Aprueban al SAT tomar fotos de los bienes del contribuyente

El pasado 21 de octubre del presente año, la Cámara de Diputados aprobó la Miscelánea Fiscal del año 2021, en la cual se realizarán cambios al Código Fiscal Federal (CFF), uno de los cambios más comentados es la autorización para que los trabajadores del Servicio de Administración Tributaria (SAT) fotografíen los bienes de los contribuyentes en las visitas domiciliarias.

El motivo del cambio en la reforma del artículo 45 del CFF, es con la idea de que las autoridades fiscales se modernicen en los procedimientos de sus visitas al domicilio fiscal de los contribuyentes con el uso de herramientas tecnológicas, siempre y cuando se justifique el uso de estas.

Las herramientas tecnológicas de las cuales pueden hacer uso los empleados de la autoridad son:

  • Celulares
  • Cámaras fotográficas y de video
  • Grabadoras
  • Otros

Tratándose de una información sensible, el SAT debe de contar con las herramientas indispensables para salvaguardar dicha información recabada, con todas las medidas de seguridad y privacidad, para que no sea expuesta de manera indebida.

Cuando un visitador asignado por la autoridad, llegue a tu domicilio fiscal y sea atendido por tus representantes o la persona que se asigne para atender la visita, debe de dar el acceso al lugar para la verificación de bienes y mercancías, documentación, contabilidad, estados de cuenta o cualquier otro medio de almacenamiento de los datos que tengas como contribuyente en dicho lugar, es ahí donde la autoridad fiscal podrá hacer uso de las herramientas tecnológicas para fotografiar los bienes y activos que existen en el domicilio fiscal, los cuales sirvan como constancia de la visita realizada y deben quedar protegidos por el SAT.

Como se aprecia, cada vez la autoridad tiene más herramientas para la supervisión del cumplimento de las obligaciones fiscales que te corresponden como contribuyente, ahora aplicando la tecnología.

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Hasta la próxima.

Aclaración carta invitación o exhorto obligaciones omitidas

El pasado 28 de septiembre del año en curso, en su página oficial el Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó sobre la tercera resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) del 2020 y su anexo 1-A (tercer Anteproyecto) en la cual adiciono la regla 2.12.15 aclaración de cartas invitación o exhorto de obligaciones omitidas.

Dicha regla, hace referencia a que cuando las Personas Físicas (PF) o Personas Morales (PM) reciban una carta invitación o exhorto por parte de cualquier autoridad del SAT, solicitando en la cual se aplique el cumplimiento de sus obligaciones a las cuales están sujetas como lo indican las disposiciones ficales.

Las cuales podrían ser, la presentación de la declaración de algún impuesto, periodo, año del ejercicio, concepto, estas aclaraciones se podrán realizar ante la Administración Desconcentrada de Recaudación, que se encuentre ubicada lo más cercana al domicilio fiscal de la persona a la cual le llego dicha carta, manifestado en la ficha de trámite 128/CFF (Código Fiscal de la Federación) contenida en el Anexo 1-A.

Lo dispuesto en dicha regla no será aplicable tratándose de las cartas invitación emitidas por la Administración General de Grandes Contribuyentes.

En el momento en que recibas una carta invitación o exhorto y no estés de acuerdo con lo requerido por la autoridad fiscal, podrás realizar la aclaración, siguiendo los siguientes pasos:

Para el correcto envió de la aclaración, se deberá de poner el motivo y los archivos que se adjunten deberán de ir en formato PDF, en donde se compruebe lo contrario a lo solicitado por la autoridad, una vez enviada la aclaración, recibirás un folio de acuse sobre la recepción, el cual te servirá para dar seguimiento y verificar como va tu aclaración, esperando que la autoridad no te requiera más información.

También tendrás la opción de asistir directamente a la administración desconcentrada de recaudación que te corresponda.

Si deseas ubicar la dirección de la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente (ADSC) que te corresponde, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

Directorio Nacional de Módulos de Servicios Tributarios

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Hasta la próxima.

Cancelación de CSD al incumplir contabilidad electrónica

Hacemos de tu conocimiento, que una de las principales causas para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realice la cancelación de los Certificados de Sellos Digitales (CSD) es no presentar en tiempo y forma el registro de la contabilidad electrónica ante dicha autoridad fiscal siendo esto una obligación de los contribuyentes.

En este año 2020 una de las reformas nuevas que publicaron es la adición del articulo 17-H bis del Código Fiscal de la Federación (CFF) que, tratándose de certificados de sello digital para la expedición de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por parte de los contribuyentes, las autoridades fiscales podrán restringir temporalmente de uso de los mismo cuando sean detectadas una o mas de las conductas infractoras previstas en los artículos 79, 81 y 83 de este ordenamiento.

Cabe mencionar que, algunas conductas infractoras que la autoridad fiscal considera para la cancelación de CSD son:

  • No presentar las declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedición de constancias que exija dicha autoridad
  • No realizar el envío de la información contable a través de la pagina de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) estando obligados a realizar el envió por dicho medio
  • Se considera otra conducta negativa al ingresarla la contabilidad electrónica fuera de los plazos establecidos por las disposiciones fiscales o ingresarla con alteraciones que impidan su lectura de dichos archivos los cuales tienen la información como el catálogo de cuentas.

La autoridad notificará la cancelación o restricción de los sellos digitales por medio del BUZÓN TRIBUTARIO donde podrás verificar la falta administrativa, si tu como contribuyente tuviste este problema, podrás volver a solicitar un nuevo certificado ante la secretaria de administración tributaria, lo que procede, en primera instancia, es solventar esas irregularidades, para posteriormente realizar la solicitud correspondiente.

Si deseas ingresar al buzón tributario y verificar si tienes o no alguna notificación por parte de la autoridad correspondiente a este tema, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

INICIAR SESIÓN BUZÓN TRIBUTARIO

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Hasta la próxima.

Nuevos certificados del SAT

Estimado usuario, hoy hemos liberado la nueva versión (2019.06.07) de nuestra librería para generar comprobantes fiscales digitales por internet: Electronic Document Library (EDL).

Esta liberación no es una liberación normal, sino que se trata de una liberación acumulativa, en donde hemos puesto todas las correcciones y mejoras que se han hecho en los últimos 6 meses y las cuales se habían liberado para los usuarios que las requerían.

A continuación, conocerás los cambios más importantes realizados:

Autoridad certificadora
A principios del mes de mayo, el SAT cambió el certificado con el que se generan los certificados de sello, esto generó que los nuevos certificados de sello no pudieran ser usados con la librería, por lo que nos vimos en la necesidad de actualizar la librería y liberar esta nueva versión.

A partir de esta versión, los usuarios que renueven sus certificados ya no tendrán problemas para generar sus comprobantes fiscales.

Complementos de nómina
Hemos agregado un nuevo método (GetNomina()) que permite obtener todos los complementos de nómina contenidos en un recibo (XML), esto resulta de gran utilidad para cuando estas leyendo y procesando recibos de nómina de forma masiva, ya que puedes saber cuantos complementos tiene el recibo y puedes procesarlos directamente.

Mes 13
Se agrego soporte al mes 13 en la generación de los archivos de la contabilidad electrónica; es importante mencionar que los schemas del SAT, no permiten dicho caso, lo que debes de hacer para poder lograrlo es deshabilitar, dentro de la librería, validación contra el schema al momento de generar el archivo de la contabilidad.

Adendas
Con respecto a las adendas, hemos realizado algunos cambios solicitados por los clientes:

  • Se modificó la generación de la adenda de Capa de ozono
  • Se modificó la generación de la adenda de MABE, agregando un namespace

Correcciones
Cada vez que liberamos una nueva versión, incluimos todas correcciones de los errores reportados por los usuarios, en este caso, son solamente dos:

  • Al obtener los datos del timbre, usando el método GetTimbre(), no estaba retornando el RFC del PAC.
  • Se corrigió el error que se presentaba al leer un CFDI que tiene en el subtotal .01

Si deseas conocer, a detalle, todos los cambios realizados en esta liberación, te invitamos a leer el historial de cambios.

Para tener acceso a las mejoras realizadas a Electronic Document Library, deberás de llevar a cabo la actualización de esta dando clic en la siguiente liga:

DESCARGAR

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Hasta la próxima.

Cambios a la Contabilidad Electrónica

Dentro de los cambios contenidos en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) de 2019, publicada el pasado 7 de mayo de 2019 por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), tenemos el correspondiente al Anexo 24, el cual contiene las referencias a la descripción de la información que deben contener los archivos de la contabilidad electrónica.

A continuación, se detalla el cambio realizado específicamente al Catálogo de Cuentas, el cual contiene de forma ordenada todos los números (claves) y nombres de las cuentas de activo, pasivo, capital, ingresos, costos, gastos y cuentas de orden.

El cambio radica en la adición de nuevas cuentas de ingresos, con el fin de definir nuevos tipos de ingresos de la zona fronteriza norte, siendo estas las siguientes:

Código Nombre
401.04 Ventas y/o servicios gravados realizados en la zona fronteriza norte
401.05 Ventas y/o servicios gravados realizados en la zona fronteriza norte de contado
401.06 Ventas y/o servicios gravados realizados en la zona fronteriza norte a crédito

Anteriormente, estas cuentas pertenecían a la siguiente definición:

Código Nombre
401.04 Ventas y/o servicios gravados al 0%
401.05 Ventas y/o servicios gravados al 0% de contado
401.06 Ventas y/o servicios gravados al 0% a crédito

Como se puede observar, lo correcto habría sido definirlas al final de los tipos de ingreso, pero no fue así, las insertaron, trayendo como consecuencia, que los contribuyentes se verán obligados en redefinir su catálogo de cuentas en su sistema contable, cambiando el código agrupador de la cuenta contable, aunque no se tengan ingresos en la zona fronteriza norte.

Si deseas conocer la definición de este cambio en el Anexo 24 de la RMF 2019, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

RMF_2019_ANEXO24_07052019

 

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Hasta la próxima.

Librería para generar la contabilidad electrónica 1.3

En esta nueva versión (2017.10.07) de Electronic Document Library (EDL) hemos dado soporte a los últimos cambios realizados por el SAT, a continuación, encontrarás el detalle de los cambios realizados.

Contabilidad Electrónica 1.3
En lo que respecta a la generación de los diferentes archivos (Catálogo de cuentas, Balanza de comprobación, Pólizas contables, Auxiliar de cuentas y Auxiliar de folios) que integran la contabilidad electrónica te traemos una buena noticia, en esta versión de la librería ya podrás generarla con la última versión requerida por la autoridad, siendo ésta la versión 1.3

Para conocer la versión más reciente de los archivos de la contabilidad electrónica que la definen, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Contabilidad Electrónica 1.3 actualizada

Complemento Recepción de pagos 1.0
Para el caso de facturas con complemento de recepción de pagos, ahora ya es posible llevar a cabo el timbrado de las mismas, queremos recordarte que éste complemento sólo aplica con la versión 3.3 del CFDI y que su uso obligatorio será a partir del 1 de diciembre de 2017, aunque entró de manera opcional a partir del 1 de julio de 2017.

Addendas
En esta nueva version de la librería, también hemos realizado cambios en el módulo de a adendas, específicamente hemos agregado dos nuevas:

  • Se implementó la generación de la addenda para Continental Tire.
  • Se agregó compatibilidad para llevar a cabo la generación de la addenda 3M.

Cambios adicionales
Existen dos cambios que consideramos importantes y de los cuales nos gustaria hacer una mencional adicional:

  • Se actualizó el archivo PUERTOS.PDF, recomendamos que lo revices ya que se cambiaron algunas URL a donde se conecta la librería.
  • En la integración con ECODEX, se mejoró el proceso de timbrado de CFDI 3.3

Como siempre, recomendamos revisar el historial de cambios para conocer cada una de las modificaciones realizadas.

Para tener disponibles todos los cambios ofrecidos en esta nueva versión, deberás de llevar a cabo la actualización de la librería, dando clic en la siguiente liga:

DESCARGAR

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Contabilidad Electrónica 1.3: Análisis

En esta ocasión queremos darte a conocer los cambios que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó a los archivos de la contabilidad electrónica, los cuales quedarán plasmados en su versión 1.3.

A continuación, describimos a detalle los cambios realizados, siendo estos los siguientes:

Catálogo de cuentas
Para el caso del catálogo de cuentas los únicos cambios son:

  • La versión cambia a 1.3
  • Se adiciona el comentario al atributo que define la naturaleza de la cuenta o subcuenta (Natur):
    • Existen cuentas de Activo, Pasivo y Capital que por su naturaleza pueden presentarse de manera Deudora o Acreedora.

Balanza de comprobación
En lo que corresponde al archivo de la balanza de comprobación, los cambios son los siguientes:

  • La versión ahora es 1.3
  • En cuanto a la fecha de modificación de la balanza (FechaModBal) se define como valor mínimo el 1 de enero de 2015
  • Se redefine la cantidad mínima y máxima que admitirán los campos del tipo t_Importe, quedando de la siguiente manera:
    Mínimo: -9999999999999999999999.99
    Máximo: 9999999999999999999999.99

Pólizas del periodo, Auxiliar de cuentas y folios
Para estos archivos los cambios a considerar son los siguientes:

  • Cambia la versión a 1.3
  • Para el atributo número de orden (NumOrden) se redefine el patrón usado a [A-Z]{3}[0-9]{7}(/)[0-9]{2}
  • En cuanto al número de trámite (NumTramite) su longitud cambia de una longitud de 10 a 14 y se redefine el patrón usado a [A-Z]{2}[0-9]{12} el cual permite el uso de letras como parte del valor del mismo
  • Se redefine la cantidad mínima y máxima que admitirán los campos del tipo t_Importe, quedando de la siguiente manera:
    Mínimo: -9999999999999999999999.99
    Máximo: 9999999999999999999999.99

Cambios adicionales
Dentro de los cambios adicionales tenemos:

  • Para la firma del XML se permite el uso SHA-1 y SHA2, algo muy extraño, no tiene sentido, al menos técnicamente hablando, el uso de 2 algortimos.
  • El cambio de la ruta en el servidor del SAT, donde se encuentran los respectivos schemas

Validación de la contabilidad electrónica
En Facturando nos enorgullece el poderte ofrecer nuestras soluciones de validación, en las cuales se ha implementado la funcionalidad para llevar a cabo la validación de la contabilidad electrónica en su nueva versión 1.3, siendo estas las siguientes:

  • Validador CFDI – aplicación de escritorio que no solo permite la validación de CFDIs 3.3 y de la contabilidad electrónica 1.3, así como también, la descarga de los archivos XML de tus facturas directo del servidor del SAT
  • Electronic Document Validator (EDV) – Si desarrollas software, con esta librería podrás validar los comprobantes fiscales digitales 3.3 y la contabilidad electrónica 1.3.

Generar los archivos de la contabilidad
Si requieres generar los nuevos archivos de la contabilidad electrónica 1.3, puedes hacer uso de dos de nuestras soluciones:

  • EDS: Software que recibe un archivo de texto y lo convierte en un XML que cumple con todo lo requerido por el SAT para la contabilidad.
  • EDL: Librería con la que podrás generar los archivos de la contabilidad.

Especificacion técnica
Podrás descargar la especificación técnica de la contabilidad electrónica dando clic en la siguiente liga:

Contabilidad Electrónica 1.3

Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del foro que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Contabilidad electrónica 1.3

Como recordaras, la contabilidad electrónica es la obligación de llevar el registro de las transacciones en medios electrónicos que realizan los contribuyentes y el envío de los archivos a través del Buzón Tributario a la autoridad (SAT) de forma mensual.

Están obligadas al envío de la contabilidad electrónica:

  • Las personas morales, incluidas las personas morales con fines no lucrativos.
  • Las personas físicas con actividad empresarial, actividades profesionales con ingresos superiores a $ 2,000.000.00 y arrendamiento, con la condicionante de que no estén haciendo uso de la aplicación Mis cuentas.

Actualmente, en México, desde hace ya tiempo, manejamos la versión 1.1 de la misma y ahora el SAT ha liberado la especificación técnica para lo que será la nueva versión, esto es 1.3.

A continuación, encontrarás el detalle de los cambios que hemos encontrados después de realizar un análisis detallado a los documentos liberados:

Auxiliares y Polizas

  • La versión ha sido cambiada a 1.3
  • Se ha cambiado la expresión regular del número de orden (NumOrden)
  • El número de tramite (NumTramite) ha cambiado su tamaño, el cual estaba en 10 y ha pasado a 14, y también se modificado su expresión regular permitiendo letras en el valor del mismo.
  • Ahora los importes permiten números más grandes.

Balanza de comprobación

  • Ahora la versión es 1.3
  • A la fecha de la última modificación (FechaModBal) se la definido como valor mínimo 01/01/2015.
  • Ahora los importes permiten números más grandes.

Catálogo de cuentas

  • El único cambio que existe en este, es la versión que ha sido actualizada a la 1.3

Otros cambios
Adicional a lo ya comentado, el SAT ha realizado otros cambios, que, aunque son menores, consideramos que es importante mencionarlos:

  • Se actualizo el archivo de digestión de SHA-1 a SHA-2.
  • Cambio la ruta dentro del servidor del SAT donde se encuentran los respectivos schemas.

Validación de la contabilidad electrónica
En Facturando nos enorgullece el poderte ofrecer nuestras soluciones de validación, en las cuales se ha implementado la funcionalidad para llevar a cabo la validación de la contabilidad electrónica en su nueva versión 1.3, siendo estas las siguientes:

  • Validador CFDI – aplicación de escritorio que no solo permite la validación de CFDIs 3.3 y de la contabilidad electrónica 1.3, así como también, la descarga de los archivos XML de tus facturas directo del servidor del SAT
  • Electronic Document Validator (EDV) – Si desarrollas software, con esta librería podrás validar los comprobantes fiscales digitales 3.3 y la contabilidad electrónica 1.3.

Generar los archivos de la contabilidad
Si requieres generar los nuevos archivos de la contabilidad electrónica 1.3, puedes hacer uso de dos de nuestras soluciones:

  • EDS: Software que recibe un archivo de texto y lo convierte en un XML que cumple con todo lo requerido por el SAT para la contabilidad.
  • EDL: Librería con la que podrás generar los archivos de la contabilidad.

Finalmente queremos comentarte que hemos creado otro artículo donde compartimos nuestro punto de vista acerca de este cambio, te invitamos a leerlo.

Si desea descargar la especificación técnica, te invitamos a dar clic aquí:

Contabilidad Electrónica 1.3 – Documentación

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Hasta la próxima.

Contabilidad electrónica 1.3 – Comentarios

Hemos publicado un artículo en nuestro blog sobre lo que será la nueva versión de la contabilidad electrónica, te invitamos a leerlo antes de continuar:

Contabilidad electronica 1.3

La idea de este artículo es compartir contigo nuestro punto de vista con respecto a este tema, y para esto hemos redactado algunas de las preguntas que puedas tener:

¿Y para que este cambio?
Creemos que el cambio tiene cierta lógica, ya que el SAT está actualizando todas sus especificaciones para que se usen algoritmos mucho más seguros, además de aprovechar para hacer mejoras a la especificación.

¿Ya está lista la especificación final?
Se nota que aún no está lista la especificación, tal vez este sea un borrador de cómo será, y esto lo comentamos porque durante el análisis encontramos errores muy básicos en el documento técnico, que seguramente irán siendo corregidos con el paso del tiempo.

¿Entonces van a haber más cambios?
Posiblemente, aunque creemos que no sean cambios drásticos, sino solamente se van a afinar algunas cosas.

¿Van a cambiar el proceso actual?
No creemos que esto vaya a suceder, esta nueva versión la vemos como una actualización menor, por así decirlo, al proceso actual, no esperamos cambios radicales.

¿Para cuándo?
Esta es talvez la pregunta más importante, y aunque no tenemos datos al respecto, consideramos que no será este año, ya que actualmente las empresas están trabajando para dejar funcionando el CFDI 3.3, que como recordaras, su obligatoriedad se fue hasta diciembre por lo que en estos meses no le podrán dedicar tiempo a este tema.

¿Voy a tener que actualizarme?
Así es, vas a tener que actualizar los productos que uses (programas, librerías, etc.) para generar los archivos de la contabilidad electrónica; el solo hecho de haber cambiado el algoritmo de digestión, implica actualizar cualquier solución.

¿Tiene costo la actualización?
En nuestro caso concreto no, todos nuestros usuarios recibirán las nuevas versiones y podrán actualizarse sin costo alguno; si eres un usuario de otro producto, te invitamos a verificarlo con tu proveedor.

Si tienes alguna otra duda al respecto, déjala tus comentarios y con gusto te estaremos respondiendo.

Hasta la próxima

EDS: Nuevos certificados de pruebas del SAT

Dentro de esta nueva liberación de la versión 2016.08.16 de Electronic Document Server (EDS) se realizaron las siguientes modificaciones:

Representación impresa
En lo que respecta a la representación impresa (PDF) de los comprobantes generados, se llevó a cabo la optimización en su generación, disminuyendo su tamaño hasta en un 70%, ésta optimización la podrás activar o desactivar, según lo requieras, mediante el botón que se agregó dentro de la configuración del sistema, el valor que por defecto tiene esta propiedad es TRUE.

Para quien hace uso del formato especial de multi columnas, ahora dentro del sistema, se indica, en la barra de estado, si se tiene o no configurado el uso de este formato.

Certificados de pruebas del SAT
En esta versión se adicionó el soporte a los nuevos Certificado de Sello Digital (CSD) de pruebas emitidos por el Sistema de Administración Tributaria (SAT), con lo que podrás llevar acabo la generación de facturas electrónicas de pruebas, mediante el uso de los mismos.

DESCARGAR

Adicional, te invitamos a leer el historial de cambios.

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Hasta la próxima.