SAT: Facilidad para la reducción de multas fiscales

Si eres alguno de los contribuyentes que recibieron alguna notificación de requerimiento y de multa por el incumplimiento de las declaraciones pendientes esta información es para ti.

Para estos contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el pasado 31 de agosto de 2022 el comunicado 041/2022 donde se informa:

La autoridad (SAT) informa acerca de la facilidad administrativa para la reducción de multas fiscales.

De acuerdo con el comunicado, esta facilidad va dirigida a aquellos contribuyentes que tiene multas fiscales por incumplimiento de las declaraciones pendientes en años anteriores a 2022.

Con esta facilidad el contribuyente podrá obtener hasta el 100% de reducción de las multas, siempre y cuando se esté al corriente con sus obligaciones.

Las personas que podrán acceder a esta facilidad son las siguientes:

  1. Las que recibieron notificaciones de requerimiento y de la multa, pero no recibieron requerimiento del cobro de la misma, bajo este supuesto podrán acceder a la reducción del 100 por ciento.
  2. Las que recibieron notificaciones de requerimiento, así como de la multa y también el requerimiento del cobro de la misma, podrán acceder a la reducción hasta el 90% de acuerdo con la siguiente tabla:

¿Cuándo te informaron de la multa? Porcentaje de reducción
Menos de 1 año 90%
Más de 1 y hasta 2 años 80%
Más de 2 y hasta 3 años 70%
Más de 3 y hasta 4 años 60%
Más de 4 y hasta 5 años 50%
Más de 5 años 40%

La línea de captura la estarán recibiendo los contribuyentes que cuenten con el Buzón Tributario la cual estará disponible hasta el 9 de septiembre de 2022, si no se realiza el pago correspondiente, podrás solicitar una actualización de la misma a través del portal del SAT o MarcaSAT, teniendo los mismos beneficios.

Si deseas ver a detalle el contenido de este comunicado y el cómo obtener el formato de pago de las multas te invitamos a dar clic en el siguiente enlace.

Comunicado 041/2022

Es de suma importancia saber que esta facilidad tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

Hasta la próxima.

SAT: ¿Cambiaste de régimen? regulariza tu situación

Como recordarás, de acuerdo con los cambios fiscales para este 2022, entro en vigor el nuevo Régimen Simplificado de Confianza, comúnmente llamado RESICO.

Para el caso de las personas morales, de entre los requisitos para poder pertenecer a éste es ser micro y pequeño empresario residente en México, únicamente constituido por personas físicas y cuyos ingresos totales anuales no rebasen de 35 millones de pesos.

Ahora bien, para el caso de las personas morales en específico, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el día de ayer 30 de agosto de 2022 el comunicado 040/2022 donde:

La autoridad (SAT) invita a los contribuyentes personas morales que se encuentren en el Régimen General de Ley o en el Régimen Simplificado de Confianza a regularizar sus declaraciones provisionales antes del 19 de septiembre.

Esto aplica para aquellas personas morales que cambiaron antes del 1 de agosto del Régimen Simplificado de Confianza al Régimen General de Ley o viceversa, que presentaron el aviso correspondiente y que tuvieron dificultades para presentar su declaración, en este caso el SAT considerará como vigente durante todo el ejercicio 2022 el último régimen fiscal elegido.

En base a lo anterior, el SAT dará a más tardar hasta el 19 de septiembre de 2022 para que presenten sus declaraciones y, en su caso, realicen los pagos provisionales de los meses de enero a julio de 2022 bajo el último régimen que eligieron.

Adicional, para poder cumplir es necesario antes de presentar la declaración de agosto, presentar lo correspondiente de enero y subsecuentes.

Entre la presentación de cada declaración deberá de transcurrir:

  • 24 horas cuando no se requiera pago.
  • 48 horas posteriores al pago en caso de requerirse.

Finalmente, si existiera algún pago en el régimen que abandonaron, este podrá disminuirse del pago en la nueva declaración, mediante la selección del apartado ¿tienes compensaciones por aplicar? capturando el monto total de los pagos que se hayan realizado.

Si deseas descargar el comunicado te invitamos a dar clic en el siguiente enlace.

Comunicado 040/2022

Hasta la próxima.

La mayoría de vendedores de mercado libre pagarán más de ISR

Mercado libre es una de las empresas líder en comercio electrónico en nuestro país, y la cual está de acuerdo que se aplique una sola tasa de retención para el Impuestos Sobre la Renta (ISR) a los vendedores que utilizan dicha plataforma y con ello que sea más fácil llevar acabo las retenciones, pero no por el porcentaje que aprobó la cámara de diputados que es del 2.4% y que paso al Senado para su aprobación.

La sugerencia de dicha empresa es que sea una tasa de tan solo el 1%, ya que, al aplicar la tasa mencionada en el párrafo anterior, provocará que varios vendedores se salgan de su plataforma.

Con respecto a la actividad que realizaban de manera formal, de la cual estaban conscientes de que tenían que pagar impuestos, podría causar que ahora se lleve a cabo de manera informal y evitar el pago de estos, ya que no les es conveniente el cambio.

Esto quiere decir, que es una buena noticia para los que ganan más, porque pagarán menos ISR y es una mala noticia para los que ganan menos, ya que ellos pagarán más de dicho impuesto, debido a que la propuesta es aplicar una tasa única y no como se había planteado anteriormente, ya que este dependía de sus ganancias y se aplicaba una tasa de porcentaje en base a estas.

El tema de Mercado Libre es que la mayoría de sus usuarios llegan a percibir menos de $100,000.00 pesos mensuales, y solo un porcentaje menor de usuarios son los que perciben más de este importe, los cuales no se verían tan afectados con la aplicación de dicho porcentaje.

Con el modelo actual, los tasas a aplicar por ganancias serian:

  • Más de 100,000 pesos deberán tributar en una tasa mayor que es del 5.4%
  • Los que ganan menos de 100,000 tributan en el 2%
  • Quienes ganan hasta 25,000 pesos se les aplica el 1.1%
  • Los de menos de 10,000 pesos el .9%
  • Menos de 5,000 pesos al .5%
  • Y, por último, los que ganan menos de 1,500 pesos pagan .4%.

Por ejemplo, el que gana 100,000 pesos con el modelo actual su retención es de 5,400 pesos y aplicando la nueva tasa única del 2.4% de ISR, su retención sería de 2,400 pesos, pero al que gana menos como es el caso de 1,500 pesos con el actual tasa su retención es de 6.00 pesos, mientras con el cambio su retención será de 36.00 pesos, por tal motivo no sería visto con buenos ojos, para los de menor ganancia, este cambio a tasa única.

Si tienes alguna duda con respecto a esta publicación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.