Como recordarás, aquellos contribuyentes que realicen operaciones de comercio exterior, exportaciones definitivas, clave A1, están obligados a emitir un comprobante fiscal que incluya el complemento de comercio exterior.
Para efecto de conocer las modificaciones que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizó a la nueva versión 2.0 correspondientes al complemento de Comercio Exterior, nuestra área de tecnologías se dio a la tarea de realizar un análisis detallado de toda la información liberada por la autoridad (SAT), encontrándose con cambios significativos para la emisión de este complemento.
A continuación, detallaremos cada uno de los cambios, desde un punto de vista técnico, realizados por la autoridad en esta nueva versión:
Esquema
Dentro de los cambios detectados en el nuevo esquema (archivo XSD) para la definición del complemento Comercio Exterior 2.0 tenemos:
Cambios en definición
Se cambia la versión del complemento y los siguientes campos:
Version: Cambia a 2.0
ClaveDePedimento: Cambia de condicional a requerido.
CertificadoOrigen: Este campo cambia de condicional a requerido.
TipoCambioUSD: Para este camp cambia de condicional a requerido.
TotalUSD: Cambia de condicional a requerido.
Nodo Mercancías: Este nodo cambia de condicional a requerido,
ValorUnitarioAduana: Cambio el valor mínimo requerido de 0.00 a 0.000000 lo raro es que no marcan la cantidad de dígitos.
ValorDolares: De igual forma para este campo cambia el valor mínimo requerido de 0.00 a 0.0000 lo raro es que no marcan la cantidad de dígitos.
Eliminación de campos
Para el caso de los campos o atributos que se eliminan o desaparecen tenemos:
TipoOperacion – Atributo requerido que indica la clave del tipo de operación de Comercio Exterior que se realiza, conforme con el catálogo c_TipoOperacion publicado en el portal del SAT en internet.
Subdivision – Atributo condicional que indica si la factura tiene o no subdivisión. Valores posibles: 0 – no tiene subdivisión,1 – si tiene subdivisión.
Matriz de errores
En lo que respecta a la matriz de errores, los cambios detectados son los siguientes:
Cambio en la cantidad de reglas de validación, en la versión 1.1 del complemento se tenían 78 reglas, mientras que para la nueva versión 2.0 estas se reducen a 73 reglas.
En lo que respecta a las validaciones correspondientes al CFDI 4.0, se elimina la validación “El nodo “FacAtrAdquirente” no debe existir.” quedando para la versión 2.0 con 12 validaciones para esta sección.
Para la validación correspondiente al “Error no clasificado”, este cambio del código de error CCE178 definido en la versión 1.1 al CCE999 para la versión 2.0
Es importante mencionar, que, con estos cambios de reglas de validación, el orden de los códigos de error cambió, por lo que, se deberá de poner mucha atención a estos cambios.
Catálogos
En lo que corresponde a los catálogos se detectó que se adicionaron 43 claves de fracciones arancelarias, siendo estas las siguientes:
2308000201
2308000299
3926909913
4014909901
4014909999
6112410101
6112410199
6115950101
6210100101
6210100199
7219140101
7219140102
7219140103
7219140199
7219220101
7219220102
7219220103
7219220199
7219320202
7219320203
7219320204
7219320291
7219320292
7219320293
7219330101
7219330102
7219330103
7219330199
7219340101
7219340102
7219340103
7219340199
8414510101
8414510199
8414519901
8414519999
8414590101
8414590199
8414599901
8414599999
9619000401
9619000402
9619000499
Vigencia
De acuerdo con la autoridad (SAT) la entrada en vigor de la versión 2.0 del complemento Carta Porte es a partir del 18 de enero de 2024.
Para saber acerca de las soluciones de Facturando que se ven afectadas por estos cambios, te invitamos a dar clic en el siguiente enlace:
Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.
Continuando el análisis a la nueva versión 3.0 del complemento Carta Porte, nuestra área de desarrollo se dio a la tarea de realizar un análisis detallado de toda la información liberada por la autoridad (SAT), encontrándose con cambios significativos para la emisión de este complemento.
A continuación, detallaremos cada uno de los cambios, desde un punto de vista técnico, realizados por la autoridad en esta nueva versión:
Esquema
Dentro de los cambios detectados en el nuevo esquema para la definición del complemento Carta Porte 3.0 tenemos:
General Para esta sección cambia la versión y se adicionan los siguientes campos:
Versión: Cambia a 3.0
IdCCP: Atributo requerido para expresar los 36 caracteres del folio del complemento Carta Porte (IdCCP) de la transacción de timbrado conforme al estándar RFC 4122, para la identificación del CFDI con complemento Carta Porte.
RegimenAduanero: Atributo condicional para expresar el tipo de régimen que se encuentra asociado con el traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera.
RegistroISTMO: Atributo opcional para registrar las regiones, sí el traslado de los bienes y/o mercancías se realiza al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec.
UbicacionPoloOrigen: Atributo condicional para registrar la región en donde inicia el traslado de los bienes y/o mercancías al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec.
UbicacionPoloDestino: Atributo condicional para registrar la región en donde termina el traslado de los bienes y/o mercancías al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del istmo de Tehuantepec.
Sección Mercancía En esta sección se adicionan los siguientes campos:
SectorCOFEPRIS: Atributo opcional para expresar la clasificación del producto que se traslada a través de los distintos medios de transporte y que debe contar con autorización por la autoridad correspondiente.
NombreIngredienteActivo: Atributo condicional para expresar el nombre común del ingrediente activo de los precursores, químicos de uso dual, plaguicidas o fertilizantes que se trasladan a través de los distintos medios de transporte.
NomQuimico: Atributo condicional para expresar el nombre de la sustancia activa de los precursores, químicos de uso dual o sustancias tóxicas que se traslada a través de los distintos medios de transporte.
DenominacionGenericaProd: Atributo condicional para expresar el fármaco o la sustancia activa del medicamento, psicotrópico o estupefaciente que se traslada a través de los distintos medios de transporte.
DenominacionDistintivaProd: Atributo condicional para expresar la marca con la que se comercializa el producto o nombre que le asigna el laboratorio o fabricante a sus especialidades farmacéuticas con el fin de distinguirlas de otras similares del medicamento, psicotrópico o estupefaciente que se traslada a través de los distintos medios de transporte.
Fabricante: Atributo condicional para expresar el nombre o razón social del establecimiento que realiza la fabricación o manufactura del medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópico o estupefaciente que se traslada a través de los distintos medios de transporte.
FechaCaducidad: Atributo condicional para registrar la fecha de caducidad del medicamento, psicotrópico o estupefaciente; o para expresar la fecha de reanálisis del precursor o químico de uso dual que se traslada a través de los distintos medios de transporte. Se expresa en la forma AAAA-MM-DD.
LoteMedicamento: Atributo condicional para expresar la denominación que identifica y confiere trazabilidad del medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópico o estupefaciente elaborado en un ciclo de producción, bajo condiciones equivalentes de operación y durante un periodo.
FormaFarmaceutica: Atributo condicional para expresar la forma farmacéutica o mezcla del medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópico o estupefaciente que presenta ciertas características físicas para su adecuada dosificación, conservación y administración.
CondicionesEspTransp: Atributo condicional para expresar la condición en la cual es necesario mantener el medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópicos o estupefacientes durante el traslado y almacenamiento.
RegistroSanitarioFolioAutorizacion: Atributo condicional para expresar el registro sanitario o folio de autorización con el que cuenta la empresa para el traslado del medicamento, psicotrópico o estupefaciente.
PermisoImportacion: Atributo condicional para registrar el folio del permiso de importación con el que cuenta el medicamento, precursor, químico de uso dual, psicotrópico o estupefaciente.
FolioImpoVUCEM: Atributo condicional para registrar el número de folio de importación VUCEM para la identificación del documento, para el traslado de medicamentos, precursores o químicos de uso dual, sustancias tóxicas, plaguicidas o fertizantes.
RazonSocialEmpImp: Atributo condicional para expresar el nombre o razón social de la empresa importadora de las sustancias tóxicas.
NumRegSanPlagCOFEPRIS: Atributo condicional para expresar el número de registro sanitario para plaguicidas o fertilizantes cuya importación, comercialización y uso están permitidos en México, mismo que emite la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas (CICLOPLAFEST).
DatosFabricante: Atributo condicional para registrar el país y nombre o razón social de quien produce o fabrica el ingrediente activo del plaguicida o fertilizante.
DatosFormulador: Atributo condicional para registrar el país y nombre o razón social de quien formula el ingrediente activo del plaguicida o fertilizante.
DatosMaquilador: Atributo condicional para registrar el país y nombre o razón social de quien maquila el ingrediente activo del plaguicida o fertilizante.
UsoAutorizado: Atributo condicional para registrar el uso autorizado del plaguicida o fertilizante de acuerdo a la regulación del país.
TipoMateria: Atributo condicional para expresar el estado de la materia o producto al realizar una operación de comercio exterior a través de los distintos medios de transporte.
DescripcionMateria: Atributo condicional para expresar la descripción del estado de la materia o producto al realizar una operación de comercio exterior a través de los distintos medios de transporte.
Para el caso de los campos que desaparecen o se eliminan tenemos:
Nodo pedimentos
Pedimento: Atributo requerido para expresar el número de pedimento de importación que se encuentra asociado con el traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera para acreditar la legal estancia y tenencia durante su traslado en territorio nacional.
Sección Mercancía / Documentación aduanera Se adiciona esta sección condicional junto con los siguientes campos:
TipoDocumento: Atributo requerido para expresar el tipo de documento aduanero que se encuentra asociado al traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera durante su traslado en territorio nacional.
NumPedimento: Atributo condicional para expresar el número de pedimento de importación que se encuentra asociado con el traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera para acreditar la legal estancia y tenencia durante su traslado en territorio nacional.
IdentDocAduanero: Atributo condicional para expresar el identificador o folio del documento aduanero que se encuentra asociado al traslado de los bienes y/o mercancías de procedencia extranjera para acreditar la legal estancia o tenencia durante su traslado en territorio nacional.
RFCImpo: Atributo condicional para expresar el RFC del importador de los bienes y/o mercancías que fue registrado en la documentación aduanera correspondiente y este se encuentre en la lista de RFC inscritos no cancelados del SAT (l_RFC).
Sección Autotransporte / Identificación vehicular En esta sección se adiciona el campo:
PesoBrutoVehicular: Atributo requerido para indicar en toneladas el peso bruto vehicular permitido del autotransporte de acuerdo a la NOM-SCT-012-2017 que es utilizado para realizar el traslado de los bienes y/o mercancías.
Sección Transporte marítimo En esta sección se adicionan los siguientes campos:
Puntal: Atributo opcional para registrar la longitud del puntal, definida en pies, con la que cuenta la embarcación o el buque en el que se transportan los bienes y/o mercancías.
PermisoTempNavegacion: Atributo condicional para registrar el permiso temporal de navegación de la embarcación o buque que transporta los bienes y/o mercancías.
Y se elimina el campo:
NumCertITC: Atributo requerido para registrar el número del certificado emitido por la ITC para la embarcación o buque que transporta los bienes y/o mercancías.
Sección Transporte marítimo / Contenedor Esta sección se vuelve opcional y se adicionan los siguientes campos:
IdCCPRelacionado: Atributo condicional para registrar el identificador del complemento Carta Porte (IdCCP) de un CFDI previamente certificado para el traslado de bienes o mercancías mediante autotransporte, únicamente aplica para traslados mediante ferri.
PlacaVMCCP: Atributo condicional para registrar los caracteres alfanuméricos, sin guiones ni espacios de la placa vehicular del autotransporte registrado en el CFDI con complemento Carta Porte del autotransporte, únicamente aplica para traslado mediante ferri.
FechaCertificacionCCP: Atributo condicional para registrar la fecha y hora de certificación del CDFI con complemento Carta Porte del autotransporte, únicamente aplica para traslado mediante ferri.
El campo que cambian en su definición es:
MatriculaContenedor: cambia de requerido a condicional.
Sección Transporte marítimo / Remolques CCP Se adiciona esta sección condicional junto con los siguientes campos:
SubTipoRemCCP: Atributo requerido para expresar la clave del subtipo de remolque o semirremolques que se emplean con el autotransporte que realizó el traslado de los bienes y/o mercancías registrado en el CFDI con complemento Carta Porte, únicamente aplica para traslado mediante ferri.
PlacaCCP: Atributo requerido para registrar los caracteres alfanuméricos, sin guiones ni espacios de la placa vehicular del autotransporte registrado en el CFDI con complemento Carta Porte, únicamente aplica para traslado mediante ferri.
Sección Transporte aéreo El campo que cambian en su definición es:
MatriculaAeronave: se incrementa el tamaño máximo a 11 caracteres.
Sección Figura transporte En esta sección el campo que cambian en su definición es:
NombreFigura: cambia de opcional a requerido.
Nuevos catálogos
En lo que respecta a los catálogos para la emisión del complemento Carta Porte, se detectó que se adicionan siete nuevos catálogos siendo estos los siguientes:
Régimen aduanero
Clave
Descripción
ImpoExpo
IMD
Definitivo de importación.
Entrada
EXD
Definitivo de exportación.
Salida
ITR
Temporales de importación para retomar al extranjero en el mismo estado.
Entrada
ITE
Temporales de importación para elaboración, transformación o reparación para empresas con programa IMMEX.
Entrada
ETR
Temporales de exportación para retornar al país en el mismo estado.
Salida
ETE
Temporales de exportación para elaboración, transformación o reparación.
Salida
DFI
Depósito Fiscal.
Salida, Entrada
RFE
Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.
Salida, Entrada
RFS
Recinto fiscalizado estratégico.
Salida, Entrada
TRA
Tránsitos.
Salida, Entrada
Para este catálogo la fecha de publicación es el 25 de septiembre de 2023, mientras que la fecha de inicio de vigencia es el 25 de octubre de 2023.
Sector COFEPRIS
Clave
Descripción
01
Medicamento
02
Precursores y químicos de uso dual
03
Psicotrópicos y estupefacientes
04
Sustancias tóxicas
05
Plaguicidas y fertilizantes
Para este catálogo solo existe fecha de publicación que es el 25 de septiembre de 2023, mientras que para la fecha de inicio de vigencia está Por definir.
Forma farmacéutica
Clave
Descripción
01
Tableta
02
Capsulas
03
Comprimidos
04
Grageas
05
Suspensión
06
Solución
07
Emulsión
08
Jarabe
09
Inyectable
10
Crema
11
Ungüento
12
Aerosol
13
Gas medicinal
14
Gel
15
Implante
16
Óvulo
17
Parche
18
Pasta
19
Polvo
20
Supositorio
Para este catálogo, de igual forma, solo existe fecha de publicación que es el 25 de septiembre de 2023, mientras que para la fecha de inicio de vigencia está Por definir.
Condiciones especiales del transporte
Clave
Descripción
01
Congelados
02
Refrigerados
03
Temperatura controlada
04
Temperatura ambiente
En lo que respecta a la fecha de publicación de este catálogo es el 25 de septiembre de 2023 y no existe una fecha de inicio de vigencia la cual está Por definir.
Tipo materia
Clave
Descripción
01
Materia prima
02
Materia procesada
03
Materia terminada (producto terminado)
04
Materia para la industria manufacturera
05
Otra
Para este catálogo la fecha de publicación es el 25 de septiembre de 2023, mientras que la fecha de inicio de vigencia es el 25 de octubre de 2023.
Documentos aduaneros
Clave
Descripción
01
Pedimento
02
Autorización de importación temporal
03
Autorización de importación temporal de embarcaciones
04
Autorización de importación temporal de mercancías, destinadas al mantenimiento y reparación de las mercancías importadas temporalmente
05
Autorización para la importación de vehículos especialmente construidos o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos para cumplir con contrato derivado de licitación pública
06
Aviso de exportación temporal
07
Aviso de traslado de mercancías de empresas con Programa IMMEX, RFE u Operador Económico Autorizado
08
Aviso para el traslado de autopartes ubicadas en la franja o región fronteriza a la industria terminal automotriz o manufacturera de vehículos de autotransporte en el resto del territorio nacional
09
Constancia de importación temporal, retorno o transferencia de contenedores
10
Constancia de transferencia de mercancías
11
Autorización de donación de mercancías al Fisco Federal que se encuentren en el extranjero
12
Cuaderno ATA
13
Listas de intercambio
14
Permiso de Importación Temporal
15
Permiso de importación temporal de casa rodante
16
Permiso de importación temporal de embarcaciones
17
Solicitud de donación de mercancías en casos de emergencias o desastres naturales
18
Aviso de consolidado
19
Aviso de cruce de mercancías
20
Otro
En este catálogo la fecha de publicación es el 25 de septiembre de 2023, mientras que la fecha de inicio de vigencia es el 25 de octubre de 2023.
Ubicaciones polos ISTMO
Clave
Descripción
01
Coatzacoalcos I
02
Coatzacoalcos II
03
Texistepec
04
San Juan Evangelista
05
Salina Cruz
06
San Blas Atempa
Finalmente, para este séptimo catálogo la fecha de publicación es el 25 de septiembre de 2023, mientras que la fecha de inicio de vigencia es el 25 de octubre de 2023.
Matriz de errores
La matriz de errores es un archivo de Microsoft Excel que contiene todas las reglas que deben cumplirse para poder timbrar un CFDI con el complemento Carta Porte 3.0; a continuación, describiremos los cambios realizados en este archivo.
La cantidad de registros totales se incrementó de 83 que correspondía a la versión 2.0 a 105 para la nueva versión 3.0.
Total de errores: 105 Errores eliminados: 2 Nuevos errores: 24
Cabe mencionar, que, con este incremento de registros, el orden de estos cambia, por lo que, por ejemplo, el error CP116 no es el mismo entre las versiones, como se muestra a continuación:
Error CP116 en versión 2.0
EntradaSalidaMerc: Cuando el atributo “CartaPorte:TranspInternac” contenga el valor “Sí”, se debe capturar información en este atributo.
Error CP116 en versión 3.0
RegimenAduanero: Cuando el atributo “CartaPorte:TranspInternac” contenga el valor “Sí” este atributo debe existir y contener un valor del catálogo catCartaPorte:c_RegimenAduanero, en caso contrario no debe de existir.
Por lo que deberá de ponerse mucha atención a estos cambios.
Esperamos que este artículo te haya sido de utilidad y te invitamos a estar atento a este blog y a seguirnos en nuestras redes sociales (Twitter, Facebook, YouTube) donde estaremos publicando más contenido de este estilo.