¿Cómo cancelar una factura electrónica CFDI?

En esta ocasión hablaremos del procedimiento que se debe de llevar a cabo para realizar la cancelación de una factura electrónica directamente en el portal del SAT.

Existen dos formas de cancelar una factura, a continuación las describiremos

  1. A través de los servicios que ofrece tu Proveedor Autorizado de certificación; en este caso se dice que el proceso es automático, ya que comúnmente con tan solo un clic es ejecutado el proceso.
  2. A través de la página del SAT, este método implica mas pasos, pero es 100% confiable

Hoy estaremos hablando de la segunda opción, esto es, a través de la página del SAT, describiremos paso a paso cada una de las opciones; recuerda que en Facturando tenemos herramientas que te permiten llevar a cabo el proceso  de forma automática y con tan solo un clic, si deseas mas información al respecto no dudes en contactarnos aquí.

Lo primero que debes de hacer es ingresar a la siguiente dirección:

Página del SAT

La primera pantalla que se despliega es la siguiente:

Como cancelar un CFDI - Página del SAT
Página del SAT

La forma de ingresar sus credenciales es proporcionando la ruta de ubicación del archivo de la clave privada (.key) y del certificado (.cer), así como la captura de la contraseña de la clave privada, una vez ingresadas, para continuar deberá de dar clic al botón “Iniciar Sesión”.

Si las credenciales son correctas, se le dará acceso al portal del contribuyente.

Como cancelar un CFDI - CFDI emitidos
CFDI emitidos

El siguiente paso, es realizar la búsqueda del CFDI para su cancelación. De clic al botón “Continuar” estando seleccionada la opción de “Consultar Facturas Emitidas”.

Como cancelar un CFDI - Busqueda
Busqueda

Existen dos formas de realizar la búsqueda:

Búsqueda por folio fiscal. Capture el folio fiscal correspondiente a la factura que desee cancelar, se recomienda que seleccione y copie el folio de su documento original y posteriormente lo pegue, ya que este es de una longitud grande (36 caracteres), evitando con ello un posible error al momento de su captura. De clic al botón “Buscar CFDI”. Si el folio no es correcto se desplegará el siguiente mensaje:

Búsqueda por folio fiscal
Búsqueda por folio fiscal

Búsqueda por fecha. Si no tiene el folio fiscal para la búsqueda de la factura, la otra forma de poder ubicarla es mediante la fecha de emisión de la misma, para ello indique un rango de fechas, inicial y final, y de clic al botón “Buscar CFDI”.

Búsqueda por fecha
Búsqueda por fecha

Adicional, podrá hacer más específica la búsqueda, indicando la clave de RFC del receptor y/o el estado que guarda el comprobante.

Si la búsqueda no es exitosa, se obtendrá el siguiente mensaje:

CFDI no encontrado
CFDI no encontrado

Si la forma de búsqueda que selecciono, ya sea por folio fiscal o fecha de emisión, es exitosa, se mostrará(n) la(s) factura(s), dónde podrá seleccionar la factura a cancelar, para posteriormente dar clic al botón “Cancelar seleccionado” y obtener la siguiente pantalla.

Seleccionar CFDI a cancelar
Seleccionar CFDI a cancelar

En ella deberá de capturar la contraseña de la clave privada, así como la ubicación de los archivos de la clave privada (.key) y del certificado (.cer) correspondientes al Certificado de Sello Digital (CSD). De clic al botón “Continuar” el cual dará inicio al proceso de cancelación, obteniéndose el mensaje “Cancelación Exitosa”.

Cancelación exitosa
Cancelación exitosa

Así como el Acuse de Cancelación del CFDI, el cual deberá de guardar y/o imprimir.

Acuse de cancelación
Acuse de cancelación

Con ello quedará concluido el proceso de cancelación de un CFDI.

Conocer el estatus de un CFDI
Si deseas conocer el estado de un CFDI (vigente / cancelado), puedes usar este programa y de forma automática podrás verificar tus comprobantes emitidos y recibidos.

Consulta el estatus de tus CFDIs

Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (TwitterFacebookYouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.

Hasta la próxima.

¿Cómo recuperar el certificado de sello?

En esta ocasión veremos el procedimiento de cómo recuperar los certificados, el archivo .cer de la aplicación del SAT.

Para llevar a cabo este procedimiento, lo primero que hay que hacer es acceder a la siguiente liga:

Página del SAT

Cómo recuperar el certificado de sello - Página del SAT
Página del SAT

Se mostrará la pantalla para ingresar al sistema. En ella se despliega la imagen del código que deberá de capturar para poder ingresar, recuerde que la captura es sensible a minúsculas y mayúsculas, es decir, tal como aparece respetando si están o no en mayúsculas.

Una vez capturado el código deberás de dar clic al botón “Aceptar” para ingresar y que se despliegue la pantalla principal.

Cómo recuperar el certificado de sello - Acceder
Acceder

El sistema ofrece dos formas para la recuperación de certificados, la búsqueda podrá realizarse mediante la captura del RFC o proporcionando el número de certificado.

Cómo recuperar el certificado de sello - Recuperarlo
Recuperarlo

Para el primer caso deberá de capturar el RFC y el código que aparece en la imagen que se muestra del lado derecho. Adicional el sistema ofrece la posibilidad de filtrar la búsqueda solo por el último certificado expedido o por todos los expedidos, elija la opción deseada y de clic al botón “Buscar”.

Cómo recuperar el certificado de sello - Listado
Listado

Si la búsqueda fue exitosa, se habrán desplegado los certificados correspondientes al RFC solicitado, mostrándose:

  • El número del certificado
  • El estado que guarda el certificado, pudiendo ser: Activo, Caduco o Revocado
  • La indicación del tipo de certificado, si es de sello o fiel
  • Fecha inicial de la vigencia del certificado
  • Y por último, la fecha final de la misma

El siguiente paso es proceder a la descarga del certificado, para ello deberá de ubicarse sobre el número de serie del certificado que se desea descargar; dando clic dará inicio la descarga, como se muestra en la siguiente pantalla:

Cómo recuperar el certificado de sello - Descargando
Descargando

 

Para poder ver la ubicación del archivo descargado, deberá de dar clic a la imagen de la descarga para abrir el menú y entonces seleccionar la opción “Mostrar en carpeta”.

Cómo recuperar el certificado de sello - Mostrar
Mostrar

 

Una vez seleccionada se abrirá la carpeta que contiene el archivo del certificado.

Cómo recuperar el certificado de sello - Directorio
Directorio

 

Con ello quedará comprobada la descarga del certificado.

Ahora hablaremos de la segunda forma disponible para la descarga, la cual consiste en proporcionar directamente el número de serie correspondiente al certificado que se desea recuperar. Captúrelo y de clic al botón “Buscar”, sin olvidar también la captura del código del Captcha ubicado en el lado derecho de la pantalla.

Cómo recuperar el certificado de sello - Número de serie
Número de serie

 

Si la búsqueda es correcta, se desplegará el certificado solicitado.

Cómo recuperar el certificado de sello - Certificado
Certificado

Para llevar a cabo la descarga deberá de realizar el mismo procedimiento utilizado en la descarga por RFC, descrito con anterioridad.

Por último, para abandonar el sistema deberás dar clic al botón “Salir”.

Cómo recuperar el certificado de sello - Cerrar sesión
Cerrar sesión

 

Si tienes dudas con respecto al tema, puedes contactarnos a través del chat que está en nuestra página web www.facturando.mx cualquiera de nuestros asesores te apoyara.

Hasta la próxima.

 

Reforma hacendaria 2013, ¿en qué consiste?

En esta ocasión queremos hablar acerca de un hecho que no está directamente relacionado con la factura electrónica, pero que si nos compete a todos los mexicanos y es la Reforma Hacendaria que el pasado 8 de septiembre presentó el presidente Enrique Peña Nieto.

La Reforma Hacendaria es una reforma para crear un Sistema de Seguridad Social Universal, que nos dé impuestos más justos, más transparentes, y que nos permita acelerar el crecimiento y la estabilidad económica en lo inmediato, de forma sostenida y a largo plazo.

Siendo sus características las siguientes:

Es una reforma justa:

  • No habrá Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre alimentos y medicinas.
  • No habrá tratamientos especiales, eliminando regímenes de tratamientos preferenciales.
  • Incrementar la tasa del Impuesto Sobre la Renta (ISR) a 32%, aplicable a personas físicas que devenguen ingresos superiores a $ 500 mil pesos anuales.
  • Impuestos a dividendos y capital, gravando con 10% las ganancias en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) y al pago de dividendos.

Es una reforma que simplifica:

  • Elimina el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), así como el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).
  • Nueva Ley del ISR, simplificando y facilitando el pago de impuestos.
  • Reforma para automatizar trámites del SAT, mediante la automatización de los procesos de recaudación fiscal.

Es una reforma que formaliza:

  • Régimen de Incorporación Fiscal, para emprendedores o negocios informales que opten por regularizarse.
  • Régimen de Incorporación a la Seguridad Social.
  • Disminución de cuotas de seguridad social.

Es una reforma verde y de salud:

  • Impuesto a la emisión de unidades de carbono.
  • Impuesto al consumo de plaguicidas.
  • Impuestos a las bebidas azucaradas, con el fin de desalentar su consumo.

La reforma consta de 11 decretos, que incluyen una reforma a los artículos 4º y 123 constitucionales, para incluir el derecho a una pensión universal y un seguro de desempleo para trabajadores formales; la creación de cuatro nuevas leyes y la modificación de 15 ordenamientos legales.

Dicha reforma deberá de tener una respuesta, por parte del Congrego de la Unión, antes del 15 de noviembre.

Finalmente, es de nuestro agrado el poderte presentar este tipo de información que esperamos te sea de utilidad, con el fin de estar informado de lo que acontece en nuestro país en materia fiscal.

Estaremos en contacto, dando seguimiento a este y otros temas de interés.

Hasta la próxima.

Requisitos de impresión de un CBB

De acuerdo a los Comprobantes Fiscales vigentes, comentados en nuestro blog anterior, a continuación presentamos los requisitos que deberá de cumplir la Factura impresa con Código de Barras Bidimensional (CBB), enseguida se muestra un ejemplo de su representación impresa, así como, la descripción de los requisitos que ésta debe cumplir:

Requisitos de impresión de un CBB
Requisitos

Los comprobantes fiscales impresos con Código de Barras Bidimensional (CBB) deben cumplir con los siguientes requisitos de acuerdo al artículo 29-A del CFF::

1. Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.

2. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.

3. Si se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan.

4. Lugar y fecha de expedición.

5. Clave del Registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida.

6. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.

7. Valor unitario consignado en número.

8. Importe total consignado en número o letra.

9. Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.

10. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

11. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente.

12. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

Otros requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013 (Regla II.2.6.1.1):

13. El CBB proporcionado por el SAT al contribuyente al momento de la asignación de los folios, mismo que deberá reproducirse con un mínimo 200/200 dpi en un área de impresión no menor a 2.75 cm. por 2.75 cm.

14. El número de aprobación del folio asignado por SICOFI.

15. El número de folio asignado por el SAT y en su caso la serie.

16. La leyenda “La reproducción apócrifa de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos.

17. La leyenda “Este comprobante tendrá una vigencia de dos años contados a partir de la fecha aprobación de la asignación de folios, la cual es: dd/mm/aaaa”, misma que deberá ser impresa con letra no menor de 5 puntos.

Para poder emitir este comprobante descrito anteriormente, el contribuyente deberá contar con:

  1. Firma Electrónica Avanzada (FIEL)
  2. Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF)
  3. Código de Barras Bidimensional (CBB)
  4. Asignación de folios y en su caso de series

Hasta la próxima.

¿Cómo obtener el Código de Barras Bidimensional (CBB)?

Si eres de los contribuyentes con ingresos menores o iguales a 4 millones de pesos anuales, estás obligado a emitir Comprobantes Impresos con Código de Barras Bidimensional (CBB), por lo que en esta ocasión te presentamos como obtener éste código.

Una vez que ya se tienen la CIECF y FIEL vigentes, es necesario llevar a cabo la solicitud de folios y en su caso de series, y la descarga del CBB para poder emitir comprobantes impresos, para ello deberás de:

1. Ingresar a través de la página de internet del SAT, dando clic a la siguiente liga:

Página del SAT

en donde  encontrará el Sistema Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI), proporcionando su clave del RFC, así como la CIECF o FIEL vigente.

¿Cómo obtener el Código de Barras Bidimensional (CBB)? - SICOFI
SICOFI

 

2. Una vez que hayas ingresado tus credenciales y que la aplicación haya realizando la validación de las mismas, se desplegará la pantalla de opciones donde deberás de seleccionar la “Aprobación de Folios”.

¿Cómo obtener el Código de Barras Bidimensional (CBB)? - Aprobación
Aprobación

 

3. En la siguiente ventana deberás de seleccionar el tipo de comprobante fiscal con el que se utilizarán los folios, una vez seleccionado deberás de indicar el rango de folios requeridos, capturando un folio inicial y un folio final,  y en su caso la serie a solicitar si es que la requieres. Ya capturados los datos hay que dar clic al botón “Continuar”.

¿Cómo obtener el Código de Barras Bidimensional (CBB)? - Datos
Datos

 

4. En seguida confirma los datos del contribuyente presionado el botón “OK

¿Cómo obtener el Código de Barras Bidimensional (CBB)? - Confirmación
Confirmación

 

5. Una vez confirmados los datos, deberás de firmar la solicitud de asignación de folios con la FIEL vigente del contribuyente emisor.

¿Cómo obtener el Código de Barras Bidimensional (CBB)? - FIEL
FIEL

 

Para ello deberás de capturar la contraseña de la clave privada, así como indicar la ubicación física de los archivos de la clave privada (*.key) y del certificado (*.cer).

Da clic al botón “Firmar Solicitud”, se mostrará el mensaje “La solicitud ha sido firmada”, da clic al botón “Continuar” para seguir el proceso.

6. Una vez aprobada la asignación de folios, se desplegará el acuse correspondiente.

¿Cómo obtener el Código de Barras Bidimensional (CBB)? - Acuse
Acuse

 

Se recomienda que guardes o imprimir una copia del acuse.

7. Por último, deberás de obtener el archivo del CBB dando clic al botón “Descargar Código de Barras” el cual está disponible en formato PNG.

Una vez obtenido el CBB, será este el que deberás de incluir en la representación impresa de tu comprobante.

Para saber los requisitos que deberá de cumplir la representación impresa te invitamos a que estés pendiente de nuestra próxima publicación, en la cual se tratará el tema de los “Requisitos de Impresión de los Comprobantes Impresos con CBB”.

Hasta la próxima.

 

¿Cómo puedo conocer mi régimen fiscal en el SAT?

Para efecto de cumplir con el requisito de señalar en el comprobante fiscal, el régimen en que se tributa, a continuación se muestra el procedimiento que se debe de realizar para poder llevar a cabo su consulta:

1. Lo primero que hay que hacer es ingresar a través de la página de internet del SAT a la aplicación Mi Portal, dando clic en la siguiente liga:

 Portal del SAT

 Para tener acceso a esta aplicación se deberá de proporcionar ya sea su clave del RFC, así como la CIECF o FIEL vigente.

¿Cómo puedo conocer mi régimen fiscal en el SAT? - Página del SAT
– Página del SAT

2. Una vez que la aplicación ha validado exitosamente las credenciales del contribuyente permitiendo el acceso a la misma, deberás de seleccionar la opción “Servicios por internet” que está ubicada en el menú principal.

¿Cómo puedo conocer mi régimen fiscal en el SAT? - Autenticación
Autenticación

3. Después de hacer la selección anterior, se mostrarán las sub-opciones, en ellas deberás de identificar y seleccionar la opción “Guía de obligaciones”

¿Cómo puedo conocer mi régimen fiscal en el SAT? - Opciones
Opciones

4. Por último, solo bastará con dar clic al documento “Guía de obligaciones”, para que se despliegue la guía de obligaciones.

¿Cómo puedo conocer mi régimen fiscal en el SAT? - Datos
Régimen

En este documento, además de los datos que identifican al contribuyente, como son el Nombre, Denominación o Razón Social, la clave de RFC, así como, el Lugar y Fecha de Emisión, y el número de Folio Asignado, podrás identificar después de la leyenda “Y por la información que nos proporcionó está inscrito en los siguientes regímenes fiscales:” el o los regímenes fiscales a los cuales estas tributando.

Una vez identificado, será este el régimen el cual deberás de indicar dentro de tu comprobante fiscal al momento de su generación.

NOTA IMPORTANTE: Cuando el contribuyente tributé en más de un régimen fiscal, señalará únicamente el régimen que corresponda a la operación que ampare dicho comprobante.

Adicional, te invitamos a que conozcas nuestro Validador CFDI, donde podrás validar tus facturas emitidas y recibidas, los archivos de la contabilidad electrónica y la descargar masiva y automática de las facturas que emites o recibes directamente del SAT.

Valida tus facturas electrónicas

Esperamos que esta información les sea de utilidad, si tienen alguna duda al respecto, puedes contactar directamente al SAT dando clic aquí

Hasta la próxima.

¿Cómo validar una factura electrónica (CFD)?

En esta ocasión hablaremos de la importancia que tiene llevar a cabo la validación de los diferentes comprobantes, recuerde que si los comprobantes que emite o recibe no son válidos no podrá aplicar la deducibilidad de los mismos.

Validación de Comprobantes Fiscales Digitales (CFD)
Si tienes dudas acerca de lo que es un Comprobante Fiscal Digital o deseas más información al respecto, te invitamos a leer cada uno de los diferentes artículos que hemos creado y en donde explicamos de forma detallada y concisa que es y para qué sirve; así como los puntos a tener en cuenta cuando se trabaja con este tipo de comprobantes.

Proceso de validación
Para llevar a cabo la validación de este tipo de documento, deberá Ir a la siguiente liga:

Página de validación del SAT

Mostrándose la siguiente pantalla

Cómo validar un CFD - Página de SAT
Página de SAT

En ella deberás de indicar los siguientes datos para poder ejecutar la validación:

  • La ruta donde se encuentra ubicado el comprobante a validar. Para ello hay que dar clic al botón “Cargar” del comprobante.
  • Indicar mediante el uso del botón “Cargar” del certificado, la ubicación física del archivo del certificado (*.cer) con el cual fue firmado el comprobante.

Adicional, podrás seleccionar alguna de las siguientes opciones:

  • Validaciones  Estándar (Estructura, Codificación, Sello Digital)
  • Validaciones Adicionales (Folio, Vigencia del CSD, Recuperar CSD, Seleccionar múltiples XML)

Una vez realizadas las selecciones anteriores, dará inicio el proceso de validación y se obtendrá el resultado de la misma en pantalla.

En éste resultado podrás confirmar si tu comprobante es válido o si el comprobante tuviera algún error, el cual estará detallado en la descripción reportada.

Cabe mencionar, que el resultado de la validación lo podrás exportar a un archivo o si lo prefieres mandarlo a imprimir directamente a tu impresora.

Es importante recordar que un CFD y un CFDI no son iguales y aunque sirven para realizar la comprobación fiscal de un ingreso o egreso, tiene diferencias muy marcadas, por lo tanto no debemos confundirlos, si lo que de seas es validar un Comprobante Fiscal Digital por Internet, te invitamos a leer este artículo.

Esperamos que este artículo les sea de utilidad y ya saben, si tienen alguna relacionada con la factura electrónica, puedes contactarnos a través del chat que está en nuestro sitio web www.facturando.mx y con gusto te estaremos apoyando.

Hasta la próxima.

Requisitos de impresión de un CFD

De acuerdo a los Comprobantes Fiscales vigentes, comentados en nuestro blog anterior, a continuación presentamos los requisitos que deberá de cumplir el Comprobante Fiscal Digital (CFD), enseguida se muestra un ejemplo de la representación impresa, así como, la descripción de los requisitos que ésta debe cumplir:

Las impresiones de las Facturas Electrónicas (CFD) deben cumplir con los siguientes requisitos de acuerdo al artículo 29-A del CFF:

Requisitos de impresión de un CFD
Requisitos

I. Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.

II. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.

III. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas

IV. Contener el número de folio.

V. Sello digital del contribuyente que lo expide.

VI. Lugar y fecha de expedición.

VII. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

VIII. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.

IX. Valor unitario consignado en número.

X. Importe total señalado en número o en letra.

XI. Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.

XII. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladadados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

XIII. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente).

XIV. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

 

Otros requisitos de la Factura Electrónica en la Resolución Miscelánea Fiscal.

a) La cadena original con la que se generó el sello digital. Tratándose de contribuyentes que adicional a la impresión de la Factura Electrónica, pongan a disposición de sus clientes el comprobante en su formato electrónico, podrán no incluir dicha cadena original.

b) Número de serie del certificado de sello digital.

c) Cualquiera de las siguientes leyendas: “Este documento es una representación impresa de un CFD”, “Este documento es una representación impresa de un Comprobante Fiscal Digital” o “Este documento es una impresión de un Comprobante Fiscal Digital”.

d) Hora, minuto y segundo de expedición, en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción III del CFF.

e) El número y año de aprobación de los folios.

Para poder emitir este comprobante, el contribuyente deberá contar con;

  1. Firma Electrónica Avanzada (FIEL)
  2. Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF)
  3. Certificado de Sello Digital (CSD)
  4. Asignación de folios y en su caso de series

Esperamos que estos temas sean de gran utilidad, este pendiente de nuestras siguientes publicaciones.

¿Estás listo para migrar a la factura electrónica?

No olvides que se agota el tiempo para que los contribuyentes con ingresos superiores a $ 250,000 pesos al año o aquellos que actualmente emiten Comprobante Fiscal Digital (CFD), adopten el esquema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la generación de tus facturas electrónicas, de acuerdo a lo marcado en la resolución de modificaciones de la resolución miscelánea del 2013 publicada el 31 de mayo del presente año.

Recordemos ¿Qué es un CFDI?
El Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) es un mecanismo obligatorio de comprobación fiscal de ingresos, egresos y propiedad de mercancías en traslado por medios electrónicos, vigente a partir de Enero de 2011, cuya particularidad es la remisión del mismo a un proveedor de certificación de CFDI autorizado (PAC), para su validación, asignación del folio fiscal e incorporación del sello digital  del  SAT.

¿Quiénes están obligados a emitir CFDI?
Este esquema de comprobación ya es obligatorio para los contribuyentes con ingresos mayores a $ 4’000,000 millones de pesos anuales, que a partir de enero de 2014 se reduce a $ 250,000 pesos anuales.

Adicional, todas aquellas personas físicas o morales que actualmente generan sus facturas bajo el esquema de Comprobante Fiscal Digital (CFD) estarán obligados a adoptar la emisión de facturas electrónicas mediante el uso del CFDI, también a partir de 2014.

De acuerdo a la información del SAT, un contribuyente podrá adoptar este tipo de comprobación fiscal de forma voluntaria, sin importar el nivel de ingresos que tenga.

¿Cuándo migrar?
El momento más oportuno es realizarlo antes de que venza el plazo marcado por la autoridad, esto con el propósito de que tengas el tiempo suficiente para poder evaluar y elegir la mejor solución. Que ésta cumpla con todos los requerimientos, ofreciéndote el mejor servicio incluyendo el soporte técnico.

Recuerda que el elegir a última hora, no es recomendable, y en la mayoría de los casos resulta contraproducente, además de que las empresas de facturación electrónica llegan a saturar su servicio de contratación trayendo como consecuencia el no poder cumplir en tiempo y en forma con tu proceso de integración de generación de factura electrónica.

¿Cuál es la mejor solución para migrar a CFDI?
En Facturando tenemos las mejores soluciones para integrar, de la forma más rápida y sencilla, la generación de facturas electrónicas (CFDI) a tu empresa, disponible también para desarrolladores, cumpliendo con todos los requerimientos exigidos por la autoridad (SAT).

Por lo que te invitamos a que nos contactes para brindarte el mejor servicio que tú te mereces.

Requisitos de impresión de la factura electrónica

De acuerdo a los Comprobantes Fiscales vigentes, comentados en nuestro blog, a continuación presentamos los requisitos que deberá de cumplir el Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI), en lo que respecta a su representación impresa (pdf), en seguida se muestra un ejemplo donde se describen los requisitos exigidos por la autoridad (SAT):

Requisitos de impresión de la factura electrónica
Requisitos

 

Las impresiones de las facturas electrónicas (CFDI) deben cumplir con los siguientes requisitos:

I. Clave del Registro Federal de Contribuyentes del emisor.

II. Régimen Fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.

III. Sí se tiene más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan las Facturas Electrónicas.

IV. Contener el número de folio asignado por el SAT y el sello digital del SAT.

V. Sello digital del contribuyente que lo expide.

VI. Lugar y fecha de expedición.

VII. Clave del Registro Federal de Contribuyente de la persona a favor de quien se expida.

VIII. Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes, mercancías o descripción del servicio o del uso y goce que amparen.

IX. Valor unitario consignado en número.

X. Importe total señalado en número o en letra.

XI. Señalamiento expreso cuando la contraprestación se pague en una sola exhibición o en parcialidades.

XII. Cuando proceda, se indicará el monto de los impuestos trasladados desglosados por tasa de impuesto y, en su caso, el monto de los impuestos retenidos.

XIII. Forma en que se realizó el pago (efectivo, transferencia electrónica, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o la denominada monedero electrónico, indicando al menos los últimos cuatro dígitos del número de cuenta o de la tarjeta correspondiente).

XIV. Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

 

Además de los requisitos contenidos en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente:

a) Código de barras generado conforme al Anexo 20.

b) Número de serie del CSD del emisor y del SAT.

c) Cualquiera de las siguientes leyendas: “Este documento es una representación impresa de un CFDI” o “Este documento es una representación impresa de un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet”.

d) Número de referencia bancaria o número de cheque con el que se efectúe el pago (opcional).

e) Fecha y hora de emisión y de certificación de la Factura Electrónica (CFDI) en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción III del CFF.

f) Cadena original del complemento de certificación digital del SAT.

Recuerde que si su impresión no cumple con los requisitos anteriormente descritos, la presentación impresa de su comprobante (CFDI) no será válido.

Por último, queremos recordarte que no solo es necesario que la representación impresa sea válida; si no que lo más importante es que el archivo XML (CFDI) lo sea en primer término, ya que de él se desprende la información para el PDF, por lo que te invitamos a conocer nuestra solución que te permitirá asegurarte que el archivo XML de tu comprobante cumple con todos los requisitos exigidos por la autoridad, haciéndolo un comprobante válido para poder aplicar su deducibilidad.

Validador CFDI