Inconsistencias en el validador de RFCs del SAT

Antecedente
Como recordarás uno de los cambios derivados de las modificaciones a la Miscelánea Fiscal para este 2022, es la entrada en vigor de la nueva versión de los Comprobantes Digitales a través de Internet (CFDI 4.0) y para poder emitir comprobantes (facturas, recibos de nómina, etc.) usando esta nueva versión es necesario contar con los datos correctos del receptor (cliente, empleado, etc.):

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Nombre o Razón Social
  • Código postal del domicilio fiscal

Situación actual
Derivado de lo comentado anteriormente, la autoridad (SAT) puso a disposición, de todos los contribuyentes, un portal donde se puede verificar esta información y conocer si los 3 datos requeridos son válidos y están relacionados; en Facturando tenemos un curso en donde mostrarnos el uso de este y las diferentes formas de obtener los datos del receptor.

Curso del validador de RFC

Dentro del portal proporcionado por el SAT podemos validar, de dos formas el RFC, nombre, denominación o razón social y CP:

  1. Manualmente – capturando los datos directamente en la aplicación
  2. Masivamente – por medio de la carga de un archivo en formato Txt

Inconsistencia en la respuesta
A continuación, mostraremos un caso en donde el portal del SAT muestra dos resultados totalmente diferentes al momento de validar un contribuyente (RFC).

Validación manual
Si capturamos los datos de forma manual (RFC, nombre y código postal), el portal del SAT nos dice que el RFC no existe, como se muestra a continuación:

Validación masiva
Si hacemos una validación masiva, esto es, cargamos un archivo TXT en el mismo portal, la respuesta que nos regresa es que el RFC no esta registrado en el padrón de contribuyentes, a continuación podrás ver el resultado.

Validación de solo el RFC
Dentro de la misma aplicación se llevó a cabo la validación solo del RFC en la opción correspondiente obteniéndose como respuesta: RFC válido y susceptible de recibir facturas

Analizando las tres respuestas obtenidas, podemos identificar las inconsistencias de estas, ya que en esta última el RFC es validado y la autoridad responde que es susceptible de recibir facturas, lo cual significa que fue localizado en sus registros, mientras que en las dos primeras respuestas indica que no se encuentra registrado, siendo esto una contradicción, ya que en uno indica que si existe y en otros que no.

Otros validadores del SAT
Quisimos verificar el RFC de otra forma y para esto probamos con otras dos herramientas que están disponibles en el portal de la autoridad (SAT).

Validador de RFCs
En este caso probamos con la primera opción, este portal, a diferencia del anterior, solamente permite verificar el RFC, no es posible validar el nombre ni el código postal; para nuestro caso no tiene importancia, ya que solo queremos verificar si el RFC es válido en su estructura y si se encuentra registrado en el SAT.

Un problema recurrente que hemos detectado con esta herramienta es que comúnmente muestra un mensaje de error cuando se ingresar el captcha y no permite trabajar, por lo que debes volver a empezar.

Después de varios intentos de querer usar la herramienta, finalmente pudimos validar el RFC y en este caso nos dice “Clave de RFC válida”; esto quiere decir que el RFC proporcionado es válido.

Consulta contribuyente
Esta es otra herramienta que está disponible en el sitio del SAT; para consultar el RFC es necesario indicar:

  • El tipo de persona (Física / Moral)
  • El tipo de documento (validación por RFC o CURP)
  • El RFC a validar
  • Capturar el texto de la imagen (captcha)

Una vez indicados los datos requeridos por la plataforma, obtenemos como resultado de la consulta que el RFC no es válido, esto de acuerdo a lo indicado en el estatus como “No registrado en el padrón de contribuyentes”

Conclusión
Para finalizar nos gustaría hacer algunos comentarios al respecto de este tema:

  • Aplaudimos el esfuerzo por parte de la autoridad (SAT) de poner a disposición de todos los contribuyentes herramientas que permiten validar un RFC y los datos ligados al mismo.
  • El uso de dichas herramientas es relativamente sencillo y aunque tienen varios aspectos por mejorar, la realidad es que éstos no representan un inconveniente para las mismas, ya que cualquier persona puede hacer uso de estas.
  • El objetivo primordial de estas herramientas es ayudarle al usuario a tener certeza sobre la información que posee de sus clientes, proveedores, empleados, etc.; por lo que, el hecho que se presenten estas inconsistencias genera malestar y desconfianza en los contribuyentes.

Antes de finalizar queremos invitarte a leer estos artículos sobre el mismo tema:

Hasta la próxima.

Requisitos que pedirá SAT para participar en el buen fin 2020

Te queremos comentar que, si deseas que tu negocio participe en el BUEN FIN 2020 que se llevará a cabo del 9 al 20 de noviembre del presente año en tiendas físicas o en línea, la Secretaria de Economía (SE) informó que los comercios y empresas que quieran participar en dicho evento deberán ser revisados por la autoridad fiscal (SAT), en el cual se refleje el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

De acuerdo al comentario del jefe de la unidad de competitividad y competencia de la secretaria de economía, el requisito para participar es estar al corriente con las obligaciones fiscales, debiendo de cumplir con estas.

En años anteriores no se consideraba como estaba la situación fiscal de los comercios y negocios ante la autoridad fiscal, el requisito solo era registrar los datos de identidad, pero en este año será diferente el proceso de registro.

A continuación, te presentamos los tres requisitos de tipo fiscal solicitados por la autoridad (SAT), los cuales se deberán de cumplir:

  • Contar con en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Tener el buzón tributario activado.
  • Tener la opinión de cumplimiento positiva.

El servicio de administración tributaria será el encargado de indicar que comercios o empresas podrán o no estar el buen fin 2020, lo cual solo será “palomeando” si procede o no el registro.

El objetivo de este año es reactivar la economía y alcanzar el monto de las ventas realizadas del año pasado, de igual forma, serán incluidos otros giros de negocios, que por primera vez participarán, además de una mayor duración de el buen fin.

Te recomendamos que lleves a tiempo tu registro para poder participar y en caso de que algo no esté en orden con tus obligaciones, tengas el tiempo necesario para resolver el problema con el SAT y así llevar acabo tu participación.

Si deseas saber cómo ingresar al sitio oficial del buen fin da clic a la siguiente liga:

El buen fin

Si tienes alguna duda con respecto a este blog, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.