relación con el primer párrafo, fracción II de la regla 2.7.2.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para el ejercicio de 2020 y TERCERA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.

Donde se especifica que:

“Los datos de los proveedores que no hayan obtenido la renovación de su autorización serán publicados en el Portal del SAT dentro de los tres días siguientes a aquel en que haya concluido la vigencia de su autorización.”

En esencia ya no podrán seguir ofreciendo sus servicios a nuevos clientes.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.