Como sabrás, las personas morales obligadas a presentar su declaración de pagos provisionales son aquellas que tributan en el régimen general en términos del Título II de la Ley del impuesto sobre la renta (ISR) como son:
- Sociedades mercantiles
- Maquiladoras
- Asociaciones civiles
- Asociación en participación
- Sociedades cooperativas
- Sistema financiero
- Fideicomiso con actividad empresarial
- Contratistas y asignatarios de hidrocarburos
- Contribuyentes que aplican el estímulo de región fronteriza
- Fusión y Escisión
- Liquidación
La autoridad ha diseñado una herramienta para llevar a cabo la presentación de la declaración de los pagos provisionales del ISR.
Dicha herramienta, utiliza la información que los propios contribuyentes han manifestado en sus declaraciones anuales y provisionales de ISR, así como la información contenida en los Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI).
Este prellenado tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, mejorando con ello, la precisión en la presentación en la declaración de impuestos.
Algunos usuarios nos han manifestado sus dudas e inquietudes acerca de cómo el SAT realiza este proceso, por lo que, nos hemos dado a la tarea de investigar acerca de este tema y queremos compartir contigo lo que hemos podido encontrar.
Para el prellenado de la declaración, la autoridad considera como fuentes de información las siguientes:
- Visor de facturas emitidas
- Visor de nómina del patrón
- Declaración anual
- Declaraciones de pagos provisionales
ISR del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas morales
Para el prellenado se considera:
- La información de los CFDIs de tipo Ingreso y Pago, emitidos por el contribuyente con método de pago “PUE – Pago en una sola exhibición”
- Vigentes emitidos en el periodo al que corresponde el pago
- Que la fecha de emisión corresponda al periodo que declara
ISR del Régimen General de personas morales
Para el prellenado se considera:
- La información de los CFDIs de tipo Ingreso, emitidos por el contribuyente con método de pago “PUE – Pago en una sola exhibición” y “PPD – Pago en parcialidades o diferido”
- Vigentes emitidos en el periodo al que corresponde el pago
- Que la fecha de emisión corresponda al periodo que declara
ISR de las sociedades y asociaciones civiles
Para el prellenado se considera:
- La información de los CFDIs de tipo Ingreso, emitidos por el contribuyente con método de pago “PUE – Pago en una sola exhibición”
- Vigentes emitidos en el periodo al que corresponde el pago
- Que la fecha de emisión corresponda al periodo que declara
Adicionalmente, se podrá permitir el disminuir o adicionar ingresos.
Creemos que la información presentada anteriormente, da mucha claridad de lo que el SAT utiliza para poder realizar el prellenado de la declaración de ISR.
Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.
Hasta la próxima.