Complemento Carta Porte: ¿Cómo afecta a las soluciones de Facturando?

Derivado de la publicación del nuevo complemento Carta Porte para el CFDI de traslado, por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), nos dimos a la tarea de llevar a cabo un análisis detallado para determinar cuáles de nuestras soluciones, programas y librerías, se ven afectadas por la implantación de éste, a continuación, encontrarás el listado de las mismas:

Generación de comprobantes

Validación de comprobantes

Descarga de comprobantes

  • Descargar CFDI – Descarga masiva de archivos XML directo del SAT, tanto emitidos como recibidos
  • Electronic Document Download (EDD) – Librería para implementar la descarga masiva de archivos XML emitidos o recibidos, directamente del servidor del SAT.

Listas negras del SAT

  • Listas negras del SAT – Verificación de proveedores y clientes como incumplidos o con operaciones inexistentes (EFOS).

Generación del PDF

  • Electronic Document Printer (EDP) – generación de la representación impresa (pdf) de los comprobantes fiscales emitidos o recibidos, sean facturas, notas de crédito, recibos de pago, recibos de nómina, constancias de retenciones, etc.

Renombrado de archivos XML

  • Electronic Document Rename (EDR) – librería con la que podrás agrupar, ordenar y renombrar los archivos XML de tus comprobantes fiscales sean emitidos o recibidos.

Como podrás observar son muchas las soluciones que se ven afectadas por este complemento, por lo que haremos un cronograma de trabajo y estaremos implementando este cambio en cada una de las soluciones, dando prioridad al proceso de generación y luego al de validación.

Si requieres hacer uso de este complemento, por favor ponte en contacto con nosotros para poder conocer tu caso y darte un tiempo de liberación.

Adicional, te invitamos a leer nuestro blog que habla acerca de las interrogantes que surgen por parte de los contribuyentes que se verán afectados por la implementación de este nuevo complemento, para ello bastará con dar clic en el siguiente enlace:

Preguntas frecuentes complemento Carta Porte

Si tienes alguna duda con respecto a este blog, te invitamos a que nos contactes por medio del chat que aparece en nuestra página www.facturando.mx donde con gusto un asesor te atenderá.

Hasta la próxima.

Preguntas frecuentes al nuevo complemento carta porte para el CFDI

Continuando con el tema de la publicación del complemento carta porte para el CFDI de traslado, publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su página, sabemos que existen dudas en cuanto su aplicación, por lo que te presentamos las cuatro preguntas más frecuentes para llevar a cabo su aplicación y la respuesta dada por la autoridad sobre las mismas.

Soy una empresa dedicada al traslado de bienes o mercancías, ¿es necesario expedir el CFDI con el complemento Carta Porte para el traslado de las mercancías o bienes en territorio nacional?
Sí, ya que únicamente mediante el archivo digital de un CFDI con el complemento Carta Porte o su representación impresa, podrás acreditar la tenencia y el traslado de los bienes y mercancías.

¿En qué momento debo emitir un CFDI de tipo ingreso con complemento Carta Porte?
Cuando se brinde el servicio de traslado de bienes o mercancías por cualquiera de los distintos medios de transporte ya sea por vía terrestre de carga que circule por carreteras federales, vía férrea, marítima, aérea o fluvial.

Si los bienes o mercancías se trasladan por distintos medios de transporte, ¿podré registrar la información correspondiente a estos medios en un sólo comprobante con el complemento Carta Porte, o deben ser diferentes comprobantes con el complemento Carta Porte?
Sí, podrás registrar en el mismo comprobante la información de los medios de transporte utilizados para el traslado los bienes o mercancías; ya sea como dueña o dueño de estos, como prestadora o prestador de servicios o agente de transporte.

Si el traslado de la mercancía para una operación internacional hoy se hace con un documento definido para dichas operaciones, con el complemento Carta Porte ¿será necesario emitir dicho documento?
Sí, los documentos que sirven para amparar el traslado de los bienes o mercancías de manera internacional no serán remplazados con el complemento Carta Porte; dicho complemento sirve para conocer la trazabilidad del traslado de las mercancías en territorio nacional.

Como indicamos al inicio de este artículo, estas son solo las 4 más importantes, pero existen muchas otras, te invitamos a descargar el documento liberado por el SAT en donde se detalla cada una de estas, para verlas solo deberás dar clic en el siguiente enlace:

Preguntas Complemento Carta Porte

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Hasta la próxima.

SAT – nuevo complemento carta porte para el CFDI

El pasado, 5 de mayo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó en su página, los lineamientos técnicos para llevar a cabo la emisión de un Comprobante Fiscal Digital a través de Internet (CFDI) que incluya el complemento carta porte.

¿A quién aplica?
Pero comencemos por saber a quién aplica la emisión de este tipo de comprobantes fiscales.

La emisión de este tipo de comprobante aplica para aquellos contribuyentes que requieren de trasladar bienes y/o mercancías en el territorio nacional, ya sea por alguna de las siguientes vías:

  • Autotransporte federal
  • Marítima
  • Aérea
  • Ferroviaria

Objetivo
El objetivo en la generación del CFDI con complemento Carta Porte es permitir relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino de las mismas, así como la referencia al medio por el cual se transportan; además de incluir también el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

Seguridad
La incorporación del complemento Carta Porte en el CFDI de tipo Traslado, permite acreditar la posesión de las mercancías, brindando información acerca de su procedencia y destino, así como su traslado a través de los distintos medios de transporte.

Para el caso de los contribuyentes que se dediquen a brindar los servicios de traslado de mercancías por los distintos medios de transporte, podrán emitir un CFDI de tipo Ingreso incorporando el complemento Carta Porte, con el que se podrá amparar la legal posesión de las mercancías transportadas.

Sustento legal
La emisión del CFDI con complemento Carta Porte está fundamentada en el Código Fiscal de la Federación (CFF), en sus artículos 29 y 29-A, en la Resolución Miscelánea Fiscal, regla 2.7.1.8, 2.7.1.9, Trigésimo Sexto Transitorio. Décimo primero transitorio de la primera resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021.

Vigencia
El complemento Carta Porte inicia su vigencia a partir del 1 de junio de 2021 y será obligatorio transcurridos 120 días naturales posteriores al día siguiente del inicio de su vigencia.

Para saber más acerca de los requerimientos técnicos para la emisión de este tipo de CFDI con complemento Carta Porte, te invitamos a descargar los documentos técnicos, la matriz de errores, catálogos y preguntas frecuentes, dando clic en el siguiente enlace:

Complemento Carta Porte

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Hasta la próxima.