Beneficios por los cambios aprobados a las AFORES

Recientemente fue aprobada por la cámara de diputados la reforma a las pensiones, te preguntarás ¿qué beneficios tendrán los trabajadores con estos cambios? para poder dar respuesta a ello veremos los cambios aprobados.

Semanas cotizadas

Con respecto al número de semanas cotizadas requeridas para tener derecho a la pensión por cesantía en edad avanzada y vejez contempladas en los artículos 154 y 162 de la Ley del Seguro Social, éstas se redujeron de 1,250 a 1,000 semanas, por lo que ahora podrás pensionarte en un menor tiempo.

Aumento de aportaciones

En cuanto a la aportación total de la cuenta individual de los trabajadores aumenta del 6.5% al 15% incluyendo la cuota social, pero no te espantes, esto significa que la aportación que realizan los trabajadores se mantiene en sus términos, mientras que la aportación patronal se eleva de 5.15% a 13.87%, este cambio se irá aplicando de forma gradual a partir de 2023.

Cálculo de pensiones

Para el caso de la determinación del monto de una pensión, que actualmente puede ser de hasta 3,289 pesos, se contempla la modificación para que en lo sucesivo se calcule considerando las semanas de cotización, el promedio del salario base de cotización que el trabajador obtuvo durante su vida laboral y la edad del trabajador.

Tope en comisiones

Ahora las comisiones que cobran las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) estarán sujetas a un máximo, el cual resultará del promedio aritmético de los cobros en materia de comisiones en los sistemas de contribución definida de los Estados Unidos de América, Colombia y Chile.

Si estas comisiones, de los países mencionados, se ajustan a la baja serán aplicadas en las mismas reducciones, en caso contrario, que estas se incrementen, se mantendrá el promedio que en su momento se esté aplicando.

Con este cambio, se estará controlando mediante un monto máximo, las comisiones que estarán cobrando las AFORES a los trabajadores.

En resumen, y de acuerdo con lo anterior, se aprueba la reducción de las semanas cotizadas para tener derecho a la pensión por cesantía en edad avanzada y vejez, se aumentan las aportaciones patronales para el retiro y se topan con un máximo las comisiones cobradas por las AFORES.

Si tienes alguna duda con respecto a este blog, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Conoce los cambios a la generación del CFDI para 2021

Continuando con los cambios a la reforma fiscal para 2021 aprobada recientemente y que fue publicada el pasado día 8 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), queremos comentar lo correspondiente acerca del cambio a la fracción V del artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) el cual tendrá afectación en la generación del CFDI y que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2021, para ello comencemos por recordar que nos dice este artículo:

Artículo 29

“Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo.”

Articulo 29-A

Adicional, a los requisitos que se establecen a los comprobantes a que se refiere el artículo 29 de este Código, se deberán de reunir una serie de requisitos de entre ellos se encuentra lo indicado en la fracción V que en las disposiciones para 2020 dice:

V.- La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso que amparen.

El cambio aprobado a la fracción V para las disposiciones de 2021 es el siguiente:

V.– La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso que amparen, estos datos se asentarán en los comprobantes fiscales digitales por internet usando los catálogos incluidos en las especificaciones tecnológicas a que se refiere la fracción VI del artículo 29 de este Código.

Esto significaría y de cuerdo a nuestra interpretación, que en la descripción del producto y/o servicio, uso o goce temporal de bienes, se deben de asentar de acuerdo con los catálogos que publique el SAT en su página, si un CFDI se emite en 2021 y no contiene la descripción detallada del servicio, no debería de haber problema con su deducción, más sin en cambio, el caso contrario sería, si no se utiliza la clave correcta, la autoridad podría determinar que el CFDI no corresponde en el campo de descripción con las claves del catálogo, pudiendo rechazar la deducción y acreditamiento por no cumplir con los requisitos de forma del CFDI.

En este sentido, la recomendación sería verificar las claves de productos y/o servicios que tengan definidas en sus sistemas de facturación y adaptarlas a los cambios propuestos para el 2021.

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Hasta la próxima.

Es oficial la reforma al artículo 113-A de la LISR

Si eres un contribuyente que perciben ingresos por medio del uso de los servicios de las Plataformas Digitales, queremos informarte acerca de los cambios propuestos al artículo 113 – A corresponden al Impuesto Sobre la Renta (ISR), los cuales aplican a las personas físicas que sean prestadoras de servicios de transportes terrestre de pasajeros o bienes, servicios de hospedaje vía internet y la enajenación de bienes o servicios.

LEY ISR VIGENTE 2020

Actualmente, estas retenciones las llevan a cabo las empresas que prestan sus servicios digitales o de intermediación sean Nacionales o Extranjeras, por la realización de dicha actividad, a continuación, te presentamos las tasas de retención que se aplican para efecto de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) las cuales aplican de acuerdo con la actividad que se realice:

  1. Prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes.

Monto del ingreso mensual $ ISR (%)
Hasta $5,500 2
Hasta $15,000 3
Hasta $21,000 4
Más de $21,000 8

  1. Prestación de servicios de hospedaje.

Monto del ingreso mensual $ ISR (%)
Hasta $5,000 2
Hasta $15,000 3
Hasta $35,000 5
Más de $35,000 10

  1. Enajenación de bienes y prestación de servicios.

Monto del ingreso mensual $ ISR (%)
Hasta $1,500 0.4
Hasta $5,000 0.5
Hasta $10,000 0.9
Hasta $25,000 1.1
Hasta $100,000 2.0
Más de $100,000 5.4

LEY ISR PARA 2021

Ya es oficial la reforma al artículo 113 – A de la Ley al Impuesto Sobre la Renta (LISR) del nuevo esquema para el año 2021, al ser publicado el día de hoy 8 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde se modifican los porcentajes a tasas únicas a aplicar para dicho impuesto, siendo estos los siguientes:

  1. Tratándose de prestadores de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes la retención será del 2.1%
  2. Tratándose de prestación de servicios de hospedaje la retención se hará por el 4%
  3. Tratándose de enajenación de bienes y prestación de servicios la retención se hará por el 1%

Estas nuevas tasas de porcentajes a aplicar entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2021.

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Hasta la próxima.

SAT – problemas al descargar XML

03/12/2020 12:00:00 (CONCLUIDO)

Como parte del seguimiento al servicio de descarga del SAT, se llevó a acabo una batería de pruebas en las cuales el resultado de cada una de ellas fue exitosa, por lo que se da por concluido este tema al determinar que el servicio de descarga del SAT quedo restablecido y funcionando normalmente como lo venia haciendo.

02/12/2020 12:20:00

El SAT continua presentando error en su servicio de descarga de archivos XML, consistente en la intermitencia en el servicio a la hora de responder, donde en ocasiones te responde correctamente y en otras, para el caso de nuestras aplicaciones de escritorio (windows) se devuelven cero archivos encontrados.

02/12/2020 09:01:00

Para todos aquellos usuarios que realizan la descargar de los archivos XML de los comprobantes fiscales que emiten o reciben, queremos comentarles que el servicio de descarga del SAT está teniendo problemas para la descarga, el error que se obtiene al verificar directamente en la página del SAT es:

“Ha ocurrido un error al procesar su última acción”

Derivado de esta situación, por el momento no se podrán realizar la descargar de los archivos XML.

Las soluciones de descarga que se verán afectadas son las siguientes:

Por lo que nuestra área de desarrollo estará monitoriando el servicio para informar en cuanto éste se restablezca.

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Hasta la próxima.

Curso sobre las modificaciones al ISR, IVA y CFF

Tenemos el agrado de invitarte a participar en las pláticas que impartirá la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) en las cuales se hablará sobre los cambios realizados por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) referentes a las leyes del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como, a las modificaciones del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Estas se llevarán a cabo el próximo 25 y 26 de noviembre de 2020 en un horario de las 17:30 a 19:30 horas, horario de la Ciudad de México.

Es importante aclarar que estos cursos o platicas son totalmente gratuitas y abiertas, por lo que cualquier persona puede asistir, solo deberás suscribirte a las mismas.

A continuación, encontrarás el detalle de estas:

Día 25 de noviembre
Dentro de los temas que se impartirán este día tenemos los siguientes:

Modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta

  1. Donatarias.
  2. Plataformas tecnológicas.
  3. Eliminación de Programas Escuela-Empresa.

Modificaciones a la Ley del Impuesto al Valor Agregado

  1. Inclusión de las instituciones de asistencia o beneficencia privada como prestadoras de servicios médicos.
  2. Plataformas digitales.

Si eres usuario de alguno de los servicios de plataformas tecnológicas (Uber, Cabify, Didi, Rappi, Uber eats), podrás encontrar más información con respecto a este tema dando clic en el siguiente enlace:

Plataformas tecnológicas

Modificaciones al Código Fiscal de la Federación

  1. Cancelación y Restricción temporal del CSD.
  2. Responsabilidad solidaria.
  3. Aseguramiento precautorio.
  4. Facultades de las autoridades fiscales.
  5. Acuerdos conclusivos.

Día 26 de noviembre
Para este día, los temas a tocar son los siguientes:

Modificaciones al Código Fiscal de la Federación

Disposiciones generales del CFF.

  1. Devolución de Saldos a favor y pago de lo indebido.
  2. Obligaciones de los contribuyentes.
  3. Procedimiento del artículo 69-B Bis del CFF.
  4. Infracciones.
  5. Recursos.
  6. Notificaciones y garantía del interés fiscal.
  7. Embargo y remate.

A continuación, te compartimos los enlaces correspondientes a cada uno:

Suscríbete para el curso del día 25 de noviembre

Suscríbete para el curso día 26 de noviembre

Queremos aprovechar esta oportunidad para darte a conocer nuestra solución para la descarga automática y masiva de las constancias de retenciones que emites o recibes, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace para conocer más al respecto:

Descarga masiva de CFDIs

Convertir constancias de retenciones a Excel

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Hasta la próxima.

EFOS – Actualización de operaciones inexistentes

Hoy, viernes 20 de noviembre del 2020 el SAT ha publicado una actualización de la lista de empresas con operaciones inexistentes (art 69 B), por tal motivo hemos liberado una nueva versión de nuestro sistema Listas Negras SAT – EFOS.

En esta oportunidad se ha incrementado el número de contribuyentes registrado en dicha lista, anteriormente existían 11,855 contribuyentes y ahora esta cantidad aumenta a 11,931, esto quiere decir que la lista se ha incrementado en 76 contribuyentes.

Si necesitas validar si tus proveedores se encuentran en cualquier de las dos listas (incumplidos y operaciones inexistentes) existen dos formas de hacerlo:

Consulta manual
Puedes descargar del sitio del SAT los diferentes listados publicados por la autoridad y consultar en estos cada uno de tus proveedores.

Esta opción es valida cuando tienes pocos proveedores, tal vez 5 o 10, pero si tienes más, te recomendamos hacerlo de la forma que te mostramos a continuación.

Consulta masiva
En Facturando ponemos a tu disposición un programa con el que puedes consultar todos tus proveedores con tan solo un clic, no importando la cantidad que sea, ya que el sistema puede trabajar con grandes volúmenes de información, si quieres ver cómo funciona te invitamos a ver estos videos.

Contamos con una versión gratuita, la cual puedes descargar e instalar en todas las computadoras de tu empresa.

DESCARGAR LISTAS NEGRAS DEL SAT

Si tienes alguna duda con respecto a esta liberación, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

¿Eres usuario de plataformas tecnológicas?

Si eres usuario de alguno de los servicios de plataformas tecnológicas (Uber, Cabify, Didi, Rappi, Uber eats), por llevar a cabo la prestación de servicios de transporte de pasajeros y/o la entrega de bienes, como es el caso de las personas físicas que enajenan bienes, prestan servicios o conceden el uso o goce temporal de bienes a través de internet, te preguntarás si existe una manera rápida y sencilla de tener el control de los comprobantes fiscales que amparan las retenciones de impuestos realizados por los servicios prestados, la respuesta es sí.

En Facturando, contamos con el mejor programa (Descargar CFDI) especializado en el control de las constancias de retenciones, tanto emitidas como recibidas, donde tendrás disponible la siguiente funcionalidad:

Descarga masiva
Podrás descargar de forma masiva, todos los archivos XML correspondientes a tus constancias de retenciones directo del servidor del SAT; es importante mencionar que no existe limite en la cantidad de constancias a descargar.

Convertir CFDIs a Excel
Convertir los archivos XML de tus constancias de retenciones a Excel, proceso que te permitirá obtener todos los datos contenidos en los XML como son:

  • Fechas de emisión y certificación
  • Estatus (vigente / cancelada)
  • Quién lo emitió y recibe
  • Periodo en que aplica
  • Importes de totales aplicados
  • Impuestos retenidos (ISR, IVA, IEPS)

La obtención de estos datos no solo te permitirá tener el control de tus ingresos, sino que te servirán de base para la determinación de tu declaración de impuestos.

Para conocer más a detalle la forma de como convertir tus constancias de retenciones a Excel, te invitamos a dar clic en la siguiente liga:

Convertir constancias de retenciones a Excel

Es importante mencionar, que nuestra aplicación no solo podrá ser usada directamente por los prestadores de servicios en plataformas tecnológicas, sino también es muy útil para aquellos contadores que llevan la determinación y presentación de la declaración de impuestos de sus clientes prestadores de servicios bajo esta actividad empresarial (plataformas tecnológicas).

Generar PDF
Si requieres de la generación de la representación impresa (PDF) de tus constancias de retenciones, con la aplicación la podrás generar sin problema alguno, bajo un formato estándar que cumple con todos los requerimientos exigidos por la autoridad (SAT).

Te invitamos que conozcas nuestra solución dando clic en el siguiente enlace:

Descarga masiva de CFDIs

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Hasta la próxima.

SAT – Convertir las constancias de retenciones a Excel

Continuando con el tema de las constancias de retenciones, ya sean emitidas o recibidas, queremos mostrarte como convertir las mismas a Excel.

Descarga de constancias de retenciones
El primer paso es obtener físicamente tus comprobantes fiscales, para ello deberás de llevar a cabo la descarga de los archivos XML de tus constancias de retenciones, ya sean emitidas o recibidas.

Convertir constancias a Excel
Como segundo paso, y una vez que se haya realizado la descarga de las constancias de retenciones, procederemos a realizar la conversión de estas a Excel, para ello nuestro programa cuenta con la opción “Convertir las constancias a Excel”, opción que se ubica dentro del módulo “Constancias de retenciones”, donde tendrás disponibles una serie de parámetros a elegir para llevar a cabo la conversión, siendo estos los siguientes:

  • RFC Empresa – podrás indicar el RFC de la empresa de la cual requieres realizar la conversión de las constancias de retenciones.
  • Tipo de comprobante – deberás de seleccionar si requieres las constancias de retenciones emitidas o recibidas.
  • Periodo – podrás indicar el rango de fechas a considerar, consistente en una fecha de emisión inicial y final.
  • RFC Cliente / Proveedor – si requieres filtrar la generación por algún cliente o proveedor en específico, podrás indicar el o los RFC a considerar.
  • Archivos XML – y lo más importante, deberás de indicar la carpeta o directorio que contiene físicamente los archivos XML de tus constancias de retenciones.

Plataformas tecnológicas
Si eres usuario de alguna de las plataformas tecnológicas, ya sea por:

  • Prestación de servicios de transporte de pasajeros y de entrega de bienes.
  • Prestación de servicios de hospedaje.
  • Enajenación de bienes y prestación de servicios.

También podrás obtener las constancias y el reporte de datos a convertir para el control de tus servicios prestados, información que te servirá de base para el llenado de tu declaración.

Datos convertidos
Una vez ejecutada la conversión de constancias, tendrás disponibles los siguientes datos:

  • Versión de la constancia
  • Folio fiscal (UUID)
  • Folio interno de la constancia
  • Fecha y hora de emisión, certificación y en su caso, de cancelación
  • Estatus de la constancia (Vigente / Cancelada)
  • Clave y descripción de la retención
  • Complemento usado
  • Emisor (RFC, razón social y CURP)
  • Receptor nacional (RFC, razón social y CURP)
  • Receptor extranjero (identificación fiscal, razón social)
  • Periodo (mes inicial y final, ejercicio)
  • Totales (operación, gravado, exento y retenido)
  • Impuestos retenidos (base, monto y tipo de pago) de ISR, IVA, IEPS

Como podrás observar se desglosan todos los datos de las constancias, siendo los más importantes los Totales, ya que con estos puedes determinar las cantidades retenida.

Si manejas constancias y requieres administrar las mismas (descargar y convertir a Excel) puedes descargar nuestro programa, el cual es gratis.

Descargar programa

Si deseas conocer la definición técnica, estructura y estandar del complemento te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:

Complemento Plataformas Tecnológicas

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Hasta la próxima.

SAT – Descarga masiva de constancias de retenciones

Si por tu actividad requieres administrar (descargar y convertir a Excel) constancias de retenciones, te invitamos a que conozcas la forma más práctica y sencilla de llevar a cabo este proceso.

Facturando, dentro de su programa de descarga masiva de CFDIs ha incorporado un módulo especializado en la descarga masiva de constancias de retenciones, donde podrás:

  • Descargar de forma masiva, todos los archivos XML correspondientes a tus constancias de retenciones, sean emitidas o recibidas, esto directo del servidor del SAT.
  • Convertir los datos de los XML de tus constancias de retenciones a Excel.
  • Consultar las constancias de retenciones que hayas emitido o te hayan emitido.

Como podrás observar, esta funcionalidad te resolverá el problema de estar descargando una a una o de forma separada tus constancias de retenciones, como lo haces actualmente en la página del SAT, ya que, al hacer uso de nuestra aplicación, ésta descarga se lleva acabo brindándote las siguientes ventajas:

  • Se realiza de forma masiva y en el momento, ya que el proceso es en línea y no tienes que esperar para ello.
  • No tendrás límite en la cantidad de archivos XML a descargar.
  • Podrás descargar cualquier periodo, ya sea por meses o años completos.
  • Si eres un contador, podrás descargar las constancias de todos tus clientes.
  • Y no solo eso, además, podrás convertirlas a Excel.

Para llevar a cabo esta tarea, solo vas a requerir del RFC y la clave CIEC; con estos dos datos, el programa se conecta al servidor del SAT, busca las constancias que han sido emitidas o recibidas en el periodo indicado y las descarga todas, mostrando al final del proceso un detalle de cada constancia.

Y si eres un despacho contable y manejas muchos clientes, no te preocupes, podrás registrar cada uno de estos en el programa, de esta forma no tendrás que estar capturando sus datos en cada consulta o descarga de constancias.

Si deseas saber a detalle la forma de como convertir tus constancias de retenciones a Excel, da clic en la siguiente liga:

Convertir constancias de retenciones a Excel

Si te interesa obtener esta solución, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace para que descargues el programa de forma gratuita:

Descarga masiva de constancias de retenciones

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Hasta la próxima.

La negativa de los diputados para quitar el impuesto sexista

México no debe seguir manteniendo una política tributaria en la cual no se tiene una perspectiva de género, en donde se ignore la desigualdad económica hacia las mujeres con elementos discriminatorios a partir de las diferencias biológicas.

La menstruación es un proceso biológico por el cual atraviesa prácticamente la mitad de la población, hay variaciones, excepciones también, pero para la mayoría es parte de nuestras vidas, en promedio una mujer menstrua 2535 días de su vida.

La adquisición de productos para la gestión menstrual es simplemente, una necesidad y no un lujo, siendo uso exclusivo de las mujeres (las toallas, pantis protectores, toallas de tela, tampones y copas menstruales), son bienes insustituibles de primera necesidad, si bien en la manera que están gravados, se sugeriría lo contrario, ¿Por qué considerarlo fiscalmente como un lujo algo que es una necesidad?

Se trata de un impuesto que afecta en exclusiva a un grupo de personas, porque pensemos ¿quién absorbe en realidad ese 16 por ciento aplicado a dichos productos?, esto quiere decir que es un impuesto sexista.

La diputada Martha Tagle, del partido Movimiento Ciudadano (MC), presento una iniciativa para que estos productos de gestión menstrual se han considerados en una tasa del 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA), siendo estos artículos de primera necesidad como las medicinas y los alimentos, y que fueran distribuidos gratuitamente en escuelas y en poblaciones de escasos recursos.

El comentario de la diputada Wendy Briseño fue que no se puede pagar un impuesto por menstruar, se han discutido ajustes fiscales sobre bienes que afectan la economía personal, como las medicinas o alimentos, que diferencia habría en los productos de gestión menstrual.

Fundar, Oxfam México y el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación en la Ciudad de México (COPRED), indican que el IVA es un impuesto al consumo y no hace una diferencia entre los ingresos de los consumidores que adquieren bienes y servicios, con los consumidores de menores ingresos, por lo cual no es un trato justo.

Dicha iniciativa fue rechazada porque crearía una rotura fiscal de hasta 3 mil millones de pesos, lo que ocasionaría una crisis sanitaria en donde los recursos escasearían, Fundar argumenta que el cobro del IVA a los productos de gestión menstrual es un Impuesto Sexista.

La tasa 0 fue rechazada en la Cámara de Diputados ahora sigue la lucha en el Senado, pero incluso ahí se puede perder la propuesta de dicha iniciativa.

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Hasta la próxima.