Descarga masiva de CFDI – XML con e.firma (FIEL)

En esta ocasión, queremos compartir contigo la nueva funcionalidad integrada a la librería Electronic Document Download (EDD) para llevar a cabo la descarga masiva de archivos XML del servidor del SAT, por medio de la e.firma más conocida como la Firma Electrónica (FIEL).

Contexto
Electronic Document Download es una librería (DLL) que lleva más de 9 años en el mercado, su primera versión fue liberada en 2015 y desde entonces siempre ha usado la contraseña CIEC para ingresar al servidor del SAT.

En los últimos meses, algunos clientes nos han comentado que les gustaría poder usar la firma electrónica (e.firma) como método de autenticación ante el servidor del SAT, ya que no cuentan con la CIEC.

Ingreso al servidor del SAT con e.firma
A partir de ahora, la librería permitirá usar la e.firma para ingresar al servidor del SAT, donde solo deberás indicar:

Certificado

  • Debe ser el certificado de la e.firma.
  • Se agregó soporte a varios tipos de certificados: CER, PEM y PFX
  • Este dato es obligatorio.

Llave privada

  • Deberás indicar la llave privada (Key) de la e.firma.
  • Este dato es opcional si el certificado es de tipo PFX

Contraseña

  • Indica la contraseña de la llave privada o del certificado en formato PFX.

RFC

  • Capturar el RFC correspondiente al contribuyente a quien pertenece la firma electrónica.

Soporte a diferentes tipos de certificados
Como abras notado, la librería no solo va a soportar los típicos archivos del SAT (.CER y .KEY) sino que también quisimos permitir el uso de otros formatos como son el PEM y PFX.

Lo anterior lo hicimos porque sabemos que algunos usuarios manejan el certificado en formato PFX.

Validaciones agregadas
Como ya es costumbre en todos nuestros productos, una vez que agregamos una característica, siempre nos aseguramos de que se usen los datos correctos, por lo que hemos implementado las siguientes validaciones antes de realizar la conexión al SAT:

  • No se permite el uso de otro tipo de certificado, por ejemplo, el de sello.
  • Se verifica que el certificado se encuentre vigente.
  • Se analiza si el certificado y su llave privada corresponda el uno con el otro.
  • Se valida que el certificado haya sido emitido por el SAT.
  • Se verifica que el certificado pertenezca al contribuyente que desea hacer la consulta o descarga de los XML.

Como podrás imaginar, hemos implementado nuevos códigos de error para reportar cada una de estas situaciones; estos ya fueron agregados a la documentación de la librería.

Clave CIEC
Es importante aclarar que nuestra intención fue agregar funcionalidad y no quitar la que ya existe, por lo que se continúa dando soporte a la clave CIEC.

Lo anterior trae muchas dudas, por eso quisimos dar respuesta en este artículo.

¿Es posible que te preguntes si es posible indicar las dos: CIEC y e.firma?
La respuesta es sí, puedes indicar las dos, en ese caso:

  1. La librería intenta ingresar al servidor del SAT usando la e.firma
  2. En caso de que no se pueda ingresar por algún problema en el servidor del SAT, se usa la CIEC
  3. En caso de que tampoco se pueda ingresar con la CIEC se genera un mensaje de error.

¿Por qué darle prioridad a la e.firma?
Le hemos dado prioridad a la e.firma para ingresar al SAT por dos motivos:

  • Consideramos que este método es un poco más estable que el de la CIEC.
  • En nuestras pruebas, el ingreso al SAT usando la e.firma tomo menos tiempo.

¿Es obligatorio el uso de la e.firma?
No, es algo totalmente opcional y, como lo comentamos líneas arriba, se agregó el uso de la e.firma con el fin de darle solución a algunos usuarios.

¿Qué sucede si solo indicó la CIEC?
Nada, la librería va a continuar trabajando como ya lo venía haciendo.

Proceso de descarga
En este punto, tal vez te preguntes si el proceso de consulta o descarga sufrió algún cambio y la realidad es que no; lo que hicimos fue agregar otra forma de autenticarse ante el servidor del SAT.

Actualización de la librería
Para conocer cómo usar esta nueva característica, te invitamos a descargar la nueva versión y revisar los ejemplos, ya que estos han sido actualizados para que se pueda usar la CIEC y/o e.firma.

DLL para la descarga masiva de XML

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

IMSS lanza su buzón electrónico

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dio a conocer los lineamientos para la operación del Buzón IMSS, mediante su publicación del pasado 5 de agosto en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se especifica:

¿A quiénes aplica?

El Buzón IMSS va dirigido a los patrones, para los que constituirá un canal adicional para realizar trámites ante el instituto, ya que estos se podrán seguir gestionando de manera presencial en las 133 Subdelegaciones del IMSS.

Lineamientos

Durante su primera etapa de implementación, los usuarios podrán realizar de manera digital trámites y notificaciones en materia de:

  • Incorporación
  • Recaudación
  • Fiscalización

De igual forma, el instituto, por medio del buzón IMSS, realizará la notificación de cualquier acto, requerimiento o resolución administrativa que emita en documentos digitales e informará sobre aspectos de interés para los usuarios.

Vigencia

De acuerdo con los lineamientos que entraron en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, los sujetos implicados, según un proceso seguro que les conferirá certeza, deberán de habilitar su Buzón IMSS en un plazo máximo de 180 días, periodo que vence el próximo 1º de febrero de 2025.

Activación

Para tener acceso a la aplicación es necesario realizar la activación de este, para ello se deberá de ingresar a la siguiente liga:

Buzón IMSS

El acceso será mediante la e.firma del Servicio de Administración Tributaria (SAT) vigente, donde se indicará:

  • RFC
  • Certificado
  • Llave privada
  • Contraseña de la llave privada

Todos los datos anteriores son obligatorios.

Después se deberán de registrar y validar los medios de contacto, consistentes en indicar por lo menos 1 correo electrónico de 5 posibles como máximo, y 1 número celular.

En seguida, se deberán de firmar los términos y condiciones para el uso del mismo. Dicha firma se realiza con la misma FIEL.

Finalmente, quedará activado tu Buzón IMSS.

Contacto

El instituto (IMSS) habilitó el centro de contacto telefónico, para atender cualquier duda con el entorno antes señalado, siendo este el siguiente:

Teléfono: 800 623 2323
Opción: 5 y, nuevamente 5

El servicio estará disponible en un horario de lunes a viernes de 9 a 18 horas, tiempo del centro de México.

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Hasta la próxima.

SAT – abandono de citas de personas morales

Como sabrás, es difícil agendar de un día para otro una cita presencial en las oficinas del SAT, debido a que pueden agendarse por lo menos en un plazo de una semana, corriendo con suerte, o hasta dentro de un mes.

Bajo este contexto, y con la dificultad que implica agendar una cita en el SAT, la misma autoridad publicó el pasado 24 de marzo de 2022 un comunicado donde manifiesta el resultado de la revisión de cifras enfocadas primordialmente a la atención de renovaciones de firma electrónica (e.firma) de personas morales, obteniéndose un porcentaje de abandono considerable de las mismas.

A continuación, te presentamos el porcentaje de abandono de citas por parte de las personas morales:

  • Generación de firma electrónica (e.firma) de personas morales con un 40%
  • Renovación de firma electrónica (e.firma) de personas morales con el 38%
  • Inscripción de personas morales con 37%
  • Cancelación de personas morales (liquidación y Cese de operaciones) con 43%

En su conjunto, el total de abandono de citas de los servicios anteriormente mencionados corresponden al 51% cifra muy alta.

La recomendación en general es, si tienes agendada una cita para asistir a las oficinas del SAT y por algún motivo te será difícil asistir, lo correcto es cancelarla para que otro contribuyente pueda ocupar ese espacio.

Si deseas obtener el comunicado publicado por el SAT, te invitamos a dar clic en la siguiente liga para su descarga:

Comunicado 017/2022

Adicional, la autoridad (SAT) mencionó tajantemente que no habrá prórroga para presentar la Declaración Anual 2021 correspondiente a las personas morales.

Hasta la próxima.