Facturando trae para ti la liberación de Electronic Document Library (EDL DELPHI) en la cual quedo actualizada la funcionalidad para la emisión de Recibos de Nómina Electrónicos de acuerdo a los últimos cambios realizados a la versión 1.1 por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT) correspondientes al complemento de nómina.
Con la aplicación de estos cambios, estarás listo para cumplir con la emisión de los recibos de nómina electrónicos, que entran en vigor a partir del 01 de enero de 2014.
Adicional, se agregó la capacidad de leer y validar un CFDI con complemento de nómina.
Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
Facturando trae para ti la liberación de Electronic Document Library (EDL C#) en la cual quedo actualizada la funcionalidad para la emisión de Recibos de Nómina Electrónicos de acuerdo a los últimos cambios realizados a la versión 1.1 por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT) correspondientes al complemento de nómina.
Con la aplicación de estos cambios, estarás listo para cumplir con la emisión de los recibos de nómina electrónicos, que entran en vigor a partir del 01 de enero de 2014.
Adicional, se agregó la capacidad de leer y validar un CFDI con complemento de nómina.
Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
En Facturando te informamos de la tan esperada publicación, por parte del SAT, de los catálogos de datos requeridos para el complemento de nómina, que muchos clientes y usuarios del chat nos habían preguntando; para ello queremos apoyarte mostrándote las características de los datos que deberás de tener en cuenta al momento de llevar a cabo la emisión de tus recibos de nómina para que éstos sean certificados por el SAT sin problema alguno.
Comenzaremos hablando del catálogo del Régimen de Contratación del Trabajador, el cual es un campo requerido de un entero numérico con una equivalencia de:
1 = Asimilados a salarios 2 = Sueldos y salarios 3 = Jubilados 4 = Pensionados
Clave que expresa el régimen por el cual se tiene contratado al trabajador.
La descripción más larga es de 21 caracteres.
En lo que corresponde al Catálogo de Bancos, este es un campo opcional de tipo entero con una longitud de 3 caracteres, que sirve para expresar la clave del banco donde se realiza el depósito de nómina del trabajador, éste catálogo está integrado por 92 bancos, adicional, contiene un nombre corto y una razón social, con una longitud máxima de 35 y 116 caracteres respectivamente. Ejemplo:
021 = HSBC
Con respecto al Catálogo de Riesgo, éste debe ser un campo opcional de tipo entero de una posición, que expresa la clave conforme a la clase en que se encuentra inscrito el patrón de acuerdo a las actividades que desempeñan sus trabajadores, según lo previsto en el artículo 196 del Reglamento en Materia de Afiliación Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Los posibles valores para éste campo son:
1 = Clase I 2 = Clase II 3 = Clase III 4 = Clase IV 5 = Clase V
En cuanto al Catálogo del Tipo de la Percepción, se trata de un campo requerido de tipo entero con una longitud de 3 caracteres, clave que agrupa y clasifica la percepción de acuerdo al catálogo del SAT, las descripción más larga corresponde a “Contribuciones a Cargo del Trabajador Pagadas por el Patrón” teniendo una longitud de 59 caracteres. Ejemplo:
001 = Sueldos, Salarios Rayas y Jornadas
En lo que respecta al Catálogo de Tipo de Deducción, es un campo requerido de tipo entero con una longitud de 3 caracteres, clave que agrupa y clasifica las deducciones de acuerdo al catálogo del SAT, la descripción más larga es de 85 caracteres. Ejemplo:
001 = Seguridad social
Finalmente, el Catálogo de Tipo de Incapacidad, es un campo requerido de tipo entero de una posición, que identifica la razón de la incapacidad, donde se pueden tener los siguientes valores:
1 = Riesgo de trabajo 2 = Enfermedad en general 3 = Maternidad
En esta liga podrás consultar a detalle los datos que integran a cada uno de los catálogos.
En esta liga podrás consultar a detalle los datos que integran a cada uno de los catálogos.
Esperamos que esta publicación sea de tu utilidad y te recordamos que si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
En Facturando en nuestra responsabilidad de mantenerte informado, queremos informarte que el día de ayer el Sistema de Administración Tributaria (SAT) ha realizado nuevamente cambios al complemento de nómina y por fin ha liberado el catálogo de claves requeridas para el mismo.
Cabe mencionar que la versión del complemento sigue siendo la misma (1.1).
Dentro de los cambios tenemos:
1. Los campos que se vuelven opcionales y que anteriormente eran requeridos son:
Registro Patronal
Número de Seguridad Social del Trabajador
Fecha de inicio de la relación laboral
Antigüedad
Puesto
Tipo de Contrato
Tipo de Jornada
Salario Base de Cotización
Clave de Riesgo
Salario Diario Integrado
2. Las incapacidades, a nivel técnico, se mueven dentro de un nodo adicional quedando:
Incapacidades/Incapacidad
3. Las horas extras, , a nivel técnico, se mueven dentro de un nodo adicional quedando:
HorasExtras/HorasExtra
Si deseas obtener la especificación técnica con los últimos cambios realizado por el SAT, te invitamos a visitar este post que publicamos en días pasados y el cual ya tiene ligas actualizada.
En este momento nuestra área de desarrollo esta incorporando estos cambios dentro de cada una de nuestras soluciones, para poder liberarlas a la brevedad, una vez que esto suceda estaremos enviando un comunicado para que puedan descargar las nuevas versiones.
Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
En nuestra responsabilidad de mantenerte informado, que remos informarte que el día de ayer el Sistema de Administración Tributaria (SAT) ha realizado nuevamente cambios al complemento de nómina y ha liberado el catálogo de claves requeridas para el mismo.
En este momento se está analizando los cambios realizados, para poder informarte con exactitud de los mismos, por lo que en el inter de este día te estaremos informando al respecto.
Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
La implementación de esta funcionalidad quedo de acuerdo con el estándar del Complemento al Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) para el manejo de Recibos de Nómina en su versión 1.1, en seguida se enlistan los campos que la conforman:
1. Versión del complemento.
2. Registro Patronal.
3. Número de Empleado.
4. CURP del trabajador.
5. Tipo de Régimen.
6. Número de seguridad social aplicable al trabajador.
7. Fecha efectiva de erogación del gasto.
8. Fecha inicial y final del pago.
9. Número de días pagados.
10. Departamento o área a la que pertenece el trabajador (opcional).
11. CLABE (opcional).
12. Banco (opcional).
13. Fecha de inicio de la relación laboral.
14. Antigüedad, número de semanas de la relación laboral.
15. Puesto o activad del empleado.
16. Tipo de contrato (Base, Eventual, Confianza, Sindicalizado, etc.).
17. Tipo de jornada del trabajador (mixta, por hora, reducida, etc.).
18. Periodicidad del pago (semanal, quincenal, catorcenal, mensual, etc.)
19. Salario base de cotización. 20. Clave de riesgo.
21. Salario diario integrado.
22. Total de percepciones gravadas y exentas.
23. Desglose de percepciones:
Tipo de percepción conforme al catálogo publicado por el SAT.
Clave de la percepción de nómina propia de la contabilidad de cada patrón.
Descripción del concepto de percepción.
Importe gravado del concepto de percepción.
Importe exento del concepto de percepción.
24. Total de deducciones gravadas y exentas. 25. Desglose de las deducciones:
Tipo de deducción conforme al catálogo publicado por el SAT.
Clave de deducción de nómina propia de la contabilidad de cada patrón.
Descripción del concepto de deducción.
Importe gravado del concepto de deducción.
Importe exento del concepto de deducción.
26. Datos de las incapacidades:
Número de días de incapacidad.
Tipo de la incapacidad.
Monto del descuento de la incapacidad.
27. Datos de las horas extras:
Número de días en que realizó las horas extras.
Tipo de pago de las horas extras (dobles o triples).
Número de horas extras trabajadas.
Importe pagado por las horas extras.
Timbrar con múltiples PAC’s Mediante esta nueva funcionalidad podrás seleccionar, al momento de timbrar tus comprobantes, con cual de nuestros proveedores de servicio de certificación quieres realizar el proceso de generación de tus facturas, para ello podrás realizarlo mediante:
1. Configuración Manual – Para configurar al proveedor de certificación que por defecto será utilizado para llevar a cabo la certificación de tus facturas, deberás: Entrar a la sección de parámetros de la aplicación.
2. En ella encontrarás una nueva opción denominada Proveedor Autorizado “Configuración de conexión con el proveedor”, donde deberás de indicar al proveedor de certificación que por defecto quedará como certificador de las facturas que sean generadas por la aplicación, estos pueden ser ECODEX o PAX FACTURACION.
Definida por el usuario – Esta forma de generación consiste en que dentro del archivo TXT, que el usuario deposita en la carpeta de entrada para la generación de su factura, deberá de indicarse el proveedor con el cual se llevará a cabo la certificación del comprobante, la línea de definición deberá estar conformada de la siguiente manera:PRV|#| donde, PRV – indica al sistema que se trata de la definición del proveedor autorizado # – indica el número del Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) que será utilizado para certificar la factura o recibo de nómina, 1 para ECODEX y 2 para PAX FACTURACIÓN.
Esta línea de definición del PAC deberá de ir como primera línea dentro del archivo TXT. Cancelación de Comprobantes Se incorporó la funcionalidad para llevar a cabo la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) generados por la aplicación. Para lograr la cancelación deberá de seguir los siguientes pasos:
1. Seleccionar el comprobante a cancelar, ubicándose sobre el.
2. Seleccionar alguna de las dos formas de llevar a cabo la cancelación:
Por medio del botón “Cancelar un documento”
O mediante la selección de la acción Cancelar, que se habilita dando clic al botón derecho del ratón.
Una vez seleccionada la acción de cancelar un comprobante, deberá de confirmar la acción dando clic al botón “Sí”, si no está seguro de llevar a cabo dicha acción de clic al botón “No”. 4. Por último, se desplegará el mensaje confirmando el envío del comprobante para su cancelación:
De clic al botón “Aceptar”.
El comprobante cancelado quedará identificado mediante el cambio de su estatus de “Activo” a “Cancelado”, así como, del cambio del color del registro a un gris tenue.
Fecha y Hora del PAC
Esta nueva funcionalidad permite obtener la fecha del PAC, que se encuentre configurado por defecto para la certificación de los comprobantes, con el fin de poder sincronizarla con la fecha de su máquina, para ello bastará con solo dar clic al botón “Fecha y hora del PAC” ubicado en el menú “Inicio”.
Después de dar clic al botón, se obtendrá la ventana con las fechas del PAC y de su máquina, además, de la diferencia que haya entre ellas. Si la fecha de su máquina es mayor a la fecha del PAC, se le pedirá si quiere actualizarla. Si da clic al botón “Sí”, se actualizará la fecha de su máquina a la fecha obtenida del PAC, siempre y cuando tenga los privilegios para llevar tal acción.
Si tienes alguna duda con respecto a este liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá. Hasta la próxima.
Empecemos por recordar que un Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), es aquella persona moral que cuenta con autorización del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para certificar los CFDI o recibos de nómina electrónica generados por los contribuyentes.
De acuerdo al comunicado de prensa 067/2013 de fecha 18 de noviembre de 2013, el SAT ha determinado cambiarles el nombre a los mismos a:
Auxiliares de Comprobación Autorizados (ACA)
Esta designación no representan cambio alguno al proceso actual de la factura electrónica y recibos de nomina electrónicos, al parecer la autoridad ha querido dar claridad a la función que cumplen las empresas que realizan esta actividad.
En la actualidad no ha cambiando la lista de PACs o Auxiliares de Comprobación Autorizados por el SAT con respecto al último publicado el 1 de octubre de 2013, los cuales hasta el día de hoy siguen siendo 71.
En el comunicado anteriormente mencionado, destaca los requisitos para migrar al esquema de factura electrónica CFDI, los cuales son:
Si requieres generar tus documentos fiscales, recuerda que Facturando cuenta con un servicio de facturación integrado por una serie de soluciones que cumple con todos los requisitos dictados por la autoridad (SAT) y que te ayudarán a cumplir con tus obligaciones fiscales, en tiempo y forma, en cuanto a facturación electrónica y emisión de recibos de nómina se refiere.
Por lo que te invitamos a conocer nuestras soluciones:
Facturador CFDI – Te permite emitir facturas electrónicas y recibos de nómina de la forma más rápida y sencilla.
Electronic Document Server (EDS) – Aplicación que integra la factura electrónica y recibos de nómina a tu ERP mediante el uso de archivos de texto.
Electronic Document Library (EDL) – Biblioteca de clases para desarrolladores la cual te permite integrar la generacion de documentos (factura y recibos de nómina) en tu sistema.
Servicio de Timbrado – Si ya generas el archivo XML de tus facturas y recibos de nómina y solo requieres de hacerlas válidas.
Electronic Document Printer (EDP) – Podrás generar, a partir del XML de tu comprobante, la representación impresa (PDF) de tu factura.
Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
Tenemos el agrado de comunicarte la liberación de Electronic Document Library 2013.11.26 (DLL), en ella encontrarás la funcionalidad para llevar a cabo la emisión de Recibos de Nómina Electrónicos en su más reciente versión 1.1, esto conforme a los últimos cambios emitidos por el Sistema de Administración Tributaria (SAT). Adicional se implemento la funcionalidad para integrarse con dos nuevos PAC (PAX Facturación y Solución Factible).
Se incorporaron ejemplo para los siguientes lenguajes de programación:
Power Builder
Visual Basic
Visual Fox Pro
Entre otras.
Se implementaron estos nuevos requerimientos, cumpliendo con el estándar del Complemento al Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) para el manejo de Recibos de Nómina en su versión 1.1 quedando de la siguiente manera:
1. Versión del complemento.
2. Registro Patronal.
3. Número de Empleado.
4. CURP del trabajador.
5. Tipo de Régimen.
6. Número de seguridad social aplicable al trabajador.
7. Fecha efectiva de erogación del gasto.
8. Fecha inicial y final del pago.
9. Número de días pagados.
10. Departamento o área a la que pertenece el trabajador (opcional).
11. CLABE (opcional).
12. Banco (opcional).
13. Fecha de inicio de la relación laboral.
14. Antigüedad, número de semanas de la relación laboral.
15. Puesto o activad del empleado.
16. Tipo de contrato (Base, Eventual, Confianza, Sindicalizado, etc.).
17. Tipo de jornada del trabajador (mixta, por hora, reducida, etc.).
18. Periodicidad del pago (semanal, quincenal, catorcenal, mensual, etc.)
19. Salario base de cotización.
20. Clave de riesgo.
21. Salario diario integrado.
22. Total de percepciones gravadas y exentas.
23. Desglose de percepciones:
Tipo de percepción conforme al catálogo publicado por el SAT.
Clave de la percepción de nómina propia de la contabilidad de cada patrón.
Descripción del concepto de percepción.
Importe gravado del concepto de percepción.
Importe exento del concepto de percepción.
24. Total de deducciones gravadas y exentas.
25. Desglose de las deducciones:
Tipo de deducción conforme al catálogo publicado por el SAT.
Clave de deducción de nómina propia de la contabilidad de cada patrón.
Descripción del concepto de deducción.
Importe gravado del concepto de deducción.
Importe exento del concepto de deducción.
26. Datos de las incapacidades:
Número de días de incapacidad.
Tipo de la incapacidad.
Monto del descuento de la incapacidad.
27. Datos de las horas extras:
Número de días en que realizó las horas extras.
Tipo de pago de las horas extras (dobles o triples).
Número de horas extras trabajadas.
Importe pagado por las horas extras.
Te recomendamos llevar a cabo la actualización de la librería, para que estés listo para cumplir con la emisión de los Recibos de Nómina Electrónicos, que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2014.
Si tienes alguna duda con respecto a este tema, te invitamos a que nos contactes por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.
Para aquellos integrantes de las áreas técnicas les compartimos la información técnica para el nuevo esquema de emisión de Recibos de Nómina como comprobantes fiscales, en su versión 1.1, la cual entrará en vigor a partir de 2014.
Los campos que deberá de cumplir éste CFDI para recibos de nómina son:
Atributos generales
Resumen de percepciones y el detalle de cada una, las deducciones, las horas extras y las incapacidades
Para saber acerca del detalle exacto de los campos, podrás consultar el archivo nomina11.pdf en el cual se explica:
Estándar del Complemento Nómina
Secuencia de Elementos a Integrar en la Cadena Original
Uso del Complemento Nómina
De igual forma, podrás consultar el schema del Complemento de Nómina (nomina11.xsd – Estructura); recuerda que este archivo contiene
Los atributos y nodos que debe contener el complemento y la obligatoriedad de los mismos.
Las reglas de validación debe cumplir cada uno de los atributos.
Una descripción detallada del significado de cada nodo y atributo
Aquí puedes ver el archivo de transformación nómina11.xslt, el cual contiene la secuencia de los datos a incluir en el armado de la cadena original, que es la que finalmente se usa para crear el sello del documento.
Si deseas conocer un ejemplo de un archivo XML como recibo de nómina puedes ver este archivo: ejemplo.xml; con este pondrás conocer la distribución de los datos que integran al complemento.
Recuerda que en Facturando el nuevo esquema de emisión de Recibos de Nómina Electrónicos ya está disponible en todas nuestras aplicaciones, por lo que te invitamos a contactarnos por cualquiera de nuestros medios:
O bien, mediante el Chat ubicado en nuestra página www.facturando.mx
para gozar de los beneficios que nuestras soluciones te ofrecen al tener ya incorporada la funcionalidad para la emisión de los recibos de nómina electrónicos.
Para aquellos lectores que nos han solicitado información acerca de la emisión de Recibos de Nómina como Comprobantes Fiscales, queremos compartirles acerca del fundamento de esta nueva disposición.
Recordemos que en la aprobación de la Reforma Fiscal, en la que se incluye en la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Código Fiscal de la Federación (CFF) la obligación de las empresas a emitir los recibos de nóminas como Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet (CFDI) a partir de 2014.
Nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (L-ISR)
Capítulo I “De los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado”, se establece en la fracción tercera del artículo 99 la obligación de los patrones de expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal subordinado, por salarios y demás prestaciones, en la fecha en que se realice la erogación, los cuales podrán utilizarse como constancias o recibo de pago para efectos de la legislación laboral.
Artículo 29, primer párrafo y 29-A, penúltimo párrafo del CFF
Los contribuyentes que efectúen retenciones, deberán de expedir CFDI por dichas retenciones.
El propósito es contar con toda la información a través de estos medios.
Los comprobantes que amparen la retención de contribuciones, deberán de cumplir con los mismos requisitos que un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI).
Esta nueva obligación, sustituirá a la entrega de Constancias de Sueldos y Salarios (al ser sustituidas por los comprobantes fiscales), así como la de presentar a más tardar el 15 de febrero de cada año, la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios, toda vez que la autoridad, habría obtenido en tiempo real, la información por la que antes debía esperar al termino de cada ejercicio (año).
Para saber acerca de las especificaciones de la más reciente versión 1.1 para la emisión de este tipo de comprobante, te invitamos a dar clic a la siguiente liga:
Y no olvides, si tienes alguna duda con respecto a este tema, podrás contactarnos por medio del Chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.